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Honorable Senado:
Considerando:
1. Que, con ocasión de los lamentables sucesos del recién pasado 27 de febrero, ha surgido una nueva problemática en algunos Municipios de las zonas afectadas por la catástrofe, que se traducen en demoras en el trámite de recepción de obras de construcciones edificadas con anterioridad al acaecimiento de los hechos señalados.
2. Que, el retraso en este trámite esencial que contempla el ordenamiento urbanístico, como es la recepción de obras, perjudica a cientos de familias las que no pueden habitar sus viviendas, más aún tomando en cuenta, si aquellas no han sufrido ningún desperfecto y están aptas para ser utilizadas.
3. Que, las facultades de los directores de obras están -en general- reguladas en la ley orgánica de municipalidades, cuyo artículo 24 ponen en la esfera de atribuciones de las unidades de obra de las municipalidades, las siguientes atribuciones:
a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcción, del Plan Regulador Comunal y de las Ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones:
Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbanos rurales.
Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcciones en general, que se efectúen en las áreas urbanas o urbanas rurales. Ellas incluyen tanto las obras nuevas como las ampliaciones, transformaciones y otras que determinen las leyes y reglamentos.
Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas.
Fiscalizar la ejecución de dichas obras al momento de su recepción.
Recibir de las obras ya citadas y autorizar su uso.
b) Realizar tareas de inspección a las obrasen uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan.
c) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización.
d) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna.
e) Proponer y ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural.
f) Asesorar la construcción de viviendas sociales e infraestructura sanitaria y la prevención de riesgos y prestación de auxilio en situaciones de emergencia.
g) Aplicar las normas generales sobre construcciones y urbanización en la comuna, específicamente las establecidas en la Ley General de Urbanismo, la Ordenanza General de dicha Ley y el Plan Regulador Comunal.
h) Otras funciones que le asigne el Alcalde, de conformidad con la legislación vigente y que no sea de aquellas que la Ley asigne a otras unidades.
i) Integrare! Comité de Emergencia.
j) Supervisar Mantención de Alumbrado Público y Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios.
4. Que, en razón de lo anteriormente expuesto, no se requiere de una modificación legal para poder mejorar y acelerar los trámites de recepción de obras en las comunas afectadas por los últimos desastres naturales acaecidos en nuestro país, toda vez que existe la atribución del director de obras para recepcionarlas sin que exista un plazo que perentoriamente le obligue a su recepción.
5. El retraso en la recepción de obras de construcciones edificadas en zonas afectadas por el terremoto y maremoto, se traduce en graves perjuicios a familias que esperan su vivienda. Lo anterior se ve agravado por el actual déficit de viviendas, por lo que no resulta razonable que existan dilaciones en el trámite de recepción que constituyan un óbice a su pleno uso.
El Senado acuerda:
Solicitar a la Asociación Chilena de Municipalidades, representada por su Presidente don Claudio Arriagada Macaya, Alcalde de la Comuna de La Granja, a fin de que, a través de la Institución que Preside, instruya a los respectivos alcaldes de las comunas pertenecientes a regiones afectadas por la catástrofe, con el fin de acelerar los trámites de recepción de obras construidas con anterioridad al terremoto y que aún no han sido recepcionadas, más aún si se tratan de construcciones edificadas con subsidios otorgados por el Estado.
(Fdo.): Alejandro Navarro Brain, Senador.- Guido Girardi Lavín, Senador.- Pedro Muñoz Aburto, Senador.- Eugenio Tuma Zedán, Senador.-
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