. . . . " \nLa se\u00F1ora ALVEAR.- Se\u00F1or Presidente, para entender este veto debemos recordar que en la actualidad, de acuerdo con lo aprobado, la Comisi\u00F3n Mixta puede ser presidida por un Senador o un Diputado. \nEntonces, el objetivo de la observaci\u00F3n es se\u00F1alar que para declarar la urgencia al despacho de un proyecto de ley, el Presidente de la Rep\u00FAblica enviar\u00E1 el oficio al titular de una de las C\u00E1maras a que pertenezca el parlamentario que presida la Comisi\u00F3n Mixta. O sea, si ha sido un Diputado , tendr\u00E1 que remitirlo a la C\u00E1mara Baja, o al Senado en caso contrario.\n \nAsimismo, en el evento de que no se haya constituido a\u00FAn la Comisi\u00F3n Mixta, deber\u00E1 enviarlo a ambas ramas del Parlamento. \nEs lo que se\u00F1ala el veto. \n " . . . .