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- rdf:value = " PROYECTO DE ACUERDO DE LA HONORABLE SENADORA ALLENDE, CON EL QUE SOLICITA REQUERIR ALZAMIENTO DE MEDIDAS PRECAUTORIAS CONTRA MINERA SAN ESTEBAN PARA PAGAR INDEMNIZACIÓN A SUS TRABAJADORES (S 1306-12)
Honorable Senado:
Es sabido el grave problema existente con la totalidad de los trabajadores de la minera San Esteban que no han podido percibir sus correspondientes finiquitos. Es más, el empleador señala sólo poder acordar un pago parcializado en 12 cuotas mensuales, lo que resulta obviamente lesivo para los trabajadores. Lo anteriormente señalado, hace necesario buscar una solución viable que permita satisfacer la enorme necesidad de los trabajadores de poder percibir los ingresos correspondientes al término de la relación laboral respecto de la minera San Esteban.
Los activos fijos o realizables de la minera San Esteban se encuentran con una medida precautoria dictada por el tribunal competente, a solicitud del Consejo de Defensa del Estado, para efectos de garantizar el cumplimiento de la obligación generada por el gasto en que el Estado debió incurrir al realizar el conocido rescate de los 33 mineros.
Resulta indispensable, para que los trabajadores de la minera San Esteban puedan percibir los ingresos correspondientes a sus finiquitos, que el tribunal competente pueda alzar las medidas precautorias que afectan a los activos fijos o realizables de la respectiva minera, a solicitud expresa del Consejo de Defensa del Estado.
Que la Empresa Nacional de Minería (ENAMI) debe jugar un rol importante en lo relativo al resguardo de la seguridad de los trabajadores que se desempeñan en las minas. Esto puede lograrse condicionando los compromisos que adquiera dicha entidad con las distintas mineras, con el objeto de obligar a éstas a ser fiscalizadas y, lo que es más importante, se cumplan las directrices relativas a la seguridad minera.
En función de lo expuesto precedentemente, la Empresa Nacional de Minería (ENAMI) no debiera poder adquirir compromiso comercial alguno con mineras que mantengan faenas sin ser fiscalizadas por el o los organismos correspondientes, con el objeto de que se eleven los estándares de seguridad en materia laboral.
Por todo lo expuesto, el Senado acuerda enviar a S.E. el Presidente de la República la presente solicitud para:
Solicitar al Consejo de Defensa del Estado (CDE) que solicite al tribunal competente, el alzamiento de las medidas precautorias que afecten a los bienes o activos de la minera San Esteban con el objeto de que se cumplan los créditos existentes a favor de los trabajadores por concepto del término de la relación laboral y se establezca la prohibición a la Empresa Nacional de Minería (ENAMI) de adquirir obligaciones o compromisos con mineras que mantengan faenas sin ser fiscalizadas por el o los organismos competentes.
(Fdo.): Isabel Allende Bussi, Senadora.-
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