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- rdf:value = " El señor NAVARRO.- Señor Presidente , quiero manifestar claramente la voluntad positiva de avanzar con un proyecto que, sabemos, se logró tras un esfuerzo importante de las Comisiones unidas de Constitución y de Defensa; que obedece a un acuerdo político que buscamos, apoyamos e impulsamos entre el Gobierno y quienes se hallaban en huelga de hambre porque entendíamos que el Ejecutivo actuaba en pos de una salida sin vulnerar el Estado de Derecho; y que, en definitiva, nos parece adecuado.
Sin embargo, debo connotar que quienes no participamos en el debate de las Comisiones unidas nos encontramos recién ahora con el Certificado que da cuenta de él; o sea, hemos tenido escasos minutos para revisarlo.
Hemos intentado interiorizarnos de la discusión habida en la Cámara de Diputados a fin de comprender el alcance real de esta iniciativa.
Debo insistir en que hubiésemos deseado, incluso en este proyecto -porque, de ser así, estaría nítida la voluntad del Gobierno-, que los tribunales castrenses fueran para militares por delitos militares.
Eso habría salvado todo el debate del artículo 2º en torno a la coautoría. Y es, por tanto, lo que hemos venido planteando desde hace mucho tiempo. Lo hizo particularmente Juan Bustos en la Cámara de Diputados, cuando hablábamos de la "reforma profunda a la justicia militar".
Hubiésemos querido también, al igual que en Alemania y en Francia, justicia militar en tiempos de guerra, y en tiempos de paz, justicia civil.
La verdad es que esto, señor Presidente, nos pone en un debate mayor.
¿Por qué los delitos de asesinato, hurto, estafa, agresión sexual van a ser condenados por un tribunal militar cuando no hay guerra?
Y ese es el estado permanente, por lo demás.
¿Cuál fue la última guerra en que participó Chile? ¿La del Pacífico?
Entonces, uno pregunta: ¿constituimos tribunales castrenses para delitos militares? No. No es así. Y no queda del todo explícito en el proyecto.
¿Constituimos tribunales castrenses para tratar delitos de militares en tiempos en que estos actúan, en tiempos de guerra? No: tenemos tribunales castrenses en tiempos de paz.
Señor Presidente , claramente, hay un avance sustantivo en cuanto a traspasar a la justicia civil, ordinaria, delitos que hoy día se hallan bajo la jurisdicción militar.
En la justicia ordinaria existe un juez de garantía, quien es el pilar del debido proceso.
En la castrense, ¿quién fiscaliza al fiscal militar?
Eso es parte de nuestra crítica permanente en el ámbito de las garantías.
En la justicia militar, en un hecho -no digo delito, porque esta calidad debe establecerse cuando se investiga- donde se vean involucrados carabineros, ¿quién investiga? ¡Carabineros!
Yo habría esperado que en ese caso lo hiciera la Policía de Investigaciones. Porque, de lo contrario, resulta claro que el órgano investigador es el que está siendo juzgado como institución. Y, si de verdad queremos transparencia, no puede esta misma abocarse a la función indagatoria, que debe quedar en otro órgano, independiente, autónomo.
Señor Presidente, sería factible consensuar una indicación a ese respecto.
Algunos dirán que no se discutió en la Cámara de Diputados. Pero, a mi entender, podría incorporarse la norma pertinente en una Comisión Mixta.
En todo caso, quiero llamar la atención sobre el particular.
Yo no estuve en las Comisiones unidas. Entonces, a lo mejor la Senadora Alvear o el colega Espina podrían plantearlo.
El señor PROKURICA .- Eso viene en otro proyecto.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , he sido crítico de la actuación de los fiscales. Y hemos hecho una pregunta similar a la que planteé denantes: quién los fiscaliza.
Ello forma parte del debate que deberemos efectuar en la búsqueda del mejoramiento de la actual justicia penal.
Señor Presidente , en el hipotético caso -y lo planteo como pregunta a los integrantes de las Comisiones unidas- de que un militar y un civil, por cualquier motivo, agredan durante una fiesta -delito de agresión- a otro civil (mapuche o no), si hay coautoría, se terminará en la justicia militar.
El señor RAVINET ( Ministro de Defensa Nacional ).- No: en la civil.
El señor NAVARRO.- Perdón: en la coautoría, el civil irá a la justicia civil, y el militar, a la militar.
El señor RAVINET ( Ministro de Defensa Nacional ).- No: a la civil.
El señor NAVARRO.- Eso está en el artículo 2º, al menos en la copia del documento que nos entregaron.
La Senadora Alvear podría aclarar el punto, pues tenemos duda en cuanto a cuál será la justicia competente en caso de coautoría o coparticipación de un civil y un militar en un delito como el señalado.
No quisiéramos que, coludidos en un ilícito un militar y un civil (a los efectos -para ser muy claro- del problema mapuche), al final termináramos repitiendo una figura que hoy día deseamos eliminar.
Señor Presidente , nuestra intención -lo hemos conversado con el Senador Quintana- es avanzar. Entiendo que algunos aspectos -los Ministros Ravinet y Bulnes lo han expresado- quedarán para una iniciativa posterior. Solo espero que ese debate lo llevemos a cabo con la calma y amplitud necesarias. Porque hoy estamos obrando con relación a un hecho político, del cual participo. No deseamos contraer ningún acuerdo, sino avanzar y que se tome una resolución. Sin embargo, estas observaciones las consideramos legítimas.
Queremos formular dos indicaciones. No sé si ello se puede hacer, señor Presidente , pero no me parecería adecuado que no fuera posible con relación a un proyecto que la Sala ve por primera vez.
La señora ALLENDE.- Se pueden presentar.
El señor ORPIS .- Sí.
El señor PIZARRO ( Presidente ).- Ha terminado su tiempo, Su Señoría.
El señor NAVARRO.- Quisiera que se aclarase más en detalle solo lo de la coparticipación.
"
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