-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/639915/seccion/akn639915-po1-ds7-ds15
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1961
- rdf:type = bcnres:Participacion
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/2
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1961
- rdf:value = "
El señor GIRARDI.- Señor Presidente , pienso que esta discusión no tiene que ver con debilitar o fortalecer la Ley Antiterrorista. No es la cuestión que nos convoca hoy día.
Lo que nos convoca hoy día es que en Chile efectivamente existe un clima de violencia que afecta a la sociedad chilena, y que se relaciona con políticas de discriminación históricas. En efecto, podríamos decir que durante los últimos doscientos años en nuestro país se ha llevado a cabo un verdadero genocidio cultural contra los pueblos indígenas.
Se han destruido sus culturas. Se han erradicado de la sociedad chilena, o intentado erradicar, sus prácticas, sus costumbres, sus idiomas. Y eso es lo que tiene sumido a Chile en una situación de violencia.
Hay una cultura suspendida en el tiempo, que desea la reivindicación de su derecho a existir, y hay una sociedad que se lo impide.
Y lo lamento mucho, porque en nuestro país vivimos la experiencia de la violación de los derechos humanos. Y durante la dictadura pusimos mucha atención en las observaciones efectuadas por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas u otras organizaciones como Human Rights Watch.
Desgraciadamente, en la actualidad no ponemos atención en los informes de los Relatores de Naciones Unidas en materia de Derechos Humanos ni en los de otras organizaciones. ¿Y qué están señalando?
Ello tal vez es el mayor dolor que debiera asumir y enfrentar la sociedad chilena. Nos dicen que en Chile se violan los derechos humanos, quizá de manera distinta a como ocurría en el pasado, cuando se violaban en función de personas que discrepaban políticamente o tenían opciones de conciencia y de visión de sociedad distintas. Hoy día se vulneran respecto de quienes pertenecen a una raza, a una etnia, pues no gozan de plenas garantías.
Y como creo que mi afirmación tiene que ser fundada, debo decir que este problema no empieza ahora.
Tengo acá el Informe del Relator Especial de las Naciones Unidas en materia de Derechos Humanos, del año 2003. ¿Y qué dice? Que se cuestiona la situación chilena en cuanto a los pueblos originarios:
"69. Bajo ninguna circunstancia deberán ser criminalizadas o penalizadas las legítimas actividades de protesta o demanda social de las organizaciones y comunidades indígenas.
"70. No deberán aplicarse acusaciones de delitos tomados de otros contextos (`amenaza terrorista', `asociación delictuosa') a hechos relacionados con la lucha social por la tierra y los legítimos reclamos indígenas.".
Y en el punto 75, se expresa: "El Relator Especial recomienda que el Gobierno de Chile considere la posibilidad de declarar una amnistía general para los defensores indígenas de los derechos humanos procesados por realizar actividades sociales y/o políticas en el marco de la defensa de las tierras indígenas.".
Asimismo, Human Rights Watch , en su Informe del año 2004: "Indebido Proceso: los juicios antiterroristas, los tribunales militares y los Mapuche en el sur de Chile", manifiesta en sus conclusiones lo siguiente:
"Se abstenga de abrir nuevos procesos contra mapuches de acuerdo con ley antiterrorista, a no ser que se hayan cometido delitos graves contra la vida, la libertad o la integridad física.
"Realice una revisión completa e imparcial de los procesos en que los mapuches han sido juzgados y condenados por terrorismo con el fin de verificar que se haya respetado el principio del debido proceso".
Finalmente, en el año 2006, el Informe de la Federación Internacional de Derechos Humanos "La otra transición chilena: derechos del pueblo mapuche, política penal y protesta social en un estado democrático", expone que "el Estado chileno violó las garantías a un juicio justo y al debido proceso de estas personas, en la medida en que la gravedad de los hechos por los que fueron condenados no guarda proporción con la gravedad del tipo delictivo de "terrorismo" y de las penas impuestas".
Chile ha sido sistemáticamente cuestionado y está siendo cuestionado hoy día a nivel internacional por ser un país donde se violan los derechos humanos.
A mayor abundamiento, tengo en mis manos otra resolución en materia de derechos humanos, ahora del año 2009.
Y qué dice el Comité Especial de la Organización de las Naciones Unidas en sus recomendaciones a Chile sobre derechos humanos, que antes eran tan importantes.
"15. El Comité recomienda al Estado que:
"a) revise la Ley Antiterrorista 18.314 y se asegure que sea únicamente aplicada a los delitos de terrorismo que merezcan ser tratados como tales;
"b) se asegure que la Ley Antiterrorista no sea aplicada a miembros de la comunidad Mapuche por actos de protesta o demanda social;".
Y para terminar esta parte de mi argumentación, quiero expresar que es posible que tengamos políticas discriminatorias acerca de los pueblos originarios. Porque nosotros firmamos el Convenio N° 169, de la OIT. ¿Y qué dice su artículo 9?
"1. En la medida en que ello sea compatible con el sistema jurídico nacional y con los derechos humanos internacionalmente reconocidos deberán respetarse los métodos a los que los pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros.
"2. Las autoridades y los tribunales llamados a pronunciarse sobre cuestiones penales deberán tener en cuenta las costumbres de dichos pueblos en la materia.
"ARTÍCULO 10.
"1. Cuando se impongan sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de dichos pueblos deberán tenerse en cuenta sus características económicas, sociales y culturales.".
"2. Deberá darse la preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento.".
Es decir, mediante el Convenio N° 169 de la OIT justamente nos obligamos, nos comprometimos a aplicar un estándar que valorara la cultura y la identidad de los pueblos originarios. La forma en que se está aplicando la Ley Antiterrorista en el país constituye una violación a los derechos humanos. Y estamos transgrediendo normas internacionales.
¡Chile va a ser cuestionado a nivel mundial por violar los derechos humanos, así como se transgredían en tiempos de la dictadura!
¡Es inaceptable que en una democracia se mantenga y se perpetúe la violación sistemática de los derechos de los pueblos originarios sin ninguna justificación!
¡Esos hechos constituyen la base del clima de violencia existente en el país! ¡La violación de los derechos humanos es lo que está incitando a la rebeldía de los pueblos originarios!
Si sus integrantes cometen delitos, evidentemente tienen que ser cuestionados y juzgados. Pero a través de leyes proporcionales, que sean las mismas que se apliquen al conjunto de los chilenos. No se debe seguir utilizando una normativa que se va a transformar en una verdadera "ley maldita" si Chile no acoge los sistemáticos llamados formulados por las organizaciones internacionales de derechos humanos. Estos, por lo menos para quienes nos sentamos en este lado del Hemiciclo, antes constituían un valor esencial y un fundamento para nuestra acción. Nosotros no lo podemos olvidar.
Es evidente que en los Gobiernos de la Concertación también se cometieron errores: se aplicó indebidamente la Ley Antiterrorista. Pero pienso que no se trata de buscar culpables, sino de terminar de una vez por todas con el empleo de esta legislación, porque tiene cuestionamientos en su fundamento, en la forma en que se aplica respecto a los pueblos originarios.
La sociedad, el Parlamento no pueden seguir aplicando la Ley Antiterrorista ante acciones de reivindicación relacionadas con los pueblos originarios, donde, además, no existan hechos de sangre.
Es lo que se sostiene en las convenciones internacionales de derechos humanos. Algunas de sus observaciones o recomendaciones pueden tener mayor o menor valor. Eso tal vez obedece a una dimensión histórica, cultural, a una manera de relacionarse con estas entidades de derechos humanos. Pero para nosotros debieran ser fundamentales. Y lamento mucho que en el pasado no lo hayan sido.
Voto a favor de la idea de legislar.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/639915/seccion/akn639915-po1-ds7
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/639915