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" \nLa se\u00F1ora ALVEAR.- Se\u00F1or Presidente , como es conocido por todos, nuestra Comisi\u00F3n funcion\u00F3 los d\u00EDas viernes, s\u00E1bado y domingo con el objeto de avanzar en el an\u00E1lisis del presente proyecto, y en la ma\u00F1ana de hoy ha ratificado el trabajo realizado durante el fin de semana.\n \nEl proyecto tuvo su origen en un mensaje del Presidente de la Rep\u00FAblica. \nSu objetivo central es perfeccionar y actualizar la legislaci\u00F3n antiterrorista, incorporando una serie de modificaciones a los tipos penales e introduciendo diversas t\u00E9cnicas y herramientas de investigaci\u00F3n eficaces para la detecci\u00F3n de esta clase de criminalidad. \nLas enmiendas propuestas abordan fundamentalmente cuatro materias: \n1) En primer lugar, el proyecto del Gobierno altera el concepto de conducta terrorista, asociando los hechos delictivos destinados a arrancar resoluciones de la autoridad o a imponerle exigencias con la finalidad de producir temor en la poblaci\u00F3n o en una parte de ella. \n2) En segundo lugar, la iniciativa suprime la presunci\u00F3n contenida en el inciso segundo del numeral primero del art\u00EDculo 1\u00BA de la Ley sobre Conductas Terroristas, la cual, invirtiendo la carga de la prueba, da por supuesta la finalidad de producir temor por el hecho de cometerse el delito por alguno de los medios all\u00ED enumerados.\n \n3) En tercer t\u00E9rmino, se efect\u00FAan algunas enmiendas en relaci\u00F3n con los tipos penales susceptibles de ser calificados como terroristas. Se elimina el delito de parricidio como supuesto para configurar un delito terrorista; se precisa la clase de lesiones que pueden dar lugar a un delito de esta \u00EDndole, eliminando las menos graves; se agregan los delitos contenidos en la Ley de Seguridad Nuclear como otra categor\u00EDa de aquellos que pueden revestir el car\u00E1cter de delito terrorista, y se realizan otros ajustes en materia de tipos penales susceptibles de sancionarse en virtud de la ley.\n \n4) Tambi\u00E9n se modifican las penas asignadas a los delitos terroristas. \nEn este punto, el Ejecutivo llam\u00F3 la atenci\u00F3n acerca de la nueva forma de determinar la sanci\u00F3n en el caso del delito de incendio, en cuanto se diferencia la gravedad de la pena en las distintas hip\u00F3tesis en que este il\u00EDcito puede llegar a constituir conducta terrorista. En la pr\u00E1ctica, en el caso del incendio, las penas se rebajan en un grado.\n \nEn lo que respecta al financiamiento del terrorismo, la pena se aumenta en un grado. \n5) Adem\u00E1s, se eliminan las referencias a la crueldad en la ejecuci\u00F3n del delito, por encontrarse estas contempladas como circunstancia agravante en el C\u00F3digo Penal, y las alusiones relativas a la probabilidad de la comisi\u00F3n de delitos futuros en base a las caracter\u00EDsticas personales del actor, por estimarse que este elemento es un resabio de teor\u00EDas que ya han sido superadas por las modernas doctrinas penales.\n \n6) Otras modificaciones relevantes dicen relaci\u00F3n a las figuras de la cooperaci\u00F3n eficaz y el desistimiento de la tentativa. \nLa primera de ellas -que, como se sabe, busca obtener informaci\u00F3n para evitar la comisi\u00F3n de delitos- se incorpora en t\u00E9rminos similares a los utilizados en la Ley de Drogas. \nPor su parte, la figura del desistimiento del acto terrorista tentado exige, para que opere, que se cumpla como requisito esencial para eximir de responsabilidad la revelaci\u00F3n a las autoridades del plan delictual y de sus circunstancias. Adem\u00E1s, trat\u00E1ndose de la conspiraci\u00F3n y de la tentativa en que intervienen dos o m\u00E1s sujetos, se exige que dicha revelaci\u00F3n haya impedido efectivamente la consumaci\u00F3n del hecho. \n7) Otra enmienda digna de destacar consiste en la posibilidad que se ofrece a la defensa del imputado terrorista para contrainterrogar a los testigos y peritos protegidos. \nTal como indic\u00F3 el se\u00F1or Secretario , luego de un extenso debate, la iniciativa fue aprobada en general por 3 votos a favor y 2 abstenciones.\n \nVotaron por su aprobaci\u00F3n los Honorables se\u00F1ores Chadwick , Espina y Larra\u00EDn . Nos abstuvimos el Senador se\u00F1or Patricio Walker y quien habla (en mi caso, por las razones que voy a exponer al usar de la palabra durante el debate, pues en este momento estoy entregando una relaci\u00F3n objetiva en nombre de la Comisi\u00F3n).\n \nEn la discusi\u00F3n particular del proyecto se mantuvieron las posturas mencionadas, de modo que cada una de sus disposiciones fue aprobada por 3 votos a favor y 2 abstenciones. \nEn el estudio de la iniciativa el \u00F3rgano t\u00E9cnico recibi\u00F3 la asesor\u00EDa de distintos expertos y, naturalmente, conoci\u00F3 las apreciaciones del Gobierno en torno a ella.\n \nAdicionalmente, se\u00F1or Presidente , la Comisi\u00F3n analiz\u00F3 tres mociones parlamentarias -una presentada por varios colegas, entre ellos el Senador se\u00F1or Andr\u00E9s Zald\u00EDvar , y otra, por el Senador se\u00F1or Navarro - que buscan retomar los planteamientos que fundaban un mensaje que sobre la misma materia envi\u00F3 al Parlamento la ex Presidenta Bachelet el a\u00F1o 2006.\n \nEstas iniciativas proponen entender el combate al terrorismo como una defensa de los valores esenciales del Estado democr\u00E1tico de Derecho y de los derechos humanos fundamentales, y conciben el delito terrorista como un il\u00EDcito que persigue m\u00F3viles pol\u00EDticos intentando torcer o forzar la voluntad ciudadana, subvertir el orden democr\u00E1tico establecido y tratar de imponer una visi\u00F3n de la sociedad y el Estado.\n \nComo se puede observar, dicho concepto de delito terrorista es muy distinto del que se recoge hoy en nuestro ordenamiento. En efecto, la ley vigente define el delito terrorista a partir de los medios y no de los fines del acto il\u00EDcito. \nEsta segunda concepci\u00F3n -basada en las teor\u00EDas modernas denominadas \"derecho penal de autor\"- permite que a un determinado grupo de personas, por ejemplo, a los integrantes de una determinada etnia, se los procese y castigue como terroristas por los mismos hechos que, cometidos por otros ciudadanos, se procesan y castigan como delitos comunes. \nLa Comisi\u00F3n conoci\u00F3 el proyecto del Gobierno y las citadas mociones en sesiones celebradas el fin de semana reci\u00E9n pasado. Y, despu\u00E9s de una prolongada discusi\u00F3n, estas \u00FAltimas fueron rechazadas en general por 3 votos contra 2 -la de los Senadores se\u00F1ores Andr\u00E9s Zald\u00EDvar , Escalona, Pizarro , Quintana y se\u00F1ora Alvear y la del Senador se\u00F1or Navarro - y por 3 votos negativos y 2 abstenciones -la del Senador se\u00F1or Tuma -.\n \nHe dicho. \n " . . . .