. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "CONVENIO PARA REPRESI\u00D3N DE ACTOS DE TERRORISMO NUCLEAR"^^ . . . . . . . " CONVENIO PARA REPRESI\u00D3N DE ACTOS DE TERRORISMO NUCLEAR\n \nEl se\u00F1or G\u00D3MEZ ( Vicepresidente ).- \nProyecto de acuerdo, en segundo tr\u00E1mite constitucional, que aprueba el Convenio Internacional para la Represi\u00F3n de los Actos de Terrorismo Nuclear, adoptado el 13 de abril de 2005 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, con informe de la Comisi\u00F3n de Relaciones Exteriores.\n \n--Los antecedentes sobre el proyecto (6549-10 ) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: \nProyecto de acuerdo: \nEn segundo tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 59\u00AA, en 27 de octubre de 2009. \nInforme de Comisi\u00F3n: \nRelaciones Exteriores, sesi\u00F3n 35\u00AA, en 14 de julio de 2010. \nEl se\u00F1or G\u00D3MEZ (Vicepresidente).- \nTiene la palabra el se\u00F1or Secretario. \nEl se\u00F1or HOFFMANN ( Secretario General ).- \nEl objetivo principal del instrumento internacional mencionado es establecer un conjunto de normas jur\u00EDdicas destinadas a la represi\u00F3n de los actos calificados como delitos de terrorismo nuclear, referidos a la posesi\u00F3n y uso il\u00EDcitos de uranio y plutonio enriquecidos.\n \nLa Comisi\u00F3n acogi\u00F3 el proyecto de acuerdo, tanto en general cuanto en particular, por la unanimidad de sus integrantes (Honorables se\u00F1ores Kuschel, Larra\u00EDn, Letelier, Tuma y Walker (don Ignacio)), en los mismos t\u00E9rminos en que lo hizo la C\u00E1mara de Diputados.\n \nEl se\u00F1or G\u00D3MEZ ( Vicepresidente ).- \nEn discusi\u00F3n general y particular.\n \n \nTiene la palabra el Senador se\u00F1or Larra\u00EDn. \n \nEl se\u00F1or LARRA\u00CDN .- \nSe\u00F1or Presidente , quisiera informar, en nombre de la Comisi\u00F3n de Relaciones Exteriores, que se trata de un Convenio del mayor inter\u00E9s. Este forma parte de una actividad muy intensa en el mundo para condenar todo tipo de acciones terroristas y, particularmente, en el caso que nos ocupa, aquellas vinculadas al terrorismo nuclear.\n \nChile ha participado y apoyado de manera muy activa, desde un principio, todas estas iniciativas. Ha dado fiel cumplimiento a las resoluciones aprobadas en la materia por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y adoptado casi la totalidad de los trece instrumentos internacionales contra el terrorismo que figuran bajo el auspicio de ese organismo, de los cuales el Convenio Internacional para la Represi\u00F3n de los Actos de Terrorismo Nuclear que estamos analizando constituye una parte integral. \nEste \u00FAltimo ya ha sido ratificado a nivel internacional por 67 pa\u00EDses, y, por eso, en la Comisi\u00F3n, donde lo acogimos por unanimidad, recomendamos tambi\u00E9n que el Senado lo apruebe, para que Chile pueda concurrir a ese proceso.\n \nEllo servir\u00E1, por cierto, para reforzar el compromiso de nuestro pa\u00EDs con las Naciones Unidas en materia de prevenci\u00F3n del terrorismo, pero, adem\u00E1s, fortalecer\u00E1 la cooperaci\u00F3n multilateral a fin de dificultar que grupos terroristas adquieran materiales o precursores que les permitan la fabricaci\u00F3n de bombas sucias o radiol\u00F3gicas.\n \nEl Convenio describe las conductas que se constituyen en delictivas y establece distintos tipos de procedimientos para hacer expedita la aplicaci\u00F3n de sus normas. \nEn particular, su art\u00EDculo 2\u00BA se\u00F1ala cu\u00E1ndo se comete delito conforme al instrumento que nos ocupa, referido a grupos de personas -es importante esclarecerlo-, m\u00E1s que a Estados o agencias estatales, que posean material radiactivo o fabriquen o posean un dispositivo, con el prop\u00F3sito de causar la muerte o lesiones corporales graves, o da\u00F1os al medio ambiente; o que utilicen il\u00EDcita e intencionalmente material radiactivo o un dispositivo, o utilicen o da\u00F1en una instalaci\u00F3n nuclear de manera que provoque la emisi\u00F3n o entra\u00F1e el riesgo de provocar la emisi\u00F3n de material radiactivo, con el prop\u00F3sito de causar la muerte o lesiones corporales graves, o de da\u00F1ar al medio ambiente, o de obligar a una persona natural o jur\u00EDdica, una organizaci\u00F3n internacional o un Estado a realizar o abstenerse de realizar alg\u00FAn acto.\n \nDel mismo modo, cometen delito quienes amenacen con perpetrar una utilizaci\u00F3n como la referida, quienes sean c\u00F3mplices, quienes organicen la comisi\u00F3n de cualquiera de los il\u00EDcitos anteriores o instiguen a otros a realizarlos, o quienes contribuyan de un modo distinto a llevarlos a cabo. \nEn la Comisi\u00F3n, si bien se registr\u00F3 bastante consenso para sumarse al sistema, tambi\u00E9n se hicieron algunas reflexiones que creo importante transmitir. \nLa primera de ellas dice relaci\u00F3n, respecto de la tipificaci\u00F3n de los delitos, a que varios se\u00F1ores Senadores estimaron que la amenaza se encuentra expresada en forma quiz\u00E1s un poco vaga o puede prestarse para interpretaciones muy laxas. Porque el Convenio dispone que tambi\u00E9n comete un il\u00EDcito quien \"Amenace, en circunstancias que indiquen que la amenaza es veros\u00EDmil, con cometer un delito en los t\u00E9rminos definidos\" anteriormente. Y esa verosimilitud, obviamente, es subjetiva. Se registran experiencias no muy antiguas en el plano internacional, a partir de supuestas amenazas, de la intervenci\u00F3n de otro Estado, con sus correspondientes consecuencias complejas y negativas.\n \nPor otra parte, si bien es cierto que existe el Tratado de No Proliferaci\u00F3n de Armas Nucleares, en el cual son sujetos y tienen responsabilidad los Estados que incurran en actuaciones contrarias a esas normas, no lo es menos que las exigencias que se hacen -en el caso que nos ocupa, razonablemente- a los grupos terroristas no es igual que las de los primeros. Y, trat\u00E1ndose se amenazas nucleares, no deber\u00EDamos tener mucha vacilaci\u00F3n al respecto.\n \nSe verifica -y ese es otro comentario formulado en la Comisi\u00F3n- una suerte de doble est\u00E1ndar en la materia que nos obliga a presionar a los pa\u00EDses para que tambi\u00E9n se sumen a la misma l\u00EDnea de condena a los grupos terroristas que act\u00FAan o pueden actuar en este \u00E1mbito. \nPor cierto, la voluntad de Chile ha sido bastante consecuente, ya que particip\u00F3 en una reciente cumbre de seguridad nuclear en Estados Unidos que buscaba reforzar y crear mayor conciencia al respecto. \nEn virtud de tales consideraciones, y teniendo presente el inter\u00E9s de seguir ratificando nuestra condena al uso de armas nucleares en cualquier forma, la Comisi\u00F3n acord\u00F3, por unanimidad, aprobar el proyecto de acuerdo, y recomienda a la Sala proceder en igual forma. \nHe dicho. \nEl se\u00F1or G\u00D3MEZ ( Vicepresidente ).- \nTiene la palabra el Honorable se\u00F1or Tuma.\n \n \nEl se\u00F1or TUMA.- \nSe\u00F1or Presidente , estimados colegas, como integrante de la Comisi\u00F3n de Relaciones Exteriores, particip\u00E9 en el debate sobre la aprobaci\u00F3n del Convenio Internacional para la Represi\u00F3n de los Actos de Terrorismo Nuclear, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas.\n \nEse instrumento internacional fue suscrito por Chile el 22 de septiembre de 2005, hace casi cinco a\u00F1os, y me parece oportuno que el Congreso Nacional tambi\u00E9n le d\u00E9 su aprobaci\u00F3n, por representar un paso m\u00E1s en la lucha contra el terrorismo.\n \nEl texto reconoce la necesidad urgente de que se intensifique la cooperaci\u00F3n internacional entre los Estados con miras a prevenir los actos de terrorismo nuclear y enjuiciar y castigar a sus autores. Se crea, entonces, este \u00FAltimo delito, tipific\u00E1ndose conductas criminales como la posesi\u00F3n il\u00EDcita e intencional de material radiactivo o la fabricaci\u00F3n o posesi\u00F3n de un dispositivo con el prop\u00F3sito de causar la muerte o lesiones corporales, o da\u00F1os considerables a los bienes o al medio ambiente. \nEl se\u00F1or Presidente de la Comisi\u00F3n se refiri\u00F3 a la manera en que realizamos el debate. En verdad, hubi\u00E9ramos querido que el Convenio fuese bastante m\u00E1s preciso en la tipificaci\u00F3n, pues podr\u00EDa traducirse en la calificaci\u00F3n de intenciones no necesariamente interpretadas en forma correcta.\n \nOtro aspecto que tuvimos presente es que no se tratan las acciones de agentes del Estado. Es decir, en teor\u00EDa, un pa\u00EDs con armamento nuclear podr\u00EDa efectuar atentados con material radiactivo en terceros Estados y esos cr\u00EDmenes no quedar\u00EDan sujetos a las disposiciones del instrumento internacional en an\u00E1lisis.\n \nEl Congreso Nacional carece de la facultad de proponer indicaciones o de corregir un tratado y esperamos que los planteamientos formulados se consideren por el Ejecutivo y el Ministerio de Relaciones Exteriores en futuros acuerdos, pero nos encontramos convencidos de que el Convenio representa un avance en la lucha contra el terrorismo, por lo cual contribuimos a la unanimidad para aprobarlo. En consecuencia, invito a apoyar el proyecto de acuerdo y a acoger las observaciones de los distintos miembros de la Comisi\u00F3n. \nHe dicho. \n \nEl se\u00F1or G\u00D3MEZ (Vicepresidente).- \nCerrado el debate. \nEn votaci\u00F3n. \nEl se\u00F1or HOFFMANN ( Secretario General ).- \n\u00BFAlg\u00FAn se\u00F1or Senador no ha emitido su voto?\n \nEl se\u00F1or G\u00D3MEZ ( Vicepresidente ).- \nTerminada la votaci\u00F3n.\n \n \n--Se aprueba en general y en particular el proyecto de acuerdo (20 votos a favor y un pareo). \nVotaron por la afirmativa las se\u00F1oras Alvear, P\u00E9rez (do\u00F1a Lily) y Rinc\u00F3n y los se\u00F1ores Bianchi, Chadwick, Coloma, Girardi, G\u00F3mez, Horvath, Letelier, Mu\u00F1oz Aburto, Navarro, Novoa, Orpis, Prokurica, Quintana, Sabag, Tuma, Walker (don Ignacio) y Walker (don Patricio). \nNo vot\u00F3, por estar pareado, el se\u00F1or Larra\u00EDn. \nEl se\u00F1or G\u00D3MEZ (Vicepresidente).- \nTerminado el Orden del D\u00EDa. \n " . . .