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La señora ALLENDE.- Señor Presidente, me sumo a las felicitaciones que se le han dado a la autora del proyecto y, al mismo tiempo, anuncio el voto favorable de mi bancada.
En verdad, yo tenía una iniciativa bastante similar, que también iba en la línea de fortalecer la posibilidad de demandar colectivamente. Sin embargo, la Honorable señora Alvear presentó antes su proyecto, en su condición de Senadora, porque yo me incorporé en marzo a la Cámara Alta. Pero, evidentemente, se trata de la misma motivación.
Señor Presidente , pasados los primeros días de shock después del terremoto, una de las situaciones más impactantes era observar la sensación de indefensión de los habitantes de muchos edificios de departamentos que fueron terriblemente dañados, al verse ante la impunidad. Porque, como sabemos, algunas inmobiliarias sortearon de muchas formas su responsabilidad en un momento dado -incluso se hicieron las denuncias pertinentes en los medios de comunicación-, o desaparecieron al constituirse en otras sociedades, en fin.
Lo cierto es que, inspiradas en la misma inquietud -de ahí la coincidencia-, vimos que era importantísimo brindar la posibilidad de entablar una demanda colectiva en términos que no se satisfacían hasta el momento en la Ley del Consumidor.
Según lo que aquí ya se explicó -no deseo repetirlo-, la modificación que se propone tiene que ver con el número de personas que habitan el edificio de departamentos y con la extensión de la demanda a los daños morales y al lucro cesante.
Es importante destacar que, acogida y ganada la demanda colectiva, podrán incorporarse plenamente a ella incluso aquellos que no ejercieron la acción desde el comienzo, una vez pagados los gastos personales y judiciales en que hubieran incurrido las personas que sí lo hicieron.
Considero que el proyecto constituye una forma de defender a los habitantes de edificios de departamentos que, como indicamos, han quedado -hasta hoy vemos imágenes muy dramáticas- no solo en la indefensión, sino también con una sensación de desamparo, de no tener la posibilidad de que un juicio rápido recoja su interés colectivo.
Además, aquí se ha mencionado algo evidentemente cierto: tras el terremoto había construcciones que parecían no estar tan seriamente afectadas. Sin embargo, después se comprobó que su daño estructural era mucho mayor. Y, en otros casos, casi cinco meses después recién se está autorizando a las personas para sacar algunos de sus enseres, bajo condiciones muy especiales.
Por lo tanto, lo único que cabe ahora es felicitar a la autora de la iniciativa que nos ocupa. Estamos plenamente de acuerdo en que hay que permitir la aplicación del procedimiento de demandas colectivas en juicios por daños o perjuicios en la calidad de las construcciones.
Solo nos queda decir que el terremoto puso a prueba la eficiencia de nuestra edificación. Pero si se analiza la magnitud del fenómeno, la cantidad de Regiones que abarcó y el número de inmuebles afectados, es posible concluir que pasamos bastante bien la prueba, en el sentido de que, en general, en Chile existe una buena calidad de la construcción. Ello nos permite sostener que, si bien el terremoto ha sido muy grave para muchas familias, proporcionalmente su número es bastante menor.
Me felicito de que vayamos avanzando en la calidad de la construcción en un país tan sísmico como el nuestro. Eso al menos nos permite afirmar que las desgracias personales fueron reducidas.
Sin embargo, lo anterior no significa que debamos dejar de progresar en una legislación que proteja de verdad a los habitantes cuando ocurran situaciones como las vividas.
Señor Presidente , para terminar, deseo manifestar que, junto con mejorar la calidad de la construcción y establecer parámetros aún más rigurosos, debemos aprobar un procedimiento del tipo que se nos propone, porque facilitará y permitirá que la gente se recupere por lo menos del daño a sus personas y patrimonio.
He dicho.
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