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- rdf:value = " PRINCIPIO DE NEUTRALIDAD EN LA RED PARA ACCESO LIBRE A CONTENIDOS DE INTERNET
El señor PIZARRO ( Presidente ).-
Corresponde ocuparse a continuación en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que consagra el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de internet, con informe de las Comisiones de Economía y de Transportes y Telecomunicaciones, unidas, y urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (4915-19) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 58ª, en 16 de octubre de 2007.
Informes de Comisión:
Transportes y Telecomunicaciones, sesión 8ª, en 8 de abril de 2008.
Economía y Transportes y Telecomunicaciones, unidas (segundo), sesión 26ª, en 9 de junio de 2010.
Discusión:
Sesión 16ª, en 30 de abril de 2008 (se aprueba en general).
El señor PIZARRO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
El proyecto fue aprobado en general por la Sala en su sesión de 30 de abril del año 2008.
En el informe se deja constancia de las diversas modificaciones efectuadas al texto original, todas las cuales fueron acordadas por unanimidad.
Tales enmiendas unánimes dicen relación, principalmente, con la incorporación, en las obligaciones de las concesionarias de servicio público de telecomunicaciones y de los proveedores de acceso a internet, del concepto de arbitrariedad, disponiendo que no podrán "arbitrariamente" bloquear, interferir, discriminar, entorpecer ni restringir el derecho de ningún usuario a utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido a través de la red.
Asimismo, deberán ofrecer a cada usuario un servicio que no distinga "arbitrariamente" contenidos, aplicaciones o servicios.
Por otro lado, se establece que las concesionarias y los proveedores de internet no podrán limitar el derecho de un usuario a incorporar o utilizar cualquier clase de instrumentos, dispositivos o aparatos en la red, siempre que sean legales y no dañen o perjudiquen a esta.
Sus Señorías pueden consultar las modificaciones efectuadas en el boletín comparado que tienen en sus escritorios.
Cabe recordar que las enmiendas acogidas en forma unánime deben ser votadas sin debate, salvo que algún señor Senador solicite su discusión o existan indicaciones renovadas.
El señor PIZARRO (Presidente).-
Como no procede discutir las modificaciones unánimes, ofreceré la palabra a los Presidentes de las dos Comisiones.
En primer lugar, puede intervenir el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , como ya se dijo, esta iniciativa fue analizada por las Comisiones de Economía y de Transportes y Telecomunicaciones, unidas.
Cabe destacar que por primera vez se incorpora en la Ley General de Telecomunicaciones el concepto de internet, con el propósito de que paso a señalar.
establecer ciertas regulaciones mínimas
En primer término, se consagra el concepto de no discriminación arbitraria, esto es, se trata de impedir que las concesionarias de servicio público de telecomunicaciones que presten servicios a los proveedores de acceso a internet, y también estos últimos, incurran en conductas anticompetitivas o discriminen arbitrariamente el acceso de contenidos y aplicaciones legales.
En segundo lugar, se contempla la obligación para tales concesionarios o proveedores de acceso de publicar en su sitio web toda la información relativa a las características del servicio de internet ofrecido.
Lo anterior es especialmente importante porque hoy en día en la comunidad se da con mucha fuerza la discusión de si el ancho de banda que se ha comprado y por el cual se está pagando es realmente el ancho de banda con el cual se nos permite trabajar en los computadores.
Por primera vez se dispone que los consumidores, cuando se sientan afectados o consideren que el ancho de banda no corresponde al que están pagando, podrán reclamar ante la Subsecretaría de Telecomunicaciones, la que estará facultada por el reglamento para sancionar -entendemos que será el único organismo público habilitado para ello-, en caso de comprobarse que existe publicidad engañosa o que el servicio se está entregando de manera fraudulenta; para decirlo claramente, cuando el ancho de banda no sea el que se está cobrando, sino otro de velocidad inferior.
La Subsecretaría de Telecomunicaciones será la encargada de sancionar las infracciones a las obligaciones legales o reglamentarias que se establezcan en este ámbito, de acuerdo al procedimiento contemplado en el artículo 28 bis de la Ley General de Telecomunicaciones.
Finalmente, se establece que será un reglamento dictado por la Subsecretaría de Telecomunicaciones el que regulará detalladamente aspectos tales como las condiciones mínimas que deberán cumplir los prestadores de servicio de acceso a internet.
Por las razones expuestas, señor Presidente, y habiendo sido aprobado el informe de manera unánime por los integrantes de las Comisiones unidas de Economía y de Transportes y Telecomunicaciones, recomendamos a la Sala proceder en la misma forma.
El señor PIZARRO (Presidente).-
Le ofrezco la palabra al Senador señor Girardi, Presidente de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
El señor GIRARDI.-
Señor Presidente, considero que este es el primero de muchos proyectos que debiéramos trabajar, porque es evidente que internet equivale a las nuevas carreteras del futuro.
Nosotros todavía estamos un tanto en el pasado, pues nuestro país todavía no ha garantizado a todos los chilenos la igualdad de oportunidades en materia de internet. Algunos parlamentarios (los Senadores señores Lagos, Chahuán , señora Rincón y yo) presentamos una moción para establecer una garantía constitucional, a imitación de países europeos, respecto del acceso a la red.
Consideramos muy importante que el Estado, así como construyó carreteras en el pasado, cablee el país con fibra óptica para que las empresas prestadoras puedan participar en un mercado donde los costos sean más competitivos. Hay naciones donde por la banda ancha de 80 megas se paga 3 a 4 mil pesos al mes. En Chile, comprar una fracción de transmisión de datos bastante inferior tiene valores que superan los 20 mil pesos, lo cual resulta absolutamente inalcanzable para muchas familias.
Me parece que digitalizar el país, sobre todo en el mundo rural disperso, en las pequeñas regiones, en las comunidades chicas, puede constituir un inmenso instrumento de desarrollo.
Es sabido que los niños con acceso a internet tienen mejor rendimiento; asimismo, un emprendedor que quiere desarrollar turismo local o cualquier otra actividad, si tiene acceso a internet, podrá estar en el mundo y no fuera de él.
Internet también nos va a obligar a asumir un problema sociológico. Estamos ante una nueva reglobalización; vamos a enfrentar una nueva cultura; el mundo va a cambiar, desde la perspectiva de internet; existirán tantas redes de comunicación que el sistema será una especie de proyección de nuestro cerebro, tremendamente interconectado. Y habrá tantas redes circundando el planeta, que se constituirán en algo así como un "gran cerebro", una proyección de ese órgano de los seres humanos, los cuales formaremos parte de esas redes, donde no habrá separación entre el conjunto de redes que nos rodea y nosotros mismos.
Por eso, el mundo que viene es muy sofisticado y complejo. Incluso, algunos hablan de que, así como hemos logrado generar vida o conciencia desde la perspectiva de nuestras redes neuronales, se podrá establecer algún tipo de conciencia-inteligencia planetaria debido a la gran interconexión del equivalente de las redes neuronales: las redes de internet.
Es un mundo apasionante que nosotros necesitamos comenzar a regular.
Hay muchas cosas que hacer. Los mismos parlamentarios mencionados vamos a presentar, en los próximos días, un proyecto de ley que prohíbe que una deuda de internet pase a DICOM, como ocurre con otros servicios públicos. Queremos que se considere una suerte de servicio básico parecido al agua o la luz. Vamos a dejar establecida la obligatoriedad de instalar ductos, porque facilitan la parte más cara del acceso a internet: la última milla. Si uno los deja puestos, abarata bastante los costos de conectividad.
Esta iniciativa es pionera en Chile y va a garantizar muchas cosas.
En primer término, crea una instancia fiscalizadora. Hoy día lo hace el SERNAC, sin ninguna atribución. Ahora vamos a contar con una institución que tendrá facultades para fiscalizar y sancionar: la Subsecretaría de Telecomunicaciones. Los proveedores de internet no podrán discriminar a los pequeños emprendedores que usan la red para desarrollar actividades. Si estas compiten con el monopolio de los proveedores, estos les enlentecen el servicio, les ponen barreras. Y esta legislación será de gran utilidad para que fluyan libremente iniciativas que, incluso, puedan competir con otras pertenecientes a los negocios o acciones económicas vinculados a los prestadores de internet, como telefonía y otros.
Además, será factible para nosotros, los padres, establecer un bloqueo voluntario de ciertos contenidos, lo cual nos parece muy importante.
Tendrá que haber una información preestablecida.
En la actualidad, nos están vendiendo productos que no son tales. Se deberá publicitar la velocidad de transmisión de datos. Los ciudadanos podremos demandar a las empresas cuando entreguen menos de lo que ofrecen. Se consagrará la privacidad de datos, lo cual es muy trascendente; también protección contra virus informáticos por parte de las empresas proveedoras de internet, algo fundamental, y no se podrá discriminar ningún tipo de contenido.
Quiero destacar que esta iniciativa nació como una moción parlamentaria, no de nosotros, sino de Diputados de la UDI y de la Concertación. Y creo que se debe valorar ese esfuerzo, que fue tomado por las Comisiones unidas, pero como el inicio de un inmenso desafío del Congreso en términos de garantizar el derecho a internet de todos los chilenos y chilenas.
He dicho.
El señor PIZARRO (Presidente).-
Antes de comenzar la votación, el Senador Novoa desea hacer una aclaración.
El señor NOVOA.-
Lo haré cuando fundamente el voto, señor Presidente.
El señor PIZARRO (Presidente).-
Okay.
El señor CHADWICK.-
¿Puedo solicitar una aclaración?
El señor PIZARRO (Presidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente , solo quiero preguntar a los miembros de las Comisiones unidas si tuvieron a la vista la Ley de Propiedad Intelectual, que este mismo Senado modificó hace no más de 3 ó 4 meses. Porque veo que existen contradicciones con ese cuerpo legal.
Entonces, no sé si la tuvieron presente o no, para quedar tranquilo respecto de mi votación.
El señor PIZARRO (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente, la consideramos.
No hay que olvidar que la Comisión de Economía -junto a la de Educación- participó en el análisis del proyecto que derivó en la normativa que modificó la Ley de Propiedad Intelectual.
La revisamos minuciosamente y consideramos que no había ni vacíos ni contradicciones entre ambas legislaciones.
Lo mismo opinó el Ejecutivo .
El señor PIZARRO ( Presidente ).-
En votaciónlas modificaciones unánimes propuestas por las Comisiones unidas de Economía y de Transportes.
--(Durante la votación).
El señor PIZARRO (Presidente).-
Para fundamentar el voto, tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente, aprovecho estos cinco minutos para manifestar que la base de esta normativa establece que los portadores de señales y quienes brinden servicios de internet no pueden limitar arbitrariamente los contenidos de la red.
Obviamente, eso permite que si, por ejemplo, se producen violaciones a la Ley de Propiedad Intelectual, se pueda limitar, previa orden judicial, la difusión de los contenidos involucrados; o que, si se determina la posibilidad de cometer ciertos delitos a través de la red, sea factible restringir el acceso, porque en tal caso ya no se trataría de una limitación arbitraria.
La norma de carácter general está contenida en artículo 24 H y se reitera en el 24 J.
No obstante lo anterior, en el 24 I existe una pequeña imprecisión en la redacción, pues, al señalar que un reglamento podrá aplicar sanciones a quienes de cualquier forma interfieran la emisión de señales o los contenidos que se transmiten, no incluyó la palabra "arbitrariamente".
Pero es evidente que un reglamento, al establecer sanciones respecto de aquellas materias que están prohibidas por la ley, incluirá la intervención arbitraria.
Por lo tanto, creo que una interpretación concordante de las normas de los artículos 24 H y 24 I tendrían que llevar a la conclusión de que el reglamento debiera sancionar las interferencias arbitrarias, tal como lo expresa la primera de las disposiciones citadas y no cualquier otra interferencia que pueda estar autorizada por ley.
Ese era el punto.
Lo señalo porque en el artículo 24 H se tuvo el cuidado de poner la expresión "arbitrariamente". Vale decir, se sanciona cualquier interferencia arbitraria. Y el reglamento deberá establecer las penalidades respecto de esas conductas y no de alguna intervención que pueda estar permitida por la ley.
Voto a favor de las modificaciones aprobadas por las Comisiones unidas.
El señor PIZARRO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , de manera permanente, cuando hemos tratado materias vinculadas con internet, y no solo aquellas que dicen relación a la red, sino también a los proveedores de esta, a los creadores de programas -estoy hablando básicamente de Microsoft-, hemos sido contrarios a la monopolización y, en especial, a las restricciones que algunos creadores de programas han desarrollado para acceder a la red. Porque eso no solo debe estar dirigido a quienes realizan el transporte, sino también a los programas que permiten el acceso.
Debo hacer presente que siguen existiendo severas restricciones en cuanto al uso monopólico de un conjunto de programas, particularmente de internet Explorer y Microsoft, respecto a las condiciones en que pueden acceder los usuarios. Muchos de estos programas -como he señalado- contienen restricciones que apuntan a su renovación constante.
Me refiero con ello a las nuevas licencias. Chile paga anualmente 32 mil millones de pesos por dicho concepto. Esto podría llevarnos al infinito si no ponemos restricciones, si no vamos a los software libres, como Linux, si no logramos que el Estado tenga la capacidad de mantener sus propios programas. Lo hacen Alemania, Francia y Brasil. Inglaterra, por su parte, garantiza software libres para evitar el pago de licencias.
Entre los aspectos que también se garantizan -aparte la libertad en internet, que por su naturaleza es el acceso a la imaginación, a la creación- se halla el que a los servicios de acceso ofrecidos, a través de los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones, se les impida realizar actos para evitar el acceso posterior con nuevos productos.
Es decir, se trata de que exista verdadera libertad, neutralidad, que en síntesis es la prohibición de efectuar discriminaciones a los usuarios de internet, esto es, el tráfico o contenido que circula por la red. La gente tendrá que decidir. Nadie podrá controlar a qué contenidos accedo yo y nadie podrá medir ni hacer uso de esa información para lo mismo.
El proyecto también exige a los proveedores de servicios de acceso a internet mayor claridad en sus prestaciones, por lo que se establece la obligatoriedad de mantener publicada y actualizada la información relativa al nivel del servicio contratado, incluyendo la velocidad acordada.
Está claro que muchos servicios no brindan la velocidad contratada. ¿Cómo puede, entonces, la gente percibirlo? Si la ley exige una velocidad de dos mega, tendrá que operar de esa forma. De lo contrario, la Superintendencia, a través de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en este caso, podrá acceder y sancionar.
Es fundamental que haya una entidad fiscalizadora, que hasta ahora no existe. Una ley sin fiscalización carece de fuerza. Con ese fin, se le otorgan facultades a la Subsecretaría de Telecomunicaciones para sancionar las infracciones. Y ello es un aporte importante.
¿Qué falta en el proyecto? Aun cuando sea tarde, y sin perjuicio de votar a favor de la iniciativa, por constituir un aporte y un avance sobre el particular, creo que falta una materia que requiere mayor precisión.
Se trata de regular de mejor forma las facultades de los concesionarios de servicio público de telecomunicaciones y de los proveedores de acceso a internet para adoptar las medidas o las acciones necesarias para la gestión de tráfico y de administración de la red.
El proyecto en análisis permite la administración de redes sujeta a limitaciones, por ejemplo, que dichas actividades de administración de gestión de tráfico y de administración de redes no afecten la libre competencia.
Creo que ese es el elemento clave de por qué hay una amplia mayoría para aprobarla: porque no afecta la libre competencia. Pero se debe garantizar siempre Esta materia no puede quedar regulada.
"el derecho de los usuarios a la libertad de utilización de los contenidos, aplicaciones o servicios.".
Yo siento que el párrafo segundo de la letra a) del artículo 24 H de la iniciativa quedó débil en su conformación. Me habría gustado que existiera una mayor garantía en cuanto a que estuviera de manera permanente.
"el derecho de los usuarios a la libertad de utilización de los contenidos, aplicaciones o servicios"
En todo caso, el proyecto constituye un avance.
Claramente, va a haber una normativa que procura la privacidad de los usuarios, la protección contra los virus y la seguridad de la red. Se podrá bloquear el acceso a determinados contenidos solo a solicitud expresa del usuario, sin quedar sujeto a la determinación del proveedor de la red.
En ningún caso, este bloqueo podrá afectar de manera arbitraria a los proveedores de servicios y aplicaciones que se prestan en internet. En ese sentido, avanzamos hacia la libertad.
En mi opinión, el derecho de los usuarios no ha quedado del todo fortalecido, pero hay fiscalización de parte de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, y eso es positivo.
Voto a favor.
¡Patagonia sin represas!
El señor PIZARRO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Cantero para fundamentar el voto.
El señor CANTERO.-
Señor Presidente, sin duda el proyecto en estudio es un paso muy significativo.
Internet día a día constituye una mayor centralidad en el quehacer social, personal e incluso económico. Por eso, es tan importante avanzar en un proceso de regulaciones que permita garantizar la neutralidad de esta plataforma y regular o corregir las conductas que pretendan controlar internet o restringir un acceso igualitario a la red.
Además, constituye un freno a aquellos que quieren darle un énfasis o una primacía economicista a este sistema, seleccionando o discriminando por enfoques lucrativos de ratings o de rentabilidad.
Me parece que este es un paso positivo en el sentido de que permite el acceso a internet con la confianza de que lo que se está ofreciendo en la publicidad efectivamente se podrá controlar y estará garantizado. Me refiero en particular al tema de la banda ancha. En Chile ya se ha hecho habitual ofrecer ese servicio cuando en realidad, por lejos, no alcanza los estándares internacionales, que fluctúan entre 1,5 y 2 mega para cumplir efectivamente ese modelo.
En ese sentido, me parece que el proyecto resulta muy positivo.
También es muy conveniente que se ponga coto a los actos que realizan los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones, para impedir el acceso de competidores que disminuyen los precios con nuevos productos, y así evitar el roce en este tipo de situaciones o cuando se afectan normativas referentes a la protección del consumidor o a la libre competencia.
Me parece que la iniciativa constituye un avance importante.
Y aprovecho la oportunidad para hacer presente algo que he venido comprobando en los distintos foros que se han realizado en las últimas semanas en materia de internet y de sociedad digital.
Se ha señalado que este es un proyecto inédito en el mundo, pero lo cierto es que la Ley de Propiedad Intelectual que aprobó el Parlamento hace algunos meses, como ya se ha mencionado, ha venido a constituirse en un ícono, en una referencia internacional.
India, Brasil, Australia recurren al Congreso chileno para conocer el contenido de este cuerpo legal, que marcó un hito por ir en punta en esta materia.
Pues bien, en este tema, volvemos a avanzar en esa línea. Los contenidos de la iniciativa en debate son muy interesantes, porque -como ya lo he señalado- garantizan la neutralidad de la red; la prohibición de efectuar discriminaciones a los usuarios de internet; que el tráfico o contenido que circula por la red deba ser tratado de forma igualitaria, prohibiéndose, por ejemplo, discriminaciones en el acceso a distintas velocidades o regulando el contenido.
Lo relevante de la Ley de Propiedad Intelectual es que rompió la dicotomía que había entre lo administrativo y lo legal. No se puede bajar contenido alguno de la red si no es por la vía legal. Y cada cual asumirá sus responsabilidades, según sea el caso.
Se prohíbe, además, la comisión de conductas atentatorias contra la libre competencia y la restricción en el acceso.
La obligatoriedad de mantener un enfoque de publicidad claro y coherente me parece muy relevante.
La protección de la privacidad, la seguridad informática y los controles parentales constituyen medidas muy interesantes.
Falta precisar aún más -lo lograremos con el tiempo- los límites a la facultad administrativa en el manejo de redes.
Con todo, estimo que este proyecto de ley es un avance importantísimo, por lo que voto a favor.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor PIZARRO ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueban las modificaciones unánimes propuestas por las Comisiones de Economía y de Transportes y Telecomunicaciones, unidas (30 votos a favor y una abstención), y queda despachado el proyecto en particular.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Matthei y Pérez (doña Lily) y los señores Allamand, Bianchi, Cantero, Chadwick, Chahuán, Coloma, Espina, García, Girardi, Horvath, Kuschel, Lagos, Larraín, Letelier, Longueira, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Sabag, Tuma, Walker (don Ignacio), Walker (don Patricio) y Zaldívar (don Andrés).
Se abstuvo el señor Gómez.
El señor PIZARRO ( Presidente ).-
Si bien ha llegado la hora de término del Orden del Día, solicito a la Sala tratar rápidamente la iniciativa signada con el número 3 de la tabla. La Comisión respectiva la aprobó por unanimidad. Y se refiere a correcciones que ya habíamos discutido.
¿Habría acuerdo para prorrogar el Orden del Día hasta despachar dicho proyecto?
--Se acuerda.
"
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