. . . . . . . . . . . . "MOCI\u00D3N DE LOS HONORABLES SENADORES RINC\u00D3N (DO\u00D1A XIMENA), QUINTANA, PIZARRO, WALKER (DON IGNACIO) Y WALKER (DON PATRICIO), CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE PROH\u00CDBE PLAGUICIDAS DE ELEVADA PELIGROSIDAD (6969-01)"^^ . . . . . . . " MOCI\u00D3N DE LOS HONORABLES SENADORES RINC\u00D3N (DO\u00D1A XIMENA), QUINTANA, PIZARRO, WALKER (DON IGNACIO) Y WALKER (DON PATRICIO), CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE PROH\u00CDBE PLAGUICIDAS DE ELEVADA PELIGROSIDAD (6969-01) \nHonorable Senado: \n \nQue la intoxicaci\u00F3n de temporeros por la utilizaci\u00F3n de plaguicidas ha aumentando de manera sistem\u00E1tica desde el a\u00F1o 1997. Las \u00FAltimas cifras oficiales de la Red de Vigilancia Epidemiol\u00F3gica del Ministerio de Salud (REVEP) del a\u00F1o 2008 se\u00F1alaron que se registraron 849 casos, los cuales seg\u00FAn REVEP, superan la cifra de 2007 que ascendi\u00F3 a 727 casos. Hasta Octubre de 2009, seg\u00FAn datos de la misma entidad del Ministerio de Salud exist\u00EDan m\u00E1s de 391 intoxicados, sin contar los m\u00E1s de 600 trabajadores afectados por dos intoxicaciones masivas producidas en la Provincia de Linares, espec\u00EDficamente en el sector rural de Pipuy\u00E9n comuna de Yerbas Buenas, y en un sector rural de la comuna de Longav\u00ED, ambas comunas de la Regi\u00F3n del Maule. Es necesario recordar que organizaciones ciudadanas como la Red de Acci\u00F3n en Plaguicidas y sus alternativas para America Latina (RA-PAL) Chile, estima que por cada caso que se registra oficialmente, hay otros cuatro que no son notificados a la autoridad sanitaria, lo que hace que la cifra real sea cercana a las tres mil intoxicaciones anuales. \n \nQue los informes epidemiol\u00F3gicos posteriores, relacionaron directamente la causa de la intoxicaci\u00F3n al uso del plaguicida denominado Pyrinex y el fungicida Clarinet. El insecticida Pyrinex, cuyo principio activo es el clorpirif\u00F3s, es un plaguicida que afecta el sistema nervioso de los seres humanos y los animales. El uso de plaguicidas puede producir, de manera general, efectos adversos agudos en la salud humana tales como: intoxicaciones caracterizadas por dolores de cabeza, visi\u00F3n borrosa, lagrimeo, excesiva salivaci\u00F3n, secreci\u00F3n nasal, mareo, confusi\u00F3n, debilidad o temblores musculares, n\u00E1usea, diarrea y cambios bruscos en el latido del coraz\u00F3n. La exposici\u00F3n a altos niveles puede producir sudor profuso, p\u00E9rdida del control intestinal, convulsiones, estado de coma y la muerte. Entre sus efectos cr\u00F3nicos est\u00E1n: tumores, c\u00E1ncer, alteraciones del sistema nervioso, atrofia testicular, esterilidad, malformaciones cong\u00E9nitas; efectos genot\u00F3xicos, mutag\u00E9nicos y teratog\u00E9nicos; da\u00F1os en el sistema inmunolog\u00EDa), respiratorio, urinario y dermatol\u00F3gico y reacciones al\u00E9rgicas. Adem\u00E1s, estas sustancias alteran en muchos casos de manera irreversible el equilibrio ecol\u00F3gico y el medio ambiente, reduciendo especies importantes de organismos terrestres y acu\u00E1ticos, por la disminuci\u00F3n de la tasa de reproducci\u00F3n, por las modificaciones de las relaciones presa depredador, por la aparici\u00F3n de alteraciones fisiol\u00F3gicas y la muerte de dichos organismos. Tambi\u00E9n, una vez que los plaguicidas han entrado al ambiente, pueden desarrollarse reacciones qu\u00EDmicas que pueden producir sustancias m\u00E1s t\u00F3xicas que el compuesto original. \n \nQue el uso de estos plaguicidas, tambi\u00E9n afecta la salud de miles de chilenos debido a los residuos de estas sustancias qu\u00EDmicas t\u00F3xicas presentes en los alimentos de consumo diario, lo cual ha sido comprobado en an\u00E1lisis de residuos de plaguicidas en alimentos realizados por el Servicio Nacional del Consumidor, SERNAC, en 1994; el Instituto de Salud P\u00FAblica, ISP, en 2000; y por SAG en 2007. \n \nQue la Organizaci\u00F3n Mundial de la Salud (OMS) public\u00F3 en 1975 una serie de recomendaciones sobre el uso de plaguicidas conocidas como \"Clasificaci\u00F3n recomendada por la OMS sobre plaguicidas, seg\u00FAn su peligrosidad\". En este documento, la organizaci\u00F3n internacional realiza una clasificaci\u00F3n de plaguicidas en cuatro niveles de peligrosidad, que son: extremadamente peligroso (la); altamente peligroso (Ib); moderadamente peligroso (II) y ligeramente peligroso (III). \n \nQue la mayor parte de las intoxicaciones, se origina por el uso de plaguicidas del tipo la y Ib, calificadas por la OMS como extremadamente peligroso y altamente peligroso, respecto de los cuales hace mucho tiempo la Organizaci\u00F3n de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentaci\u00F3n (FAO) a trav\u00E9s de su C\u00F3digo Internacional de Conducta para la Distribuci\u00F3n y Utilizaci\u00F3n de Plaguicidas ha buscado establecer normas de conducta de car\u00E1cter voluntario para todas las entidades p\u00FAblicas y privadas que intervienen en la distribuci\u00F3n y utilizaci\u00F3n de plaguicidas, planteando la necesidad de un esfuerzo de cooperaci\u00F3n entre los gobiernos y los pa\u00EDses importadores y exportadores de plaguicidas, promoviendo pr\u00E1cticas que reduzcan al m\u00EDnimo los posible, los riesgos para la salud y al medio ambiente asociados con plaguicidas y aseguren la utilizaci\u00F3n eficaz de los mismos, recomendando su eliminaci\u00F3n por parte de aquellos pa\u00EDses en v\u00EDas de desarrollo. En dicho C\u00F3digo Internacional de Conducta en su n\u00FAmero 7.5 se\u00F1ala \"puede ser conveniente prohibir la importaci\u00F3n, compra y venta de un producto sumamente toxico y peligroso, como tos incluidos en la categor\u00EDas 1a y 1b de la OMS, en caso de que otras medidas de control o las buenas practicas de comercializaci\u00F3n no bastasen para asegurar que el producto pueda manipularse con un nivel aceptable de riesgo para el usuario. Asimismo, esta organizaci\u00F3n sugiere que una de las opciones para lograr un cambio positivo es que las autoridades que controlan los plaguicidas, idealmente, deber\u00EDan ser parte un ente interdisciplinario e interministerial, involucrando a los departamentos de salud, medio ambiente, agricultura y econom\u00EDa, sin dejar de lado representantes de los agricultores y de otros grupos interesados, como los fabricantes, importadores, distribuidores de maquinar\u00EDas, talleres de reparaci\u00F3n y la industria aseguradora\". En el pa\u00EDs se encuentran registrados alrededor de 420 principios activos, contenidos en aproximadamente 924 marcas comerciales, de los cuales 41 pertenecen a la categor\u00EDa la y 29 a la categor\u00EDa Ib. \n \nQue el a\u00F1o 2007, un grupo de Diputados presentaron un proyecto de ley para prohibir expresamente, en el decreto ley N\u00BA 3557 del a\u00F1o 1981 que establece disposiciones en materia de protecci\u00F3n agr\u00EDcola, la importaci\u00F3n, producci\u00F3n, comercializaci\u00F3n, distribuci\u00F3n y uso de agroqu\u00EDmicos de las categor\u00EDas la y Ib, de acuerdo a la clasificaci\u00F3n hecha por la Organizaci\u00F3n Mundial de la Salud. Que el proyecto de ley fue aprobado por unanimidad en la C\u00E1mara de Diputados, y en el segundo tr\u00E1mite ante el Senado con fecha 30 de Junio de 2009 fue rechazada la idea de legislar en la Sala aduciendo que la ley N\u00BA 20.308 sobre protecci\u00F3n a los trabajadores en el uso de productos fitosanitarios, al modificar, entre otros cuerpos legales el Decreto Ley N\u00BA3557 del a\u00F1o 1981 ya legisl\u00F3 lo relativo a este tema, y que por lo tanto, no ser\u00EDa necesario volver a legislar sobre esta materia, decisi\u00F3n que fue ratificada por la Comisi\u00F3n Mixta. \n \nQue en nuestra opini\u00F3n, la conclusi\u00F3n a la cual lleg\u00F3 la Comisi\u00F3n Mixta que se form\u00F3 para resolver las divergencias entre la C\u00E1mara de Diputados y el Senado respecto al proyecto de ley del a\u00F1o 2007 es errada, toda vez que la materia legislada por la ley N\u00B0 20.308 estableci\u00F3 normas relativas a la manera de emplear los plaguicidas ya registrados, otorg\u00E1ndole facultades al Servicio Agr\u00EDcola y Ganadero (SAG), y estableciendo una reglamentaci\u00F3n para la fumigaci\u00F3n a\u00E9rea, no prohibiendo bajo ninguna circunstancia la importaci\u00F3n, producci\u00F3n, comercializaci\u00F3n, distribuci\u00F3n y uso de agroqu\u00EDmicos de las categor\u00EDas antes se\u00F1aladas, muchos de los cuales est\u00E1n prohibidas en los pa\u00EDses de la Uni\u00F3n Europea y EE.UU., pero siguen siendo utilizados en Chile. \n \nQue tomando en consideraci\u00F3n las tendencias mundiales relativas a la reducci\u00F3n de riesgos y peligros, y lo recomendado por la FAO, sumados a la necesidad de otorgarles una mayor protecci\u00F3n a los consumidores, trabajadores y habitantes de zonas agr\u00EDcolas que se ven enfrentados diariamente al uso indiscriminado de plaguicidas del tipo la y Ib seg\u00FAn la clasificaci\u00F3n hecha por la Organizaci\u00F3n Mundial de la Salud es que creemos necesario regular esta materia, prohibiendo expresamente en nuestra ley, la prohibici\u00F3n de importar este tipo de plaguicidas, exceptuando aquellos fumigantes que tengan el car\u00E1cter de insustituibles, y respecto de los cuales no existen a\u00FAn alternativas. \n \nEs por eso que, sobre la base de los antecedentes mencionados, venimos en proponer el siguiente proyecto de ley: \n \nProyecto de Ley \n \nArt. \u00FAnico.- Agr\u00E9guese el siguiente inciso segundo al Art. 35 del Decreto Ley N\u00B0 3.557 del 9 de febrero de 1981: \n \n\"Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, estar\u00E1 absolutamente prohibida la importaci\u00F3n, producci\u00F3n, comercializaci\u00F3n, distribuci\u00F3n y uso de plaguicidas de las categor\u00EDas la y Ib, extremadamente peligrosos y altamente peligrosos, seg\u00FAn la clasificaci\u00F3n de la Organizaci\u00F3n Mundial de la Salud, exceptuando aquellos de la categor\u00EDa fumigantes que no tengan a\u00FAn alternativas\". \n \n \n(Fdo.): Ximena Rinc\u00F3n Gonz\u00E1lez, Senadora.- Jaime Quintana Leal, Senador.- Jorge Pizarro Soto, Senador.- Ignacio Walker Prieto, Senador.- Patricio Walker Prieto, Senador.- \n \n " . . . . . .