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La señora SEPÚLVEDA, doña Alejandra (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo .
El señor JARAMILLO.-
Señora Presidenta, el diputado señor Guillermo Ceroni , quien no se encuentra presente por razones de salud, me pidió hacer un breve comenta-rio sobre lo que él estimó adecuado en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Si hubiéramos seguido el relato del diputado señor Alberto Cardemil , habríamos evitado, a lo mejor, una discusión mayor. Ahora sólo cabe agregar algunos comentarios.
Es interesante tomar en consideración las tres últimas elecciones presidenciales y parlamentarias para analizar los plazos de las elecciones y las fechas en que éstas se realizan.
Las fechas actuales estipuladas en el texto constitucional coinciden con las festividades de fin de año y con el período de vacaciones de verano, ocasiones en las cuales la mayoría de los chilenos y chilenas hacen uso de sus feriados anuales. Por lo tanto, la realización de una elección presidencial o parlamentaria les provoca una gran incomodidad, ya sea porque deben acomodar sus fechas de salida de vacaciones por la elección, postergarlas o no hacer uso de su derecho a sufragar para elegir a importantes autoridades nacionales.
¿Debió presentarse un proyecto fundado sólo en estas adecuaciones a la Constitución, la ley fundamental de la República? La inscripción automática y el voto voluntario aún no se establece por ley, aunque sí está estipulado en la Constitución, como dijo el diputado Edmundo Eluchans .
Parece que colocamos la carreta delante de los bueyes, porque este proyecto debió presentarse en forma posterior a la inscripción automática y al voto voluntario.
Coincido en que efectuar elecciones durante la época estival genera fuerte abstención, especialmente en la población más joven.
Entonces, al tener el voto el carácter de no obligatorio, va a repercutir -si no aprobáramos este proyecto de ley- negativamente en la manifestación de la voluntad de los jóvenes.
Por lo tanto, coincido con la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia en cuanto a trasladar la fecha de las elecciones presidenciales y parlamentarias para el tercer domingo de noviembre del año y que la eventual segunda vuelta se efectúe el cuarto domingo posterior a la primera votación.
Me parece adecuadas las reformas referidas a los cambios de los plazos de convocatorias de elecciones y de plebiscitos, de noventa a ciento veinte días, ya que el mismo Servicio Electoral, en la Comisión de Gobierno Interior, reconoció que son plazos muy breves, y con la entrada en vigencia del nuevo sistema de inscripciones y voto, se requerirá de un tiempo mayor para la preparación de las elecciones.
Por último, no hemos tenido la necesidad de hacer uso de la normativa de sustitución de candidatos o inhabilidades del Presidente de la República. Fue oportuno indicar la adecuación pertinente para las fechas de las convocatorias y elecciones extraordinarias.
Por lo tanto, como no me opongo al proyecto de ley, voy a darle mi aprobación, dada la necesidad de adecuar la normativa, pero insisto en que esta iniciativa debió haber sido posterior a la referida a la inscripción automática y al voto voluntario.
He dicho.
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