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- rdf:value = " PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LA DIPUTADA SEÑORA HOFFMANN Y DE LOS DIPUTADOS SEÑORES BARROS, COLOMA , HASBÚN; KAST , DON JOSÉ ANTONIO ; LAVÍN , MACAYA , MELERO , SILVA Y WARD, QUE “MODIFICA LA LEY N° 18.700 ORGÁNICA CONSTITUCIONAL SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS, PROHIBIENDO LA PARTICIPACIÓN DE AUTORIDADES POLÍTICAS Y ADMINISTRATIVAS EN CAMPAÑAS ELECTORALES”. (BOLETÍN N° 10070-06)
I.- IDEAS GENERALES.
Como es sabido durante la última década, nuestro país ha venido experimentando un progresivo y agudo descontento con su clase política, las demandas ciudadanas se han multiplicado, existiendo la sensación que a través de mecanismos directos de participación pública se pueden alcanzar de mejor forma las aspiraciones sustentadas por la sociedad.
En este sentido se ha configurado un empoderamiento de las personas, en donde se reclaman con mayor claridad sus derechos en el marco de una mayor horizontalidad en sus facultades.
Junto con lo anterior el proceso de decaimiento de la estima social respecto de la función pública ha crecido y hoy se encuentra la política considerada como una actividad deslegitimada socialmente y a los políticos como operadores de sus propios intereses. Sin lugar a dudas, este estado de cosas no conduce a lo deseable en un país democrático como el nuestro. En efecto, para que estemos en presencia de una democracia consolidada, no solamente se requieren de la concurrencia periódica de la ciudadanía a las urnas, sino además que nuestra institucionalidad democrática se encuentre robusta, fuerte con fuerzas canalizadoras de las esperanzas y anhelos de miles y miles de personas a lo largo de todo el país.
Bajo esta perspectiva evidentemente que nuestra clase política requiere hacer múltiples autocríticas al papel que ocupan en el Chile actual, teniendo como principal objetivo alcanzar el bien de Chile y sus ciudadanos, con pleno respeto a sus garantías constitucionales y legales.
En este marco social, episodios conocidos en los últimos meses tales como los denominados casos Caval , Penta , Soquimich han puesto en tela de juicio la labor del político en nuestra sociedad, más allá de la comisión o no de delitos, nos encontramos ante una crisis de credibilidad pocas veces vista en nuestra institucionalidad democrática y social y que sin lugar a dudas debe ser corregida dentro del menor tiempo posible.
Así las cosas la pregunta que surge es cómo es posible abandonar esta crisis y que en definitiva, ésta constituya una oportunidad de actualizar y renovar nuestro espíritu público en defensa de la ciudadanía a la cual representamos de un modo que el chileno sienta que cuenta con representantes que con absoluta vocación y compromiso por sus asuntos fundamentales. La respuesta a esta interrogante por cierto, requiere esfuerzos mancomunados de toda la clase política, entre los cuales destaca el promover iniciativas legislativas que cuenten con el consenso transversal de todas las tendencias políticas, con el fin de otorgar garantías institucionales permanentes en torno a ejecutar en política prácticas respecto de las cuales nadie pueda cuestionarlas.
II.- CONSIDERANDO.
1.- Que, la dictación de la ley que consagra la inscripción automática y el voto voluntario de los electores, mostró la lejanía de la ciudadanía respecto de las grandes decisiones que ésta debe tomar al elegir a sus autoridades. Este alejamiento constituye un síntoma de debilidad de nuestra democracia una distancia absoluta entre las problemática de la elite política y la ciudadanía, hecho que claramente puede acarrear nefastas consecuencias para nuestro Estado de Derecho.
2.- Que, es por lo anterior que la ciudadanía requiere de actitudes de parte de todo el espectro político que impliquen darle a esta noble actividad mayores niveles de transparencia e igualdad en los procesos electorales, con la finalidad que los mismos sean más legítimos maximizando con ello la calidad de nuestra política y de nuestros políticos.
3.- Que, bajo este orden de ideas, los diputados firmantes de esta iniciativa parlamentaria participamos de la idea que en nuestro derecho público, particularmente en el plano de la participación electoral, deben establecerse normas a través de las cuales no existan (o al menos se minimicen) los actos de arbitrarios, ilegales, despóticos de quienes tienen una posición de privilegio, en esto precisamente consiste el proyecto de ley que en esta oportunidad sometemos a tramitación.
4.- Que, por ello creemos que todos los actores políticos debemos realizar actos que promuevan esta legitimidad social, que promuevan el debate y competencia sana entre candidatos y que finalmente acceda a los cargos de elección popular aquel contendiente que mejor supo identificar los problemas fundamentales de sus representados.
5.- Que, así las cosas, tanto el gobierno, como el poder legislativo debemos introducir en nuestro ordenamiento jurídico más que leyes y normas, parámetros de conducta, una cultura profunda de ejercicio democrático y que no quepan otros aspectos en una elección más que el talento, vocación de servicio y tesón del candidato.
6.- Que la Contraloría General de la República, en virtud de su facultad de emitir dictámenes, ha establecido la idea que las autoridades gubernamentales no pueden, durante sus horas de trabajo, ejecutar labores de propaganda política, hecho que sin lugar a dudas, promueve la desigualdad entre cada una de las candidaturas enturbiando el proceso electoral. Sin embargo constituye una acto del todo legal salir efectuar esta campaña en períodos entendidos como fuera del horario de trabajo.
7.- Que, sin embargo a lo anterior, pensamos que un funcionario de gobierno lo es las 24 horas del día y los 7 días de la semana, su investidura, su dignidad es permanente más allá que se encuentre en períodos de descanso. Es por esta razón que cualquier autoridad como las descritas que participe en campañas políticas otorgando apoyo a un candidato por sobre otro, introduce en el proceso electoral una variable de ilegitimidad, un vicio de injusticia y un factor de inconsistencia con los principios de probidad y transparencia que pesan sobre todos los funcionarios públicos.
III.- CONTENIDO DEL PROYECTO.
Por lo anteriormente indicado la propuesta legislativa consiste en prohibir de un modo absoluto, esto es, bajo cualquier circunstancia, que autoridades de gobierno participen en campañas políticas, ya sea repartiendo volantes en promoción de un candidato, mediante el sistema de puerta a puerta, asistiendo a mítines políticos, entre otros actos de campaña.
Lo anterior como una manera de establecer el principio de prescindencia política de las autoridades durante un proceso electoral de un modo absoluto y sin ninguna causal de excepción.
IV. PROYECTO DE LEY.
Artículo Único: Incorpórese un nuevo inciso final en el artículo 32 de la ley 18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, de la siguiente manera:
“Prohíbase a los funcionarios de gobierno, bajo cualquier circunstancia y de cualquier modo, participar en actos de propaganda electoral por un candidato. Todo acto en contravención a lo establecido en este inciso será contrario al principio de probidad que regla la función pública sin perjuicio de las sanciones establecidas en la ley”.
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