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- rdf:value = " El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente , escuché con atención las intervenciones de los diputados Gonzalo Arenas y José Miguel Ortiz en relación con las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto en estudio. Además, sobre el particular conversé con la jurista y colega Laura Soto .
Tras leer el informe respectivo, no pude dejar de culparme del error que cometí durante la tramitación del proyecto que dio lugar a la publicación de la ley Nº 19.911, que crea el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. En ese entonces, con ocasión de la modificación y perfeccionamiento de nuestra legislación antimonopolios, contenida básicamente en el decreto ley Nº 211, de 1973, se dijo que las conductas atentatorias contra la libre competencia debían ser sancionadas mediante multas, eliminando -en lo que pongo especial énfasis- la sanción penal contenida en la norma original.
Por eso, a mi modo de ver, cometí un error al pronunciarme en esa oportunidad por la eliminación de la sanción penal.
Técnicamente, se argumentó que la sanción contenida en el decreto ley Nº 211 constituía una ley penal en blanco al no describir de manera precisa las conductas que sancionaba. Por lo tanto, según se dijo, se vulneraba una garantía constitucional importantísima contenida en el inciso final del Nº 3º del artículo 19 de nuestra Constitución.
Como una forma de contrapesar la eliminación del carácter penal, se aumentaron las multas con la esperanza de que esa reforma disuadiera a los agentes responsables de ese ilícito.
Se llegó a decir que la eliminación del carácter penal, lejos de sugerir un ablandamiento ante las violaciones a la ley, disuadiría en forma más eficaz a los potenciales infractores. ¡Profundo error! Lamentablemente, hoy debemos reconocer que la vergonzosa situación -lo expresó el diputado José Miguel Ortiz - acaecida recientemente tras la colusión de las tres mayores cadenas de farmacia, demuestra el carácter erróneo de la indicación al proyecto presentada por el Gobierno y lo ilusos que fuimos algunos parlamentarios al apoyar esa reforma.
Las multas no demostraron su carácter disuasivo y son irrisoriamente bajas al momento de compararlas con las anormales utilidades que obtienen los agentes económicos que atentan contra la libre competencia, sea mediante colusión u otro tipo de conducta.
Por eso, el proyecto en discusión intenta al menos en parte corregir ese error. Celebro el aumento de las multas, pero lamento sobremanera que de nuevo se omitiera la sanción penal a quienes incurran en conductas atentatorias contra el libre funcionamiento de los mercados y su carácter competitivo.
La complejidad de la materia no debe ser óbice para que, de una vez por todas, plasmemos el deseo de la ciudadanía -por lo demás, constituye la opinión de la mayoría de los parlamentarios a quienes consulté sobre este tema un tanto complejo para quienes no somos abogados- mediante la creación de nuevos tipos penales. Sólo de esta forma lograremos impedir de manera eficaz este tipo de conductas, como lo han entendido algunas legislaciones más avanzadas, como la europea o la norteamericana, entre otras.
No dejemos que la letra muerta de la ley sea reflejo de falsos ideales legislativos, como ocurre con la actual eficacia del título del crédito de cheques -problema que hoy afecta a muchos-, que pasó de ser una garantía de tangible sanción mediante la fuerza, a ser un mero trozo de papel. En esta materia, existe una deuda pendiente para sancionar a los que delinquen mediante ese título llamado cheque, que hoy es un trozo de papel que se presta para las estafas más grandes.
Finalmente, anuncio mi apoyo a las modificaciones del Senado.
He dicho.
"
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