. . "ESTABLECIMIENTO DE NORMAS PARA PLENA INTEGRACI\u00D3N SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD"^^ . " El se\u00F1or NOVOA ( Presidente ).- \nConforme a lo reci\u00E9n acordado por Sus Se\u00F1or\u00EDas, corresponde tratar, en segundo tr\u00E1mite constitucional, el proyecto modificatorio de la ley N\u00BA 19.284, que establece normas para la plena integraci\u00F3n social de personas con discapacidad, con segundo informe de la Comisi\u00F3n de Salud e informe de la Comisi\u00F3n de Hacienda y urgencia calificada de \"discusi\u00F3n inmediata\".\n \n--Los antecedentes sobre el proyecto (3875-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: \nProyecto de ley: \nEn segundo tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 56\u00AA, en 9 de octubre de 2007. \nInformes de Comisi\u00F3n: \nSalud, sesi\u00F3n 62\u00AA, en 6 de noviembre de 2007.\n \nSalud (segundo), sesi\u00F3n 63\u00AA, en 10 de noviembre de 2009.\n \nHacienda, sesi\u00F3n 63\u00AA, en 10 de noviembre de 2009.\n \nDiscusi\u00F3n: \nSesi\u00F3n 63\u00AA, en 7 de noviembre de 2007 (se aprueba en general). \nEl se\u00F1or NOVOA (Presidente).- \nTiene la palabra el se\u00F1or Secretario. \nEl se\u00F1or HOFFMANN (Secretario General).- \nEste proyecto fue aprobado en general en sesi\u00F3n del 7 de noviembre de 2007 y cuenta ahora con segundo informe de la Comisi\u00F3n de Salud e informe de la de Hacienda. \nAmbas Comisiones dejan testimonio de los art\u00EDculos que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones, los cuales conservan el mismo texto aprobado en general y se consignan en el informe de la Comisi\u00F3n de Salud, complementado a su vez por el informe de la de Hacienda. \nEsos preceptos deben darse por aprobados seg\u00FAn el Reglamento, salvo que alg\u00FAn se\u00F1or Senador solicite su discusi\u00F3n y votaci\u00F3n. \n--Quedan aprobados reglamentariamente. \nEl se\u00F1or HOFFMANN ( Secretario General ).- \nLa Comisi\u00F3n de Salud introdujo al proyecto aprobado en general una serie de enmiendas, las que aprob\u00F3 en forma un\u00E1nime, con excepci\u00F3n de 7 que oportunamente ser\u00E1n puestas en votaci\u00F3n por el se\u00F1or Presidente .\n \nLa Comisi\u00F3n de Hacienda hizo modificaciones al texto despachado por la de Salud, las que aprob\u00F3 por unanimidad, con excepci\u00F3n de una, la cual ser\u00E1 puesta en votaci\u00F3n en su momento.\n \nCorresponde destacar que la Comisi\u00F3n de Hacienda agreg\u00F3 al Congreso Nacional entre las instituciones que en los procesos de selecci\u00F3n de personal, ante igualdad de m\u00E9ritos, deben preferir a las personas con discapacidad.\n \nCabe recordar que las enmiendas acordadas un\u00E1nimemente deben ser votadas sin debate, salvo que alg\u00FAn se\u00F1or Senador solicite su discusi\u00F3n o que existan indicaciones renovadas. \nDe las enmiendas aprobadas por consenso, las reca\u00EDdas en los art\u00EDculos 28, 33, 44, 56, 60, 61, 62, 63, 65, 66 y 81 son org\u00E1nicas constitucionales, por lo que para su aprobaci\u00F3n se requieren los votos conformes de 22 se\u00F1ores Senadores. \n " . . .