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    • rdf:value = " El señor NAVARRO.- Señor Presidente , está claro que uno de los principales problemas de seguridad ciudadana está asociado a la infraccionalidad de jóvenes menores de 18 años. Y en el combate a la delincuencia se requiere mayor especialización. Los contratos a honorarios en el Programa de Jóvenes Infractores de Ley, claramente, atentan contra la continuidad de la especialidad destinada a lograr mejores resultados. El personal de apoyo -abogados, funcionarios administrativos-, pese a su condición de estar a honorarios, se esfuerza bastante, y todo indica que debieran ser empleados a contrata quienes realicen esa tarea o actividad en forma permanente y única. La condición a honorarios genera una desvinculación propia de la precariedad del contrato, inseguridad e incerteza. Y, en este sentido, el apoyo a jóvenes infractores de ley, a través de seguimientos, se hace fuera de todo horario; no se cumple jornada de oficina, sino que es permanente e incluye presencia en la familia y en el entorno de ella. Por lo tanto, los contratos a honorarios debilitan tal función. Todos los que prestan servicios en el sistema procesal, ligados a jóvenes infractores de ley, debieran pasar progresivamente a ser funcionarios a contrata, adquirir experiencia y no ser personal de paso debido a la precariedad de sus contratos. Además, me parece tremendamente injusto decir que vamos a apoyar a los jóvenes para que superen sus problemas con la ley cuando han delinquido, en circunstancias de que quienes los supervisan o vigilan o atienden tienen precariedad laboral. La indicación habla de un estudio que podría posibilitar la factibilidad de su contrata. No incorpora nada más. Si el Ejecutivo señala que ese estudio presupuestario implica costos, cabría hacer una evaluación del gasto; es decir, cómo se utiliza la plata. O sea, es necesario saber si efectivamente se puede o no ir bajando la brecha entre los funcionarios a contrata y los a honorarios, pues hay una diferenciación que se vuelve odiosa, particularmente cuando personas que hacen un mismo trabajo ganan menos, tienen precariedades y se les pide, en muchos casos, rendir más. Por lo tanto, igualar el tipo de contrato, particularmente para asistentes, defensores y personal de apoyo a jóvenes infractores de ley, forma parte de un mecanismo de fortalecimiento de esta institucionalidad, por la cual abogamos de manera permanente. Combatir la delincuencia e imponer la rehabilitación y la reinserción no requiere funcionarios a honorarios, sino permanentes, para que la capacitación, en la cual estamos invirtiendo mucho, efectivamente sirva para que continúen en el servicio. Los funcionarios a honorarios tienen menor estabilidad. Se les puede capacitar, pero el sistema los podría perder. La única posibilidad de afianzar un trabajo más permanente es con personal a contrata. La glosa que propongo no exige contratación, señor Presidente . Solo pide una evaluación presupuestaria para determinar la factibilidad. No veo cuál es el gasto en que podría incurrir el Servicio que justifique declarar inadmisible la indicación. Por lo tanto, solicito al señor Director de Presupuestos que dé su opinión sobre el particular y diga si se considera gasto hacer los estudios presupuestarios, cuando se trata de una labor permanente del Servicio. De igual manera podría pensarse si a los parlamentarios nos dan la tarea adicional de tratar un proyecto de ley determinado, lo cual es parte de nuestra función. "
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