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    • rdf:value = " El señor LETELIER.- Señor Presidente , cuando uno legisla, lo peor que puede hacer es autoengañarse. Al discutirse esta materia en la Comisión, se habló claramente de las dimensiones de la participación ciudadana. Una es la informativa, y otra, por cierto, la consultiva. Por supuesto, en Chile no podría darse un proceso de consulta ciudadana que fuera vinculante y pasara por encima de lo establecido en el Sistema de Impacto Ambiental, que constituye el gran avance del proyecto en análisis. Porque estamos ante una nueva institucionalidad, donde se plantea -y por eso este punto no puede verse separado de otros- que los informes técnicos son vinculantes y obligatorios respecto de las opiniones de los consejos consultivos, lo que es muy importante para evitar que criterios políticos, coyunturales, puedan pasar por encima de tales informes, cuestión que muchos de nosotros hemos criticado en la actual institucionalidad. Pero la opinión ciudadana per se -¡per se!- no necesariamente puede ser resolutiva, con excepción de aquellas condiciones que se hallan establecidas en la ley. Por ejemplo, en lo que respecta a plebiscitos comunales, se encuentra estipulado en una ley orgánica que hay procesos de consultas, los cuales sí son vinculantes. Este es un tema que me gustaría ponerlo en esa dimensión. Yo entiendo cuál es la reflexión probable del Senador señor Ominami sobre el particular, que por cierto se hace de muy buena fe. Muchos creemos profundamente en la participación ciudadana, que sea informada, consultiva; pero dentro de los marcos que fija la ley. Y quiero dar un ejemplo. No porque un proyecto cuente con la opinión ciudadana a favor necesariamente es correcto. Ha habido ocasiones en que las comunidades han sido cooptadas por grandes empresas para justificar situaciones poco felices. Y, en ese contexto, uno podría citar el caso del norte, donde han surgido proyectos mineros importantes respecto de los cuales ciertas comunidades estuvieron de acuerdo incluso en que se removiera un glaciar, porque consideraban que el intervenirlo no causaba daño. Lo relevante es que los informes técnicos -y eso es algo que contempla esta ley en proyecto, lo cual es muy significativo- no sean pasados a llevar por opiniones de cuerpos consultivos o políticos de otra índole. Por eso, me gustaría separar los dos puntos. En todo caso, el incorporar esta norma en la iniciativa no obliga a que el reglamento establezca aspectos vinculantes más allá de lo que disponen otras leyes. "
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