rdf:value = " La señora ALVEAR.-
Señor Presidente , en este artículo 9º ter se precisa que los proponentes deben señalar cómo su proyecto o actividad se relaciona con las políticas, planes y programas de desarrollo regional y local, así como también se obliga a solicitar informe al gobierno regional y al municipio sobre tal relación.
Se mantiene el órgano de calificación propuesto por el Ejecutivo: los seremis competentes más el intendente, a quien también le es vinculante el Informe Consolidado de Evaluación.
Sobre el particular, presenté una indicación al artículo 9º que se refiere a la necesaria compatibilidad del proyecto con los instrumentos de planificación vigente, lo cual quedó recogido en la norma que se somete a la consideración de la Sala.
He dicho.
"