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- rdf:value = " El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente, el punto que nos ocupa es muy importante, porque, en la actualidad, las resoluciones de Calificación Ambiental no tienen plazo de vencimiento. En consecuencia, si no se inician obras o no se ejecuta el proyecto, permanecen vigentes eternamente para quienes las obtienen.
En la Cámara de Diputados se fijaron tres años al respecto, renovables por otros tres, y se contemplaba un sistema bastante engorroso.
Se llegó a un consenso para establecer cinco años a todo evento. Por lo tanto, a partir de la nueva institucionalidad medioambiental, la resolución caducará al quinto año si no se ejecuta el proyecto y no se inician las obras, caso en el cual deberá aplicarse nuevamente todo el sistema de evaluación ambiental establecido en la iniciativa que nos ocupa.
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