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- rdf:value = " REGULACIÓN DE TENENCIA Y DE EXTRAVÍO DE EQUIPOS Y TARJETAS DE TELEFONÍA MÓVIL. INFORME DE COMISIÓN MIXTA
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Informe de la Comisión Mixta formada en virtud de lo dispuesto en el artículo 70 de la Constitución Política, despachado por la Cámara de Diputados, recaído en el proyecto de ley que regula la tenencia y extravío de equipos y tarjetas de telefonía móvil con el propósito de prevenir su uso en hechos delictivos.
--Los antecedentes sobre el proyecto (4523-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 3ª, en 14 de marzo de 2007.
En trámite de Comisión Mixta, sesión 16ª, en 30 de abril de 2008.
Informes de Comisión:
Transportes y Telecomunicaciones, sesión 5ª, en 1° de abril de 2008.
Mixta, sesión 57ª, en 13 de octubre de 2009.
Discusión:
Sesiones 16ª, en 30 de abril de 2008 (se rechaza en general); 57ª, en 13 de octubre de 2009 (queda para segunda discusión).
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
La proposición de la Comisión Mixta consiste en agregar al Código Procesal Penal un artículo nuevo que posibilita que el Ministerio Público requiera directamente a las concesionarias de servicio público telefónico la localización y datos de tránsito de las comunicaciones, los números de origen y de destino, y la duración de las llamadas, respecto de las personas a las cuales provean sus servicios.
Asimismo, se establece en la Ley General de Telecomunicaciones la obligación de las empresas concesionarias de mantener un registro actualizado de sus usuarios.
Los incisos primero y segundo del artículo 225 bis que se agrega al Código Procesal Penal revisten el carácter de normas orgánicas constitucionales, por lo que su aprobación requiere el voto conforme de 21 señores Senadores.
En sesión de 13 de octubre recién pasado, el Comité Unión Demócrata Independiente solicitó segunda discusión.
El señor NOVOA (Presidente).-
En la segunda discusión del informe de la Comisión Mixta, ofrezco la palabra.
Puede hacer uso de ella el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.- Señor Presidente , entiendo que el texto contiene una disposición que autoriza al Ministerio Público para pedir, sin pasar por los tribunales, listados de llamadas.
La señora MATTHEI .- Así es. Y lo considero inaceptable.
El señor PROKURICA.- Creo que estamos llegando muy lejos. La transparencia es una cosa, pero estimo que ciertos asuntos deben hallarse resguardados por la intimidad.
Me parece que se podría abrir la votación para finiquitar el punto ahora.
El señor NOVOA ( Presidente ).- Señor Senador, prefiero que se realice el debate correspondiente y después se lleve a cabo la votación.
Como se trata de la segunda discusión, los tiempos se reducen a la mitad.
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.- Señor Presidente , recuerdo que pedí segunda discusión por haberme llamado la atención que el informe de la Comisión Mixta viniera aprobado por unanimidad, en circunstancias de que yo siempre he estado en contra del proyecto. No sé en qué minuto esta se obtuvo. En esa época, señor Presidente , usted también formaba parte de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, y ambos nos opusimos. Por lo tanto, me sorprende mucho que dicho informe llegue a la Sala aprobado de esa manera.
Tal unanimidad se logró solamente porque el Senador señor Novoa y yo no estuvimos en esa sesión. De lo contrario, habríamos votado en contra.
Me parece absolutamente inaceptable, señor Presidente , que el Ministerio Público pueda requerir directamente a las concesionarias, sin autorización de un juez de garantía, la localización y los datos de tránsito de las llamadas, como el número de origen y el de destino. Además, la norma nada señala respecto de mantener secreto o reserva de esa información.
Por otra parte, la iniciativa en comento introduce la obligación de que los usuarios de telefonía de prepago se inscriban. Estas personas tendrán que ir y decir: "Este número es mío, lo compré en tal parte", etcétera. Incluso, si uno pidiera la inhabilitación del teléfono por haber sido robado, el Ministerio Público podría responder: "No, que siga funcionando".
¡El proyecto, señor Presidente, es enteramente equivocado!
Ruego a los señores Senadores que lo miren con mucho detalle.
Algunas personas sostienen que la inscripción de esos teléfonos permitirá hacer mejores pesquisas cuando estos sean utilizados en un crimen. ¡Eso es lo más absurdo que hay! Porque, así como hoy existe un mercado negro en torno a las tarjetas de crédito recién robadas, habrá otro igual con los celulares en el lapso en que el dueño todavía no se dé cuenta del ilícito. Serán esos aparatos los que se usarán para cometer las fechorías. O sea, habrá diez mil formas de robar chips telefónicos, incluso de esos que uno pone en el computador. Habrá mil maneras de baipasear el sistema.
Y al final, lo único que se logrará es que la gente honesta tenga que soportar cualquier cantidad de problemas para inscribir su número de prepago. Porque si no lo hace, el equipo quedará bloqueado.
Entonces, cuando me imagino a la gente del campo yendo a quién sabe dónde a inscribir el número telefónico, me pregunto ¿para qué, si todo el mundo dice que muchas de las estafas con celulares se llevan cabo desde las cárceles? En tal caso, así como tenemos en la Sala un instrumento que bloquea la señal telefónica, ¿por qué no instalar el mismo aparato en los recintos penitenciarios? ¿O por qué no se dispone que un funcionario se dedique a escuchar lo que ahí sucede?
Señor Presidente, lo propuesto es inaceptable. El proyecto completo es una equivocación. En consecuencia, yo por lo menos votaré en contra del informe.
El señor NOVOA (Presidente).- Gracias, señora Senadora.
La señora MATTHEI.- Perdón, olvidé señalar algo.
El señor NOVOA ( Presidente ).- Prosiga, Su Señoría.
La señora MATTHEI.- Señor Presidente , se me olvidó agregar que en su minuto el Senado rechazó por completo el proyecto. Luego se envió a Comisión Mixta y de pronto apareció aprobado por unanimidad, ocasión de la cual nunca me enteré, porque yo no estuve ahí.
Por lo tanto, además de tener cuidado con dicha unanimidad, cabe recordar que la Sala en su oportunidad rechazó la iniciativa.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Sabag.
El señor SABAG.- Señor Presidente , el inocente título del asunto que estamos tratando dice: "Proyecto de ley que regula la tenencia y extravío de equipos y tarjetas de telefonía móvil con el objeto de prevenir su uso en hechos delictivos".
¿Pero qué hay en el fondo? Algo mucho más profundo.
Cada uno aquí se va especializando en las materias que ve, y va tomando partido.
Yo estaba convencido de que la iniciativa venía de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, porque lo medular es la modificación del Código Procesal Penal, fundamentalmente la incorporación del artículo 225 bis. Sin embargo, resulta que dicho texto fue remitido -no lo digo por menospreciar a sus integrantes ni mucho menos- a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.
En mi opinión, acá nos hemos alejado absolutamente de lo que corresponde a una materia tan importante como la que nos ocupa.
¿Y cómo nos fuimos dando cuenta de ello quienes no pertenecemos a dicho órgano técnico? Por las numerosas publicaciones registradas en los medios de comunicación.
Algunos titulares señalan: "Intromisión inaceptable", "Tráfico de llamadas e intimidad". Hay también cartas al director.
Entonces empecé a percatarme de qué se trata todo el asunto.
¡Por ningún motivo apoyaré el proyecto! Lo expreso aquí, aunque sea el único en contra. Porque yo estoy defendiendo los intereses de los 16 millones de chilenos, que tienen derecho a su privacidad e intimidad.
Podrá haber delincuentes y traficantes -¡evidentemente que los hay!-, pero no por perseguirlos vamos a vulnerar los derechos de la inmensa mayoría de los chilenos.
Creo que en esta Sala y en nuestro país últimamente ha habido tres Caballos de Troya por medio de los cuales se han metido muchas cosas: desde luego, lo relativo al tráfico de estupefacientes; después, al combate contra el lavado de dinero y la corrupción, y finalmente, a la transparencia. ¡Y en aras de cada una de esas materias hemos aprobado de todo! Y ya hemos visto las enormes consecuencias derivadas de cada una de ellas.
Por fortuna, ahora nos dimos cuenta del problema y podremos pararlo oportunamente, pese a que el informe de la Comisión Mixta ya venía aprobado por la Cámara de Diputados.
¿Quiénes participaron en la discusión en la Comisión? El Jefe de la División Jurídica de la Subsecretaría de Telecomunicaciones y la Asesora Legislativa del Subsecretario del ramo; el Fiscal Regional subrogante de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte del Ministerio Público; el abogado de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte del Ministerio Público; la abogada de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte del Ministerio Público. ¡Es decir, participó solo gente del Ministerio Público! No hubo contraparte que señalara la otra visión. ¿De qué se trata la iniciativa, señor Presidente?
Como indica una publicación de prensa, en el fondo se busca conferir "al Ministerio Público la facultad de solicitar directamente a las compañías telefónicas -sin autorización previa del juez de garantía- información sobre el tráfico de llamadas, números contactados y duración de ellas". A favor de esta intromisión se han esgrimido varios argumentos, pero no corresponden a la realidad.
La nota periodística agrega: "La experiencia muestra que el sistema de autorizaciones de los jueces de garantía a los fiscales del Ministerio Público es suficientemente expedito. Actualmente, tal autorización carece de cualquier formalidad, e incluso puede hacerse por teléfono celular, en cualquier momento. Y en el origen mismo del Código Procesal Penal se ponderó que un sistema desformalizado de investigación permitiría a los fiscales ejercer su función adecuadamente, pero siempre con la contrapartida de que aquellas diligencias que afectaran derechos de los imputados o de terceros debían forzosamente contar con una autorización del juez de garantía.
"Desde esta perspectiva, este proyecto, más que conseguir la expedición, lo que haría sería liberar al Ministerio Público de tener que aportar los antecedentes -más allá de su intuición o experiencia investigadora- para justificar ante un juez la necesidad de semejantes intromisiones.".
Otro medio expresa: "Conseguir la autorización para que los fiscales puedan acceder al tráfico de llamadas de una persona es sencillo; solo se requiere que la solicitud se encuadre en una investigación con antecedentes suficientes. No parece mucho pedir para una intromisión evidente a nuestra esfera privada".
Son muchos, señor Presidente, los antecedentes de que disponemos para rechazar el proyecto.
Además, pedí a la Biblioteca del Congreso Nacional una legislación comparada sobre la materia. Aquí está el estudio completo. ¡En ninguna parte del mundo se le dan tales facultades al Ministerio Público, entre las muchas y amplias con las que hoy día cuenta!
¿Quién controla los excesos de los señores fiscales? Ni siquiera obedecen al Fiscal Nacional, porque estiman que no son funcionarios públicos y que nadie puede intervenir en su labor. Por eso, hoy día en la Corte Suprema está en curso un alegato entre ellos y el Fiscal Nacional. Es decir, los fiscales se consideran amos y señores.
¿La Cámara de Diputados puede acusarlos constitucionalmente por los abusos y excesos que cometen? ¡No! Sí puede hacerlo respecto del Presidente de la República , de los Ministros de Estado , de los altos magistrados del Poder Judicial , del Contralor General de la República . ¡Pero no de los fiscales!
¿La Contraloría revisa las cuentas administrativas de la Fiscalía? ¡No! ¿Quién supervigila los actos de los fiscales? Nadie. Son un ente que se encuentra prácticamente al libre albedrío hoy en nuestro país.
Más encima, aquí se proponen mayores facultades para ellos.
Es factible que tengan razón en algunas cosas. Pero la atribución de requerir información podría ser mal utilizada; por ejemplo, para perseguir a los políticos, para entrometerse en la vida privada de personas con el afán de obtener datos de la más variada índole.
Los fiscales podrían buscar datos de una persona y después hacer mal uso de ellos (presionar a alguien de una u otra forma).
¿Tanto cuesta pedir al juez de garantía la autorización respectiva? ¿Por qué en muchos casos el magistrado dice: "No, señor. No lo autorizo, porque no es necesario ese trámite"? Ese tipo de respuestas es lo que desean evitar los fiscales.
Por algo leí en primer lugar la materia de que trata el proyecto: el extravío de equipos y tarjetas de telefonía móvil. Porque detrás de tal objetivo se encontraba, de nuevo, una autorización tremenda al Ministerio Público, que no estoy dispuesto a tolerar.
Por lo tanto, a los miles de chilenos les digo que aquí hay Senadores que vamos a defender su derecho a la intimidad. El asunto se halla regulado. Basta un simple trámite: pedir la autorización del juez de garantía. Así, existirá un contrapeso y a los fiscales no les será posible actuar a su libre arbitrio, como muchas veces lo han hecho hasta hoy.
Señor Presidente, con entusiasmo anuncio mi voto en contra del informe de la Comisión Mixta.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.- Señor Presidente, aquí hay dos materias separadas y, a mi juicio, el proyecto las resuelve, lamentablemente, de manera equivocada. Por eso, tiendo a coincidir con lo expuesto precedentemente.
Existe un hecho objetivo: la utilización de teléfonos móviles robados o comprados sin registro alguno para cometer delitos. Por tanto, resulta evidente que debe buscarse una fórmula para neutralizar el efecto que genera el uso frecuente de celulares para dicho fin, considerando que es muy difícil saber quién los está utilizando.
Sin embargo, lo dispuesto en el artículo 225 bis que se pretende introducir en el Código Procesal Penal, en mi opinión, vulnera flagrantemente la garantía establecida en el artículo 19, N° 4°, de la Carta Fundamental: el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia.
La vida privada es un derecho consagrado en todas las constituciones del mundo moderno, y también del no moderno.
En consecuencia, para que el Estado, a través del Ministerio Público, pueda invadir la vida privada de alguien se requiere la autorización de un juez de garantía. Así, para allanar un domicilio, la ley define el procedimiento judicial respectivo.
De manera excepcionalísima, en los casos en que se constate un delito flagrante, para impedir los efectos de este y los daños que se puedan ocasionar contra una persona en su propia casa, o se observe el ingreso a ella de un delincuente, se puede entrar a la propiedad sin orden judicial.
Pero -reitero- la disposición planteada constituye una flagrante violación a una garantía constitucional. En ninguna circunstancia debe permitirse que, en algo tan privado y personal como los números telefónicos y los registros de llamadas, la autoridad requiera toda esa información sin que nadie controle el buen uso que se haga de ella.
En la actualidad, la medida propuesta en el artículo 225 bis puede perfectamente ser realizada por un fiscal, previa resolución de un juez de garantía, quien autoriza la interceptación telefónica o el registro de todas las llamadas de determinado teléfono. Dicho magistrado posee en esta materia una amplia gama de atribuciones que le permiten llevar adelante con éxito una investigación.
Sin embargo, a mi juicio, permitir que las concesionarias de servicios telefónicos entreguen todos los registros de llamadas de una persona simplemente porque se está iniciando una investigación rompe la garantía constitucional de respeto a la vida privada.
Por lo tanto, creo que dicha norma es inconstitucional.
El Senado no debiera pasar a llevar la Carta, y mucho menos un derecho tan importante como el de la vida privada.
Por esas razones, señor Presidente, voy a votar en contra del proyecto.
Creo que se fue desviando de su finalidad: contribuir a evitar que los teléfonos celulares se usaran para cometer delitos.
¿Pero qué relación guarda ese propósito con la posibilidad de que un fiscal, sin autorización judicial, solicite el registro de todas las llamadas efectuadas por cualquier ciudadano? A mi juicio, ello excede con creces el objetivo de la iniciativa.
Por otro lado, considero que una materia de esta naturaleza debió ser analizada en su momento por la Comisión de Constitución, órgano encargado de los asuntos de seguridad ciudadana. No tengo claro por qué no se procedió de esa forma.
Reitero que la norma en comento nada tiene que ver con la finalidad del proyecto.
En consecuencia, sugiero al Senado que rechace el informe de la Comisión Mixta, y al Gobierno que envíe un veto para mejorar las disposiciones de la normativa.
Con la redacción del articulado propuesto se rompen todos los límites de lo que constituye un elemento básico. Si ello se acogiera, habría que derogar la garantía constitucional de respeto y protección a la vida privada.
Lo planteado en el artículo 225 bis quebranta todo lo razonable de la iniciativa, entendiendo que su objetivo era otro. Resulta lamentable que el sentido constructivo de su idea matriz termine desviándose hacia normas que no contribuyen a tal propósito y, de paso, afectando un derecho constitucional.
Por esa razón, señor Presidente , votaré en contra del informe de la Comisión Mixta, y espero que el Ejecutivo concuerde un veto que cumpla la finalidad perseguida por el proyecto. Hoy día sus disposiciones no lo hacen; más bien infringen la garantía del derecho a la vida privada.
He dicho.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra la Honorable señora Alvear.
La señora ALVEAR.- Señor Presidente , no voy a repetir los argumentos entregados por los señores Senadores que me precedieron en el uso de la palabra. Solo agregaré algunos elementos.
Creo que el proyecto contiene dos partes: una relativa al título mismo que lo identifica y otra que introduce una norma extraordinariamente importante, que debió haber sido analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Muchas veces en la Sala se ha reclamado con razón por la gran cantidad de iniciativas que se remiten a dicho órgano técnico, pues algunas de ellas no deberían haber sido enviadas a allí. Sin embargo, en este caso correspondía hacerlo por tratarse de una disposición que vulnera de forma clara -¡vulnera!- el Código Procesal Penal en tanto otorga facultades diferentes a las actualmente asignadas a los fiscales.
Existe un procedimiento en dicho cuerpo legal, mediante el cual se preceptúa que, para realizar una interceptación telefónica, se precisa la autorización de un juez de garantía.
Por medio del proyecto se están modificando atribuciones de los fiscales y quitando algunas de los jueces de garantía, razón por la cual, a mi juicio, esta parte de la norma debiese haber sido analizada por la Comisión de Constitución, sin perjuicio de las bondades generales del proyecto.
Dentro de lo que es la persecución penal, tanto en la Constitución Política del Estado como en la reforma penal que implicó un nuevo Código, hay dos principios básicos. El primero tiene que ver con una acción penal eficiente, con la que se pueda averiguar, investigar y sancionar realmente los delitos que se cometen en nuestro país. Y el segundo, con establecer las garantías de un debido proceso y, en este caso, con el otorgamiento de facultades amplias para intercepciones telefónicas sin existir siquiera la eventualidad de la comisión de un delito.
Por eso, se cambia completamente la filosofía del procedimiento y lo ya aprobado en este mismo Congreso Nacional en cuanto a las normas del Código Procesal Penal y del Ministerio Público. Precisamente en esta parte debiese haber existido un informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, máxime si se tiene en cuenta la relevancia del tema, separando completamente el resto de las normas consignadas en la iniciativa legal.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Gómez.
El señor GÓMEZ.- Trataré de no repetir argumentos ya dados.
Señor Presidente , da la impresión de que varios de los proyectos de ley tramitados a las Comisiones del Senado que incorporan normas que afectan el ordenamiento jurídico, no pasan por la de Constitución, Legislación y Justicia.
Así como en una norma reglamentaria se establece que todas aquellas iniciativas con repercusión presupuestaria tienen que enviarse a la Comisión de Hacienda, debiera tomarse la decisión de que todas las que contengan disposiciones relativas al ordenamiento jurídico -en este caso, afecta un cuerpo legal especial, como el Código Procesal Penal- debieran ser remitidas a la Comisión de Constitución.
Si en esta oportunidad no hubiera habido Senadores que han estudiado el asunto en debate, quienes no son parte de la Comisión especializada -a algunos nos llamó la atención el punto por una cuestión profesional-, probablemente habrían aprobado la norma sin mayor cuestión. Y lo grave es que se trata de una disposición que finalmente puede terminar siendo declarada inconstitucional, porque en ella se consigna una violación flagrante a la privacidad personal.
Entonces, que el Senado apruebe un precepto de esa magnitud sin ser estudiado por la Comisión pertinente, a mi juicio, es un error.
Por lo tanto, como no sé cuál es el conducto ni la forma por seguir, estimo razonable -como digo- que si los proyectos con contenidos presupuestarios deben pasar por la Comisión de Hacienda, por su parte, los Secretarios de Comisiones que traten proyectos que contengan materias jurídicas, deben advertir a sus miembros que ellas deberían pasar por la de Constitución.
Al respecto recordaré el caso de la penalidad que podría haberse aplicado al dueño de un perro cuando el animal atacaba a una persona. Se dijo que se le impondría el mismo castigo correspondiente a un delito, pero en una graduación menor. Y pudo haber ocurrido que un animal pequeño produjese lesiones gravísimas a alguien, lo que llevaría a que al propietario se le aplicaría una pena de 10 años de cárcel. Esa situación se discutió en una Comisión, la cual, sin embargo, con todo el respeto del mundo que ella merece, no tenía la expertise jurídica necesaria.
Por eso, considero indispensable, señor Presidente , que sobre este problema se tome una decisión.
No voy a ahondar en mayores precisiones. Solo deseo decir que, cuando se habla de intervención telefónica o de cualquier circunstancia que pueda violentar la privacidad de las personas, en el Código Procesal Penal hay normas estrictas, porque se trata, precisamente, de evitar que una disposición de esta magnitud implique una investigación que incluso puede ser declarada ilegal por el juez de garantía.
Por supuesto voy a votar en contra del informe, pero he querido manifestar mi opinión en cuanto a cómo resolver estos problemas en el futuro.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.- Como se ha señalado en el curso del debate, esta situación, a mi juicio, rompe la filosofía de nuestra legislación procesal y penal.
Aun en las situaciones más delicadas -de narcotráfico, terrorismo, interceptación telefónica; la semana pasada se trató el levantamiento del secreto bancario para evitar el lavado de dinero-, siempre se ha dado paso al juez de garantía, respecto a lo cual el Senado ha fijado un precedente.
Por lo tanto, señor Presidente , al igual como se ha anunciado en varias intervenciones, voy a votar negativamente, porque lo propuesto rompe un esquema que me parece indispensable, no obstante la peligrosidad de algunos delitos. Pero, aun en los más delicados, como los que acabo de señalar, siempre está la acción del juez de garantía.
Este es un concepto que el Senado ha ido afirmando -reitero-, que incluso se estableció en la propia reforma, y no nos deberíamos desviar de él. Es decir, aunque se trate de las situaciones más delicadas -interceptación telefónica, levantamiento del secreto bancario y, en particular, lavado de dinero-, existe el precedente de que siempre debe actuar el juez de garantía.
Por lo tanto, con estos antecedentes, también votaré negativamente lo propuesto por la Comisión Mixta.
El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente , el proyecto ha tenido una discusión bastante larga en la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, y también en la Mixta, en la cual yo, como miembro de aquella, no participé. No recuerdo exactamente quiénes fueron sus componentes. No lo dice el informe. Hubiera sido bueno que algún integrante de cualquiera de las dos Comisiones donde se aprobó esta norma hubiera opinado al respecto.
En el debate del órgano técnico, esta iniciativa se presentó como parte de la Agenda de Seguridad Ciudadana planteada por el Gobierno y la Oposición. Era uno de los proyectos que buscaba otorgar mayor eficacia a la labor policial y darle los instrumentos adecuados para actuar oportunamente en la prevención o en la investigación de delitos. Y en ello claramente aparece el tráfico de drogas, el robo y aprovechamiento de tarjetas de crédito, de teléfonos, etcétera.
Y, al respecto, se planteó -fueron los objetivos iniciales del proyecto- la necesidad de dotar de instrumentos más eficaces al Ministerio Público para que pudiera actuar en forma oportuna.
El Honorable señor Gómez anota que yo estuve participando en la Comisión Mixta también, pero no recuerdo haber votado una norma semejante. Seguramente pudo haberse aprobado en una de sus tantas reuniones.
Entonces, en relación con el propósito inicial del proyecto, se señaló la necesidad de dotar al Ministerio Público de un instrumento más eficiente para poder desarrollar una labor de investigación más eficaz y oportuna.
¿Qué se planteó? Lo que está establecido en el artículo 225 del Código: que el concesionario del servicio telefónico, a requerimiento del Ministerio Público, pudiese entregar la localización, datos de tránsito de comunicación, el número de origen y destino y duración de las llamadas, cuando se estimara conveniente como producto de una investigación que se estuviese llevando adelante. En ningún caso se habló de que el juez de garantía tuviese la posibilidad de interferir grabaciones o llamadas telefónicas o acceder a ellas. Lo que se pretendía era hacer un seguimiento a los respectivos equipos telefónicos.
El otro artículo, que es bastante importante, establece la posibilidad de que, aun cuando el usuario desactive o pida desactivar el teléfono, este se mantuviese activo a petición del Ministerio Público, a fin de poder detectar si a través de él se seguían cometiendo delitos. Y si fuera así, se dispone que se desliga de toda responsabilidad al usuario o propietario inicial.
Siguiendo la lógica de la discusión, ¿dónde se plantea el gran problema? En el eventual abuso o libre arbitrio en la aplicación de esa norma, que en realidad crea un registro y consigna la obligación de entregar la información de manera oportuna, la que igual deben proporcionar las compañías o concesionarias, con orden de un fiscal o de un juez competente.
Por lo tanto, aquí no está en discusión si con ello el fiscal entrará a invadir la vida privada de una persona, ya que perfectamente un juez puede hacer lo mismo cuando lo estime conveniente o dar una instrucción similar.
Lo que no existe -y ese es el objetivo del proyecto- es la obligación de las empresas de llevar un registro de las comunicaciones -y de conservarlo a lo menos por un año- de todos los teléfonos celulares, pues muchos de ellos se transforman después en instrumentos con los cuales se cometen delitos.
Ese es el punto.
Para evitar confusiones, habría que proceder como aquí se ha sugerido: clarificar bien la forma de acceder al registro y los alcances que pueda tener la información solicitada por el Ministerio Público sin el requerimiento de la decisión de un tribunal.
Esta mañana hemos escuchado intervenciones muy apasionadas acerca de si los fiscales abusan o no. Eso dice relación a otras cosas: a excesos que invaden la privacidad de las personas, lo que no tiene nada que ver con la creación de un registro de esta naturaleza.
Si queremos ser coherentes con lo que hemos planteado en cuanto a la necesidad de avanzar en materia de seguridad pública; de dotar de instrumentos más eficaces a las Policías y al Ministerio Público para que puedan actuar de mejor manera, no deberíamos descartar, bajo ninguna circunstancia, la iniciativa que nos ocupa. Yo preferiría que esta se remitiera a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, a fin de que la estudie y emita su parecer, pero que no se rechace.
No sé si por vía del veto se podría resolver el problema. Pero, sin duda, el objetivo que persigue el proyecto es plenamente loable y plausible, por lo cual sería bueno que lo respaldáramos en su justa dimensión. Él no da pábulo a lo planteado aquí. Y si hubiera alguna aprensión, habría que despejarla.
Me parece que se han exagerado total y absolutamente, de modo negativo, los alcances del proyecto. Y ello no contribuye a lograr mayor eficacia en la lucha contra los delitos ni a brindar protección a las personas.
En efecto, por privilegiar el derecho de algunos a la privacidad, se pretende inhibir una acción oportuna y eficiente tanto del Ministerio Público como de las Policías frente a un elemento que -como bien han sostenido algunos de los señores Senadores presentes- se ha transformado en una herramienta principal en la comisión de delitos.
Anuncio que me pronunciaré a favor de la iniciativa.
El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-
Recuerdo a la Sala que se encuentra en discusión el informe de la Comisión Mixta y que, en consecuencia, no es factible enviarla a la Comisión de Constitución.
En caso de ser rechazada -su aprobación requiere quórum especial-, podría operar lo que en algún momento señaló el Senador señor Espina: que el Ejecutivo la vete a fin de introducir en el artículo 225 bis, nuevo, los perfeccionamientos correspondientes.
Tiene la palabra el Honorable señor Cantero.
El señor CANTERO.- Señor Presidente , en primer término, plantearé una cuestión de forma antes de entrar al fondo del proyecto.
Esta iniciativa fue analizada por la Comisión Mixta en dos sesiones. La primera se efectuó el 10 de diciembre de 2008, con asistencia de los Senadores señora Matthei y señores Cantero y Muñoz Barra -concurrieron también los Honorables señores Girardi , Novoa y Pizarro -, y de los Diputados señores Duarte , Hales y Montes .
La segunda sesión se realizó el 19 de agosto pasado, con asistencia de los Senadores señores Girardi -quien la presidió-, Cantero y Pizarro , y de los Diputados señores Duarte , Monckeberg y Montes . En esta última se aprobó el informe que estamos conociendo.
Hasta ahí la cuestión formal.
El señor ÁVILA .- El informe se aprobó por unanimidad.
El señor CANTERO.- Como acota el Honorable colega, el informe fue aprobado unánimemente por los parlamentarios presentes. En ningún instante se ha dicho que haya sido acogido por la unanimidad de los miembros de la Comisión de Transportes del Senado.
En segundo término, debo expresar que, como manifestaron los representantes del Ejecutivo , en la actualidad hay un vacío legal, toda vez que cuando un fiscal requiere información a la empresa telefónica, por lo general, esta la entrega; pero, en algunos casos, se rehúsa a ello aduciendo que debe ser el juez de garantía quien la solicite.
El hecho es que hoy el sistema opera con incertidumbre, vaguedad y falta de precisión. ¿Por qué? Porque hay un vacío legal; una discordancia entre los incisos primero y segundo del artículo pertinente.
Eso, como primera idea.
Mediante el artículo 225 bis, nuevo, que se propone incorporar al Código Procesal Penal, se pretende regular legalmente la práctica diaria en el sentido a que hago referencia. Sin embargo, algunos jueces de garantía estiman que, en ciertas oportunidades, no es necesario contar con la autorización y que los fiscales tienen que proceder directamente; y en otras, sí, y corresponde que sea entregada por ellos.
Para solucionar tal situación, se presentó este proyecto de ley.
¿Por qué surgió tal problema? Porque el número de delitos que se verifica a través del uso de la telefonía celular es extraordinariamente alto. Y lo hemos corroborado con las denuncias de ilícitos perpetrados desde las cárceles. Además, cada vez que se detiene a los integrantes de una red de narcotráfico aparecen 30 teléfonos celulares, 50 tarjetas, en fin, usados precisamente por los narcotraficantes.
¿Qué se plantea en la iniciativa? Acceder a un registro donde figuren el número de origen y de destino de las comunicaciones telefónicas.
En la Comisión Mixta, el abogado del Ministerio Público expresó: "De acuerdo al artículo 9° del Código Procesal Penal, se requiere autorización judicial previa para aquellas diligencias o investigaciones que impliquen restringir, privar o perturbar un derecho fundamental.". Y agregó: "El tráfico de llamadas da cuenta de unos datos que, en su conjunto, podrían otorgar un perfil de la persona que está siendo investigada, no obstante, el tráfico mismo como información sola no transgrede el derecho a la intimidad porque no está dando cuenta de un dato privado".
Y tanto el Fiscal de esa repartición señor Nicolás Arrieta , como el señor Guillermo de la Jara , Jefe de la División Jurídica de la Subsecretaría de Telecomunicaciones , señalaron que existe una controversia al respecto.
Señor Presidente , en ningún caso se pretende obtener grabaciones de conversaciones, como sostuvieron algunos de los Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra. ¡En ningún caso!
¡Nunca se ha planteado esa posibilidad!
El abogado del Ministerio Público añadió:
"La ley de protección de datos personales, parte de la base de que los datos de las personas están circulando, sin embargo, la persona tiene el derecho a controlar quién tiene los datos, de qué forma los tiene y a corregir esos datos" cuando existen errores. "En el caso del tráfico de llamadas ocurre lo mismo, el tráfico de llamadas no es un dato que esté dentro del contenido esencial del derecho a la intimidad y, por lo tanto, para acceder a esa información no se requiere una autorización judicial en los términos del artículo 9° del Código Procesal Penal.".
Y en esa misma línea, concluyó: "A juicio del Ministerio Público esta norma no sería inconstitucional porque no restringe el ejercicio del derecho consagrado en el artículo 19, número 4 de la Constitución Política de la República.".
Señor Presidente , hasta ahí dejo el análisis técnico-jurídico. Yo no soy abogado; simplemente, me oriento por las informaciones entregadas tanto por el Poder Judicial -por la Fiscalía en este caso- como por el Ejecutivo .
Debo, sí, hacer presente otra situación.
A mí me hace fuerza el argumento que emergió recientemente. En los últimos tres meses, he escuchado a diversos señores Senadores que muestran desconfianza, que acusan desprolijidad o que, en otros casos, denuncian abusos evidentes y manifiestos de parte de los fiscales. Y ese es un hecho de la causa que se ha venido repitiendo en el último tiempo y del cual debemos hacernos cargo.
¡Pero ocurre que no fue la Divina Providencia la que les prodigó a los fiscales esas facultades y atribuciones! ¡Es esta misma Sala, con el voto de los Senadores, la que hoy día está impugnando esa situación!
Yo me hago cargo de ello.
Estimo que, dentro del ámbito de la Fiscalía, aparece como repugnante a la inteligencia el hecho de que un fiscal, en el marco de su investigación, carezca de autoridad alguna, en el contexto de la República, para intervenir, para siquiera pedir una carpeta.
¡Obviamente, eso es ilógico y debemos modificarlo!
El informe fue aprobado en dos sesiones de la Comisión Mixta, una de las cuales fue presidida por el Senador señor Girardi, con la presencia del Honorable señor Romero, del que habla y de otros colegas. Y estos son los argumentos.
De hecho, en la actualidad algunos fiscales pueden acceder a la información y otros no, porque la empresa telefónica respectiva dice: "Sí, señor fiscal" o "No, señor fiscal. Tráigame la orden del juez".
Esa es la problemática que debemos resolver, por cuanto el mismo informe da cuenta -no encuentro en este momento la mención exacta- de que se produce una discrepancia entre los artículos 1º y 2º del proyecto.
En mi opinión, no deberíamos rechazarlo. Si hay dudas, me parece que lo pertinente es enviar la iniciativa a la Comisión especializada -en este caso, la de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento- para que le dé un vistazo y nos entregue un juicio más apropiado y técnico acerca de las modificaciones propuestas, de acuerdo a la realidad que acabo de describir.
Gracias, señor Presidente.
La señora MATTHEI.- Eso no es posible, señor Senador, porque solamente podemos aceptar o rechazar el informe de la Comisión Mixta.
El señor ORPIS .- Claro.
El señor GAZMURI .- Así es.
El señor CANTERO.- Efectivamente, se trata de un informe de Comisión Mixta y, en ese caso, no hay más alternativa que votar.
El señor ESPINA.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Ávila.
El señor ÁVILA.- Señor Presidente , pese a que el Senado es una institución racionalista por excelencia, está a punto de hacer un nuevo acto de fe, esta vez en favor del Ministerio Público.
"¿Quién fiscaliza a los fiscales?", se preguntaba hace un momento el Honorable señor Sabag . Y la verdad es que esa inquietud cruza a buena parte de la ciudadanía. En el último tiempo, han venido sucediendo diversas situaciones que apuntan a cierto poder omnímodo que se está radicando en el Ministerio Público, el cual parece más bien una institución creada por Elliot Ness, cuyos integrantes serían los nuevos "Intocables". Las críticas resbalan; no hay quién las acoja.
Yo conozco el caso de un ciudadano común y corriente que desde hace años viene estrellándose de manera inútil, en los más diversos ámbitos, para conseguir que un fiscal ordene una diligencia que podría afectar a una de estas denominadas "estrellas del foro", que formó parte nada menos que de una organización llamada "de transparencia". Y resulta que este mismo personero es una especie de emblema de la opacidad, en la medida en que ha impedido que se haga luz acerca de una grave acusación en su contra: haber incurrido en falsificación de instrumento público.
Costaría muy poco dilucidar esa situación. Bastaría que un fiscal ordenase la diligencia respectiva para saber con certeza si la acusación tiene fundamento o no. Sin embargo, ello no se ha podido conseguir hasta ahora.
Traigo a colación este ejemplo porque me doy cuenta de que en relación con el proyecto en debate se ha producido una circunstancia curiosa. El informe llegó a la Sala precedido del aura mágica que otorga la unanimidad. Aquí, felizmente, se encendieron las alarmas, y se produjo el efecto dominó: todas las piezas fueron cayendo sucesivamente, una tras otra, hasta conformar un escenario que en este minuto hace del todo inviable la aprobación del proyecto. Ya hay mayoría para rechazarlo.
Yo no tenía ni la más mínima idea de su contenido, como nos acontece en muchas oportunidades, por no formar parte de la Comisión especializada que lo estudió.
No obstante, a la luz de este debate, que ha sido bastante esclarecedor, me percato de que un fiscal ni siquiera tendría necesidad de justificar la investigación misma que lleva a cabo.
El señor PÉREZ VARELA .- Así es.
El señor ÁVILA.- Es decir, simplemente podría ocurrírsele solicitar a una compañía telefónica la información a que alude el proyecto. Y de acuerdo a lo que se ha señalado en la Sala, la empresa debería entregarle esos antecedentes, por cuanto en la práctica se ha consolidado la siguiente situación: los fiscales, en la gran mayoría de los casos, no necesitan en este minuto normativa específica alguna para conseguir tal información.
Entonces, se da la curiosidad de que este debate a lo menos servirá para dejar como testimonio el hecho de que los fiscales no tienen autoridad para requerir directamente a una compañía telefónica la información referida en el proyecto.
Por lo tanto, ya estamos advertidos de las asechanzas que trae consigo la presente iniciativa.
De ahí que, por el sinnúmero de interrogantes surgidas en la Sala, no cabe más alternativa que pronunciarse en contra del informe. Y ya hay suficiente número de votos para rechazarlo.
Ahora bien, uno queda con la inquietud acerca de cuántas iniciativas legales que han llegado al Hemiciclo precedidas de la misma unanimidad de la que gozaba la que en este momento nos ocupa han pasado como por un tubo, por haber hecho nosotros sucesivos actos de fe, lo cual no le compete a una institución como la que integramos.
En consecuencia, anuncio mi voto negativo, agradeciendo que el debate haya podido penetrar en aquellos intersticios que por lo general pasan desapercibidos para nosotros y que hayamos obtenido la fundamentación del caso para rechazar el proyecto.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.
El señor COLOMA.- Señor Presidente, a la luz de la discusión van surgiendo acuerdos o por lo menos formas de enfrentar el tema que, a mi juicio, apuntan en el sentido correcto.
Creo que el proyecto adolece de tres problemas, de los cuales quiero dejar constancia.
El primero, relacionado con un debate registrado la semana anterior, tiene que ver, a mi juicio, con un nuevo intento, desde la perspectiva legislativa, de disminuir o violar la intimidad de las personas.
Para mí, este es un asunto muy relevante.
Estamos viviendo en una sociedad tecnológica que ofrece muchas oportunidades de crecimiento a la libertad de los individuos. Pero de ahí a terminar en una sociedad tecnológica donde tengamos un "Gran Hermano" que todo lo sabe hay un pequeño paso. Y pienso que nosotros debemos hacer un esfuerzo por evitarlo.
Considero insano que, desde un punto de vista tecnológico, existan condiciones para que todas nuestras llamadas, en un momento determinado, puedan ser conocidas, cualquiera que sea su naturaleza, simplemente porque un fiscal -sin juzgar el deseo de esta autoridad- así lo determina. O sea, vamos por una línea donde ya es imposible convivir sin sospecha, sin la sensación de ser vigilado. Y esa es una sociedad que al menos yo espero que no exista en Chile.
Creo profundamente en la libertad, creo en la intimidad, y creo que son estos los momentos en que uno debe resguardarla de efectos que no juzgaré -los autores de la iniciativa con seguridad pretendieron buscar el bien-, pero que claramente generarían una sociedad persecutoria a la cual en algún instante hay que poner atajo.
En segundo lugar, en lo atinente a la estructura de la iniciativa, que hace recaer el requerimiento en la mera voluntad del fiscal -no voy a emitir juicio acerca de los fiscales; de todo hay en la viña del Señor: buenos, malos y más o menos; la mayoría será muy buena-, creo que el principio que debe imperar en este tipo de acciones, por influir en la violación de la intimidad, tiene que ser de índole judicial, donde el juez se haga cargo de los efectos que se puedan generar. Considero que ese principio, que rige en muchos lugares, debería replicarse al menos en una situación de la naturaleza de la que hoy estamos analizando aquí.
Quiero insistir, señor Presidente : el fin nunca va a justificar los medios. Y, por mucho que se diga que es muy importante escudriñar en los teléfonos porque de esa forma eventualmente se evitará la comisión de algún delito, pienso que la cantidad de violaciones a la intimidad que eso produciría sería mucho mayor que los daños que se trata de prevenir.
Por eso, estimo que la iniciativa apunta en un sentido incorrecto.
Por último, creo que los efectos -algo ya se ha dicho sobre el particular- serán absolutamente diferentes de los previstos. ¡Yo no sé si los delincuentes van a inscribir sus teléfonos...! Mi impresión es que se formará un submercado y, obviamente, quienes cometan algún ilícito estarán advertidos y no los inscribirán, o los robarán para el solo efecto de perpetrar el delito, para luego entregarlos, botarlos o deshacerse de ellos en alguna forma.
Además, pienso que surgirá un tremendo problema con los celulares de prepago no registrados, muchos de los cuales se ubican en los lugares más aislados del país. En Regiones se vive -muchos lo sabemos- a partir de este tipo de instrumentos, que han permitido conectar a sectores que antes no se conocían. Al instalar esta neoburocracia en la perspectiva de los teléfonos, ciertamente se producirá un problema de acceso a quienes tienen menos posibilidades de entrar en la lógica que aquí se pretende buscar.
En mi opinión, este debate es importante e interesante, porque permite observar el acercamiento que cada uno tiene a principios fundamentales. En este caso en concreto, me parece que justificar la violación a la intimidad para evitar, teóricamente, la perpetración de algunos delitos -cuestión que yo, para ser franco, no creo que vaya a ocurrir ni remotamente-, daña una institución esencial como es la privacidad del ser humano.
Por lo anterior, sumándome a muchos de los argumentos planteados, pero teniendo en cuenta este hecho específico que he relatado, que me sorprende y que está apareciendo sesión tras sesión, acerca de cómo las personas van siendo cada vez más coartadas, de cómo su intimidad va siendo más limitada, de cómo su libertad va siendo más acotada, considero imprescindible votar en contra.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).- Señor Presidente , creo que hemos asistido a un debate importante, necesario -diría yo- y de enorme vigencia para la sociedad que se está construyendo en nuestro país y en el mundo entero.
Quisiera hacer dos o tres observaciones que me parecen fundamentales.
Primero, considero sin sentido que alguien sostenga que el desarrollo de la tecnología se puede lesionar por un tipo de legislación donde se cautelen derechos tan importantes como la privacidad o la intimidad. Eso significa no entender la tecnología que se está implementando. Pienso que dentro o a partir de la propia tecnología se puede perfectamente conciliar aquello. Si no, no tendría lógica. La inteligencia humana y la forma como la tecnología se ha ido desarrollando durante la historia de la humanidad así lo confirman.
O sea, ese argumento de seguridad que algunos han formulado acá, no lo comparto; lo encuentro falaz, para decirlo con toda claridad.
Y lo segundo -y esto sí que me parece más importante-: aquí escuché un planteamiento que debo representar. Un señor Senador dijo que "los derechos de algunos no pueden lesionar los derechos de todos o de la comunidad".
A mí me sorprende el planteamiento en sí y, además, que provenga de un colega que, a mi juicio, debería compartir o tener claros los derechos de la persona humana en toda su plenitud, magnitud y solemnidad. Porque aquí no cabe hablar de "derechos de algunos". ¡No, no, no! ¡Si la intimidad o privacidad no es el derecho de algunos, sino -algo muy distinto- un derecho fundamental de la sociedad! La intimidad o privacidad no es para algunos. Tal vez en la monarquía alguien pudo haber dicho: "Aquí hay algunos que tienen derecho, por su clase, por el lugar social que ocupan". Pero, en democracia -y este es el gran ascenso que ha experimentado nuestra civilización-, los derechos de unos son fundamentales. Por eso Clemenceau, gran político francés, afirmó: "Mientras se ponga en entredicho los derechos de una sola persona, estarán en entredicho los derechos de todas las personas".
En esta línea de pensamiento, comparto lo planteado por el Senador señor Orpis.
Curiosamente, quienes hoy razonan en la forma descrita son los mismos que hace 20 años argumentaban por los derechos de la sociedad y por la seguridad nacional. Se decía: "La seguridad nacional, o los derechos del país o de la sociedad en un momento dado, limitan o constriñen absolutamente los derechos de algunos". ¡Si es lo mismo, con la agravante de que ahora se ha sumado la complejidad tecnológica! Pero la tecnología -y así ha ocurrido en la historia- tendrá que ir reforzando los derechos de todos.
Por lo tanto, señor Presidente , considero que este es un mal proyecto, porque va contra la esencia de derechos fundamentales. Y creo que los argumentos de la Senadora señora Matthei y del Honorable señor Sabag son, más allá de la pasión con que estos los hayan expuesto, de una lógica irrefutable.
Lo que debería preocuparnos es cómo hemos llegado a legislar de esta forma. Porque, claro, hoy se pudo haber elegido una salida técnica: reenviar el proyecto a la Comisión de Constitución. Pero ello resulta imposible, atendido el hecho de que proviene de una Comisión Mixta. Entonces, lo que procede -y que esto sirva de precedente- es ponerle término, pues es un mal proyecto. ¿Cómo se termina? No aprobándolo, por las razones de fondo que conlleva.
Además, las fiscalías, o algunos fiscales -para no generalizar-, han mostrado bastante poco criterio. Y casos abundan.
A través de este rechazo, creo que también se puede lograr que procedan con mayor criterio en sus actuaciones, porque han hecho bastante daño en algunas de ellas.
Por todo lo expuesto, señor Presidente, soy decidido partidario de que este informe se rechace.
El señor NOVOA ( Presidente ).- Hay varios inscritos y se ha pedido abrir la votación.
Si no hay objeción, se procederá en tal sentido.
Acordado.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor NOVOA (Presidente).- Para fundamentar su voto, tiene la palabra el Senador señor Romero.
El señor ROMERO.- Señor Presidente, este debate ha permitido rescatar algo esencial y que a mi juicio debemos destacar.
El Senado puede, en verdad, sentirse orgulloso de efectuar un debate profundo sobre una iniciativa que, paradójicamente, llegó a la Sala tal vez sin un análisis acabado de sus disposiciones.
Quiero rescatar lo positivo. Porque, en la práctica, hoy estamos siendo testigos de que, una vez más y de manera transversal, se plantean posiciones respecto de principios y valores permanentes, que constituyen la base de una sociedad que pretende dar a conocer sus puntos de vista no solo bajo un concepto democrático, sino también -y mucho más a fondo- bajo uno de libertades que son inmutables y permanentes en los individuos.
Me alegro de eso.
No voy a reiterar los juicios expresados aquí. Pero sí deseo hacer presente un hecho: tal vez por un lapsus, el Honorable señor Cantero señaló que yo habría estado presente en una de las sesiones de la Comisión Mixta. Sin embargo, después él reconoció que no fue así y que probablemente se refería al Senador señor Pizarro y no a quien habla.
Quiero solo dejar...
El señor CANTERO .- ¡Su Señoría es Romero Pizarro!
El señor ROMERO.- Así es, a mucha honra...
Entonces, deseo dejar constancia de esta situación porque -reitero-, en un debate donde han primado principios y conceptos de fondo, vale la pena hacerlo.
Voy a votar en contra.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.- Señor presidente , no voy a intervenir en esta ocasión porque han sido expuestos todos los argumentos.
Voto que no.
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente , nadie puede tener duda alguna respecto de la necesidad de combatir el delito, particularmente la sustracción y utilización de teléfonos móviles.
Comparto por completo las intervenciones, en especial la de la Senadora Matthei, en torno de este tema, y quiero señalar lo siguiente.
En cuanto a la entrega de datos que se pretende establecer para los fiscales -que las empresas de telefonía móvil niegan en algunos casos-, la normativa debe fortalecer el derecho a la privacidad y hacer rigurosas las penas y restricciones para que los llamados "investigadores privados" también tengan restringido el acceso a esa información.
Hace dos o tres años presenté un proyecto de ley para regular las agencias de investigación privada, que en la actualidad carecen de toda regulación. Cualquier persona puede asumir esa función, cobrar un estipendio, establecer una relación contractual y, por diversas vías, obtener muchos datos que van en la línea de la intimidad y la privacidad y ofrecerlos a su cliente, sea cual fuere este.
La restricción debe regir no solo para los fiscales, sino para toda institución, en particular la de los investigadores privados, que no está regulada. Nadie sin orden de un juez de garantía puede acceder al registro de llamadas porque -tal como se ha reiterado en la Sala- este forma parte del derecho a la privacidad que asegura la Constitución.
Debo señalar que se ha excedido el proyecto. Y creo que aquí hay un asunto de fondo que se ha rozado: la facultad de los fiscales necesariamente ha de ser evaluada.
Estos tienen que investigar, y siempre deben hacerlo a fondo. Pero hoy investigan lo que quieren y dan por despachadas causas; no las asumen porque consideran que no hay mérito para ello o no existen pruebas suficientes, en circunstancias de que las víctimas o quienes han sido objeto de algún delito estiman que sí las hay.
Tiene que crearse un espacio para que pueda haber una instancia en donde la decisión del fiscal tenga un correlato que no permita convertirla en una facultad discrecional.
Señor Presidente, voy a votar en contra porque estimo que el tratamiento que se ha dado excede los objetivos que compartimos sobre el combate al crimen. Siento que se trata de una mala fórmula para lograr las finalidades planteadas aquí.
Me pregunto -esta iniciativa no fue vista por la Comisión de Constitución; al respecto, no creo que todo proyecto tenga que enviarse a ese órgano técnico-: si las compañías conservan en la actualidad un año esos registros, ¿a qué sanciones se hallan afectas si un funcionario o cualquier persona accede a esa información sin orden del fiscal o del juez de garantía? ¿En qué condiciones de protección se encuentran esos datos? Porque hay muchas formas de obtenerlos; allí están.
Por tanto, las mismas restricciones que ahora debatimos acerca de los fiscales debieran regir para quienes manejan esos registros. De lo contrario, seamos francos, va a ocurrir que esa información igual va a surgir por vía indirecta si las compañías no la resguardan de manera debida.
Mi duda es: ¿quiénes tienen acceso a ella?; ¿quiénes la almacenan?; ¿quiénes la resguardan? En definitiva, qué tipo de sanciones se les podrá aplicar a los funcionarios si dan a conocer ese tráfico de llamados, cuya entrega ahora estamos restringiendo -mi voto es contrario al informe- a los fiscales.
Siento que existe un vacío y una desregulación. Si estamos hablando de que esa información tiene carácter privado, los mecanismos de las empresas, al guardar tales datos, debieran garantizar que no se encontrarán disponibles para nadie: ni para la empresa ni para un funcionario.
En suma, si los hacemos inaccesibles para un fiscal, necesariamente debemos resguardarlos de todo sujeto o individuo, cualquiera sea su condición.
Se trata de una materia que vamos a tener que debatir. No sé si el Ejecutivo enviará un veto.
En consecuencia, si limitamos -de manera correcta, en mi opinión- esta atribución, salvo autorización de un juez de garantía, las empresas que posean tal información deberán adoptar los resguardos y las medidas de garantía de la privacidad que hoy el juez pertinente otorga antes de permitir el acceso a esos datos.
Voto en contra.
¡Patagonia sin represas!
El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Cantero.
El señor CANTERO.- Señor Presidente, es un hecho que hay delitos graves, incluso el narcotráfico, vinculados a este tema.
Queda pendiente la solución.
En todo caso, mi opinión es que la eventual discordancia señalada por el señor Guillermo de la Jara ha sido resuelta porque lo que se plantea, en definitiva, es que el fiscal tendrá que pedir autorización al juez de garantía para proceder en esta línea. En consecuencia, ni el fiscal ni la empresa quedan al arbitrio, sino que, entendemos, podrá precisarse más adelante. No obstante, eso debe ser resuelto, de manera que se puedan profundizar las investigaciones cautelando la privacidad y entregándole, por lo que se desprende acá, al juez de garantía esa responsabilidad.
Lo tercero que quiero dejar consignado es que, en un principio, no tuve problema en que un fiscal pudiera acceder a esta información, en el entendido de que, si se manejara con discreción, si actuara con buen criterio, con prudencia, esto podría funcionar.
Pero, así como hay delitos, también es un hecho que se acrecienta la crítica, la desconfianza en nuestro Parlamento respecto de la actuación de los fiscales.
De igual modo constituye un hecho el que aquellos no tengan ninguna autoridad que interfiera en el desarrollo de sus actividades. Ni siquiera -aquí se ha señalado- el propio Fiscal Nacional se encuentra en condiciones de pedir que se le entregue una carpeta en tal sentido.
Me da exactamente lo mismo si se trata del juez de garantía o del fiscal. Porque asumo que los fiscales debieran actuar con buen criterio, buen juicio, prudencia. Pero me hago cargo -lo reitero por segunda vez- de la creciente crítica y desconfianza hacia los fiscales en nuestro país.
En consecuencia, estando interesado en que se investigue efectivamente, voy a corregir mi voto de unanimidad en la Comisión. Pero no porque sienta que hubo un error en ello.
Creo que las fiscalías debieran actuar con la mayor rectitud, con la mayor confiabilidad para todos. Y tendrían que cautelar la información, para evitar lo que aquí se denuncia en cuanto al riesgo de que esta circule.
Lo digo en castellano muy simple: se ha manifestado en la Sala una desconfianza hacia los fiscales francamente preocupante. Es una gran desconfianza.
Lo anterior, sin perjuicio de que otros Senadores hayan argumentado que con la norma también se están trasgrediendo garantías constitucionales.
No podemos hacer oídos sordos ni desentendernos de que en la Sala del Senado chileno ha habido una crítica ácida y muy negativa acerca de la forma en que están procediendo los fiscales.
Por todas esas razones, cambio mi voto, señor Presidente.
Me pronuncio en contra del informe.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).- ¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza el informe de la Comisión Mixta (26 votos contra 1 y 2 abstenciones).
Votaron en contra las señoras Alvear y Matthei y los señores Arancibia, Bianchi, Cantero, Chadwick, Coloma, Escalona, Espina, Flores, García, Gazmuri, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Romero, Sabag y Zaldívar.
Votó a favor el señor Pizarro.
Se abstuvieron los señores Girardi y Núñez.
"
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