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- rdf:value = " NORMAS ESPECIALES PARA EMPRESAS DE MENOR TAMAÑOEl señor NOVOA ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre normas especiales para las empresas de menor tamaño, con segundo informe de la Comisión de Economía, informe de la de Hacienda y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (5724-26) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 87ª, en 20 de enero de 2009.
Informes de Comisión:
Economía, sesión 4ª, en 18 de marzo de 2009.
Economía (segundo), sesión 59ª, en 27 de octubre de 2009.
Hacienda, sesión 59ª, en 27 de octubre de 2009.
Discusión:
Sesión 5ª, en 31 de marzo de 2009 (se aprueba en general).
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
El proyecto fue aprobado en general en sesión de 31 de marzo del año en curso.
Ambas Comisiones dejan constancia, para los efectos reglamentarios, de que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones los artículos 6° del ARTÍCULO DÉCIMO; 3°, 5°, 6°, 12, 13, 14, 15, 17, 19, 21, 22, 23, 25 y 27 del ARTÍCULO UNDÉCIMO; el ARTÍCULO DECIMOTERCERO; el ARTÍCULO DECIMOCUARTO, y los ARTÍCULOS SEGUNDO y TERCERO TRANSITORIOS. Estas disposiciones conservan el mismo texto aprobado en general por el Senado, por lo cual corresponde darlas por aprobadas, salvo que algún señor Senador solicite someter a discusión y votación alguna de ellas.
--Se aprueban reglamentariamente.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
La Comisión de Economía realizó diversas modificaciones al texto aprobado en general y las acogió por unanimidad, excepto tres, que lo fueron por votación dividida y que el señor Presidente pondrá en votación oportunamente.
Por su parte, la Comisión de Hacienda, respecto de las normas propias de su competencia, efectuó algunas enmiendas al texto de la Comisión de Economía y las aprobó -todas- en forma unánime.
Cabe tener presente que las modificaciones resueltas unánimemente deben ser votadas sin debate, salvo que algún señor Senador solicite su discusión o que existan indicaciones renovadas.
El ARTÍCULO CUARTO; el número 4) del ARTÍCULO NOVENO y el artículo 8° del ARTÍCULO UNDÉCIMO tienen el carácter de normas orgánicas constitucionales, por lo que requieren para su aprobación el voto conforme de 21 señores Senadores.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Ante todo, pondré en votación las enmiendas aprobadas en forma unánime y que no requieren quórum especial; posteriormente, las que lo fueron por mayoría, y por último, las de quórum orgánico constitucional.
En votación las modificaciones acogidas por unanimidad.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueban las normas aprobadas por unanimidad en ambas Comisiones (19 votos a favor).
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Allamand, Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Chadwick, Escalona, García, Girardi, Kuschel, Longueira, Muñoz Aburto, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Prokurica y Sabag.
El señor NOVOA (Presidente).-
En discusión particular el proyecto.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Corresponde analizar la enmienda introducida por la Comisión de Economía en el ARTÍCULO CUARTO, consistente en sustituir la letra e) del inciso segundo por la siguiente:
"Seis representantes de las entidades gremiales que agrupen mayoritariamente a las empresas de menor tamaño de sectores productivos relevantes para la economía nacional, al menos dos de los cuales deberá tener su domicilio en alguna región distinta a la Metropolitana.".
La letra e) aprobada en general expresaba: "Cuatro representantes de las confederaciones". Es decir, se reemplazó "Cuatro" por "Seis", lo cual fue aprobado unánimemente. Sin embargo, la sustitución de la palabra "confederaciones" por "entidades" se acogió con los votos a favor de los Senadores señores Flores, García y Vásquez. Se abstuvo el Honorable señor Coloma.
El señor NOVOA (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , tanto en el trámite de segundo informe de la Comisión de Economía como más tarde en la Comisión de Hacienda, optamos por incorporar la expresión "entidades gremiales" en lugar de "confederaciones", por considerar que esta última palabra muchas veces involucra la participación de asociaciones gremiales que representan a distintos sectores de la economía y no necesariamente a empresas de menor tamaño. Por lo tanto, resultaba mucho más difícil el cumplimiento del requisito.
En cambio, la expresión "entidades gremiales", en nuestra opinión, hace mucho más posible que las micro, pequeñas y medianas empresas se encuentren representadas en ese tipo de organismos y que, por consiguiente, participen en el Consejo Nacional Consultivo de la Empresa de Menor Tamaño.
En definitiva, la razón del cambio fue favorecer la representación de las referidas empresas en el Consejo Consultivo.
Por lo expuesto, sugiero a la Sala aprobar el texto final de la letra e) que aparece en el boletín comparado.
El señor NOVOA (Presidente).-
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba la letra e) del inciso segundo del ARTÍCULO CUARTO (24 votos favorables), dejándose constancia de que se reunió el quórum constitucional exigido.
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Chadwick, Escalona, García, Gazmuri, Girardi, Horvath, Kuschel, Longueira, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Navarro, Novoa, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
En seguida, la Comisión de Economía propone agregar, en el inciso segundo del ARTÍCULO CUARTO, la siguiente letra j), nueva:
"j) Un representante de las Municipalidades".
Esta norma fue aprobada con los votos favorables de los Senadores señores Coloma, García y Vásquez y la abstención del Honorable señor Flores.
El señor NOVOA (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , la Comisión de Economía y, más tarde, la de Hacienda estimaron conveniente que en el Consejo Nacional Consultivo de la Empresa de Menor Tamaño existiera un representante de las municipalidades.
No nos olvidemos que muchos de los trámites que deben realizar las empresas a fin de obtener autorización para comenzar sus operaciones o regularizar los inmuebles en que funcionan dependen tanto de la Sección de Rentas y Patentes Municipales como de la Dirección de Obras Municipales.
Y como todo el proyecto se inspira en facilitar la creación y funcionamiento de empresas de menor tamaño, parece del todo razonable -repito: así lo estimaron las Comisiones de Economía y de Hacienda, en su oportunidad- la incorporación de un representante de los municipios en dicho Consejo.
He dicho.
El señor NOVOA (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba la nueva letra j) del inciso segundo del ARTÍCULO CUARTO (25 votos favorables), dejándose constancia de que se reunió el quórum constitucional exigido.
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Chadwick, Escalona, García, Gazmuri, Girardi, Horvath, Kuschel, Longueira, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Navarro, Novoa, Núñez, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Finalmente, la Comisión de Economía sugiere sustituir la letra i) que se propone agregar al artículo 4° de la ley N° 20.169, por la siguiente:
"i) El establecimiento de cláusulas contractuales o conductas abusivas en desmedro de los proveedores o el incumplimiento sistemático de deberes contractuales contraídos con ellos.
"Sin perjuicio de lo anterior y cualquiera sea la naturaleza jurídica del deudor, la empresa de menor tamaño afectada podrá demandar el monto de los perjuicios que deriven del incumplimiento, de acuerdo a las normas generales. La acción podrá ser ejercida por el afectado personalmente, en demanda colectiva o representado por la entidad gremial que les agrupe, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en el ARTÍCULO NOVENO números dos al cinco de la ley que Fija Normas Especiales para Empresas de Menor Tamaño.".
Votaron a favor de la modificación los Senadores señores Flores, García y Vásquez y se abstuvo el Honorable señor Coloma.
El señor NOVOA (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , se trata de una enmienda a la que tanto la Comisión de Economía como la de Hacienda, en su momento, le atribuyeron especial importancia, pues su propósito es hacer extensivas a las empresas de menor tamaño, en cuanto actúen como consumidoras, las mismas disposiciones legales aplicables a los consumidores finales que se contemplan en el proyecto que modifica la Ley sobre Protección de los Derechos del Consumidor.
Además, se ha podido comprobar que las grandes cadenas de supermercados y tiendas comerciales incurren en algunas prácticas reñidas con la libre competencia respecto de los pequeños proveedores. Por ejemplo, el devolverles la mercadería no vendida después de haberla mantenido uno o dos meses en estanterías. Y la conducta que se da con mayor frecuencia -como se demostró durante la discusión de este proyecto- es la demora excesiva en el pago a los proveedores buscando diversas excusas para ello.
La enmienda en debate persigue que cuando la empresa de menor tamaño se vea afectada por algún ejercicio de comercio desleal pueda demandar el pago del monto de los perjuicios que deriven del incumplimiento cometido, de acuerdo a las normas generales. La acción podrá ser ejercida por el afectado personalmente, en demanda colectiva o mediante la representación de la entidad gremial que lo agrupe.
Consideramos que se trata de una medida justa, en el sentido de que las empresas de menor tamaño, particularmente las mipymes, podrán disponer de canales que permitan impedir los abusos y hacer justicia frente a los atropellos en que lamentablemente incurren muchas veces las grandes empresas cuando sus proveedores son empresas de menor tamaño.
Por lo tanto, sugiero a la Sala aprobar el texto de la disposición en los mismos términos en que figura en el boletín comparado.
He dicho.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.-
Señor Presidente , cabe señalar que esta modificación no se enmarca dentro del Estatuto de las Empresas de Menor Tamaño, sino que se refiere a la Ley sobre Competencia Desleal.
La verdad es que nos encontrábamos frente a un vacío legal.
Por un lado, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y, antes, su Comisión Resolutiva siempre señalaron que les era posible resolver las cuestiones referentes al poder de mercado del agente económico que imponía sus condiciones en cualquier término. Y, por otro lado, la Ley sobre Competencia Desleal trató de regular fundamentalmente los conflictos entre empresas en situación horizontal, esto es, las actividades realizadas por un competidor en contra de otro para sacarlo del mercado o, por lo menos, disminuir su posición en él y mejorar la propia.
Sin embargo, aquí se pretende fijar como norma de competencia desleal una relación vertical que no cabe dentro de la regulación de la libre competencia pues no existe un agente económico con poder de mercado.
Por ejemplo, podemos encontrarnos con supermercados de Regiones que no alcanzan un nivel de control de mercado similar a los de las cadenas de nivel nacional, pero que en el ámbito particular, localizado, ejercen efectivamente una posición dominante como compradores -puede ser una suerte de monopsonio u oligopsonio- sobre uno o más proveedores, los cuales resultan afectados por esos agentes económicos que técnicamente carecen de una posición dominante en el mercado.
De allí que, para solucionar lo anterior, se permitió una configuración y articulación de normas relacionadas con las leyes sobre competencia desleal y protección de los derechos del consumidor, en virtud de lo cual los afectados podrán actuar personalmente, por medio de acciones colectivas o representados por sus respectivas asociaciones gremiales.
Esa es la ventaja de la disposición en debate. Y votaré a favor de ella, por cuanto -reitero- su contenido tiene que ver con la aplicación de un criterio generalizado en las leyes antes mencionadas, que se hallaba circunscrito a una situación donde no se producía afectación ni a la libre competencia pura ni a las normas sobre protección de los derechos del consumidor, porque el vendedor no revestía este carácter.
Por lo tanto, la modificación resulta del todo necesaria porque cubre un vacío legal que afecta a un amplio espectro de personas, dada la falta de regulación jurídica sobre la materia.
He dicho.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , solo para los efectos de la historia fidedigna de la ley, quiero dejar consignada una reflexión.
Por lo que aprecio, la mayoría de las normas del proyecto llegan tarde y su efecto será muy relativo. La explicación es bastante sencilla: la creciente monopolización de la economía en el país ha ido constriñendo sistemáticamente el campo de acción de las empresas medianas y pequeñas, de tal suerte que muchas de las regulaciones que se intenta poner en práctica van a tener una consecuencia mucho menos favorable de lo que podríamos suponer.
Me parece que, conjuntamente con iniciativas de esta índole, debería hacerse algo para impedir que ese proceso de monopolización siga agudizándose aún más. De no ser así, todas estas normas, estos paliativos, van a perder por completo su eficacia.
Pese a ello, que al menos el Parlamento haga a la pequeña y a la mediana empresa un gesto simbólico -si se quiere, póstumo- nunca está de más.
La señora MATTHEI.-
¡Pero póstumo para quien lo hace, no para el que lo recibe...!
El señor NOVOA (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba la sustitución de la letra i) del artículo 4° (26 votos y un pareo).
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Allamand, Arancibia, Ávila, Bianchi, Cantero, Escalona, Espina, García, Gazmuri, Girardi, Horvath, Kuschel, Longueira, Muñoz Aburto, Navarro, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
No votó, por estar pareado, el señor Muñoz Barra.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Corresponde pronunciarse sobre los artículos aprobados en forma unánime por las Comisiones, que requieren quórum especial.
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor NOVOA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueban (24 votos a favor), dejándose constancia de que se reunió el quórum constitucional exigido, y el proyecto queda despachado en este trámite.
Votaron las señoras Alvear y Matthei y los señores Allamand, Arancibia, Ávila, Bianchi, Chadwick, Escalona, Espina, García, Horvath, Kuschel, Longueira, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Navarro, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Prokurica, Sabag y Zaldívar.
El señor GAZMURI.-
Pido que se anote mi voto, señor Presidente , porque no lo registró el sistema electrónico.
El señor VÁSQUEZ.-
Y también el mío.
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Se dejará constancia en la Versión Oficial de los votos favorables de los Senadores señores Gazmuri y Vásquez.
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor LAVADOS ( Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción).-
Señor Presidente , solo deseo agradecer a los miembros de las Comisiones que analizaron la iniciativa recién aprobada. Ahora únicamente resta el trámite en la Cámara de Diputados -espero que se realice la próxima semana- para que el proyecto quede totalmente despachado por el Parlamento y se proceda a la promulgación de la ley, que constituirá un claro beneficio para las empresas de menor tamaño, tal como lo han manifestado reiteradamente los dirigentes de las distintas organizaciones que las agrupan.
Así que agradezco la rapidez y la disposición con que el Senado aprobó esta iniciativa.
Muchas gracias.
"
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