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- rdf:value = " El señor GIRARDI.-
Señor Presidente , creo que estamos en el mundo al revés. Lo que se ha dicho acá no corresponde a la realidad, para nada.
La norma propuesta no afectará los derechos de los beneficiarios.
Cuando una clínica que tiene un acuerdo con una isapre -porque la aseguradora es esta última- no cumple la prestación del AUGE porque quiere cobrar algo que es gratuito, dicho recinto de salud está cometiendo una falta que va en perjuicio del paciente. En tal caso, la institución de salud previsional deberá cambiar de prestador, justamente para garantizar el derecho del paciente.
Por ello, me parece que aquel tipo de intervenciones tan alambicadas, que trastocan la realidad, no corresponde.
La clínica que haga bien las cosas no se expondrá a ninguna multa.
Además, sería muy interesante evaluar el criterio que utiliza la Superintendencia de Salud para aplicar las multas. Nunca se aplican los montos máximos. Ello, porque siempre hay un debido proceso, donde se presentan descargos y se sigue un procedimiento absolutamente racional.
Entonces, no es bueno generar una campaña del terror cuando las cosas no son de esa manera. Es falso que la observación en debate dejará en la desprotección a cualquier paciente o usuario.
Lo que sí es efectivo es que, si una determinada clínica reincide en pedir un cheque en garantía, exigiendo un cobro por algo que no corresponde -porque es gratuito en razón de una garantía explícita legal-, la isapre respectiva o el FONASA tendrán que buscar otro prestador para que entregue la atención al paciente por el tiempo que fue suspendida dicha clínica.
Siempre el Fondo Nacional de Salud o la isapre se responsabilizarán de la gratuidad del AUGE si una persona va a una clínica para someterse a una cirugía de cadera, por ejemplo. Si dicho establecimiento le quiere cobrar, ello va en perjuicio del paciente.
Entonces, la institución de salud previsional tendrá que decirle a su cotizante: "Mire, otra clínica va a darle la prestación de su cirugía". Y lo mismo, en el caso del FONASA.
En consecuencia, las observaciones del Ejecutivo no contienen ninguno de los elementos que se han señalado anteriormente, y su único objetivo es resguardar los derechos de los pacientes.
"
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