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- rdf:value = " NORMATIVA PARA GARANTIZAR EFECTIVAMENTE EL LIBRE ACCESO A PLAYAS Y RIBERAS DE MAR, RÍOS Y LAGOS. Oficios.El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , en muchas ocasiones, nuestra normativa ha sido precursora e informadora de legislaciones de fuera de nuestras fronteras. Ése es el caso del Código Civil, obra magna de Andrés Bello que ha permanecido casi inmutable, dada su alta perfección técnica y a que sus disposiciones siguen estando acordes con la modernidad que vivimos, no obstante haber sido dictada a mediados del siglo XIX.
El artículo 589 incluye, dentro de los bienes nacionales de uso público, el mar adyacente y sus playas.
No puedo dejar de mencionar la belleza y precisión de su lenguaje al definir playa del mar. Señala que es “la extensión de tierra que las olas bañan y desocupan alternativamente hasta donde llegan en las más altas mareas”.
En esta normativa Andrés Bello recogió una larga tradición del derecho romano, cuyo objeto fue hacer posible el uso libre y gratuito de los bienes que la naturaleza ha hecho comunes a los ciudadanos.
Adicionalmente, la legislación nacional establece, en el artículo 13 del decreto ley 1.939, de 1977, sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado, el acceso libre y gratuito a las playas y riberas de mar, lagos y ríos.
Pero la diferencia entre lo que debe ser y lo que es, es abismal.
Como ha sido reportado en numerosas investigaciones periodísticas -y hemos podido presenciarlo-, existen numerosas playas y riberas de ríos y lagos, en general, inaccesibles al común de los mortales, lo que convierte en letra muerta la voluntad del legislador y destruye los sueños de muchos compatriotas que solamente desean disfrutar de un hermoso paisaje, como aquellos a que nos tiene acostumbrados el sur de Chile, especialmente los del distrito 54, que represento, con más de diez lagos y hermosos ríos.
Pese al indiscutido carácter de bien nacional de uso público de dichos parajes, éste no es respetado por los propietarios de los predios ribereños que, mediante una serie de trabas, atentan contra la naturaleza jurídica de esta institución, construyendo cierres y cercos que obstaculizan el libre acceso. Además, hacen cobros ilegales e injustificados.
Frente a tal escenario, envié un oficio al Ministerio de Bienes Nacionales, para consultar sobre la existencia de estudios tendientes a dictar una nueva legislación, más potente y efectiva, que resguarde nuestro derecho al acceso libre a los bienes nacionales de uso público a que me he referido.
Lamentablemente, recibí una respuesta negativa, pues no están estudiando iniciativa alguna que asegure este derecho. Sólo están evaluando los mecanismos existentes, a fin de determinar su real eficacia y posible reforzamiento.
A mi juicio, lo que no ha funcionado por décadas, no funcionará con un mero maquillaje. Por eso, manifesté mi interés particular de participar, junto con el Ministerio de Bienes Nacionales, en la elaboración -o apoyo- de un proyecto de ley, lo que lamentablemente, aún no ha sido considerado.
El fin de semana pasado vimos un ejemplo de abuso, inaceptable, en la zona cordillerana de la Región de La Araucanía, donde un grupo de inversionistas alemanes impidió el paso, por un camino público, a la preciosa Laguna Blanca, cercana al volcán Lonquimay .
Es del caso señalar que esta gente, incluso, cobraba por el derecho de paso por un camino que no les pertenece.
El diputado señor Jaime Quintana pudo certificar el hecho, cuestión que, como ciudadanos chilenos, nos motiva a presentar este reclamo.
Sólo con la dictación de una norma específica, que disponga el castigo efectivo de este tipo de acciones, se reconocerá, por primera vez en nuestra legislación, el derecho de todos los habitantes de Chile para acceder de manera libre, gratuita y sin restricciones a todas las playas y riberas de mar, lagos y ríos de nuestro país.
Por lo tanto, pido que se oficie a los ministros de Bienes Nacionales , de Obras Públicas y al intendente de la Región de los Ríos, con copia de mi intervención, para que tomen conocimiento de lo expuesto.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión del diputado señor José Miguel Ortiz .
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