-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/640606/seccion/akn640606-ds41-ds45
- dc:title = "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^xsd:string
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/640606
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/640606/seccion/akn640606-ds41
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/6598-06
- rdf:value = " Moción de los diputados señores Lobos, Alvarado, Bauer, Bobadilla, Estay, García-Huidobro, Hernández; Norambuena, Recondo, y Ward.
Modifica la ley de casinos resguardando la privacidad de los usuarios de estos establecimientos. (boletín N° 6598-06).
“La Ley N° 19.995 del año 2005 es el texto legal en el que se establecen las bases generales y la normativa esencial conforme a las cuales se regula en el país lo relativo a la autorización, funcionamiento y fiscalización de las entidades que operen como Casinos de Juego y Salas de Bingo. Se contemplan en esta ley, requisitos de funcionamiento que los operadores de casinos de juego se deben regir por un sistema seguro y efectivo de controles internos.
Sin embargo, la señalada normativa no cuenta con un marco legal adecuado y estrictamente necesario para resguardar la privacidad de los clientes que asisten a este tipo de establecimientos, cuestión no menor que en nuestro concepto es un vacío de esta norma jurídica.
Reforzando lo anterior, se han hecho públicas imágenes tomadas al interior de estos establecimientos de juegos vulnerando la privacidad de los clientes de estos centros, ejemplo de ello es lo ocurrido en el Casino de Los Ángeles, donde hubo una filtración de las imágenes del circuito cerrado de televisión, donde un hombre fue captado dentro del salón de juegos, lo cual sirvió para que una ex empleada del lugar utilizara las mencionadas imágenes para darle un destino distinto al que originalmente tienen, cual es velar por las seguridad de los clientes como de los intereses del propio Casino de Juegos.
En el caso antes referido, la Superintendencia de Casinos estableció que los procedimientos de circuito cerrado de televisión fueron incorrectamente aplicados por el casino de juegos y que existía un deficiente control de las actividades de los funcionarios a cargo de operar dicho sistema.
En consecuencia, se hace imprescindible que los clientes o personas que asisten a los casinos de juegos, cuenten con las medidas necesarias para que su intimidad personal sea resguardada. Es por esto que se plantea la necesidad de legislar sobre el uso de imágenes captadas por cámaras de video en lugares públicos, debido al riesgo que existe que se vulnere el derecho a la privacidad de las personas.
Toda persona tiene derecho a la vida privada, constituye una de las garantías constitucional consagradas en nuestra Carta Fundamental por lo que vulnerarla es transgredir directamente la Constitución.
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Agregase un nuevo inciso tercero en el articulo 49 de la ley N° 19.995, que establece las Bases Generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de Casinos de Juego, de la siguiente forma:
Inciso 3° Art. 49: Las imágenes y audio de los clientes que sean filmadas bajo cualquier tipo de instrumento, al interior de los Casinos de Juego, serán privadas y deberán contar con la autorización de éste, para ser difundidas. El Casino de Juego deberá tomar todas las medidas necesarias para cautelar la privacidad de las personas que concurren a sus establecimientos y dependencias, el incumplimiento a esta disposición será sancionado de acuerdo a lo previsto en el articulo 161 A del Código Penal”.
"
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3021
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/75
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3360
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1494
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2571
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/303
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2861
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3251
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2904
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/derecho-privacidad-de-clientes
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/salas-de-bingo
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/ley-n-19995
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/ley-de-casinos
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/casinos-de-juegos
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/derecho-a-la-privacidad
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/640606/seccion/entity0AZ5SUA5
- rdfs:label = "Moción de los diputados señores Lobos, Alvarado, Bauer, Bobadilla, Estay, García-Huidobro, Hernández; Norambuena, Recondo, y Ward. Modifica la ley de casinos resguardando la privacidad de los usuarios de estos establecimientos. (boletín N° 6598-06)."^^xsd:string
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2904
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2861
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3021
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3360
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2571
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3251
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/303
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/75
- frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1494
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:MocionParlamentaria
- rdf:type = bcnses:SeccionDocumentoCuenta