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- rdf:value = " ACCESO AL CRÉDITO A EMPLEADOS DE BANCOS EN SUS INSTITUCIONES EMPLEADORAS. Modificación de la ley general de Bancos. Primer trámite constitucional.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción, que modifica la ley general de Bancos, permitiendo a los empleados de dichas instituciones acceder a créditos de las entidades en que trabajan.
Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Claudio Alvarado.
Antecedentes:
-Moción, Boletín N° 6627-05, sesión 55ª, en 28 de julio de 2009. Documentos de la Cuenta N° 32.
-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 58ª, en 4 de agosto de 2009. Documentos de la Cuenta N° 11.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor ALVARADO (de pie).-
Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre el proyecto que modifica la ley general de Bancos, permitiendo a los empleados de dichas instituciones acceder a créditos de las entidades en que trabajan.
El objetivo del proyecto dice relación con eliminar la restricción que tienen los bancos para otorgar créditos a sus trabajadores.
Esta iniciativa tiene su origen en una moción de los diputados señores Alvarado, don Claudio; Álvarez, don Rodrigo ; Bobadilla, don Sergio ; Dittborn, don Julio ; Kast, don José Antonio ; Melero, don Patricio ; Norambuena, don Iván ; Recondo, don Carlos ; Von Mühlenbrock, don Gastón , y Ward, don Felipe .
La idea matriz del proyecto dice relación con eliminar la prohibición establecida en los incisos primero y segundo del N° 4 del artículo 84 de la ley general de Bancos, que señala que los empleados bancarios no pueden ser sujetos de crédito de las instituciones en que trabajan.
Dicha disposición establece un límite para el monto total de los créditos que un banco puede conceder a sus trabajadores, el cual no puede exceder de un 1,5 por ciento del patrimonio efectivo de la empresa ni individualmente del 10 por ciento de dicho límite. Sin embargo, tratándose de créditos hipotecarios, no rigen dichos topes, pero los préstamos sólo se pueden conceder por una vez y respecto de la vivienda destinada al uso personal del funcionario.
La normativa que se pretende derogar se halla obsoleta y resulta del todo innecesaria hoy en día como medida de protección y resguardo para la seguridad de nuestro sistema financiero.
Como se explicó en la Comisión, esta norma data de 1925, año en que se dispuso genéricamente un límite para los préstamos a los directores y empleados de los bancos.
Sin embargo, en 1986, una modificación de la ley general de Bancos creó el concepto de límite de préstamos relacionados y se delegó en la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras la definición de dicho concepto, en general, orientado a los directores, apoderados generales, subgerentes, fiscales, agentes y abogados, entre otros; es decir, personas que influyen, de alguna manera, en las decisiones de crédito del banco.
Colocar a trabajadores subalternos de los bancos dentro de este concepto resulta inapropiado y obsoleto, puesto que, como es obvio, dichos empleados no tienen injerencia alguna en tales decisiones de crédito.
Por lo tanto, se considera del todo apropiado el ajuste a una normativa más comprensiva de la realidad.
En la discusión de este proyecto en la Comisión de Hacienda participaron los señores Gustavo Arriagada , superintendente, e Ignacio Errázuriz , fiscal de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.
El señor Arriagada señaló que los bancos tienen un creciente conocimiento de los deudores, lo que se está expandiendo aún más con el proyecto que actualmente se está tramitando sobre deuda consolidada, y sobre su riesgo, tanto desde un punto de vista individual como global, por lo que existe un pleno conocimiento de la cartera por parte de las instituciones bancarias.
Manifestó que debe tenerse presente, además, que hoy la información acerca de las personas y propiedades relacionadas a la gestión y a la propiedad de los bancos es transparente.
Por lo tanto, la propuesta, de origen en moción, favorecerá a los trabajadores y cuenta con el respaldo de la Superintendencia.
El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad de los diputados presentes, señores Alvarado, Delmastro , Jaramillo , Lorenzini , Ortiz , Robles , Súnico y Von Mühlenbrock .
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Pablo Lorenzini.
El señor LORENZINI.-
Señor Presidente , en primer lugar, me felicito de que hoy conozcamos y, ojalá, aprobemos un proyecto que modifica la ley de general de Bancos. Comprenderán que no es fácil cambiar en la banca lo que ya existe por décadas. Eso significa que algo comienza a cambiar en nuestro país respecto de este sector tan poderoso de nuestro sistema financiero-económico.
En segundo lugar, hablamos solamente de los empleados y funcionarios de la banca, como dijo el diputado informante , señor Claudio Alvarado . Aquí no caben préstamos, concesiones ni movimientos financieros especiales a los dueños de la banca ni a sus accionistas, ni tampoco a sus apoderados, ejecutivos o gerentes, como ocurrió con hechos recientes que están en la discusión pública, aunque no son motivo del debate. Por lo tanto, que quede claro que estamos hablando solamente de los funcionarios normales.
Entiendo, como dijo el superintendente de Bancos e Instituciones Financieras en la Comisión de Hacienda ante una pregunta del diputado Ortiz, que la definición sobre quiénes son funcionarios y empleados de la banca es muy clara.
Anuncio que voy a votar a favor el proyecto, pero me asiste una duda. Se trata de los resquicios que puedan existir en la banca para aprovechar situaciones como las que ya vimos en el pasado y vemos en el presente, pero que no me gustaría ver en el futuro, cuando se aprovecharon platas depositadas, de todos los chilenos, para conceder ciertos préstamos o garantías colaterales en condiciones que no correspondían.
Lo que estamos haciendo es eliminar una discriminación que no tiene por qué existir hoy. En 1986, puede ser; en 2007, como dijo el diputado Alvarado , la superintendecia llevó a cabo una actualización. Pero hoy no tiene sentido que los empleados de la banca estén sometidos a estas restricciones.
Entiendo las restricciones a la reelección de los parlamentarios, que debatiremos más tarde; pero soy partidario de no establecer ninguna restricción en nada, sino competencia total y no discriminación.
Si el respectivo trabajador tiene su historial y sus antecedentes y el banco los conoce, no veo por qué no le pueda prestar lo que corresponda, a tasas normales para un tercero.
Por lo tanto, junto con respaldar el proyecto, que me parece adecuado para los miles y miles de funcionarios bancarios, debo dejar en claro que aquí no estamos redefiniendo su rol, sino dejando fuera a sus ejecutivos, a los accionistas y mandantes, y a cualquiera que huela a ser parte de la decisión o de la gestión de los recursos. En ese entendido, me parece un avance.
Desde luego, felicito a la Comisión de Hacienda por atreverse a cambiar las reglas del juego a la banca, cosa inconcebible hace algún tiempo.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente , este proyecto origina nostalgia para quien habla, y quizá también para el diputado informante , por cuanto en tiempos pasados fuimos ejecutivos bancarios.
Actualmente se establecen restricciones o límites para el otorgamiento de créditos respecto de personas naturales o jurídicas que se denominan deudores relacionados. Ése es el punto. Se incluye entre los sujetos que tienen prohibición de obtener crédito con los bancos a los empleados de menor jerarquía de dichas entidades, quienes en ningún momento podrían poner en riesgo el sistema bancario, aunque intentaran torcer la ley por medio de la comisión de fraude. En ese sentido, los sistemas de control a los que se encuentran sometidos eliminan la posibilidad total de desestabilizar el sistema bancario.
Esta situación difiere radicalmente respecto de la que rige para los demás sujetos a limitaciones, entre los que encontramos a quienes poseen una participación directa o indirecta en la propiedad de una institución, tienen encomendada la gestión de la entidad financiera o, de acuerdo con las normas particulares, está en posición de hacer presumir esta relación.
Hay que destacar que estas restricciones y limitaciones se han mantenido vigentes desde hace décadas, desde los orígenes de la ley, en 1925, pero los motivos que tuvo en vista el legislador para imponerlas ya no existen.
Por lo tanto, hay que apoyar la eliminación de esta prohibición, por medio de la cual se limita el monto total de créditos que un banco puede conceder a sus trabajadores.
Actualmente existe esa posibilidad, pero es la mínima.
En las distintas instituciones hay una cuenta, llamada de directores y empleados, pero, en suma, el monto total de los créditos que un banco puede conceder a sus trabajadores no puede exceder de 1,5 por ciento de su patrimonio efectivo.
Hoy queremos permitirles la compra de una casa-habitación; que esos trabajadores puedan optar a un crédito hipotecario.
Además, esta norma limita el otorgamiento de préstamos a una sola vez mientras se presten servicios al banco.
Como dijo el diputado Pablo Lorenzini , hemos dado el puntapié inicial en esta compleja materia, porque modificar la ley de Bancos sí es cosa de importancia y muy compleja.
Actualmente, los bancos operan con muchos empleados de empresas subcontratistas que no son considerados empleados bancarios, aun cuando, a lo mejor, ellos realizan la mayor parte del trabajo -alrededor del 30 por ciento- que deben desempeñar los trabajadores en los bancos y están sometidos a las mismas normas y riesgos que afectan a esos funcionarios.
Pienso que en algún momento tendremos que modificar la ley general de Bancos en ese aspecto, porque es muy injusto que en los bancos trabajen empleados de empresas subcontratistas para economizar, en circunstancias de que las instituciones bancarias son las que obtienen mayores rentabilidades. Incluso, hace algunos meses estuvo en la Comisión de Hacienda la autoridad máxima de dichas instituciones, quien señaló que en tiempo de crisis habían obtenido una utilidad de 1.000 millones de dólares, cosa tremendamente curiosa en momentos en que estamos tratando de dilucidar las formas de funcionamiento de las instituciones financieras.
Por lo tanto, felicito a los autores del proyecto y anuncio mi voto favorable.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Gastón von Mühlenbrock.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Señor Presidente , este proyecto, del cual soy uno de sus patrocinantes, es muy importante, ya que tiene por objeto eliminar la prohibición establecida en los incisos primero y segundo del N°4 del artículo 84 de la ley general de Bancos, que afecta a los empleados bancarios para ser sujetos de crédito de las instituciones en que trabajan, lo que hace que a veces tengan que triangular con otras instituciones un crédito para determinado fin.
Dichas disposiciones establecen un límite para el monto total de los créditos que un banco puede conceder a sus trabajadores, que no puede exceder del 1,5 por ciento del patrimonio efectivo de la empresa ni individualmente del 10 por ciento de dicho límite. Tratándose de créditos hipotecarios, sólo se pueden conceder por una sola vez y respecto de la vivienda destinada al uso personal del funcionario.
La normativa que se pretende derogar está obsoleta y hoy resulta del todo innecesaria como medida de resguardo para nuestro sistema financiero. Como se explicó en la Comisión, esta norma data de 1925, año en que se dispuso genéricamente un límite para los préstamos a los directores y empleados de los bancos. Sin embargo, en 1986, la modificación a la ley general de Bancos creó el concepto de límite de préstamos relacionados y se delegó en la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras la definición de dicho concepto, en general, orientado a los directores, apoderados generales, subgerentes, fiscales, agentes, abogados, etcétera; es decir, todas las personas que influyen de alguna manera en las decisiones de crédito del banco.
Poner a los trabajadores subalternos de los bancos dentro de este concepto resulta inapropiado y obsoleto, puesto que, como es obvio, dichos empleados no tienen injerencia alguna en las decisiones de créditos. Por lo tanto, se considera del todo apropiado el ajuste a una normativa más comprensiva de la realidad.
En este sentido, el proyecto de ley no concibe mayores riesgos, ya que la entidad bancaria es la que tiene la mayor capacidad de información, certidumbre y conocimiento del patrimonio de sus empleados y, por lo tanto, un mayor control sobre alguna situación de riesgo, por lo que este sujeto de crédito es mucho más confiable en relación con su capacidad de endeudamiento.
Con este proyecto, originado en moción, esperamos derogar una discriminación extemporánea, de manera que los empleados de los bancos puedan ser sujetos de crédito de la entidad en el cual trabajan.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Claudio Alvarado.
El señor ALVARADO.-
Señor Presidente , en primer lugar, valoro el apoyo transversal a esta moción en la Comisión de Hacienda.
En segundo lugar, bien vale la pena actualizar disposiciones de antigua data, que muchas veces limitan operacionalmente y afectan, en este caso especial, a trabajadores de las instituciones financieras, específicamente de los bancos.
En tercer lugar, la derogación de estas normas no tiene ningún riesgo para la credibilidad, efectividad y fortaleza del sistema financiero. Quedan al margen de esta legislación los directores, gerentes, apoderados, fiscales y cualquier persona que influya de alguna manera en las decisiones de crédito del banco.
Lo que se pretende con esto es que los funcionarios de instituciones financieras no tengan que buscar opciones de crédito fuera de su lugar de trabajo. Actualmente, el límite que tienen los bancos para prestar plata a sus empleados es muy bajo. La práctica señala que cada cierto tiempo los mismos bancos piden autorización a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras para traspasar las carteras de crédito de sus empelados a compañías de seguro y liberar, así, el cupo para entregar créditos a su propia gente.
En ese sentido, destaco una vez más el apoyo transversal a esta moción en la Comisión de Hacienda. Esta actualización de la ley general de Bancos redundará en un beneficio directo para muchos funcionarios de los bancos que estaban siendo perjudicados por esta norma.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Corresponde votar, en general, el proyecto que modifica la ley general de Bancos, permitiendo a los empleados de dichas instituciones acceder a créditos de las entidades en que trabajan.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 95 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 5 abstenciones.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Pérez San Martín Lily; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Schilling Rodríguez Marcelo; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Eluchans Urenda Edmundo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Paya Mira Darío; Pérez Arriagada José; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Silber Romo Gabriel; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Súnico Galdames Raúl; Harboe Bascuñan Felipe; Tuma Zedan Eugenio; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe.
diputado señor
-Votó por la afirmativa el Lobos Krause Juan.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Becker Alvear Germán; Burgos Varela Jorge; Fuentealba Vildósola Renán; Monckeberg Bruner Cristián; Montes Cisternas Carlos.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara también aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
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