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- rdf:value = " El señor ÁLVAREZ (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Jorge Burgos.
El señor BURGOS.- Señor Presidente, el proyecto de ley tiene dos objetivos centrales.
El primero, contenido en el artículo 41 propuesto por la Cámara de Diputados en el Nº 1 del artículo 1º del proyecto, que otorga más atribuciones a los fiscales y a los jueces de garantía para entregar alternativas distintas a las sanciones de prisión o internación en régimen cerrado a jóvenes infractores de ley, excluidos los delitos más graves.
Al respecto, indica un amplio catálogo de delitos para que el juez, el fiscal, las partes, puedan concordar la suspensión de la pena restrictiva de libertad en régimen cerrado aplicada al joven cuya causal de delincuencia ha sido, fundamentalmente, la adicción al consumo de alguna droga prohibida, incluida, por cierto, la cannabis sativa, e imponer al condenado la condición de someterse a tratamiento de rehabilitación, sujeto a controles periódicos, destinado a evitar la causalidad de su acción delictual, su adicción.
Sería un error hacernos los lesos en cuanto a que el problema de las drogas cruza a la sociedad nacional y que tiene un efecto brutalmente dramático en jóvenes de todos los segmentos sociales, pero con mayor gravedad en los de mayores carencias. Esta norma tiene esa lógica.
Sin embargo, por alguna razón que desconocemos, fue suprimida por el Senado. Según nos contó el ministro de Justicia , en la sesión pasada, porque los senadores, en general, creyeron que el proyecto se bastaba con la norma relativa a Gendarmería, lo cual es un error. Es una equivocación no dar un paso concreto en esta materia y esperar una futura ley del Sename.
El ministro, ante un requerimiento transversal, pues usaron de la palabra el diputado Eluchans, la diputada Marisol Turres, el diputado Leal, la diputada María Antonieta Saa, entre otros, que alegaban por la ausencia de esta norma en el informe del Senado, se comprometió a enviar un proyecto sobre la materia antes del 30 de septiembre. Me parece un plazo razonable.
Es cierto que en otros casos no se han cumplido los plazos, pero como se comprometió solemnemente aquí, en la Sala, a enviar un proyecto antes del 30 de septiembre, hicimos fe de su compromiso, razón por la cual creímos lógico aprobar las modificaciones del Senado, pero sólo en cuanto a la norma relativa a que Gendarmería de Chile, en determinadas circunstancias, asuma roles preventivos o punitivos cuando se produzcan actos contrarios al orden, al interior de los penales y en determinadas situaciones.
He dicho.
"
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