. . . . . . " Moci\u00F3n de los diputados se\u00F1ores D\u00EDaz, don Marcelo , y Rossi . \nOtorga permiso especial a trabajadoras para realizarse examen de papanicolau y mamograf\u00EDa. (bolet\u00EDn N\u00B0 6700 13).\n \n \nAntecedentes \nEl fortalecimiento de los derechos laborales constituye un importante logro de nuestra sociedad que permite la dignificaci\u00F3n del trabajo en pos de alcanzar una sociedad m\u00E1s justa e igualitaria. En este sentido, debemos se\u00F1alar que dentro del mundo laboral las trabajadoras se encuentran en una situaci\u00F3n desmejorada, motivo por el cual creemos que es fundamental potenciar e incentivar distintos aspectos tendientes a su bienestar. Entre estos aspectos adquiere gran relevancia la aplicaci\u00F3n de la medicina preventiva1 respecto de nuestros trabajadores y, muy especialmente, de nuestras trabajadoras \nEn nuestro pa\u00EDs el c\u00E1ncer cuello uterino, conocido, tambi\u00E9n como c\u00E1ncer de \u00FAtero o cervical, es uno de los m\u00E1s frecuentes entre las mujeres chilenas. Sin embargo, el c\u00E1ncer de cuello uterino es s\u00F3lo superado por el c\u00E1ncer de mamas, el cual en pa\u00EDses en v\u00EDas de desarrollo como el nuestro, la enfermedad es diagnosticada tard\u00EDamente (75% de los casos), mientras que en los pa\u00EDses desarrollados es detectado en forma m\u00E1s temprana. \nEn virtud de lo anteriormente expuesto, es pertinente materializar una modificaci\u00F3n en nuestro sistema jur\u00EDdico-laboral, tendiente a facilitar y permitir que las trabajadoras, sin excepci\u00F3n alguna, puedan practicarse los ex\u00E1menes tendientes a evitar el c\u00E1ncer de cuello uterino y el c\u00E1ncer de mamas, con el objeto de mejorar la calidad laboral de nuestras trabajadoras y evitar, de esta manera, la detecci\u00F3n tard\u00EDa de las enfermedades individualizadas anteriormente, y las consecuencias nocivas y mortales que de ello se derivan. \n \nLegislaci\u00F3n comparada: \nEn \u00E9l derecho comparado, y espec\u00EDficamente en la legislaci\u00F3n laboral paraguaya, encontramos una situaci\u00F3n interesante de an\u00E1lisis. En efecto, en dicha legislaci\u00F3n laboral2 establece el otorgamiento de licencia a las trabajadoras para someterse a ex\u00E1menes de papanicolau y mamograf\u00EDa. La ley paraguaya dispone el derecho a una licencia con goce de remuneraci\u00F3n por un d\u00EDa al a\u00F1o, con el objeto de que las trabajadoras puedan someterse a los ex\u00E1menes se\u00F1alados anteriormente. La toma de ex\u00E1menes debe acreditarse con el documento m\u00E9dico otorgado por la instituci\u00F3n correspondiente y la fecha de licencia se establecer\u00E1 de com\u00FAn acuerdo entre la beneficiaria y el empleador. \nIdeas Matrices \nEl presente proyecto de ley tiene por objeto establecer dentro de nuestro ordenamiento jur\u00EDdico-laboral, como un derecho permanente, el permiso con derecho a goce de remuneraci\u00F3n a las trabajadoras, sin excepci\u00F3n alguna, para efectos de poder someterse a los ex\u00E1menes de papanicolau y mamograf\u00EDa, con el objeto de evitar la detecci\u00F3n tard\u00EDa del c\u00E1ncer de cuello uterino y del c\u00E1ncer de mamas. \nEs por eso que sobre la base de los siguientes antecedentes vengo en proponer el siguiente: \n \nProyecto de ley \nArt\u00EDculo \u00FAnico. Agr\u00E9guese un nuevo art\u00EDculo 184 bis al C\u00F3digo del Trabajo del siguiente tenor:\n \nArt\u00EDculo 184 bis.- \u201CTodas las trabajadoras sin excepci\u00F3n alguna, gozar\u00E1n de un permiso correspondiente a un d\u00EDa al a\u00F1o, con goce de remuneraci\u00F3n, con el objeto de que puedan someterse a los ex\u00E1menes de papanicolau y mamograf\u00EDa.\n \nEl empleador no podr\u00E1 negar el permiso referido bajo ninguna circunstancia, no obstante, podr\u00E1 exigir que se exhiba la documentaci\u00F3n correspondiente que acredite la realizaci\u00F3n de los ex\u00E1menes en la fecha en que se otorg\u00F3 el permiso. \nSi el trabajador no exhibe la correspondiente documentaci\u00F3n al empleador dentro de los 2 d\u00EDas siguientes al permiso correspondiente, podr\u00E1 ser objeta de la aplicaci\u00F3n del art\u00EDculo 160 N\u00B0 1 de este c\u00F3digo\u201D.\n \n " . . "Moci\u00F3n de los diputados se\u00F1ores D\u00EDaz, don Marcelo, y Rossi. Otorga permiso especial a trabajadoras para realizarse examen de papanicolau y mamograf\u00EDa. (bolet\u00EDn N\u00B0 6700 13)."^^ . . "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^ . . "[1] La medicina preventiva constituye la especialidad m\u00E9dica encargada de la prevenci\u00F3n de las enfermedades pasadas en un conjunto de actuaciones v consejos m\u00E9dicos."^^ . . . . . "[2] Ley N\u00B0 3.803 de agosto de 2009."^^ . . . .