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El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-
Señor Presidente , el proyecto, que parece simple, abre un gran tema de discusión. Creo que en algún momento se hizo, pero no se ha evaluado lo suficiente.
Por lo que nos plantearon el subsecretario de Obras Públicas y el director general de Aguas hace un momento, el agua, que es un bien escaso, está disminuyendo, con lo cual todas las actividades agrícolas se van complicando.
Señor Presidente, por su intermedio quiero hacer varias preguntas al director general de Aguas y al subsecretario de Obras Públicas. Por eso hice un gran esfuerzo para que estuvieran presentes en esta sesión, a fin de que sus respuestas queden en la historia fidedigna del establecimiento de esta ley.
En primer lugar, quiero preguntar qué diagnóstico tienen sobre la manera como está funcionando la forma de pago de patentes que incorporamos en el Código de Aguas y la liberalización de los derechos de aguas.
En su oportunidad, planteamos en forma reiterada -recuerdo que lo hicimos en comisión mixta cuando el senador Navarro era diputado- que ese pago de patentes era absolutamente insuficiente. Por eso, reitero, quiero saber lo que significa la liberalización, ya que han transcurrido uno o dos años de su aplicación. Tengo la impresión de que lo que quisimos establecer que el que utiliza el agua debe ser el dueño de ella. No puede ser que gente o empresas no la utilicen. Ya en la década de los sesenta se dijo que la tierra debe ser para quien la usa. Por lo tanto, el agua también debe ser para quien la usa.
Por eso, debemos subir el precio de las patentes y liberalizar los derechos de agua.
La disociación existente nos complica cada vez más. Por lo tanto, es necesario estudiar bien la definición de pequeño productor agrícola y de campesino. No debe haber una disociación entre el agua y la tierra.
Por otra parte, di mi aprobación al proyecto de ley, porque consideré que también había una complicación de tipo administrativo respecto de los funcionarios encargados de aplicar la ley.
Como señaló la diputada Pascal , quisimos hacer una “ley del mono”, pero, lamentablemente, quedó “para la escoba” y se transformó en la del “supermono”.
El espíritu de la ley -me alegra que aparezca en el informe-era favorecer sólo a pequeños agricultores y no hacer extensivos sus beneficios a la cantidad de personas que han presentado más de 51.600 solicitudes de constitución de derechos de aprovechamiento de aguas. Ello nunca se pensó así. Al respecto, debemos entender que siempre hay gente que se quiere aprovechar del sistema. A mi juicio, eso fue lo que ocurrió. Por eso, el proyecto limita la facultad que se estableció en su momento.
Otra pregunta. ¿Por qué no se incluyó además a los comités de Agua Potable Rural (APR) en la excepción señalada en la iniciativa? Se consideró a los campesinos, a los pequeños productores agrícolas, a los “indígenas”. Entonces, ¿por qué no incorporamos en ella también a los comités de APR? Es una situación que venimos planteando desde hace mucho tiempo con la diputada Pascal .
Señor Presidente , quiero que me expliquen “con manzanitas” lo siguiente: El artículo 142 del Código de Aguas dispone que si dentro del plazo de seis meses contados desde la presentación de la solicitud, se hubieren presentado dos o más solicitudes sobre las mismas aguas y no hubiere recursos suficientes para satisfacer todos los requerimientos, dichos derechos se irán a remate. Y ya se está llegando a eso. En efecto, personalmente hice saber al director General de Aguas que los comités de APR están recibiendo notificaciones de remate de sus derechos. Cito como ejemplo el comité de APR de Larmahue, que el señor subsecretario conoce. Don Óscar Montedónico se comunicó conmigo a raíz de esa situación.
Ocurre que los derechos de aprovechamiento de aguas de los pozos antiguos están constituidos. Pero debido a todo lo que hemos aprobado aquí para la ampliación de los APR, se han construido pozos nuevos, respecto de los cuales no se han constituido tales derechos. Es como lo que planteó la diputada Pascal respecto de Agrosuper.
Como señalé, el artículo 142 del Código de Aguas establece que, en el caso indicado, la Dirección General de Aguas citará a remate.
Por su parte, el artículo 148 de dicho Código dispone lo siguiente: “El Presidente de la República podrá, en el caso del inciso primero del artículo 142, con informe de la Dirección General de Aguas y por circunstancias excepcionales y de interés general, constituir directamente el derecho de aprovechamiento”. Sin embargo, me planteo si es necesario llegar al punto de que la Presidenta de la República deba hacer eso.
Por su parte, el proyecto otorga al ministro de Obras Públicas la potestad para incorporar nuevas áreas a las ya contempladas, si de los antecedentes técnicos existentes se demuestra una afectación total o parcial del acuífero en el mediano y largo plazo.
Pero ¿es necesario hacer ello, en circunstancias de que podríamos haber incluido ese aspectoen la iniciativa, de manera de subsanar absolutamente lo vinculado a los derechos de aprovechamiento de aguas de los comités de APR?
El proyecto de Presupuestos de la Nación para 2010 considera una ampliación tremenda para los comités de Agua Potable Rural. En ello, los gobiernos de los últimos veinte años han hecho un esfuerzo gigantesco, al punto de que hoy existe una cobertura de 98 por ciento en materia de agua en el área rural. Sin embargo, no están constituidos los respectivos derechos de aprovechamiento de aguas.
Entonces, me habría gustado que se incluyera a los comités de APR.
Ojalá los personeros aquí presentes tengan una mejor respuesta. Espero que la entreguen, de manera que los representantes de los comités de APR que me solicitaron formular las consultas, conozcan esa respuesta.
He dicho.
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