http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[3] Wlasic Juan Carlos: “Convención Americana sobre Derechos Humanos” p. 181 prólogo del Dr. German Bidart Campos Editorial Iuris 1998."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[3] Cfr. Gamonal Sergio 'El procedimiento de tutela de derechos laborales” pág. 6 y ss. Legal Publishing 4a edición 2009 con detalle; además Cea José Luis “Derecho Constitucional Chileno t. II pág. 461 Ediciones Universidad Católica 2004."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[2] Informe de la comisión investigadora de la dirección del trabajo en la fiscalización del cumplimiento de la legislación laboral en el rubro de los supermercados."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[1] Silva Bascuñan Alejandro “Tratado de Derecho Constitucional” t. V pág. 213 T edición Editorial Jurídica de Chile 2000."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[1] Thayer William 'Texto y Comentario al Código del Trabajo” p. 416 Editorial Jurídica de Chile 2002."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[1] El artículo 7° del Código del Trabajo define el contrato individual de trabajo como “la convención por la cual trabajador y empleador se obligan recíprocamente el primero aprestar servicios personales bajo subordinación o dependencia y éste a pagar una remuneración determinada”."^^xsd:string