-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/640654/seccion/akn640654-po1-ds6-ds15
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/627
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/1
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/627
- rdf:value = "
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente , por su intermedio quiero decir a la estimada diputada Isabel Allende que no nos podemos engañar. Es difícil que nos engañen a estas alturas de la vida, pero, a veces, tenemos que soportar legislaciones que no están de acuerdo con el siglo XXI. Éste es un caso. Pensé -y en eso sí me engañé- que el Senado mejoraría el proyecto, pero fue un equívoco y fallaron mis pretensiones, pues no hay ninguna observación de interés al proyecto y regresa a esta Corporación con las mismas falencias que critiqué abiertamente en una etapa inicial. En la práctica, el objetivo principal del proyecto no se logra. Es cierto que, en principio, queda proscrita la exigencia del cheque o de un valor que lo represente en garantía para caucionar el pago de una prestación médica, pero es cierto también que suprimiendo la exigencia del cheque terminamos con una discriminación -ahí buscamos el lado positivo de ello- que pesa sobre la gente más humilde, la que, usualmente, no tiene cuenta corriente. Sin embargo, resulta difícil poder sostener que una persona, que requiere un tratamiento médico, aunque sea urgente, tiene la voluntad libre y espontánea para suscribir un título de crédito que, jurídicamente hablando, tiene el mismo poder de un cheque, por ser también un título ejecutivo.
Entonces, estamos ante un error de inclusión de otras opciones, como son las letras de cambio y pagarés ante notario -nuestra jurista Laura Soto me decía que tienen el mismo valor que un cheque; que la situación penal o civil es exactamente igual-, y otros documentos similares que también podrían considerarse, porque tienen caución penal y son aceptables según la normativa que se comenta.
Pero, ¿qué pasa con la posibilidad de dejar un cheque en garantía “voluntariamente”? ¿Alguien podría realmente saber si una persona extendió el cheque de manera libre
y espontánea, si fue caucionada o si, en definitiva, se vio obligada por las circunstancias? El hecho de dejar esta posibilidad significa borrar con el codo lo que se escribió con la mano.
Qué curioso: una idea tan brillante y tan humana que contenía el proyecto en su génesis, en mi opinión la hemos desaprovechado. Voy a tener que votar a favor porque, por último, esa hoja del libreto también la vamos a usar voluntariamente, ya que ante una urgencia no voy a ir a la notaría para suscribir un pagaré y entregarlo a la clínica.
En suma, me engañó el Senado, porque creí que mejoraría el proyecto. En su momento se me dijo dejémoslo ir al Senado para no lo rechazarlo. Hoy ni siquiera puedo pretender rechazarlo, porque estoy molesto con la forma de legislar del que habla.
He dicho.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/640654/seccion/akn640654-po1-ds6
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/640654