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- rdf:value = " PROYECTO APROBATORIO DE ACUERDO SOBRE SERVICIOS AÉREOS ENTRE CHILE E INDIA. Primer trámite constitucional.
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de acuerdo aprobatorio del Acuerdo de Servicios Aéreos entre los gobiernos de las Repúblicas de Chile e India, suscrito en Santiago, el 21 de abril de 2008.
Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana es el señor Iván Moreira.
Antecedentes:
-Mensaje, boletín N° 6650-10, sesión 61ª, en 11 de agosto de 2009. Documentos de la Cuenta N° 3.
-Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, sesión 89ª, en 13 de octubre de 2009. Documentos de la Cuenta N° 3.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor MOREIRA (de pie).-
Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana paso a informar, en primer trámite constitucional, sin urgencia, el proyecto de acuerdo aprobatorio del “Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de India”, suscrito en Santiago, el 21 de abril de 2008.
Este acuerdo bilateral puede calificarse de cielos abiertos en relación con el transporte de carga.
Según el mensaje, su celebración obedece a dos razones. En primer lugar, a la necesidad de tener una relación aerocomercial con un país de la importancia de India, una de las mayores economías mundiales y un muy relevante socio comercial de Chile.
En segundo término, a la coherencia que es necesario mantener con la política aerocomercial que ha seguido nuestro país, a fin de conseguir la mayor apertura posible de los cielos de la contraparte, el libre ingreso o el ingreso con las menores restricciones posibles a los distintos mercados, la mayor libertad tarifaria y la mínima intervención de la autoridad reguladora.
Este instrumento se estructura sobre la base de un Preámbulo, que contiene los propósitos que animaron a los Estados Partes a suscribirlo; de 20 artículos, en los cuales se despliegan todas las materias que aborda el mismo, y de un Anexo con VII Secciones, en el que se establece la Hoja de Ruta correspondiente.
En cuanto a su contenido normativo, debo puntualizar que en materia de concesión de derechos, se consignan tanto los derechos de tránsito, entre los que cabe mencionar el derecho de sobrevuelo, primera libertad y el derecho a hacer escalas para fines no comerciales, segunda libertad, como los derechos comerciales, tales como el derecho a transportar pasajeros, carga y correo, en forma separada o en combinación, entre los territorios de ambas Partes, tercera y cuarta libertades y el derecho a operar comercialmente desde el territorio de la otra Parte hacia un tercer país, quinta libertad.
Respecto del tráfico de cabotaje, es decir, el que se efectúa dentro del territorio de cada una de las partes, queda reservado a las empresas nacionales de las partes, y los intermedios, en el territorio de cada una de las partes y más allá, son totalmente abiertos.
En materia de vuelos exclusivos de carga, las empresas aéreas de carga chilenas e indias quedaron autorizadas para operar un número ilimitado de servicios, con cualquier tipo de aeronave y con plenos derechos de tráfico, excluyéndose tan sólo el cabotaje.
Las limitaciones a la capacidad, tanto al número de frecuencias de pasajeros como al tipo de aeronave, figuran en el anexo, de forma que puede ser modificado en el futuro por acuerdo entre las autoridades aeronáuticas.
Se establece, además, que cada parte puede designar el número de empresas aéreas que desee. Para hacer efectiva esta facultad, la parte que designa o sus nacionales debe poseer una participación mayoritaria en la empresa aérea que es designada y el control efectivo de la misma, so pena de revocación, suspensión o restricción de los permisos otorgados.
Debo consignar que este tratado bilateral contiene disposiciones similares a las de otros convenios celebrados por nuestro país y que ya han sido aprobados por la Cámara, tales como los referidos a la seguridad de la aviación, en que se incluye una cláusula modelo, o texto de orientación sobre seguridad, elaborado por la Organización de Aviación Civil Internacional; las diferentes facilidades que se otorgan a las líneas aéreas designadas para comercializar sus servicios aéreos y remitir sus fondos al extranjero, para establecer oficinas y mantener personal en el territorio de la otra parte, y para pagar en moneda local los gastos locales. Las partes se comprometen a evitar toda forma de discriminación en materia de franjas horarias, aplicación de derechos y cargos o respecto de cualquier otra materia.
Igualmente, se dispone que las empresas aéreas designadas de ambas partes podrán celebrar acuerdos de cooperación comercial, tales como códigos compartidos, bloqueo de espacio u otros, tanto entre sí como con líneas aéreas de un tercer país, en las condiciones que señala la norma y que son las habituales en los Convenios de Transporte Aéreo.
Es importante señalar que el convenio consagra la libertad tarifaria.
El anexo sobre Hoja de Ruta tiene secciones referidas a las rutas, puntos y derechos de tráfico que podrán operar las líneas aéreas designadas por los gobiernos de India y de Chile, las normas sobre flexibilidad operacional y la posibilidad de ejercer la séptima libertad a los servicios exclusivos de carga de ambas partes, la prohibición de atender dos o más puntos del territorio de una parte en el mismo vuelo, el derecho a operar sólo un máximo de 14 frecuencias semanales en cada dirección, la consagración de los cielos abiertos totales para los servicios aéreos de carga, con excepción de los derechos de cabotaje y la prohibición de ejercer cabotaje a las líneas aéreas de la otra parte.
Por último, cabe señalar que este Convenio no importa compromisos financieros fiscales adicionales y es plenamente beneficioso para nuestro país.
Por esta razón, como lo hemos hecho en otras ocasiones cuando se trata de estos acuerdos, solicito aprobar por unanimidad el proyecto en los mismos términos en que lo hizo nuestra Comisión.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado Renán Fuentealba.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente , este acuerdo viene a complementar el tratado de libre comercio firmado con India y permite que los empresarios de una economía abierta como la nuestra, que está orientando sus exportaciones a diversas regiones del mundo, particularmente a Asia, gocen de alguna franquicia respecto del cabotaje y del transporte aéreo internacional.
El proyecto incluye normas similares a las contenidas en otros convenios de igual naturaleza que Chile ha suscrito, como lo señaló el diputado informante .
Asimismo, es necesario señalar que estos convenios vienen a formalizar las relaciones recíprocas entre los dos países en materia de cabotaje y transporte aéreo internacional, a fin de que puedan ser realizados libremente por empresas nacionales o extranjeras.
Dicha reciprocidad internacional es la que se formaliza en este tipo de tratados, cuya aprobación parlamentaria es importante para dar estabilidad jurídica a los compromisos que los gobiernos han contraído en beneficio del transporte aéreo internacional bilateral.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Iván Moreira.
El señor MOREIRA.-
Señor Presidente , sólo para manifestar que estoy completamente de acuerdo con lo planteado por el diputado señor Renán Fuentealba . Este tipo de convenios aéreos es permanente y, en este caso, constituye un complemento al acuerdo comercial con India.
Por lo tanto, como señal, es importante aprobar por unanimidad este proyecto que, como dije, fortalece el acuerdo comercial con India y forma parte de los distintos tratados internacionales comerciales que Chile ha suscrito.
La bancada de la UDI votará favorablemente este proyecto.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Juan Masferrer.
El señor MASFERRER.-
Señor Presidente , el informe rendido por nuestro colega Iván Moreira nos aclaró a todos que este proyecto es beneficioso para el país. Va en la línea de apertura que hemos seguido en las últimas décadas, de cielos abiertos en materia de transporte aéreo.
A pesar de que no es una apertura con India en un ciento por ciento, es un acuerdo que va en el camino correcto que servirá para desarrollar nuestro comercio aéreo internacional.
Por eso, como lo han solicitado los diputados Moreira y Fuentealba, pienso que quienes participamos en la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana deberíamos motivar a nuestros colegas, con el objeto de que se sumen y voten favorablemente este proyecto de acuerdo.
He dicho.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:
El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
En votación el proyecto aprobatorio del acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de India, suscrito en Santiago el 21 de abril de 2008.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 84 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alvarado Andrade Claudio; Pérez San Martín Lily; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Schilling Rodríguez Marcelo; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Encina Moriamez Francisco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Espinosa Monardes Marcos; Fuentealba Vildósola Renán; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Hernández Hernández Javier; Herrera Silva Amelia; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Lorenzini Basso Pablo; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Paya Mira Darío; Pérez Arriagada José; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Soto González Laura; Sule Fernández Alejandro; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Harboe Bascuñan Felipe; Tuma Zedan Eugenio; Ulloa Aguillón Jorge; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Ward Edwards Felipe.
El señor ÁLVAREZ (Presidente).-
Despachado el proyecto.
"
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