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El señor ÁLVAREZ ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Palma, a quien agradecemos que remplace al diputado señor Enrique Accorsi .
El señor PALMA.-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, me corresponde informar, en primer trámite reglamentario y constitucional, el proyecto de acuerdo que aprueba el acuerdo suplementario sobre el Comercio de Servicios del Tratado de Libre Comercio entre los gobiernos de la República de Chile y la República Popular China, suscrito en Sanya, el 13 de abril de 2008, y el acuerdo que modifica los Compromisos de Chile en Servicios Educacionales, adoptado por intercambio de notas fechadas el 24 de noviembre de 2008 y en enero de 2009, en Santiago y Beijing, respectivamente.
Este acuerdo suplementario se negoció en virtud del mandato contenido en el artículo 120 del Tratado de Libre Comercio suscrito entre los gobiernos de la República de Chile y de la República Popular China, que estableció: “A menos que se acuerde lo contrario, las Partes negociarán servicios e inversiones después de la conclusión de la negociación de este Tratado”.
Por lo tanto, el presente acuerdo forma parte integrante del Tratado de Libre Comercio suscrito entre los gobiernos de Chile y de la República Popular China, en Busan, República de Corea, el 18 de noviembre de 2005.
La política comercial chilena ha permitido obtener altas tasas de crecimiento económico a nuestro país, lo que ha mejorado el posicionamiento de Chile en el escenario económico mundial, especialmente a través del principio de regionalismo abierto, que ha combinado tres elementos: apertura unilateral, negociación de acuerdos comerciales y participación de Chile en foros y acuerdos multilaterales.
En el marco de la estrategia de integración comercial con la región Asia Pacífico, Chile ha buscado activamente promover los acuerdos bilaterales y subregionales como instrumentos eficaces para la profundización de la integración comercial y económica entre los países de la región. El Asia Pacífico constituye una prioridad para nuestra política comercial. En 2008, representaba alrededor del 38 por ciento de nuestras exportaciones.
Consolidadas las negociaciones con América del Norte, con la Unión Europea y con la mayoría de los países de América Latina, Chile ha buscado un mayor acercamiento con las economías del Asia Pacífico, lo que se ve reflejado en el acuerdo de asociación entre nuestro país y Singapur, Nueva Zelanda y Brunei Darussalam , conocido como P4; el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Corea, el mismo Tratado de Libre Comercio con China y, más recientemente, el acuerdo de asociación económica estratégica con Japón y el TLC con Australia. El TLC con la República Popular China marcó un hito en ese proceso, y hoy, con la presentación de este acuerdo suplementario sobre el comercio de servicios, se avanza en la consolidación de ese objetivo.
Cualquier intento de inserción en el Asia Pacífico debe tener a China como eje central, ya que, a lo largo de los últimos treinta años, se ha convertido en un actor gravitante, con sus más de 1.300 millones de habitantes, que la sitúa hoy como la tercera economía del mundo, con una tasa de crecimiento en torno al 10 por ciento. En la actualidad, China es el segundo socio comercial de Chile y el primer destino de nuestras exportaciones de bienes, que alcanzaron a 9.872 millones de dólares en 2008.
Desde la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio en octubre de 2006, la relación comercial entre Chile y China se ha incrementado notoriamente, lo que favorece la aspiración de nuestro país de convertirse en plataforma de bienes y servicios en la región, para lo cual es muy importante la ventaja comparativa que le da su red de acuerdos comerciales.
En el TLC Chile-China se incorporó un mandato para profundizarlo, a través de una cláusula de negociación futura, que agregó nuevas disciplinas y compromisos en servicios e inversiones. Este acuerdo suplementario es el resultado de dichas negociaciones. El paso siguiente serán las negociaciones en materia de inversiones.
En cuanto al contenido del acuerdo en servicios, las disciplinas y mecanismos de liberalización que establece este acuerdo suplementario son similares a las del acuerdo general de Comercio de Servicios de la Organización Mundial de Comercio (OMC). Algunos sectores potencialmente beneficiados por este acuerdo suplementario son los servicios profesionales, computacionales, los relacionados con la minería, la construcción, la distribución y los servicios medioambientales.
La base de la negociación fue la oferta vigente de ambos países en la OMC, pero ambas partes fueron más allá de sus compromisos, de forma tal que la oferta china incluye diez sectores, de los cuales 16 subsectores no estaban considerados o presentan mejoras en relación a su lista de la Organización Mundial de Comercio. Por su parte, Chile ofreció compromisos en 15 distintos sectores. Materias como transparencia, administración del acuerdo y solución de diferencias seguirán rigiéndose por el texto del Tratado de Libre Comercio.
Cabe destacar que Chile es el segundo país con el cual China firma un acuerdo en materia de servicios -el primero fue Nueva Zelanda-, lo que otorga a Chile una clara ventaja competitiva en el mercado chino, especialmente de cara a la consolidación del interés de convertir a nuestro país en plataforma de inversiones.
Por todo lo anterior, solicito a la Sala que preste su aprobación al proyecto de acuerdo, que ya fue aprobado por unanimidad en nuestra Comisión de Relaciones Exteriores.
Es cuando puedo informar sobre la materia.
He dicho.
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