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- rdf:value = " El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , entiendo que en una oportunidad los señores Senadores de la Derecha concurrieron a la aprobación de un precepto que impedía la fiscalización directa de la Contraloría. Y se optó por ejercer dicho control a través de COCHILCO.
Recuerdo que así fue, pero en algún minuto lo voy a verificar. Me da la impresión de que el Senador señor Longueira debe tener registrado en su memoria el episodio aquel.
¡Después le cuentan, porque está distraído...!
El señor LONGUEIRA .-
¡El único distraído es usted...!
El señor ÁVILA.-
El punto radica, señor Presidente , en que al quitarle a la Contraloría la facultad de ejercer su función de manera directa sobre CODELCO se dio lugar a una especie de "fiscalización light" a través de COCHILCO. Se atenuó el vigor del órgano contralor mediante una instancia previa que, de algún modo, mantiene con esa Corporación una relación sumamente cercana, cordial, amistosa.
El señor PROKURICA .-
Incestuosa.
El señor ÁVILA.-
No comparto lo que agrega el Senador señor Prokurica.
Se trata de un antecedente a tener en cuenta, porque no corresponde ir al extremo de dejar a CODELCO prácticamente liberada del control público. Debemos buscar una forma razonable de ejercer las facultades privativas de que dispone un órgano constitucional como la Contraloría, a efectos de que pueda desarrollar de modo eficaz la labor que le compete respecto a esa empresa.
Si debilitamos ese control, nos quedaremos solo con el ejercido por la Superintendencia de Valores y Seguros, que constituye un tipo de fiscalización que no tiene que ver con el interés público comprometido en CODELCO.
Por lo tanto, llamo la atención acerca de la necesidad de conservar los equilibrios en cuanto a que actúen con la independencia que les corresponde las instituciones que ejercen el control, sin restarles eficacia.
"
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