-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/640725/seccion/akn640725-po1-ds13-ds14
- rdf:type = bcnses:SeccionAntecedente
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- dc:title = "DECLARACIÓN DE AUSENCIA POR DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS"^^xsd:string
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2021
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3069
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/662
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1978
- rdf:value = "
El señor NOVOA ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre declaración de ausencia por desaparición forzada de personas, con informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
--Los antecedentes sobre el proyecto (5971-17) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 88ª, en 21 de enero de 2009.
Informe de Comisión:
Derechos Humanos, sesión 7ª, en 7 de abril de 2009.
El señor NOVOA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).-
El Ejecutivo hizo presente la urgencia para el despacho de este proyecto, calificándola de "suma".
El objetivo principal de la iniciativa es dar curso a los asuntos patrimoniales y de familia asociados a la desaparición forzada por medios no vinculados a la sucesión por causa de muerte, al reconocer la categoría de desaparición forzada, cuya definición es idéntica a la establecida en la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
Asimismo, se consagra un procedimiento expedito y simplificado para quienes opten por la declaración de ausencia por desaparición forzada.
La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía discutió este proyecto solamente en general y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables señores Ávila, Chadwick, Naranjo y Kuschel. El texto pertinente, que es idéntico al despachado por la Honorable Cámara de Diputados, se transcribe en el cuerpo del informe.
Cabe tener presente que la iniciativa, cuando se discuta en particular, si Sus Señorías la aprueban en general, deberá ser analizada también por la Comisión de Hacienda.
Finalmente, es menester señalar que este proyecto contiene normas de rango orgánico constitucional, por lo que para su aprobación se requieren los votos conformes de 22 señores Senadores.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/640725/seccion/akn640725-po1-ds3
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/640725