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El señor OMINAMI.-
Señor Presidente, voy a votar favorablemente el proyecto, como lo hice en las Comisiones de Hacienda y de Trabajo, unidas.
Sin lugar a dudas, significa un avance importante respecto de la realidad actual en materia de cobertura y en cuanto a los beneficios que se entregan.
Un dato importante: las modificaciones que incorpora el proyecto permitirán que el Fondo de Cesantía Solidario pase de 50 mil beneficiarios existentes en la actualidad a 250 mil.
Ese es un avance que no se puede desconocer, el cual resulta, a mi juicio, de lo que está establecido en el proyecto, en cuanto a reducir de 8 a 6 el número de cotizaciones a las personas con contrato a plazo fijo para acceder a dicho Fondo. Ello permitirá que se amplíe el universo de beneficiarios.
Se rebaja también el margen de desempleo que constituye alta cesantía, de acuerdo al concepto consagrado en la iniciativa, de 1,5 puntos porcentuales por sobre la media de la tasa nacional en los últimos cinco años a 1 punto porcentual en los últimos cuatro, con lo cual también se disminuyen las condiciones de acceso a dicho beneficio.
Además, considero que son interesantes las modificaciones introducidas respecto de la rentabilidad de los fondos acumulados; concretamente, la proposición de separar la administración de los recursos de la Cuenta Individual de Cesantía de la del Fondo de Cesantía Solidario, porque ambos persiguen objetivos diferentes.
A mi juicio, no hay dos opiniones en cuanto a que el proyecto constituye un avance.
Ahora, hago presente que comparto plenamente las intervenciones aquí expresadas que hacen ver las limitaciones que tiene el mecanismo en comento.
Estoy absolutamente de acuerdo también con lo señalado por el Senador señor Letelier respecto de los trabajadores de temporada. Se discutió el punto en las Comisiones unidas el día de ayer. Tener que cumplir, copulativamente, con las condiciones establecidas en el proyecto (registrar 12 cotizaciones dentro de los últimos 24 meses, siendo las 3 últimas consecutivas y con un mismo empleador) deja fuera del beneficio a una cantidad muy importante de temporeros, particularmente, de trabajadoras.
Esa es una falencia que debe quedar establecida.
También cabe consignar que miles de empleados que continúan desempeñándose a honorarios en el sector público se encuentran fuera del ámbito de la iniciativa.
Por lo tanto, si bien esta constituye un avance en la protección del trabajador que ha quedado cesante, tengamos conciencia de que no resuelve todos los problemas. En muchos aspectos -como aquí se ha dicho-, el proyecto soluciona más la situación de los trabajadores que están dentro del mercado formal que la de aquellos que enfrentan dificultades permanentes para insertarse en él.
Con todo, me parece importante que se esté legislando sobre esta materia y que, además, se haya generado un acuerdo con la Central Unitaria de Trabajadores, entidad que propuso perfeccionamientos al proyecto original.
En todo caso, es cierto lo que aquí se ha dicho: la tarea de la CUT es más bien representar a los trabajadores permanentes, organizados en sindicatos, quedando un poco fuera del ámbito de sus preocupaciones la realidad de aquellos cuya inserción en el mercado laboral es más precaria.
Quiero también valorar las enmiendas que se introdujeron durante la discusión en el Senado, en particular, la que dice relación con la mantención de los beneficios de salud para los trabajadores que pierdan su fuente laboral.
Por otra parte, habrá que ver cómo funcionan los mecanismos de externalización para trabajos de capacitación. Manifiesto cierto escepticismo respecto de esta medida. Pero veamos cómo opera. Porque el SENCE es básicamente un organismo destinado a financiar los procesos de capacitación, más que un capacitador en sí.
Ahora bien, resulta muy importante legislar sobre este asunto, porque lo que tenemos hasta hoy en materia de protección de los ingresos es un doble sistema. Como aquí se ha indicado, consta de dos componentes: la indemnización por años de servicio y el seguro de desempleo, que estamos tratando de corregir.
Ambos sistemas presentan gravísimos problemas.
Debiéramos dejar consignado hoy día -y en esto digo al Senador Letelier que quizá 10 años es un plazo demasiado extenso; tratemos de resolver el asunto en menos tiempo- que, entre otras cosas, la crisis internacional va a tener una duración relativamente larga y que será difícil que la economía mundial pueda solucionar en plazos cortos los graves problemas que la aquejan. Por tanto, la realidad del desempleo nos acompañará durante mucho tiempo.
El sistema de indemnizaciones en su momento fue motivo de arduos debates. En lo personal, fui muy criticado por haber planteado que era un mal sistema. Hoy quiero reafirmarlo: no es malo, es pésimo.
Por de pronto, tiene muy baja cobertura. Según los últimos datos de que dispongo, de las personas que obtuvieron algún tipo de beneficio del seguro de desempleo -fueron un poco más de un millón en total, considerando el Fondo Solidario y, particularmente, la Cuenta Individual-, quienes tenían derecho a las indemnizaciones no eran más de 28 mil.
El sistema de indemnizaciones no involucra a más del 6 por ciento de la fuerza activa del país y protege, básicamente -en forma legítima, sin lugar a dudas-, a los trabajadores de las grandes empresas, en particular a sus ejecutivos.
Esa es la realidad.
Para el 50 por ciento de los trabajadores de Chile, que no poseen contrato o que tienen uno por un período inferior a un año, las indemnizaciones son simplemente algo inexistente. Además, estas no existen en el sector público.
En consecuencia, se trata de un mecanismo con muy baja cobertura e incierto, que termina en la mayoría de los casos pleiteándose en los tribunales, donde los trabajadores son obligados a negociar por una cifra menor al tope legal.
Tal sistema es bastante regresivo, porque en lo esencial los recursos que se pagan por indemnizaciones son cobrados por los titulares de los salarios mayores, que corresponden a los grandes ejecutivos de las compañías.
También es caro para una gran mayoría de empresas. Promueve, en muchos casos, la informalidad en los contratos.
Otro grave problema que presenta es su carácter procíclico.
Imaginen, Sus Señorías, una empresa hoy día con 20 a 30 trabajadores, que debe ajustar su dotación porque no está en condiciones de responder a las exigencias actuales dado que el mercado se ha restringido. Ese pequeño empresario deberá efectuar un desembolso particularmente oneroso en las peores circunstancias, las que imperan hoy.
¿Qué incentiva eso? Los abusos patronales; que el empresario simplemente quiebre, y que en muchos casos huya o desaparezca, pues no está en condiciones de pagar las indemnizaciones pertinentes.
Además, limita los aumentos de salarios. Porque cada vez que se discuta un incremento de remuneraciones, se deberá pensar también en el monto que se tendrá que pagar por concepto de indemnización en el momento que corresponda. Por lo tanto, la tendencia del empleador será a mantener los salarios bajos en atención al cálculo que hace de lo que terminará cancelando por dicho concepto.
Asimismo, es un mecanismo que promueve comportamientos indebidos en los propios trabajadores. No es raro el caso de quien comienza a hacer mal su pega con el propósito de que lo despidan, y así cobrar su indemnización.
Hago presente que tal sistema está completamente en declinación en el mundo. No es lo que prima en los países más desarrollados. Corresponde más bien a un mecanismo propio de naciones con institucionalidad débil. Como aquí se ha dicho, es un derecho teórico que termina ajustándose en términos prácticos en los tribunales.
Más aún, las indemnizaciones son un concepto bastante antiguo que tenía mucho que ver con la idea del trabajo por día. Cuando una persona se comprometía con su empresa durante 15, 20 ó 25 años, la idea de la indemnización era lógica, porque implicaba una compensación por algo que se había hecho prácticamente durante toda la vida.
Sin embargo, en una economía que funciona con plazos distintos, el concepto del trabajo por día va quedando atrás, igual que el mecanismo que lo protegía.
Desde ese punto de vista, lo que corresponde es ir creando las condiciones para que en nuestro país puedan convergir los diferentes mecanismos de protección a los trabajadores cesantes en un solo buen seguro de desempleo.
Ahora bien, debe ser un seguro de cesantía que sea tal. Porque lo que tenemos hoy día, incluso con los perfeccionamientos que se están incorporando a través de este proyecto, es básicamente un sistema de cuenta individual de ahorro obligatorio, con un complemento patronal. Sin embargo, ello se encuentra bastante lejos de la forma como funcionan los verdaderos seguros de cesantía, esto es, bajo control público y no conforme a la modalidad de cuenta individual, ni menos administrados de la manera en que se realiza en la actualidad: mediante un consorcio de administradoras de fondos previsionales.
Eso es lo que hoy día opera en nuestro país.
Más aún, los supuestos con los cuales se construyó el Seguro de Desempleo -en su momento fue un avance importante bajo el Gobierno del Presidente Lagos- han sido completamente superados, modificados por la realidad.
Se partía de la base de que el 85 por ciento de los trabajadores tendría contrato indefinido y de que el 15 por ciento restante se ocuparía en labores temporales. Eso fue lo que se dijo, señor Presidente , en la discusión sobre el Seguro de Desempleo hace algunos años. Pues bien, en la realidad nos encontramos con que el 47 por ciento de los contratos son temporales y no el 15 por ciento.
En consecuencia, el problema de fondo del mercado laboral chileno es su informalidad. Ese es un aspecto muy poderoso que, desgraciadamente, el proyecto en estudio no corrige.
Creo que será muy importante observar y evaluar el funcionamiento de los avances propuestos.
En las Comisiones unidas el día de ayer, se nos informó que la Presidenta hará algunos anuncios próximamente, en particular con relación a la posibilidad de que las personas desempleadas puedan mantener algún tipo de beneficio para evitar que los hijos que están recibiendo educación sean perjudicados por la pérdida del trabajo del padre. Es un anuncio muy relevante. ¡Qué cosa más injusta que un hijo pierda la oportunidad de estudiar simplemente porque el padre se ha quedado sin su fuente laboral!
En todo caso, cabe recordar -no es el asunto que nos ocupa hoy día- que esa situación está ocurriendo con los pensionados de Chile. En la actualidad, son varios miles los compatriotas que jubilaron bajo la modalidad de retiro programado a los cuales se les ha bajado su pensión. Dichas personas no pueden financiar, entre otras cosas, la educación de sus hijos.
Eso está ocurriendo hoy día.
Llamo la atención sobre el asunto, porque difícilmente podremos seguir dejándolo de lado, por cuanto es una realidad que se va acumulando, a mi juicio, muy peligrosamente.
Termino señalando, señor Presidente , que estimo importante el compromiso contraído por el Ministro de Hacienda y la Ministra del Trabajo en las Comisiones unidas, en el sentido de que hacia mayo o junio, junto con evaluar cómo han funcionado los perfeccionamientos introducidos, se vea la posibilidad de continuar mejorando el sistema.
En lo personal, considero que la discusión sobre el Seguro Obligatorio de Cesantía debe ser parte de una agenda más vasta, que se base en el concepto que ha puesto en boga -muy legítimamente, a mi juicio- la Organización Internacional del Trabajo: el trabajo decente. A partir de ello podremos perfeccionar dicho seguro; ampliar la negociación colectiva; formalizar los derechos laborales en el sector público; mejorar el acceso a la formación permanente, y optimizar los canales de participación de los trabajadores al interior de las empresas.
En definitiva, se requiere una agenda laboral amplia, abierta, donde el perfeccionamiento del Seguro de Desempleo sea parte importante. Pero eso tiene que ser evaluado con mucha detención, porque lo relativo a la cesantía nos va a penar muy profundamente durante este período.
He dicho.
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