. " \nEl se\u00F1or LETELIER.- \nSe\u00F1or Presidente , estimados colegas, el origen de esta iniciativa tiene que ver con los deudores PET, en cuanto a que actualmente existen en nuestra legislaci\u00F3n algunos vac\u00EDos con respecto al reconocimiento de la capacidad de los c\u00F3nyuges frente a ciertos actos cuando se trata de bienes pertenecientes a ambos.\n \nLo concreto es que m\u00E1s de un tercio de la cartera PET del BancoEstado a\u00FAn no ha podido acogerse al proceso de repactaci\u00F3n para la rebaja de las tasas de inter\u00E9s porque quien vive en la casa no es la propietaria sino la mujer del propietario, el cual ha ocupado el inmueble en muchas ocasiones. Estoy hablando de familias separadas. \nTal situaci\u00F3n conlleva a que la due\u00F1a de casa no est\u00E9 en condiciones de acogerse a los beneficios dispuestos por el Ejecutivo o establecidos en una repactaci\u00F3n tendiente a disminuir las tasas de inter\u00E9s. Porque, si bien la ley autoriza a la c\u00F3nyuge a comprar bienes, a inscribirlos a su nombre y -si ya lo est\u00E1n- a repactarlos y a que se apliquen grav\u00E1menes m\u00E1s favorables, en caso de que haya sido el marido quien compr\u00F3 la vivienda, no le permite negociar una rebaja de las tasas de inter\u00E9s o algo que la beneficie a ella o a su grupo familiar. La ley no contempla tal posibilidad.\n \n\u00BFCu\u00E1l es el prop\u00F3sito de la normativa propuesta, que es bastante acotada? Otorgar tal facultad. Yo era partidario de ampliarla. Pero solo se comprenden situaciones de casas construidas con aportes del Estado -es decir, viviendas sociales- para que la mujer, la persona que ocupa el inmueble en t\u00E9rminos reales, tambi\u00E9n pueda acogerse a los beneficios consignados en la ley.\n \nLa poblaci\u00F3n objetiva que inspir\u00F3 esta iniciativa son los deudores PET. Seg\u00FAn el BancoEstado, cerca de un tercio de la cartera no ha podido acceder a esos beneficios debido a la limitante existente, la cual se pretende superar con este proyecto. \nHe dicho. \n " . . . . . . . .