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El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señores Letelier y Muñoz Aburto, que regula los actos y contratos que se pueden celebrar respecto de viviendas adquiridas con el respaldo de los programas habitacionales estatales, con informe de la Comisión de Vivienda y Urbanismo.
--Los antecedentes sobre el proyecto (5784-14) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de los Senadores señores Letelier y Muñoz Aburto).
En primer trámite, sesión 5ª, en 1 de abril de 2008.
Informe de Comisión:
Vivienda y Urbanismo, sesión 77ª, en 9 de diciembre de 2008.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
El objetivo principal de la iniciativa es la determinación de facilidades en la celebración de actos y contratos destinados a conservar las viviendas cuya adquisición y construcción haya sido financiada por el Estado, en todo o en parte, mediante sus programas habitacionales. Para ello, se prescribe que cualquiera de los cónyuges, sin importar el régimen patrimonial del matrimonio, estará facultado para renegociar los créditos correspondientes, respecto de lo cual no se requerirá la comparecencia del otro, ni su autorización, ni la de la justicia, para la constitución o extinción de hipotecas u otros gravámenes.
La Comisión, autorizada por la Sala, discutió el proyecto tanto en general cuanto en particular y le dio su aprobación por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Naranjo, Orpis y Pérez Varela, consignándose el texto pertinente en el informe.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
En discusión general el proyecto.
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente , estimados colegas, el origen de esta iniciativa tiene que ver con los deudores PET, en cuanto a que actualmente existen en nuestra legislación algunos vacíos con respecto al reconocimiento de la capacidad de los cónyuges frente a ciertos actos cuando se trata de bienes pertenecientes a ambos.
Lo concreto es que más de un tercio de la cartera PET del BancoEstado aún no ha podido acogerse al proceso de repactación para la rebaja de las tasas de interés porque quien vive en la casa no es la propietaria sino la mujer del propietario, el cual ha ocupado el inmueble en muchas ocasiones. Estoy hablando de familias separadas.
Tal situación conlleva a que la dueña de casa no esté en condiciones de acogerse a los beneficios dispuestos por el Ejecutivo o establecidos en una repactación tendiente a disminuir las tasas de interés. Porque, si bien la ley autoriza a la cónyuge a comprar bienes, a inscribirlos a su nombre y -si ya lo están- a repactarlos y a que se apliquen gravámenes más favorables, en caso de que haya sido el marido quien compró la vivienda, no le permite negociar una rebaja de las tasas de interés o algo que la beneficie a ella o a su grupo familiar. La ley no contempla tal posibilidad.
¿Cuál es el propósito de la normativa propuesta, que es bastante acotada? Otorgar tal facultad. Yo era partidario de ampliarla. Pero solo se comprenden situaciones de casas construidas con aportes del Estado -es decir, viviendas sociales- para que la mujer, la persona que ocupa el inmueble en términos reales, también pueda acogerse a los beneficios consignados en la ley.
La población objetiva que inspiró esta iniciativa son los deudores PET. Según el BancoEstado, cerca de un tercio de la cartera no ha podido acceder a esos beneficios debido a la limitante existente, la cual se pretende superar con este proyecto.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Horvath.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , en cuanto a lo planteado por uno de los autores de la moción, deseo señalar que los beneficios que se concederán a las personas del Programa Especial de Trabajadores en la renegociación de sus deudas no son tales. Como es sabido por el Senado, el anuncio de la Presidenta de la República en orden a analizar caso a caso según el resultado de la Ficha de Protección Social no se ha concretado hasta la fecha, pese a que la cobertura de evaluación de la Ficha alcanza a más del 75 por ciento.
Por otro lado, al revisar las condiciones conforme a las cuales se plantea la rebaja de tasas de interés y observar el detalle de los seguros que se les exige contratar a dichos deudores habitacionales, quienes se encuentran en una situación social desmedrada, se constata que, aparte de los seguros normales -muerte o incendio de la vivienda-, se les piden 29 adicionales: por atentados terroristas, por derrumbes de edificio, por si se estrella un avión contra la casa.
Resultan increíbles las condiciones en que el BancoEstado, a través de intermediarios, está renegociando las deudas con tales personas. Y, obviamente, lo hace con cargo a ellas. Y si dejan de pagar por un período de 15 días, pierden todos los beneficios, incluso su vivienda.
Por lo tanto, respecto a esta materia, no podemos dejar pasar la oportunidad de hacerles presente a dicha institución bancaria y al Gobierno que deben buscar una solución digna para aquellos deudores.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , solo quiero formular dos consideraciones.
Como manifestó el Senador señor Letelier , este proyecto es muy acotado -porque no se alteran las condiciones del dominio, que siguen exactamente igual- en materia de renegociación de deudas vinculadas a viviendas sociales.
A mí me gustaría, dado que se entrega una facultad de pleno derecho -así lo manifesté en la Comisión-, que la iniciativa volviera al órgano técnico para discutirla en particular. Porque, en virtud de aquella atribución, no queda claramente establecido, independiente de que se renegocie una deuda, si ese mecanismo puede generar condiciones más gravosas para el inmueble.
A mi juicio, debería consignarse con claridad que, aun cuando se otorgara esa facultad de pleno derecho -en este caso, a la cónyuge-, la situación de la vivienda debería quedar en una situación más beneficiosa que la actual.
Por lo tanto, solicito aprobar la idea de legislar y que el proyecto vuelva a la Comisión, para establecer con nitidez que la propiedad, a raíz de la renegociación, en ningún caso puede terminar en una condición más gravosa.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , la motivación de los autores de este proyecto de ley -Senadores señores Letelier y Muñoz Aburto - para presentarlo es el hecho de que muchas dueñas de casa, debido a que sus maridos ya no están -por separación o por diversas otras razones-, no pueden acogerse al beneficio de la rebaja de tasas de interés relacionadas con las deudas PET.
Sabemos que a esos deudores ya se los favoreció con una disminución. A muchos se les aplicaban intereses en UF que alcanzaban a 14,5 por ciento, pero se les disminuyeron a 6,5, lo que implica una buena ventaja. Sin embargo, las dueñas de casa se encontraron con el problema de que la ley no las faculta para participar en la renegociación, sino solo para la adquisición de una vivienda; por ende, no pueden acogerse a tal beneficio.
En consecuencia, la normativa en proyecto solo pretende que ellas puedan acceder a la rebaja de tasas de interés. Nada más. No persigue posibilitar que se grave más la propiedad, ni que se vuelva a hipotecar y se obtengan nuevos beneficios, sino únicamente conseguir una disminución de las tasas de interés con respecto al inmueble.
Señor Presidente, en la Comisión aprobamos por unanimidad el proyecto, que es simple. Y espero que aquí sea acogido de igual forma.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , por cierto, todo lo que tienda a aliviar y a facilitar los ya gravosos créditos hipotecarios será bienvenido. Porque el problema existe.
Pero quiero formular una observación respecto de una materia mucho más de fondo vinculada a algo similar. Me refiero a lo relacionado con la propiedad.
Numerosas parejas están separadas de hecho durante largos años y quien paga los dividendos y vive con sus hijos es la mujer (a este caso apunta el proyecto; pero también podría ser el hombre). Sin embargo, la propiedad sigue siendo compartida. Ahora bien, el cónyuge que se separa y busca otro hogar no puede adquirir un segundo inmueble aunque ya no viva con su mujer y sus hijos. Vale decir, está imposibilitado de formar una nueva familia.
Por lo tanto, lo que se plantea es de toda lógica.
Es cierto que la ley de divorcio otorgó cierta facilidad en este ámbito; pero no siempre las familias y los ciudadanos disponen de la posibilidad de contratar asesorías para recurrir a ese mecanismo.
Ahora bien, aquí se propone resolver solo lo vinculado con la repactación de la deuda. Sin embargo, lo que sigue pendiente -muchas veces ha sido motivo de presentaciones ante los parlamentarios- es la propiedad compartida, debido a la no separación de bienes en el contrato conyugal.
Menciono ese punto porque, en la práctica, muchas veces se da la situación de que tras 20 a 25 años de separación de hecho de un matrimonio, durante los cuales generalmente la jefa de hogar ha pagado los dividendos, la mujer se encuentra con que vuelve el "fresco" y le pide la mitad de la casa, pese a no haber solventado un peso de aquella obligación ni reparado la vivienda.
No obstante, en el proyecto se mantiene tal posibilidad, lo que, por cierto, constituye una gran injusticia.
Siento que ese punto va a quedar pendiente. Tal vez sea posible analizarlo después, si la iniciativa vuelve a Comisión. Por mi parte, estoy dispuesto a votar a favor de la idea de legislar, porque subsisten varias situaciones derivadas de lo antes mencionado.
En el ejemplo anterior, tratándose de una vivienda respecto de la cual una persona ha pagado durante 25 años el 80 a 90 por ciento de la deuda, mediando separación de hecho, lo cual puede involucrar una consulta judicial, resulta claro que debería existir una sola propiedad y no separación de bienes, por cuanto, en la práctica, ello significa otorgarle la mitad de la casa a quien no ha vivido en ella sin pagar dividendos ni efectuar reparaciones.
Lo anterior ocurre de manera muy frecuente en sectores populares, pero afecta a todos los estratos sociales. Sin embargo, aun cuando no se trata de una situación relacionada solo con los primeros, el drama se observa en ellos.
Si el proyecto vuelve a Comisión, deseo que se evalúe y se resuelva lo que he planteado, porque el problema persiste.
Repito que existe un doble perjuicio: primero, a la jefa de hogar que ha pagado los dividendos y que debe compartir la mitad de la propiedad de la casa; y segundo, al marido que se separó, quien, teniendo igual necesidad con su nueva esposa o pareja, está imposibilitado de acceder a un nuevo crédito para vivienda social porque ya lo obtuvo en su anterior régimen conyugal.
El SERVIU ha evaluado esa situación. Ella ocurre, y también debería ser enfrentada, porque impide regularizar un asunto relacionado con el beneficio fiscal en comento, donde encontramos este tipo de dificultades.
Voy a votar a favor de la idea de legislar. Cuando el proyecto vuelva a la Comisión, habrá posibilidades de analizar y resolver aquella clase de problemas.
¡Patagonia sin represas!
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Correspondería votar.
El señor ORPIS.-
¿En general?
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Así es.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Pero el Senador señor Letelier había pedido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
¿A qué hora termina el Orden del Día?
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Está por concluir.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, prorrogaremos el Orden del Día hasta el término de la votación.
--Así se acuerda.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente , el Senador Orpis ha hecho una afirmación que considero muy importante precisar.
El señor ESCALONA .-
¡Es falsa...!
El señor LETELIER.-
No lo es.
Estoy seguro de que el Senador Espina, como buen jurista, me acompañará en esta reflexión.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
¡Es abogado no más...!
El señor LETELIER.-
El hombre -discúlpeme la forma de decirlo- no es más capaz que la mujer al momento de renegociar un crédito.
Con relación a la libertad de las personas para decidir qué hacer con sus bienes, ni el Estado ni la ley son quiénes para manifestarles cómo hacerlo.
Lo único que se propone establecer en este proyecto es la igualdad entre los cónyuges para renegociar una deuda. Ni el Estado ni la ley les pueden decir: "Hombre, encalíllate más o menos. Pero a usted, mujer, la controlamos". Eso es inconstitucional, con todo respeto; se trata de una discriminación arbitraria sobre la base del género.
Lo señalado por el Honorable señor Horvath es muy relevante, porque existe el compromiso de anunciar en abril de este año nuevas medidas para beneficiar a todos los deudores PET en situación de vulnerabilidad. Y más de 30 por ciento de las mujeres que recibirían potencialmente el beneficio no podrían acceder a él sin la iniciativa en proyecto. Por eso resulta tan importante despacharla cuanto antes.
Señor Presidente , insisto en mi solicitud de votar ahora en general y en particular. Porque el proyecto solo agrega el criterio de la igualdad entre ambos cónyuges para repactar una deuda, quienes, evidentemente, lo harán cuando les sea favorable. No se trata de que el hombre sí sea capaz de entender cuando existe un negocio conveniente, y la mujer, no.
Repito: pido que se vote en general y en particular la iniciativa, debido a la urgencia para acogerse a los beneficios en comento. Ya perdimos un año en la aplicación de la rebaja de tasas de interés.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Corresponde efectuar la votación general, Su Señoría.
El señor LETELIER.-
Yo pedí votar en particular también.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
Dos señores Senadores han pedido revisar el proyecto en Comisión.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
En votación la idea de legislar.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (19 votos a favor).
Votaron la señora Alvear y los señores Arancibia, Chadwick, Espina, García, Gazmuri, Gómez, Horvath, Kuschel, Letelier, Muñoz Aburto, Muñoz Barra, Navarro, Núñez, Orpis, Pizarro, Prokurica, Sabag y Vásquez.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-
Debemos fijar plazo para presentar indicaciones.
¿Podría ser el mismo que se estableció respecto al proyecto anterior?
El señor LETELIER.-
¡No: una semana!
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
¿Una semana?
Vamos a pedir la opinión de un jurista prestigioso: don Guillermo Vásquez!
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VÁSQUEZ.-
Gracias, señor Presidente . Usted es muy gentil.
En verdad, me parece que se trata de un proyecto muy corto. Pero tengo la impresión prima facie de que requiere una debida adecuación, fundamentalmente porque acá se habla de una posible renegociación. Pero podría producirse también una novación.
Entonces, hay que analizar los alcances respecto a si es preciso o no regularlo como novación.
Por lo tanto, si bien no se trata de una cuestión de extraordinaria profundidad jurídica, en mi opinión el proyecto no puede quedar tal como está.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo ( Presidente ).-
La Mesa comparte su criterio, porque podría tratarse del reemplazo de una obligación.
Así de claro.
--Se fija como plazo para presentar indicaciones el 19 de enero, a las 12.
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