http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[1] Con detalle Horvitz María Inés; López Julián: “Derecho Procesal Penal t. I pág. 160 Editorial Jurídica de Chile 2003."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[2] Roxin Claus “Derecho Procesal Penal” pág. 127 traducción de Daniel Pastor Editores del Puerto S.R.L. Bs. Aires 2000. 3 Ídem. p. 47."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[5] Politoff- Sergio- Matus- Jean Pierre- Ramírez- María Cecilia- “Lecciones de Derecho Penal Chileno”- Parte Especial- pág. 525 y ss.- Editorial Jurídica de Chile- P edición- marzo 2005."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[8] Rodríguez Collao- Luis- Ossandón- María Magdalena- “Delitos contra la función pública”- pág. 277- Editorial Jurídica de Chile- 2005."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[4] Ídem. 6 Zúñiga- Francisco- “La acción de indemnización por error judicial: reforma constitucional y regulación infraconstitucional “- pág. 23- en Rey. Gaceta Jurídica- N° 331- enero 2008;"^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[6] Art. 269 ter.- El fiscal del Ministerio Público- o el abogado asistente del fiscal- en su caso- que a sabiendas ocultare- alterare o destruyere cualquier antecedente- objeto o documento que permita establecer la existencia o inexistencia de un delito- la participación punible en él de alguna persona o su inocencia- o que pueda servir para la determinación de la pena- será castigado con presidio menor en cualquiera de sus grados e inhabilitación especial perpetua para el cargo."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[3] Horvitz María Inés López Julián “Derecho procesal penal t. 1 pág. 160 y ss. Editorial Jurídica de Chile 2003."^^xsd:string
http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[9] Quintero Olivares- Gonzalo (dir.): “Comentarios a la parte especial del Derecho penal”- pág. 1335- Editorial Aranzadi- 1996."^^xsd:string