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“1. El robo de vehículos es uno de los delitos que tiene mayor incidencia en el país. Inclusive, puede afirmarse que no hay en Chile una persona que no haya sido víctima directa o indirecta de este delito.
2. De acuerdo a las estadísticas internacionales, en el mundo anualmente desaparecen alrededor de cuatro millones de vehículos. La frecuencia promedio, según estos cálculos, es de un robo cada 10 segundos. En Chile, sólo el año 2006 fueron sustraídos 10.533 autos.
3. Un estudio elaborado por la Asociación de Aseguradores de Chile (Aach), “Robo de vehículos motorizados”, año 2005, concluyó que ese año había aumentado en un 54% el robo de vehículos, respecto del año 2004. Además, señala el estudio que las zonas más afectadas son la Región Metropolitana, Calama y Viña del Mar, y que la mayor frecuencia de robos se produce de lunes a jueves entre las 18 y 21 horas. Esta situación no ha cambiado mucho, por el contrario, ha aumentado.
4. Hace poco tiempo, el Congreso aprobó un Proyecto de Ley que autoriza la anotación en el Registro de Vehículos Motorizados de la denuncia por sustracción de un automóvil, y que sea requerida por alguna autoridad policial, judicial o por el propietario, en las condiciones que establezca el reglamento .El objetivo de la iniciativa es muy simple: resolver el vacío legal que se produce con la sustracción habitual de vehículos y la detección de verdaderas industrias para el desmantelamiento de dichos vehículos. Las víctimas de estos delitos se limitan a denunciarlos y los organismos policiales efectúan las pesquisas e investigaciones necesarias para ubicarlo, pero no queda un registro del hecho en el Servicio de Registro Civil e Identificación. De esta forma, el proyecto impedirá que una persona compre un automóvil que ha sido robado ya que, la industria del robo de vehículos motorizados se dedica a revender los automóviles, alterando sus características, sin que el nuevo propietario tenga conocimiento del origen ilegal.
5. Iniciativa que resuelve, en alguna medida, algunos de los vacíos o defectos que tiene nuestra legislación al tratar este delito.
6. Sin embargo, existe un problema mayor que tiene relación con las bajas penas que reciben los ladrones de vehículos. Actualmente, cuando un ladrón de autos es sorprendido por la policía en un vehículo robado, este sólo es sancionado por receptación, teniendo una pena bastante leve. Más aún, si no hay causas pendientes, el tribunal lo deja en libertad.
7. Por ello, los autores de este Proyecto creemos necesario generar una política de inhibición, aumentando las penas por receptación de vehículos robados, mediante un inciso nuevo al artículo 449° del Código Penal. En dicho artículo se señala que el robo o hurto vehículos sólo será penado con un grado más, dependiendo de la calificación de gravedad que se haga de su delito. Por ello, el proyecto que presentamos establece que todo robo de vehículos será sancionado con presidio menor en su grado máximo (302 días a 540), no obstante mantener el criterio de aumentó de grado según la gravedad del delito.
8. Por tanto, venimos en presentar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Agréguese un nuevo inciso al artículo 449° del Código Penal: “No obstante, en todos los casos señalados en el inciso precedente, se aplicará también la pena de presidio menor en su grado máximo”.
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