REPÚBLICA DE CHILE CÁMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA 356ª Sesión 119ª, en martes 6 de enero de 2009 (Ordinaria, de 11.06 a 14.23 horas) Presidencia del señor Encina Moriamez, don Francisco, y Ceroni Fuentes, don Guillermo. Presidencia accidental del señor Ortiz Novoa, don José Miguel. Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos. Prosecretario, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián. ÍNDICE I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESIÓN III.- ACTAS IV.- CUENTA V.- ORDEN DEL DÍA VI.- PROYECTOS DE ACUERDO VII.- INCIDENTES VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA ÍNDICE GENERAL I.- Asistencia 9 II.- Apertura de la sesión 13 III.- Actas13 IV.- Cuenta 13 -Archivo de proyecto13 -Réplica a alusión personal13 V.- Orden del Día. Declaración de ausencia por desaparición forzada de personas. Primer trámite constitucional 15 VI.- Proyectos de acuerdo. -Implementación de plan nacional de educación en sexualidad y afectividad. (Votación) 41 -Ampliación de período para ejercer facultad de admisión para prekinder41 -Validación de test rápidos del virus de la inmunodeficiencia humana 43 VII.- Incidentes. -Información sobre plan de cárceles concesionadas en la Quinta Región. Oficios 45 -Estado de cumplimiento de acuerdo entre Ministerio de Obras Públicas y dulceros de La Ligua. Oficio46 -Medidas en favor de productores de carozos del Valle del Atacama. Oficio 47 -Reconocimiento a labor realizada por Oscar Sumonte, ex alcalde de comuna de Concón. Oficio 48 -Dictamen de la Contraloría General de la República sobre validez de licencias médicas de concejales y sobre uso habitacional de bienes raíces fiscales por funcionarios municipales. Oficio. 49 -Información sobre construcción, compra y equipamiento de edificio para tribunales y sobre situación de juzgados de Osorno. Oficio 49 -Información insuficiente del Demre sobre cupos supernumerarios de universidades. Oficios50 -Eventual colusión de empresas exportadoras en desmedro de pequeños y medianos productores de duraznos y damascos. Oficios 52 -Elección de intendentes por votación popular. Oficio 53 -Reparación de centro penitenciario de Los Ángeles. Oficios 54 -Homenaje a Pedro León Gallo con motivo del 150° aniversario de la revolución constituyente. Oficios. 54 VIII.- Documentos de la Cuenta. 1. Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual comunica que retira las urgencias que hiciera presente para el despacho de los proyectos mencionados en el presente documento: a)“Reforma constitucional que crea la Defensoría de las Personas”. (Boletín Nº 6.232-07); b)“Declaración de ausencia por desaparición forzada de personas”. (Boletín Nº 5.971-17); c)“Modifica la ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en materia de otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora”. (Boletín Nº 4.740-15); d)“Modifica el artículo 66 de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades”. (Boletín Nº 5.924-06); e)“Introduce perfeccionamientos a la normativa que regula los gobiernos corporativos de las empresas”. (Boletín Nº 5.301-05). A la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia; f)“Crea el Ministerio de Energía, estableciendo modificaciones al DL. Nº 2224, de 1978 y a otros cuerpos legales”. (Boletín Nº 5.766-08); g)“Reforma constitucional en materia de asociacionismo municipal”. (Boletín Nº 5.224-07); h)“Modernización del Servicio Electoral”. (Boletín Nº 6.139-06); i)“Establece el Estatuto Especial de Gobierno y Administración para el territorio de Isla de Pascua”. (Boletín Nº 5.940-06); j). “Crea el sistema Intersectorial de Protección Social e institucionaliza el Subsistema de Protección Integral a la Infancia “Chile Crece Contigo”. (Boletín Nº 6.260-06); k)“Crea la Subsecretaría de Asuntos Indígenas”. (Boletín Nº 6.018-06); l)“Establece un nuevo asiento para el juzgado de letras de Chaitén”. (Boletín Nº 6.072-07); m)“Regula la obligación de ciertas autoridades públicas de constituir un mandato especial de administración ciega de patrimonio y de enajenar activos, en los casos y forma que se indica”. (Boletín Nº 5.898-07); n)“Reforma el sistema registral y notarial”. (Boletín Nº 5.836-07); ñ) “Modifica diversos cuerpos legales en materia de orden público y establece normas en materia de reuniones públicas”. (Boletín Nº 4.832-07); o)“Fija normas especiales para las empresas de menor tamaño”. (Boletín Nº 5.724-26); p)“Establece normas sobre elaboración y comercialización de aceites de oliva y de orujo de oliva”. (Boletín Nº 5.934-01); q)“Establece un sistema institucional para el desarrollo del turismo, modifica el decreto ley Nº 1.224, que crea el Servicio Nacional de Turismo y otras normas legales relacionadas”. (Boletín Nº 5.687-23); r) “Modifica la ley Nº 17.798, sobre control de armas”. (Boletín Nº 5.405-02); s) “Modifica la ley de concesiones de obras públicas y otras normas que indica”. (Boletín Nº 5.172-09); t) “Crea los servicios de radiodifusión comunitaria ciudadana”. (Boletín Nº 5.406-15); u) “Crea la Autoridad Metropolitana de Transportes”. (Boletín Nº 5.077-15); w) “Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia de Medio Ambiente”. (Boletín Nº 5.947-12); x) “Perfecciona el seguro obligatorio de cesantía e introduce cambios a otras normas legales”. (Boletín Nº 6.036-13); y). “Crea el Fondo de Fomento a la Productividad de las Zonas Extremas, establece una bonificación a la contratación de mano de obra en las regiones y en las provincias que indica, crea el Fondo de Fomento y Desarrollo de las Regiones Extremas, y prorroga los incentivos para el desarrollo económico de las regiones de Aysén y de Magallanes y de la Provincia de Palena”. (Boletín Nº 5.990-27), y z) “Crea el Ministerio del Deporte y de la Juventud”. (Boletín Nº 5.697-29) ..... 56 2.Oficio de S. E. la Presidenta de la República por el cual hace presente la urgencia de “discusión inmediata” para el despacho del proyecto que “perfecciona el seguro obligatorio de cesantía e introduce cambios a otras normas legales”. (boletín N° 6036-13) 57 3.Oficio del H. Senado por el cual comunica que ha aprobado, en los mismos términos que la Cámara de Diputados, el proyecto que “prorroga los incentivos para el desarrollo económico de las Regiones de Aysén y Magallanes y de la provincia de Palena, y modifica la ley de zonas francas contenida en el decreto con fuerza de ley N° 2, del Ministerio de Hacienda”. (boletín N° 6264-27) 58 Oficios del H. Senado por los cuales comunica que ha aprobado los informes de Comisión Mixta recaídos en los siguientes proyectos: 4.“Modifica el Código de Minería con el objeto de mantener la existencia de los Boletines Oficiales de Minería”. (boletín N° 4728-08) 58 5.“Otorga beneficios a deudores del crédito universitario que indica, por la prestación de servicios remunerados en las comunas de menor desarrollo del país”. (boletín N° 4237-04) (S) 59 6.Segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en el proyecto, iniciado en mensaje, que “establece una reforma constitucional en materia de asociacionismo municipal”. (boletín N° 5224-07) 62 7.Primer informe de la Comisión de Minería y Energía recaído en el proyecto, iniciado en mensaje, que “crea el Ministerio de Energía”. (boletín N° 5766-08). 72 8.Primer informes de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto, iniciado en mensaje, que “crea el Ministerio de Energía”. (boletín N° 5766-08).......... 122 9.Proyecto iniciado en moción de la diputada señora Goic, doña Carolina, y de los diputados señores Duarte, León, Ojeda, Saffirio, Silber, Vallespín y Venegas, don Mario, que “modifica el Código del Trabajo para fomentar la participación de los padres en el proceso educativo de sus hijos”. (boletín N° 6241-13) 123 10.Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Díaz, don Marcelo; Arenas, Ceroni, Schilling; Monckeberg, don Cristián, y de la diputada señora Saa, doña María Antonieta, que “establece una reforma constitucional en materia de error judicial”. (boletín N° 6310-07) 128 11.Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Uriarte, Dittborn, Eluchans, Forni; Monckeberg, don Cristián; Montes, y de las diputadas señoras Nogueira, don Claudia y Turres, doña Marisol, que “aumenta las penas privativas de libertad en caso de los delitos de robo con fuerza, cuando el valor de las especies sustraídas supera las 40 UTM”. (boletín N° 6311-07) 129 12.Oficio del Tribunal Constitucional por el cual remite copia autorizada de la sentencia recaída en el proyecto que “fortalece y perfecciona la jurisdicción tributaria”. (boletín N° 3139-05). (Oficio N° 2.613) IX. Otros documentos de la Cuenta. 1. Comunicaciones. -Comunicación del diputado señor Sule quien, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicita autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días a contar del 5 de enero en curso para dirigirse a Laos. -Comunicación de los diputados señores Ceroni, González, Insunza, Jiménez, Núñez, Quintana, y de la diputada señora Vidal, doña Ximena, que por la cual informan que retiran de su tramitación la moción referida a la “protección de la creación en Internet”, con el objeto de revisar su contenido. boletín N° 6280-19. -Comunicación del Jefe de Bancada de Renovación Nacional por la cual solicita dejar sin efecto el reemplazo del Diputado señor Cardemil por el diputado señor Palma, en la Comisión de Defensa Nacional. 2. Licencia médica. Licencia médica acompañada por el Jefe de Bancada del Partido por la Democracia por la cual informa que el Diputado señor Farías deberá permanecer en reposo por un plazo de 30 días a contar del 28 de diciembre del año 2008. 3. Oficios. -Oficio de la Comisión de Defensa Nacional por el cual solicita el archivo del proyecto, iniciado en moción, que “excluye al personal que indica de la aplicación de una causal de inhabilidad sobreviviente”, por cuanto dicha materia fue resuelta por dictamen de la Contraloría General de la República. boletín N° 3583-02. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción: -Diputado Pérez don José, análisis de problemas que afectan a agricultores y productores de leche. Ministerio de Hacienda: -Diputado Bobadilla, medidas adoptadas respecto de la “Ruta de la Madera”. -Proyecto de Acuerdo 673-A, medidas a favor de los funcionarios retirados de Gendarmería de Chile. Ministerio de Educación: -Diputada Pascal, registro de obras de arte que constituyen patrimonio nacional. Ministerio de Justicia: -Diputada Sepúlveda doña Alejandra, obstáculos a discapacitados para el ingreso a las oficinas del Registro Civil de San Fernando. -Diputado Chahuán, autopsia a menor que se indica fallecido en el Jardín Infantil Pimpim Serafín de Valparaíso. Ministerio de Defensa Nacional: -Diputado Alvarado, soldados chilenos fallecidos en la Batalla de Tacna, el día 26 de mayo de 1880. Ministerio de Obras Públicas: -Diputado Díaz don Eduardo, acciones realizadas debido a temporales de 2008. -Diputado Díaz don Marcelo, proyecto del Paso Aguas Negras Región de Coquimbo. -Proyecto de Acuerdo 670, política nacional de manejo sustentable de los re-cursos hídricos. -Proyecto de Acuerdo 669-A, utilización del recurso hídrico. Ministerio de Bienes Nacionales: -Diputado Venegas don Samuel, concesión en Parque DYR para la construcción de un Pueblito Artesanal en San Antonio. Ministerio de Salud: -Diputado Lobos, contagio de señora que indica de Hepatitis B en hospital Padre Hurtado. Ministerio de la Vivienda y Urbanismo: -Diputado Sabag, aumento subsidio del Fondo Solidario de Vivienda. -Diputado Sabag, denuncia de plaga de murciélagos en comunas de la Octava Región. -Diputado Urrutia, situación que afecta a señor que indica a quien se le revocó subsidio para adquirir una vivienda. -Diputado Quintana, entrega de recursos para Programa de Protección del Patrimonio Familiar en Región de la Araucanía. -Diputado Díaz don Eduardo, situación de viviendas en Sector Ultra Estación Norte de Loncoche. -Diputado Sepúlveda don Roberto, repavimentación de Avenida Olimpo en Maipú. -Diputado Melero, camino Lo Echevers comuna de Lampa y Quilicura. -Diputada Vidal, medidas adoptadas por el Ministerio en relación a las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social Egis. -Diputado Díaz don Eduardo, catastro de inmuebles damnificados por temporales de septiembre en La Araucanía. -Diputado De Urresti, situación Parque Urbano y Humedales de Valdivia. -Diputado De Urresti, reemplazo de techumbres de pizarreño de casas de di-versos sectores de Valdivia. -Diputado Sabag, aumento de Subsidios Habitacional Rural. -Diputado Masferrer, revisión de la Ficha de Protección Social (FPS). -Diputado Espinoza don Fidel, sedes sociales del Serviu EN Llanquihue. Ministerio Secretaría General de la Presidencia: -Diputado Sule, políticas implementadas para fomentar el desarrollo juvenil. -Diputado De Urresti, construcción de estadio en Valdivia. Ministerio de Planificación y Cooperación: -Diputado De Urresti, número de becas de educación superior para jóvenes indígenas. Comisión Nacional del Medio Ambiente: -Diputado Robles, Mesa del Agua de la Región e Atacama. -Diputado Barros, contaminación de terrenos y aguas derivada del manejo de los riles de la empresa Max-Agro en Santa Irene. Superintendente de Pensiones: -Proyecto de Acuerdo 651-B, medidas para prevenir deterioro de los fondos de pensiones durante la crisis financiera mundial. Policía de Investigaciones de Chile: -Diputado Ojeda, reposición Prefectura Provincial Osorno. I. ASISTENCIA -Asistieron los siguientes señores diputados: -Accorsi Opazo, Enrique -Aedo Ormeño, René -Aguiló Melo, Sergio -Alinco Bustos, René -Allende Bussi, Isabel -Alvarado Andrade, Claudio -Pérez San Martín, Lily -Álvarez Zenteno, Rodrigo -Araya Guerrero, Pedro -Arenas Hödar, Gonzalo -Ascencio Mansilla, Gabriel -Barros Montero, Ramón -Bauer Jouanne, Eugenio -Becker Alvear, Germán -Bertolino Rendic, Mario -Bobadilla Muñoz, Sergio -Burgos Varela, Jorge -Schilling Rodríguez, Marcelo -Cardemil Herrera, Alberto -Ceroni Fuentes, Guillermo -Correa De la Cerda, Sergio -Cristi Marfil, María Angélica -Cubillos Sigall, Marcela -Chahuán Chahuán, Francisco -De Urresti Longton, Alfonso -Díaz Del Río, Eduardo -Díaz Díaz, Marcelo -Dittborn Cordua, Julio -Duarte Leiva, Gonzalo -Egaña Respaldiza, Andrés -Eluchans Urenda, Edmundo -Encina Moriamez, Francisco -Enríquez-Ominami Gumucio, Marco -Escobar Rufatt, Álvaro -Espinosa Monardes, Marcos -Espinoza Sandoval, Fidel -Estay Peñaloza, Enrique -Forni Lobos, Marcelo -Fuentealba Vildósola, Renán -Galilea Carrillo, Pablo -García García, René Manuel -Girardi Briere, Guido -Godoy Ibáñez, Joaquín -Goic Boroevic, Carolina -González Torres, Rodrigo -Hales Dib, Patricio -Hernández Hernández, Javier -Insunza Gregorio De Las Heras, Jorge -Jaramillo Becker, Enrique -Jarpa Wevar, Carlos Abel -Jiménez Fuentes, Tucapel -Kast Rist, José Antonio -Latorre Carmona, Juan Carlos -Leal Labrín, Antonio -León Ramírez, Roberto -Lobos Krause, Juan -Martínez Labbé, Rosauro -Masferrer Pellizzari, Juan -Melero Abaroa, Patricio -Meza Moncada, Fernando -Monckeberg Bruner, Cristián -Montes Cisternas, Carlos -Moreira Barros, Iván -Mulet Martínez, Jaime -Muñoz D'Albora, Adriana -Nogueira Fernández, Claudia -Norambuena Farías, Iván -Núñez Lozano, Marco Antonio -Ojeda Uribe, Sergio -Olivares Zepeda, Carlos -Ortiz Novoa, José Miguel -Pacheco Rivas, Clemira -Palma Flores, Osvaldo -Paredes Fierro, Iván -Pascal Allende, Denise -Paya Mira, Darío -Pérez Arriagada, José -Quintana Leal, Jaime -Recondo Lavanderos, Carlos -Robles Pantoja, Alberto -Rojas Molina, Manuel -Rossi Ciocca, Fulvio -Rubilar Barahona, Karla -Saa Díaz, María Antonieta -Sabag Villalobos, Jorge -Saffirio Suárez, Eduardo -Salaberry Soto, Felipe -Sepúlveda Hermosilla, Roberto -Sepúlveda Orbenes, Alejandra -Silber Romo, Gabriel -Súnico Galdames, Raúl -Tarud Daccarett, Jorge -Tohá Morales, Carolina -Tuma Zedan, Eugenio -Turres Figueroa, Marisol -Uriarte Herrera, Gonzalo -Urrutia Bonilla, Ignacio -Valcarce Becerra, Ximena -Valenzuela Van Treek, Esteban -Vallespín López, Patricio -Vargas Lyng, Alfonso -Venegas Cárdenas, Mario -Venegas Rubio, Samuel -Verdugo Soto, Germán -Vidal Lázaro, Ximena -Von Mühlenbrock Zamora, Gastón -Walker Prieto, Patricio -Ward Edwards, Felipe -Diputados en misión oficial señores Alejandro García-Huidobro Sanfuentes y Jorge Ulloa Aguillón. -Asistieron, además, el ministro secretario general de la Presidencia (S), señor Edgardo Riveros Marín. -Concurrió, también, el senador Víctor Pérez Pérez. -Por contar con permiso constitucional, no asistió el diputado señor Alejandro Fernández Sule. II. APERTURA DE LA SESIÓN -Se abrió la sesión a las 11.06 horas. El señor ENCINA (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. III. ACTAS El señor ENCINA (Presidente).- El acta de la sesión 114ª se declara aprobada. El acta de la sesión 115ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados. IV. CUENTA El señor ENCINA (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta. -El señor ÁLVAREZ (Prosecretario) da lectura a la Cuenta. ARCHIVO DE PROYECTO. El señor ENCINA (Presidente).- Si le parece a la Sala, se accederá a la solicitud de la Comisión de Defensa Nacional, en orden a disponer el archivo del proyecto, iniciado en moción, que “excluye al personal que indica de la aplicación de una causal de inhabilidad sobreviviente”, por cuanto dicha materia fue resuelta por dictamen de la Contraloría General de la República, de febrero de 2008. ¿Habría acuerdo? Acordado. RÉPLICA A ALUSIÓN PERSONAL. El señor ENCINA (Presidente).- En virtud de lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento, tiene la palabra, hasta por cinco minutos, la diputada señora Karla Rubilar. La señora RUBILAR (doña Karla).- Señor Presidente, decidí utilizar esta herramienta para defenderme de lo que considero injustos ataques en mi contra por el rol que me ha correspondido ejercer en los casos de falsas víctimas de violencia política que conocimos durante las últimas semanas. Nunca, desde que inicié mi carrera política, he sido blanco de ataques de esta magnitud. Y si bien sé que la política es dura y que uno está constantemente sometido al escrutinio tanto público como de nuestros pares, quienes cuentan con tribunas en los medios, todo tiene un límite. Puedo aceptar -así lo he hecho siempre- críticas por mi rol como diputada, siempre que estén fundadas en la verdad. Lo que no puedo soportar es que se nos ataque injustamente a mí y a otras personas de mi sector con frases que, a todas luces, sólo buscan confundir a la opinión pública, ya que se basan en falsedades. Cito el caso del vocero de Gobierno, quien aseguró a los cuatro vientos que con Lily Pérez aprovechábamos estos casos de falsas víctimas para poner en duda ni más ni menos que la existencia de violaciones de derechos humanos en Chile en 1973, idea que luego replicaron variados personajes de la Concertación, quienes además me acusan de utilizar políticamente el tema. Pues bien, yo jamás -y repito: ¡jamás! he negado la existencia de las violaciones a los derechos humanos en Chile. Desde que inicié mi trabajo como diputada he sido parte de la Comisión de Derechos Humanos. Y mi visión respecto del tema es tan pública que en innumerables ocasiones he recibido incluso el respaldo de mis colegas de la Concertación, por mi forma de pensar. He sido una de las personas más críticas desde mi sector respecto de los abusos que se cometieron y he tenido la capacidad de reconocer los horrores y los errores de la dictadura. No me ha temblado la voz para reconocerlo, y la prueba está en la forma como he votado ciertos proyectos emblemáticos en esta materia. Trabajé arduamente en la investigación sobre los errores del Patio 29, recabando antecedentes, entrevistando a quienes directa o indirectamente participaron en los hechos y nadie del Gobierno fue capaz de asumir el error, pese a la evidencia. Llevo menos de un año presidiendo la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara y he recibido y escuchado a más gente que muchos parlamentarios de la Concertación en muchos años. Pero resulta que ahora, cuando el mismo Gobierno se ve atrapado, porque nuevamente se hicieron mal las cosas y por primera vez un representante de la Alianza encabeza dicha Comisión, me acusan de utilizar políticamente el tema. Me llegaron denuncias. Desde el primer minuto las comuniqué al subsecretario del Interior. Entregué la información en forma reservada por respeto a las personas que hacían las denuncias y me contacté con el ministro Gajardo. Entonces, ¿a quién corresponde la utilización del tema y quién ha sido irresponsable en su manejo? Cuando ciertos personeros de la Concertación son capaces de caer en la política pequeña -hablo de ciertos, porque tengo conciencia de que no son todos- y buscan hacer creer que es incompatible la condena de los derechos humanos con el reconocimiento de los errores, veo lo penoso que es darse cuenta que a parte de la Concertación no le interesa que la defensa de los derechos humanos sea patrimonio de todos los chilenos, sino sólo de ellos, sin advertir que el verdadero triunfo habría sido que las nuevas generaciones de la Alianza también hubiesen sido críticos de esos hechos. ¡Ése habría sido el triunfo de la Concertación! Si por la búsqueda de la verdad tengo que perder la presidencia de la Comisión, ¡bienvenido sea! No necesito un cargo para seguir trabajando por los derechos humanos. Es más, si el día de mañana esta diputada sólo debe durar cuatro años en su cargo por hacer lo que no sea rentable políticamente, lo asumiré, porque es lo único que me permitirá mirar a mis hijos a la cara. He dicho. -Aplausos. El señor ASCENCIO.- Señor Presidente, pido la palabra para plantear un punto de Reglamento. El señor ENCINA (Presidente).- Tiene la palabra, su señoría. El señor ASCENCIO.- Señor Presidente, reclamo su conducta respecto de la utilización del artículo 34 del Reglamento. En reiteradas ocasiones le hemos dicho que ese artículo es bien específico. Cuando un diputado cuya reputación o corrección de procedimientos se dañe por cargos formulados en un medio de publicidad, por observaciones de otro diputado, puede ejercer el derecho conferido en el artículo 34 para vindicarse. Pero no cuando hay una crítica política de parte de un ministro de Estado o de nosotros mismos. Aquí no ha habido ninguna alusión personal que haya afectado, por ejemplo, la honra de la diputada que me precedió en el uso de la palabra, sino críticas políticas que van y vienen. O sea, uno puede tener una opinión y otro, una distinta, pero eso se discute en su oportunidad, a su debido tiempo. No entiendo por qué tanta alharaca porque alguien le dice que se está aprovechando políticamente de una situación. No la entiendo. Eso es tan normal. Podrá ser cierto, podrá ser menos cierto, no tengo idea. Le podrán quitar o no la presidencia de la Comisión, no sé. Pero el artículo 34 está mal aplicado por la Mesa de esta Cámara. Le pediría que, de aquí en adelante, tomara más en cuenta lo que dice textualmente dicho artículo y que no se utilice para dar contestaciones políticas que se pueden hacer en otra parte. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- Señor diputado, la Mesa de la Cámara no puede saber lo que va a decir un diputado en su intervención. No es su facultad prohibir el ejercicio del derecho que confiere el artículo 34 del Reglamento. El señor PAYA.- Señor Presidente, pido la palabra para plantear un punto de Reglamento. El señor ENCINA (Presidente).- Tiene la palabra su señoría. El señor PAYA.- Señor Presidente, respaldo el procedimiento de la Mesa. Con mucho aprecio, por su intermedio, quiero leerle al diputado Ascencio el artículo 34, porque él se saltó una letra, la “o”, probablemente de manera inadvertida. Dicho artículo dice: “El diputado cuya reputación o corrección de procedimientos se dañe por cargos formulados en algún medio de publicidad o por observaciones de otro Diputado…”. Es decir, basta con que en algún medio de publicidad se hagan imputaciones para que el colega que considere que ha sido agraviado por esa publicación tenga derecho a hacer uso del derecho conferido en el artículo 34. Entonces, se trata de una letra chiquitita pero muy significativa que respalda plenamente la actuación de la Mesa y la intervención de la diputada en este caso. He dicho. El señor ASCENCIO.- Señor Presidente, esto tiene que ver con la reputación, no con una crítica política. Es la reputación lo que se pone en discusión. Eso es lo que debe tenerse en cuenta. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- Está superada la discusión, señor diputado. V.ORDEN DEL DÍA DECLARACIÓN DE AUSENCIA POR DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS. Primer trámite constitucional. El señor ENCINA (Presidente).- Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en mensaje, sobre declaración de ausencia por desaparición forzada de personas. Diputados informantes de las Comisiones de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía y de Hacienda son la señora Ximena Vidal y el señor Carlos Abel Jarpa, respectivamente. Antecedentes: -Mensaje, boletín Nº 5971-17, sesión 50ª, en 9 de julio 2008. Documentos de la Cuenta Nº 1. -Informes de las comisiones de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, y de la de Hacienda, sesión 113ª, en 9 de diciembre de 2008. Documentos de la Cuenta Nºs 11 y 12, respectivamente. El señor ENCINA (Presidente).- Informo a sus señorías que el ministro secretario general de la Presidencia, señor José Antonio Viera-Gallo, envió sus disculpas por no poder asistir a esta sesión, pues en este momento tiene otro compromiso en el Senado. Solicito autorización de los señores diputados para que pueda ingresar a la Sala el subsecretario señor Edgardo Riveros. ¿Habría acuerdo? No hay acuerdo. La señora SAA (doña María Antonieta).- Señor Presidente, pido la palabra. El señor ENCINA (Presidente).- Tiene la palabra su señoría. La señora SAA (doña María Antonieta).- Señor Presidente, por su intermedio, pido al diputado de la UDI, señor Norambuena, que reconsidere su negativa a autorizar el ingreso del subsecretario a la Sala, porque esta materia es muy importante y queremos analizarla entre todos. Sería muy positiva la presencia del Ejecutivo en esta discusión. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- Solicito nuevamente autorización para que pueda ingresar a la Sala el subsecretario, señor Edgardo Riveros. ¿Habría acuerdo? No hay acuerdo. Tiene la palabra la diputada informante de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía. La señora VIDAL (doña Ximena).- Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, sobre el proyecto de la referencia, originado en un mensaje de su excelencia la Presidenta de la República. Para el despacho de esta iniciativa, su excelencia la Presidenta de la República ha hecho presente la urgencia, la que ha calificado de “simple” para todos sus trámites constitucionales, motivo por el cual esta Cámara cuenta con un plazo de treinta días para afinar su tramitación. Constancias reglamentarias previas. 1) La idea matriz o fundamental del proyecto es regular los efectos de la desaparición forzada de personas durante la dictadura militar en los ámbitos patrimonial y de familia. 2) Normas de carácter orgánico constitucional. Revisten este carácter los artículos 2º, 4º, 6º, 7º y 12 del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Carta Fundamental. 3) El proyecto no contiene normas de quórum calificado. 4) La iniciativa requiere trámite de Hacienda. 5) El proyecto fue aprobado en general, por mayoría, en la Comisión, en la sesión 87ª, de 20 de agosto de 2008. I. Antecedentes Generales. El mensaje señala que los gobiernos de la Concertación, desde 1990 en adelante, han hecho esfuerzos sistemáticos para lograr la recuperación de las profundas heridas sociales y personales sufridas en el periodo 1973-1990. Agrega que, producto de dichos esfuerzos, se crearon la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, que produjo el llamado “Informe Rettig”; la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, el Programa de Reconocimiento al Exonerado Político, la Oficina Nacional de Retorno, para prestar asistencia a los retornados del exilio, y la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, para el esclarecimiento de la verdad acerca de las violaciones a los derechos humanos en Chile. Además, los gobiernos democráticos han impulsado políticas dirigidas a reparar a las víctimas de violaciones a los derechos humanos. Sin embargo, si bien los esfuerzos desplegados han contribuido a cerrar heridas y alivianar el peso de las víctimas directas, quedan temas pendientes. Así, la situación de la desaparición forzada, tal como está definida en la normativa sobre la materia en el ámbito internacional de los derechos humanos, no está tratada ni reconocida en la ley nacional expresamente. Por ello, los familiares de los detenidos desaparecidos no han tenido un modo legal de dar curso a los asuntos patrimoniales y de familia ocasionados por la desaparición de sus familiares por muy largo tiempo. Ello es así, porque la única manera de dar estatuto legal a los derechos de los familiares sobre los bienes de un detenido desaparecido, de acuerdo con la legislación vigente, pasa por reconocer la muerte natural o presunta de la persona víctima de la desaparición forzada. Es públicamente conocida la posición de los familiares de los detenidos desaparecidos sobre ese punto: no es posible ni aceptable reconocer la muerte de sus familiares sin que se aclare cuál fue la suerte que corrieron y cuál fue la participación precisa de agentes estatales o que actuaron en nombre del Estado en su desaparición. El uso de esas instituciones, en la medida que suponen la muerte, podría, producto de indeseables interpretaciones, debilitar la legítima demanda por verdad y justicia que ha sido el fundamento de una labor de más tres décadas. Entonces, la respuesta a la demanda de los familiares por dar razonable administración y goce a los bienes de la familia, así como disolver vínculos matrimoniales, ha pasado, durante más de tres décadas, por el uso de las instituciones de la sucesión por causa de muerte y la declaración de muerte presunta. Ello equivale a limitar gravemente los derechos asociados al matrimonio y al patrimonio de los familiares de detenidos desaparecidos. Además, no es justo exigirles que para el ejercicio de dichos derechos deban poner en juego un punto central de la lucha de esta organización ciudadana, en un ámbito tan sensible como el desaparecimiento de un ser querido en las circunstancias históricas que todos conocemos. La desaparición forzada de personas a manos de agentes estatales sin que los familiares puedan saber de su paradero y, por ello, sin que puedan ejercer los derechos básicos asociados a un debido proceso, no es una entelequia legal ni una ficción, sino una realidad histórica que la sociedad chilena ha enfrentado. Reconocer estos hechos es una forma de evitar que vuelvan a ocurrir. Con este proyecto de ley, expresa el mensaje, se pretende consagrar legalmente aquello que hemos reconocido como sociedad y, a partir de eso, establecer mecanismos institucionales que permitan el adecuado y satisfactorio ejercicio de derechos a los familiares de las víctimas en el ámbito patrimonial y de familia. Como ya se señalara, la desaparición forzada de personas es una situación de hecho y una realidad histórica. Como esto no sólo ha ocurrido en Chile, ha tenido consagración a nivel del derecho internacional, básicamente, para obligar a los Estados suscriptores de los respectivos instrumentos a tomar las medidas necesarias para que situaciones de este tipo no ocurran en sus territorios. Con esta categoría de desaparición forzada se describe derechamente la realidad que enfrentaron las personas que fueron detenidas y desaparecidas durante la dictadura militar en Chile. Por ello, es un concepto adecuado para abordar las consecuencias que se siguen de la referida desaparición en los ámbitos patrimonial y de familia. Así, reconocida la realidad efectiva de la cual emanan los derechos de los familiares, la ley regula los efectos de dicha desaparición, sin obligar a los titulares de los derechos a alegar la muerte del desaparecido, con lo cual se respeta un punto central de la demanda por verdad y justicia que sostienen. A continuación, el texto del informe elaborado por la Comisión se refiere al contenido del mensaje, a sus aspectos generales, a los conceptos, a la legitimidad activa, a la simplificación del procedimiento, a la delimitación de los efectos, a la disolución del matrimonio y a la legislación comparada. II. Discusión general y particular del proyecto. El texto del informe se refiere latamente a esta materia y da cuenta de los comentarios y aportes hechos, entre otros, por el subsecretario Edgardo Riveros y la presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, señora Lorena Pizarro. III. Documentos solicitados y personas escuchadas por la Comisión. Vuestra Comisión recibió al subsecretario general de la Presidencia, señor Edgardo Riveros; a la asesora jurídica de dicho Ministerio, señorita Valeria Lübbert; a la presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, señora Lorena Pizarro, y a las dirigentas de dicha organización, señoras Mireya García, Gaby Rivera y Gabriela Zúñiga. IV. Artículos que deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda. De conformidad con lo establecido en el Nº 4 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de que el artículo 13 de la iniciativa debe ser conocido por la Comisión de Hacienda. V. Artículos e indicaciones rechazadas o declaradas inadmisibles. No existen artículos o indicaciones en esa situación. VI. Texto del proyecto aprobado por la Comisión. Por las razones señaladas, la Comisión recomienda aprobar el siguiente: Proyecto de ley: “Artículo 1º.- Para los efectos de la presente ley, se considera desaparición forzada el arresto, la detención, el secuestro o cualquiera otra forma de privación de libertad que sea obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, ocurrida entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990. Artículo 2º.- La declaración de ausencia por desaparición forzada la dictará, a petición de parte, el Juez de Letras en lo Civil del último domicilio que el desaparecido haya tenido en Chile o del domicilio del solicitante, a elección de éste. Artículo 3º.- Podrán solicitar la declaración de ausencia por desaparición forzada, el cónyuge o los hijos de la persona desaparecida. A falta de estos, podrán solicitarla los descendientes. Si no existieren estos, podrán pedirla sus ascendientes. A falta de ascendientes y descendientes, podrán solicitarla los colaterales. En todo caso, para efectos de la legitimidad para la solicitud, los parientes de grado más próximo excluyen a los de grado más lejano. Artículo 4º.- Con la acreditación de la legitimidad activa, por medio de los certificados correspondientes, emitidos por el Servicio de Registro Civil e Identificación o de servicios de similar naturaleza de Estados extranjeros debidamente legalizados, y con los antecedentes a que se refiere el artículo siguiente, destinados a acreditar la desaparición forzada aportados por la solicitante, el juez se pronunciará sobre la admisibilidad de la solicitud. El juez podrá declarar inadmisible la solicitud, incluso por falta de fundamento o pedir al solicitante, en un plazo prudente que no excederá de 30 días, que allegue más antecedentes. Artículo 5º.- La sentencia judicial firme que configure la desaparición forzada de una persona, de acuerdo a la definición del artículo 1º de esta ley, así como la inclusión de una persona en el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación o en el Informe de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, así como en informes de comisiones de la misma naturaleza que pudieran crearse, ya como detenida desaparecida, ya como ejecutada, en el caso en que no exista el certificado de defunción correspondiente o, habiéndolo, la familia no haya tenido acceso a los restos, serán prueba suficiente de la desaparición forzada. Para estos efectos, la copia autorizada de la sentencia o el certificado emitido por el órgano competente de la administración, producirán plena prueba. Artículo 6º.- En la resolución que acoja a tramitación la solicitud de declaración de ausencia por desaparición forzada, se ordenará la publicación, por una sola vez, en un diario de circulación nacional, de un extracto de la solicitud, el cual deberá contener, en todo caso, la individualización de la persona víctima de desaparición, así como la de la o las solicitantes. Artículo 7º.- Transcurridos treinta días desde la publicación referida en el artículo anterior, el juez declarará derechamente la ausencia por desaparición forzada. Si se dedujere oposición, el procedimiento continuará su sustanciación de acuerdo a las reglas del juicio sumario. La oposición sólo puede ser deducida por quienes tengan la legitimidad activa de la solicitud, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de esta ley. El juez deberá resolver siempre a favor de la pretensión de quien sea hábil para la solicitud de ausencia por desaparición forzada. Sólo en caso de que el o los solicitantes de la declaración, así como el o los oponentes a la misma, sean hábiles para hacerla, podrá el juez resolver el conflicto de acuerdo al mérito probatorio de los antecedentes sobre la desaparición forzada. Sólo en estas circunstancias, cuando el fundamento de la solicitud sea alguno de los instrumentos señalados en el inciso segundo del artículo 5º de esta ley, el juez deberá declarar la ausencia por desaparición forzada. Artículo 8º.- De acuerdo a las reglas de esta ley, la declaración de ausencia por desaparición forzada es la sentencia judicial que, reconociendo la desaparición de una persona en los términos del artículo primero, transfiere los bienes del desaparecido, y en su caso, disuelve el matrimonio. Dicha sentencia será impugnable de acuerdo a las reglas generales. Artículo 9º.- La declaración sólo producirá efectos hacia el futuro. La sentencia contendrá, a lo menos, la individualización de los solicitantes, la de los oponentes en su caso, la del desaparecido, el hecho de la desaparición, los fundamentos que se tuvieron a la vista para su establecimiento y la declaración de ausencia fundada en la desaparición forzada. No será necesario que la sentencia contenga la data exacta de la desaparición. Artículo 10.- Ejecutoriada la sentencia, se transferirán los bienes del desaparecido de acuerdo a las siguientes reglas: a) Si hubiere hijos, todos los bienes serán transferidos a éstos y al cónyuge, si lo hubiere. Si sólo hubiere un hijo, la transferencia de los bienes del desaparecido, se hará en partes iguales a éste y al cónyuge. Si hubiere más de un hijo, el patrimonio del desaparecido será repartido entre estos y el cónyuge de modo tal que al cónyuge no le corresponda menos que la cuarta parte del patrimonio del desaparecido. Asegurándose lo anterior, al cónyuge le corresponderá la transferencia del doble de lo que le corresponda a cada hijo. b) Si no hubiere cónyuge, todos los bienes se transferirán en partes iguales entre los hijos. c) Si no hubieren hijos, los bienes se transferirán al cónyuge y a los ascendientes de grado más próximo, dividiendo el patrimonio en tres partes, dos para el cónyuge y una para los ascendientes. d) Si no hubiere hijos ni cónyuge, los bienes se trasferirán a los ascendientes en partes iguales. Los ascendientes de grado más próximo excluirán a los demás. e) Si no hubiere hijos, cónyuge, ni ascendientes, los bienes se transferirán a los colaterales en partes iguales hasta el sexto grado inclusive. Los colaterales de grado más próximo excluirán a los demás. En el caso de los hermanos, los carnales tendrán derecho a que se les trasfiera el doble respecto de los maternos o paternos. En el caso de los colaterales, los de doble conjunción tendrán derecho al doble de lo que les corresponda a los de simple conjunción. f) Los hijos y hermanos de la persona desaparecida concurrirán a la transferencia personalmente o representados por sus descendientes, por estirpe. Si el desaparecido hubiese dejado testamento, se aplicarán las reglas sobre sucesión testada en la parte del patrimonio afectada por éste. Artículo 11.- La sentencia ejecutoriada que declare la ausencia por desaparición forzada producirá, sólo en el caso en que el cónyuge no desaparecido lo haya solicitado, la disolución del matrimonio. No obstante, aun cuando la sentencia estuviere ejecutoriada, el cónyuge no desaparecido podrá solicitar, ante el mismo tribunal que la hubiere dictado, la ampliación de la sentencia en el sentido de ordenar la disolución del matrimonio. Artículo 12.- Una vez ejecutoriada la sentencia, el juez oficiará al Servicio de Registro Civil e Identificación, el cual tomará las medidas correspondientes, de conformidad al reglamento, para registrar la disolución del matrimonio, en su caso, y dictará un acto de transferencia de todos los bienes del desaparecido de acuerdo a las reglas de esta ley. Para estos efectos, el solicitante deberá presentar al Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación un inventario simple de los bienes del ausente por desaparición forzada. Respecto de los bienes inmuebles, los beneficiarios de la transferencia se entenderán poseedores desde la inscripción del acto de transferencia en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente. Respecto de los bienes muebles, se aplicarán las reglas generales sobre posesión y dominio. Artículo 13.- Los solicitantes de la declaración de ausencia por desaparición forzada, así como los beneficiarios de las trasferencias reguladas en la presente ley, gozarán de privilegio de pobreza. Las trasferencias realizadas en virtud de esta ley, están exentas de todo impuesto. Artículo 14.- La declaración de ausencia por desaparición forzada no podrá ser considerada para la prescripción penal, ni para ningún otro efecto civil o penal que no sean los regulados en esta ley.”. El proyecto fue tratado y acordado en sesiones de los días 6 y 20 de agosto de 2008, con la asistencia de los diputados señores Accorsi, don Enrique; Aguiló, don Sergio (Presidente accidental); Ascencio, don Gabriel; Jiménez, don Tucapel; Ojeda, don Sergio; Paredes, don Iván; Salaberry, don Felipe; Silber, don Gabriel; Verdugo, don Germán; Von Mühlenbrock, don Gastón, y de la diputada que habla. Es cuanto puedo informar. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Carlos Abel Jarpa, informante de la Comisión de Hacienda. El señor JARPA.- Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre el proyecto de ley al que ya se refirió detalladamente la colega Ximena Vidal. Tal como expresó, se trata de una iniciativa que tuvo su origen en un mensaje de la Presidenta de la República, con urgencia calificada de “simple”. Su objeto es regular los efectos de la desaparición forzada de personas ocurrida entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990. En esa dirección, crea un marco legal que permite la declaración de ausencia por desaparición forzada de personas. Durante su estudio, asistieron a la Comisión los señores Edgardo Riveros, subsecretario general de la Presidencia, y Patricio Rosende, en ese entonces jefe de la División de Relación Política de la Subsecretaría General de la Presidencia. El señor Riveros explicó que el proyecto crea un marco legal que posibilita la declaración de ausencia por desaparición forzada de personas, con el objeto de evitar el reconocimiento de muerte presunta. Justamente, su mérito es establecer una sentencia judicial que permita asignar los bienes del desaparecido y, en los casos que corresponda, disolver el matrimonio. El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 25 de noviembre de 2008, señala que el mayor gasto que irrogue el proyecto de ley se financiará con cargo a los recursos contemplados en la partida 10 Ministerio de Justicia. La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía dispuso que la Comisión de Hacienda tomara conocimiento del artículo 13 de proyecto aprobado por ella, cuyo texto dispone: “Los solicitantes de la declaración de ausencia por desaparición forzada, así como los beneficiarios de las transferencias reguladas en la presente ley, gozarán de privilegio de pobreza. Las transferencias realizadas en virtud de esta ley, están exentas de todo impuesto”. Puesto en votación, fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes. El proyecto fue tratado y aprobado en sesión de fecha 28 de octubre de 2008, con la asistencia de los diputados señores Eugenio Tuma, René Aedo, Claudio Alvarado, Roberto Delmastro, Julio Dittborn, Carlos Abel Jarpa, José Miguel Ortiz, Raúl Súnico, y Gastón Von Mühlenbrock. Es todo cuanto puedo informar. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- Solicito el asentimiento de los señores diputados para que pueda ingresar a la Sala el subsecretario general de la Presidencia, señor Edgardo Riveros. ¿Habría acuerdo? Acordado. En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado don Sergio Ojeda. El señor OJEDA.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero saludar a las representantes de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos que se encuentran en las tribunas. En segundo lugar, quiero manifestar mi satisfacción por ser éste el primer proyecto que va a discutir en 2009. Ojalá existiera la misma premura respecto de otros proyectos sobre derechos humanos que desde hace tiempo se encuentran en trámite. En tercer lugar, la declaración de ausencia por desaparición forzada de personas es una materia que estaba pendiente. Como se señala en el objetivo del proyecto, se trata de dar una razonable administración y goce sobre los bienes de la familia a los deudos que la ley señala y de disolver el vínculo matrimonial. Hasta el momento, eso sólo se ha hecho a través de las normas aplicables a la sucesión por causa de muerte y a la declaración de muerte presunta. Los familiares de los detenidos desaparecidos no han tenido un modo legal para dar curso a los asuntos patrimoniales y de familia por la desaparición forzada de personas durante la dictadura militar. Este proyecto trata de regular los efectos de tal situación. Voy a votar a favor, aun cuando existe bastante disparidad de criterio respecto de ciertas disposiciones del proyecto. A mi juicio, es muy necesario y útil regular la situación patrimonial y de familia en los casos de personas detenidas desaparecidas, sobre todo, porque, en algunos casos, los familiares han debido recurrir a las normas del derecho civil sobre declaración de muerte presunta para normalizar su situación; en otros, no lo han podido hacer por la complejidad que existe respecto del procedimiento y también como un rechazo a las normas que regulan situaciones distintas de las ocurridas respecto de las personas detenidas desaparecidas y por las consecuencias jurídicas que ello conlleva. Los artículos 80 y 81 del Código Civil se refieren a la presunción de muerte por desaparecimiento. En el artículo 80 se señala que se presume muerto el individuo que ha desaparecido, ignorándose si vive, y verificándose las condiciones que la ley señala. Es decir, se trata de una simple desaparición. En cambio, este proyecto es especialísimo, ya que habla de “declaración de ausencia”, o sea, reemplaza el concepto de “muerte presunta”. Esa es la importancia y la gran diferencia que tiene respecto de las normas sobre desaparición de personas, y por eso tiene características muy especiales. Sin duda, este proyecto llenará un vacío legal y solucionará una problemática que se prolonga por muchos años. Legisla concretamente para el reconocimiento de la muerte natural o presunta de la persona víctima de la desaparición forzada, pero en términos de ausencia, que es una situación que no ha sido resuelta por la legislación chilena. Toma como concepto la definición que literalmente entrega la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, elaborada por las Naciones Unidas el año 2006 y que hace un tiempo fue aprobada por esta Cámara. Aquí no se trata -en esto hay que tener mucho cuidadode tipificar un delito, de crear un nuevo delito o una figura jurídica compleja, ni de establecer normas de protección o sanciones en casos de desapariciones forzadas; sino, simplemente, de reconocer una situación de hecho y regular sus efectos civiles. Eso es lo que queremos. No nos confundamos. No debemos pensar que con esta iniciativa se van a crear cosas distintas, sino que se trata de regular situaciones patrimoniales y de familia que de alguna manera están establecidas en el Código Civil, pero en forma compleja y amplia, lo que las hace absolutamente incompatibles con esta situación en particular. Más que una situación de hecho, se actúa sobre la base de una realidad histórica, pues se trata de personas que fueron detenidas y desaparecidas durante la dictadura militar. Para abordar las consecuencias de esta desaparición forzosa se establecen mecanismos institucionales que permitan a los familiares de las víctimas el adecuado y satisfactorio ejercicio de sus derechos en el ámbito meramente civil, patrimonial y de familia. En el proyecto se señala que los tribunales de justicia deben dictar una sentencia para determinar la ausencia por desaparición forzada. En dicha sentencia también se ordenará la disolución del matrimonio cuando el cónyuge de la persona desaparecida lo solicite y traspasará los bienes a las personas señaladas en la ley. Además, se establece un orden sucesorio especial y distinto para estos herederos, ya que se utiliza un medio no asociado a la sucesión por causa de muerte establecida en la legislación civil. Existe oposición para aprobar el artículo respecto de la sucesión. Espero que no se haga cuestión en cuanto al método que estamos instaurando, porque si se dilata una discusión jurídica sobre este asunto, el proyecto va a quedar rezagado, como ha ocurrido con los relativos al Instituto Nacional de Derechos Humanos, al ombudsman o Defensoría de las Personas, a los recursos de protección y amparo, al que se refiere a la discriminación y tantos otros que están en alguna Comisión. Espero que las diferencias se puedan solucionar en un tiempo prudente, pues se necesita despachar este proyecto a la mayor brevedad. El procedimiento para solicitar la declaración de ausencia por desaparición forzada es simplificado, distinto del que establecen los artículos 80 y 81 del Código Civil sobre presunción de muerte por desaparición. Se trata de un juicio simple, que dura 30 días. Sólo en el caso de que alguien se oponga, se tramita por juicio sumario; es decir, se transforma en contencioso. La prueba también se simplifica. Los casos contenidos en los informes de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, así como en el de otros órganos, también harán plena prueba. Existe contundencia en eso, con el objeto de evitar trámites, dilaciones o burocracia. Si bien se han otorgado beneficios reparatorios en virtud de normas legales aprobadas por el Congreso Nacional a través del tiempo, los familiares de los detenidos desaparecidos aún no han logrado mitigar el dolor que les ha significado la pérdida de un ser querido desaparecido, sobre todo, porque en muchos casos no se ha logrado establecer la verdad o las circunstancias en que ocurrieron estas desapariciones, las responsabilidades correspondientes, ni tampoco la ubicación de los cuerpos. Ese es el drama que aún subsiste en Chile. Con esta iniciativa se busca regularizar la situación de familia de los afectados, en el sentido de dar un efecto jurídico a la declaración de ausencia por desaparición forzada. Ha habido casos, como señala el informe, en que los bienes raíces fueron adquiridos por detenidos-desaparecidos con créditos hipotecarios, que contaban con seguro de desgravamen. Como todos sabemos, si el titular de un crédito hipotecario fallece, la deuda queda saneada en virtud del seguro de desgravamen. Pero en el caso de los detenidos-desaparecidos eso no ha operado, debido a que no existe declaración de fallecimiento del deudor. El proyecto favorece a los familiares de los detenidos-desaparecidos y se enmarca dentro de la política de reparación para esos casos, porque regula su situación jurídica y les resuelve el problema patrimonial. El Gobierno ha hecho un esfuerzo, junto con el Congreso Nacional, para dar solución a esas familias. Además, involucra nuevos conceptos, como el de la legitimación activa, que señala que los familiares más cercanos pueden pedir la declaración de ausencia, simplificando el procedimiento. Sin perjuicio de lo que haya que resolver en particular, anuncio mi voto favorable al proyecto, porque soluciona una situación especial, con características muy peculiares. Es necesario dar claridad a la situación patrimonial y de familia de los familiares de los detenidos-desaparecidos. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo. El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, la iniciativa se enmarca dentro de lo que denominamos proyectos reparatorios para los familiares de las víctimas de la represión en nuestro país, entre 1973 y 1990. Además de tratarse de un proyecto reparatorio, pone a nuestro país a la altura de lo sucedido a nivel internacional respecto del tratamiento de las personas desaparecidas forzosamente. La iniciativa afecta profundamente a muchos, entre los que me incluyo, por los valores y principios que profesamos. Lo sucedido nos ha marcado en la historia de nuestra trayectoria no sólo legislativa, sino también personal. En la mayoría de los países latinoamericanos, al igual que en el nuestro, se sufrió la experiencia de vivir bajo regímenes autoritarios. En todo caso, en nuestro país se ha legislado conforme a las recomendaciones de los organismos internacionales, con plena justicia. Aunque no compartimos los recientes sucesos de aprovechamiento, los entendemos. Por eso, el proyecto también es reparatorio en cuanto traslada la situación a los tribunales de justicia. Su fundamento no es otro que evitar que los familiares de las personas forzosamente desaparecidas recurran al mecanismo de declaración de muerte presunta del desaparecido para disponer de sus bienes y, en algunos casos, rehacer la vida familiar, situación tremendamente dolorosa y que el proyecto también aborda, al igual que otros en los que aún persiste la interrogante por no haberlos tratado oportunamente. En este caso, nos encontramos con la paradoja de que los familiares que no han tenido conocimiento del lugar y del destino de la persona que desapareció forzosamente, deben solicitar la muerte presunta. Escuché a la diputada señora Ximena Vidal en su informe referirse, precisamente, a facilitar los trámites en materia de bienes y relaciones familiares de los desaparecidos, evitando la declaración de muerte presunta y reemplazándola por la de ausencia por desaparición forzada. De esa manera, hecha la declaración de ausencia por desaparición, los familiares y herederos pueden pedir la posesión efectiva de los bienes y, en su caso, si así lo desea, el cónyuge puede pedir también la disolución del vínculo matrimonial. Este mecanismo ha sido recomendado por los organismos internacionales preocupados de los derechos humanos y así han obrado también otros países de Latinoamérica, como Argentina y Perú, respecto de los cuales podríamos decir que se pusieron de acuerdo en cuanto a la protección de los derechos humanos. En todo caso, ante la posibilidad de optar entre utilizar el mecanismo de la declaración de ausencia por desaparición forzada y la declaración de muerte presunta, como dijo el diputado Ojeda, de profesión abogado y conocedor de la materia, no hay dónde perderse. Su relato me ha invitado a intervenir. La decisión dependerá de los familiares, que tienen la posibilidad de optar por un mecanismo, respetando la decisión de quienes han tenido que soportar la desaparición de un ser querido. En la Comisión de Hacienda hemos aprobado la norma que establece la posibilidad de que los solicitantes de la declaración de ausencia gocen del privilegio de pobreza y que las transferencias que se realicen estén exentas de todo impuesto. Se trata de un tema complejo, porque nos trae recuerdos muy tristes. Por eso, entendemos que aquellos que tienen principios libertarios todavía no puedan aceptar, a tantos años de lo sucedido, que recién estemos reparando los derechos humanos que en un momento fueron conculcados. Espero que la iniciativa prospere y sea aprobada por unanimidad. Me llama la atención que en la Comisión de Derechos Humanos algunos diputados se abstuvieran, lo que, en el fondo, es lo mismo que no aprobar. Esa actitud, en pleno siglo XXI, me parece inconcebible. Son muchas las situaciones que hemos conocido de cerca, de familias a las cuales se les ha presentado un verdadero dilema al momento de tratar de solucionar los problemas matrimoniales, de declarar la muerte presunta del padre, hermano o hijo, que un día desapareció en manos de organismos represivos y del cual nunca más se tuvieron noticias. Considero que ésta es una buena manera de terminar con el dilema y de dar solución a problemas que causan y nunca dejarán de causar tanto dolor a muchas personas que siguen sufriendo con el desaparecimiento forzado de sus seres queridos. El proyecto soluciona también los casos de aprovechamiento recientemente conocidos, ya que se establece la responsabilidad judicial de quienes piden beneficios. La bancada del Partido por la Democracia lamenta la demora en la tramitación de este proyecto y de tantos otros que están pendientes para reparar el daño producido a aquellos que tanto sufrieron con la dictadura militar y que aún no logran reparar, ni conseguirán remediar durante toda su vida, los problemas sicológicos que han enfrentado. Reitero la aprobación del Partido por la Democracia a un proyecto emblemático para los derechos humanos. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Sergio Aguiló. El señor AGUILÓ.- Señor Presidente, como lo dijeron los diputados informantes y los distinguidos colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, el objeto de este proyecto, inspirado en la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra la Desaparición Forzada, adoptada por las Naciones Unidas en 2006, es regular los efectos del concepto jurídico “desaparición forzada de personas” en los ámbitos patrimonial y de familia. Su aprobación es imprescindible para evitar que se siga aplicando la muerte presunta establecida en la legislación vigente. En este caso, sería un completo despropósito su utilización en los crímenes tan atroces cometidos durante la dictadura militar. Por eso, con el completo acuerdo de las agrupaciones de familiares de víctimas de la represión, en particular con el de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, el Gobierno envió este proyecto, al que los parlamentarios de la Concertación, desde luego los del Partido Socialista, prestaremos nuestra aprobación. Sin embargo, quiero dejar constancia de que su tramitación se realiza en medio de una de las más vergonzosas campañas de parte de ciertos personeros y enclaves del poder mediático y fáctico de la Derecha al pretender colocar una sombra de duda sobre la desaparición forzada de personas en nuestro país. Estamos hablando de más de mil personas a quienes, como lo expresara un gran intelectual francés hace algún tiempo, primero, se les robó la vida y, luego, la muerte. Estamos hablando de varios miles de chilenos que fueron obligados a buscar a sus seres queridos, primero, en hospitales y cárceles; después, en la morgue; luego, en los desiertos del norte; en el sur, en los bosques, en las quebradas, debajo de los puentes o en las desembocaduras de los ríos. Estamos hablando de miles de chilenos que agobiados de buscar a sus seres queridos, a quienes también se les había robado la muerte, tuvieron una mirada escéptica, pero expectante respecto de los resultados de la Mesa de Diálogo, para luego sufrir una decepción más. En esa instancia, sólo encontraron información falsa, muchas veces mentiras, sobre el paradero de sus seres queridos. Señor Presidente, por su intermedio le digo a la diputada Karla Rubilar que en medio de este dolor, nadie tiene derecho a poner una sombra de duda sobre la magnitud, crueldad y dimensión de este horror que significó para Chile la desaparición de miles de compatriotas, cuyos cuerpos y paradero todavía no se encuentran. El hecho de que haya tres, cuatro o cinco casos equivocados o erróneos en la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación encabezada por el abogado Raúl Rettig, gran intelectual y pro hombre chileno-, que funcionó sin el apoyo de nuestros tribunales, porque no se trataba de una comisión con jurisdicción, y sin la policía a cargo de las pesquisas e investigaciones; que se formó convicción sólo sobre la base de testigos de familiares o de quienes pudieron dar alguna prueba de fe acerca de la detención por fuerzas de seguridad de las personas que se estaban buscando, prácticamente es nada comparado con las tres mil y tantas víctimas con resultado de muerte, sea como detenidos desaparecidos o ejecutados políticos. Por eso, es muy pequeña y mezquina la duda que se ha querido sembrar; es muy irresponsable la declaración de una persona que ha asumido la investidura de Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía; es muy irresponsable la realización de este show mediático y la utilización de este tema tan atroz en la contienda política diaria, cuestión que debiera lacerar el alma de cada uno de los chilenos. Señor Presidente, por su intermedio, le digo a Karla Rubilar que no haga polémica con los detenidos desaparecidos, que realice show mediático con otros asuntos, que tiene derecho a entablar controversia con la Concertación, pero no con este tema tan caro, importante y decisivo para superar los traumas del pasado, que sólo se pueden enfrentar con verdad y justicia. Es una gran canallada poner en duda perdone, señor Presidente, que use esta palabra tan fuerte, pero no puedo dejar de decirla- la veracidad del trabajo de la Comisión Rettig o de la Comisión Valech y, desde luego, el trasfondo que ello significó con la desaparición de miles de chilenos por las fuerzas de seguridad de la época, cuando lo que se pretende es instalar un par de controversias políticas coyunturales. Quien asuma la responsabilidad de ser presidente o presidenta de una comisión de derechos humanos en un país que vivió y sigue viviendo con heridas tan lacerantes, tiene la obligación moral de ponerse a la altura de esa investidura, cualquiera sea el partido a que pertenezca. ¡Eso es lo que vamos a exigir en las próximas horas y días! He dicho. -Aplausos. El señor ENCINA (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos. El señor BURGOS.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero expresar que comparto las expresiones sobre el significado que reviste para los torturados y familiares de detenidos desaparecidos, ejecutados y para Chile una política de violación sistemática de los derechos humanos y los actuales efectos sobre nuestra patria, además del cuidado que debemos tener al hablar de esos temas. Dicho eso, deseo plantear una consideración jurídica sobre el proyecto que estamos conociendo. No cabe duda de que el Estado debe buscar instrumentos para mitigar las consecuencias del delito de que fueron objeto las personas detenidas desaparecidas o ejecutadas. Una mitigación, probablemente no sea la más importante para los familiares, es la patrimonial. Nunca fue la primera en la agenda de reivindicación. Han sido claros en eso. Pero también es bueno hacerse cargo de la situación jurídica y de la desaparición forzada no reconocida por el Estado. Al respecto -y aprovecho la presencia del subsecretario general de la Presidencia-, entiendo que por primera vez en una ley chilena se va a singularizar -no digo a tipificar, porque no es un delitolo que se entiende por desaparición forzada. Es un hecho no menos importante desde el punto de vista jurídico, pero sólo para efectos patrimoniales. El artículo 1º del proyecto establece lo siguiente: “Para los efectos de la presente ley, se considera desaparición forzada el arresto, la detención, el secuestro o cualquiera otra forma de privación de libertad que sea obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, ocurrida entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.” Presumo que se refiere a la negativa del Estado o de los agentes oficiosos. Es la primera vez que en un texto nacional se intenta establecer lo que se entiende por desaparición forzada. Como señaló el diputado Aguiló, Chile ha suscrito y ratificado algunos convenios y convenciones internacionales que tienen esa nomenclatura. Pero, aun cuando no soy experto en la materia, como ya lo señalé, me parece que es la primera vez que se establece en el derecho interno. Hay otro proyecto que tiene que ver con una serie de nuevos recursos, como el de habeas corpus, el de protección y otros, en los cuales también se habla de la desaparición forzada en términos bastante similares a éstos. Por tanto, quiero hacer hincapié en esta disposición, que es la madre del proyecto, que si bien es cierto produce consecuencias patrimoniales, todas se basan en lo que dispone el artículo 1º. Hay que dejar en claro que sólo es para los efectos de la presente ley, a fin de que nadie vaya a pensar que lo que aquí se ha establecido que el Estado chileno entiende por desaparición forzada puede ser ocupado en sede penal y decir que el único antecedente es lo que señala determinada ley. Entonces, debemos ser sumamente cuidadosos, porque eso podría ser usado no sólo por las personas a las cuales les interesa la creación de la situación delictual que produce ese tipo de efectos, sino también por aquellos que pueden intentar no ser procesados, en el antiguo sistema, o imputados, en el nuevo, si correspondiera algún caso, lo cual es difícil. De manera que debe quedar lo suficientemente claro o transparente de que esa definición es exclusivamente para la presente ley. A contrario sensu, al no estar catalogado en otras áreas, eso no debe entenderse y ocuparse como argumento jurídico para evitar la existencia de esa situación. Lo señalo porque me parece importante precaver problemas de carácter judicial. A mi juicio, este proyecto va en la línea correcta. Concuerdo con el diputado Ojeda en cuanto a que no debemos correr el riesgo de retrasarlo en otros trámites. Pero, respecto de la letra a) del artículo 10, me atrevo a plantear que en vez de establecer “Si hubiere más de un hijo, el patrimonio del desaparecido será repartido entre éstos y el cónyuge…”, debemos usar el término “distribuido”, que don Andrés Bello utilizó para estos casos. Me parece que tiene más que ver con el tema que estamos abordando. Asimismo, tengo dudas de que siempre se utilice la expresión “transferencia de los bienes”. Con la presunción de muerte especialísima, por los antecedentes que recoge el juez, lo que se está haciendo de alguna manera es sustituir el derecho de transmisión, que es la forma de traspasar los bienes cuando el origen es la muerte del causante, con el acto entre personas vivas respecto del modo de adquirir el dominio, la transferencia. Entonces, no se trata de que el proyecto vuelva a Comisión, sino simplemente que lo que he señalado se considere en los próximos trámites legislativos y se corrijan esos defectos formales. En todo caso, es un proyecto que merece el entusiasta apoyo de la Corporación. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el subsecretario general de la Presidencia, señor Edgardo Riveros. El señor RIVEROS (subsecretario general de la Presidencia).- Señor Presidente, en primer lugar, sin duda ha surgido la necesidad de legislar sobre la materia. Por lo demás, así lo han planteado las dirigentas particularmente de la Agrupación de Detenidos Desaparecidos, quienes nos acompañan en las tribunas. Tal necesidad surge del hecho de que por largo tiempo familiares de detenidos desaparecidos no han tenido un modo legal idóneo para dar curso a los asuntos patrimoniales y de familia ocasionados por la desaparición de sus familiares. Lo señalo precisamente porque en tales circunstancias no constituye un modo idóneo la declaración de muerte presunta que establece la norma general en nuestro país, porque obligarlos a recurrir a un sistema de esa naturaleza violenta de manera clara sus conciencias y su propia situación. Eso ha estado presente desde el inicio de la discusión de algunas normas referidas a la situación de víctimas de violaciones a los derechos humanos y a otras sobre reparación. Por lo tanto, lo primero que quiero dejar establecido es la necesidad de legislar sobre la materia, lo cual ha sido reconocido de manera amplia y transversal por las señoras diputadas y los señores diputados, los cuales han dado un amplio respaldo al proyecto, tanto en la Comisión de Derechos Humanos como en la de Hacienda, y esperamos que ello también se vea reflejado en la Sala. En segundo lugar, me quiero referir a algunos aspectos del proyecto, partiendo por la conceptualización de detenido desaparecido, particularmente en relación con lo señalado recientemente por el diputado señor Jorge Burgos. Ese concepto se establece para los efectos de la “presente” ley, y recoge definiciones del derecho internacional. En especial, de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, y muy precisamente, de lo señalado en el artículo 2º de esa Convención. Además, debo agregar que la iniciativa contiene un elemento de temporalidad. Por lo tanto, es muy importante lo señalado por el diputado señor Jorge Burgos, en el sentido de dejar establecido el hecho específico. El concepto formulado en el artículo 1º es “Para los efectos de la presente ley,...”. Luego, y para dar coherencia a este cuerpo legal, el artículo 2º señala que la declaración de ausencia por desaparición forzada la dictará, a petición de parte, el juez de letras en lo civil del último domicilio que el desaparecido haya tenido en Chile o del domicilio del solicitante, a elección de éste. El artículo 3º precisa quién o quiénes pueden solicitar la declaración de ausencia por desaparición forzada. La iniciativa establece, asimismo, los medios de prueba para proceder a la declaración de ausencia, los requisitos de publicidad y los plazos. Precisa, también, los dos efectos que produce la sentencia, ambos situados en el ámbito exclusivamente civil. Uno, la transferencia de bienes, siguiendo lo que señala el proyecto, el otro, opcionalmente, la disolución del matrimonio. El artículo 10 establece las reglas que se van a seguir para la transferencia. Diría que éste es el efecto fundamental del proyecto, aunque, opcionalmente puede dar lugar a la disolución del matrimonio, porque queda establecido como un derecho del cónyuge no desaparecido. Sólo si lo solicita, la disolución del matrimonio -efecto civil-. se produce. Esto también es importante precisarlo. Por último, importancia especial tiene el artículo 14, que señala que la declaración de ausencia por desaparición forzada no podrá ser considerada para la prescripción penal, ni para ningún otro efecto civil o penal que no sean los regulados en “esta” ley. Es decir, sólo tendrá los efectos que ella establece. Esperamos que el proyecto de ley, dada su naturaleza y la necesidad de legislar, al igual como ocurrió en las Comisiones de Hacienda y de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, según se dio a conocer por los diputados informantes, cuente con el más amplio y transversal respaldo en esta Sala. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra la diputada señora Isabel Allende. La señora ALLENDE (doña Isabel).- Señor Presidente, en primer lugar, saludo afectuosamente a las representantes de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, que se encuentran en las tribunas. Además de saludarles, quiero hacer público, una vez más, nuestro reconocimiento por el trabajo persistente, doloroso e infatigable que han realizado todos estos años y a partir de la feroz represión de la dictadura militar. Resulta imposible olvidar a una persona como Sola Sierra, ya que si no hubiera sido por su persistencia, por su voluntad y por su trabajo permanente, no habríamos avanzado como lo hemos hecho, ni habríamos sorteado poco a poco las dificultades que se han presentado. Considero que se actuó con mucha lentitud, porque durante los primeros años de recuperada la democracia todos supimos de los obstáculos que había no sólo en los tribunales. Comprobamos cómo los fiscales -de triste recuerdo es, por ejemplo, el general Torres- obstaculizaban el ámbito de la justicia. No había ninguna colaboración. Cuando ingresé a la Cámara de Diputados en 1994, recuerdo que mis colegas de la Oposición hablaban de “excesos”. No eran capaces de reconocer que hubo una política sistemática y permanente de exterminio; que se usaron recursos y agentes del Estado para hacer desaparecer o ejecutar personas. Con el correr del tiempo, nos enteramos de que, incluso, se removieron cadáveres con el objeto de que sus familiares no pudieran encontrar sus restos. Sólo a partir de la detención de Pinochet en Inglaterra -es mi convicción-, enhorabuena este país pudo abrir los ojos y entender que había habido una política sistemática de violación a los derechos humanos. Dentro de esa política sistemática de violación a los derechos humanos, quizás la más dolorosa y vergonzosa que el ser humano puede aplicar, fue la de hacer desaparecer personas sin dejar huellas. Por lo tanto, los familiares de las víctimas han debido buscar incansablemente, durante muchos años -como lo han hecho las asociacionesa desaparecidos, con el fin de tener siquiera una idea de qué pasó con ellas o con sus restos. Muchas veces hemos oído hablar sobre el intento de terminar con el anhelo que defendemos, cual es sancionar a quienes cometieron delitos de lesa humanidad, que estimamos que son imprescriptibles e inamnistiables. ¡Cuántas veces hemos escuchado a los colegas de la Alianza decir que sería bueno terminar con la farsa! Hoy, el senador Longueira dijo: “Está bueno, que se diga de una vez por todas que están muertos, que no existe el secuestro permanente.”. En fin, estamos acostumbrados a escuchar opiniones, en forma despectiva y con bastante insensibilidad, sobre el drama que se generó en este país a partir de la actuación de quienes rompieron el orden constitucional, derrocaron a un gobierno legítimamente elegido y comenzaron la más feroz de las violaciones y represiones conocidas en el país. Este proyecto de ley viene a resolver asuntos patrimoniales y de familia. Eventualmente, puede producirse la disolución del vínculo matrimonial, pero sus efectos no implican el término de juicio o un impedimento para comenzarlos. Como recordaba el subsecretario general de la Presidencia, señor Edgardo Riveros, que nos acompaña, se ha tomado la definición de la Convención Internacional para la Protección de las Personas contra las Desapariciones Forzadas, elaborada por la Organización de las Naciones Unidas y que afortunadamente esta Cámara tuvo la oportunidad de aprobar. Entonces, el concepto de la declaración de ausencia se crea precisamente por la desaparición forzosa. No puedo dejar de señalar, una vez más, que no me habría gustado tratar un tema de esta naturaleza. ¡Cómo me habría gustado que en este país nunca se hubiera incurrido en estos delitos! ¡Cómo me habría gustado que no se hubiera roto el orden constitucional! Mucho lamento que chilenos –civiles- acompañaran a ese régimen, que estuvieran con la dictadura, que compartieran cargos de responsabilidad y nunca alzaran la voz por lo que ocurría. Cabe señalar que el Poder Judicial de la época no acogía los recursos de amparo y dejaba en soledad a aquellos compatriotas que luchaban por saber dónde estaban sus familiares. Por lo menos, me queda el consuelo de que fueron apoyados por la Iglesia de entonces, dirigida por el cardenal Raúl Silva Henríquez, quien tuvo la valentía de acogerlos, de crear la Vicaría de la Solidaridad y ayudarlos en esa lucha tan desigual por conocer la verdad y alcanzar la justicia, a la que nunca hay que renunciar. ¡Cuántas veces hemos escuchado que el hecho de reivindicar el derecho a la verdad y a la justicia es sinónimo de venganza! Cuán despectivos fueron algunos al referirse a la decisión del Presidente Patricio Aylwin de crear la Comisión Rettig. El proyecto constituye un paso más en materia de derechos humanos, en un momento que no deja de ser doloroso, dramático y que resulta inescapable aludir esta mañana. En efecto, nos hemos encontrado con la más dolorosa e inimaginable de las sorpresas: personas sin ningún escrúpulo han abusado del sistema y se han hecho pasar por detenidos desaparecidos, con el fin de darle a esa condición el peor de los usos. Esos hechos nos duelen y esperamos que se sancionen en forma drástica. Es cierto que se trata de cuatro casos -eventualmente, podrían surgir otros-, pero ninguno de ellos justifica negar la dramática realidad que vivió el país en relación con la existencia de detenidos desaparecidos que, como se ha dicho, constituye el peor de los crímenes. Repito, esos errores no justifican negar esa realidad, ni siquiera el desaguisado del Gobierno de no haber tomado las medidas correspondientes respecto de un caso que, al parecer, conocía hace más un año. No compartimos esa actitud y levantamos nuestra voz para criticarla. Sin embargo -reitero-, nada de ello puede llevar a desconocer que en Chile, así como en muchas dictaduras que conocimos en la región, se cometió el peor de los crímenes: la detención y la desaparición de personas. Repito, tanto la existencia de gente sin escrúpulos como la poca diligencia del Gobierno en algunos casos, no desmerecen el trabajo acucioso que llevó a cabo la Comisión Rettig, ni las horas dedicadas a establecer una verdad que durante muchos años fue negada, en especial por civiles que hasta hoy no alzan su voz sobre el tema, a pesar de haber acompañado a la dictadura militar, responsable directa de esos crímenes. Nunca he oído de esas personas una autocrítica, reconocer lo ocurrido o lamentar el dolor que causaron a miles de chilenos. Nos dolió que se pretendiera descalificar el tema de los detenidos desparecidos, así como el uso y abuso mediático de que fue objeto. Me sumo a las palabras del colega Aguiló, quien recordó que nada menos que la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados hizo abuso de publicidad de los hechos que comento. Como se sabe, concurrió a La Moneda, acompañada de un profuso despliegue comunicacional, supuestamente para entregar más información sobre la materia, la que, según datos que poseo, contiene muchos errores. ¡Qué lamentable conducta! Éste no es el momento -lo digo con mucha seriedadde hacer aprovechamiento político de un tema muy doloroso. Han sido demasiados años de sufrimiento. Por ello, rechazamos terminantemente esa conducta. La Comisión de Derechos Humanos, en pleno, debería declarar su desacuerdo con la conducta asumida por la diputada señora Rubilar, pues, repito, hizo abuso comunicacional de un tema que francamente duele. Ella no persigue la verdad, pues ese cometido hace muchos años que lo cumplen diversas asociaciones de derechos humanos. Hablo de la verdad negada por años, y muchos continúan manteniendo esa posición. Conocemos muy bien las reacciones de algunos de nuestros colegas de la Alianza y el malestar que les causa hablar de estos temas. Se molestan cuando señalamos que nunca Chile conoció violaciones tan graves a los derechos humanos como en tiempos de la dictadura militar. En forma despectiva manifiestan que nos encontramos anclados en el pasado, que los hechos de que hablamos quedaron atrás y que no sabemos mirar hacia delante. Quienes pretenden negar el pasado no sólo no consiguen nada, sino que dejan la peor de las herencias. La única forma de rectificar lo obrado no sólo pasa por reconocer esas acciones, sino por apoyar la lucha por la verdad, la justicia y la reparación. Como expresó el diputado señor Aguiló, la bancada del Partido Socialista apoyará el proyecto, por cuanto soluciona temas indispensables en la vida cotidiana de los familiares de los detenidos desaparecidos, quienes han debido enfrentar todo tipo de problemas. Sin embargo, la condición es clara: nada puede impedir que los juicios continúen adelante, de modo de alcanzar la justicia. La iniciativa sólo apunta a regular los efectos de la desaparición forzada de personas durante la dictadura militar en los ámbitos patrimonial y de disolución del vínculo matrimonial, si así lo requiere el cónyuge afectado. El señor subsecretario ya explicó los alcances del proyecto, de modo que no me referiré a su contenido en detalle. Quiero sumarme a la voz de quienes señalan que era necesario contar con un proyecto de esta naturaleza. Incluso, estimo que tardamos más de la cuenta en conseguir ese objetivo. Hemos demorado años en avanzar en la verdad, la justicia y la reparación. Hemos debido rectificar errores y omisiones cometidos por la justicia. Es cierto que muchos de los responsables de las violaciones a los derechos humanos se encuentran en la cárcel, como Manuel Contreras y sus secuaces, sin embargo, hay muchos civiles que frente a los hechos acaecidos han optado por señalar que no sabían o no se daban cuenta de lo que ocurría. ¡Qué cómodo y fácil apoyar a una dictadura militar y luego lavarse las manos y decir que no se estaba enterado de lo que sucedía! ¡Qué falta de capacidad para reconocer el dolor causado! Por eso, en este tema es indispensable decir “nunca más”. Espero que esta iniciativa sea un paso más para reparar, aunque sea mínimamente, el dolor causado a tantas familias, esfuerzo que se remonta a 1990. Esto jamás se habría hecho realidad si las asociaciones de defensa de los derechos humanos no hubiesen llevado adelante una lucha valiente y desigual, a fin de conocer la verdad, el paradero de sus familiares y averiguar quienes eran los que estaban detrás de tan alevosos crímenes y asesinatos. Ahora, levantamos la voz para decir que ojalá nunca más nuestro país viva una ruptura del orden democrático, el término de un gobierno constitucional y, mucho menos violaciones a los derechos humanos, traducidas en detenidos desaparecidos, ejecutados, torturados, exonerados y exiliados, todos los cuales sufrieron los rigores de la dictadura. Nuevamente entrego mi reconocimiento a las agrupaciones de defensa de los derechos humanos. Por otra parte, una vez más digo que todavía es tiempo para que quienes tienen responsabilidades en estos hechos reconozcan su participación en ellos; todavía es tiempo para que podamos dejar como herencia a las futuras generaciones el compromiso de que nunca más se violarán los derechos humanos en Chile; todavía es tiempo para luchar aún más por abrir espacios a la verdad, a la justicia y a la reparación. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Tucapel Jiménez. El señor JIMÉNEZ.- Señor Presidente, en primer lugar, saludo cariñosamente a los representantes de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos que se encuentra en las tribunas. Durante los últimos años, como país y Parlamento, hemos hecho esfuerzos para avanzar en la justa reparación del daño causado a víctimas y familiares que sufrieron la represión durante la dictadura militar. No obstante, siento que todavía estamos en deuda con ellos. En efecto, todavía no se esclarecen en forma definitiva los hechos que llevaron al desaparecimiento de cientos de chilenos. La desaparición de personas efectuada por agentes del Estado fue una práctica sistemática de la dictadura militar, tal como lo estableció la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación. Se trata de un hecho indesmentible y doloroso tanto para los familiares como para el país en su conjunto. En este contexto se enmarca el proyecto de ley sobre desaparición forzada de personas que muy tarde analizamos, pero más vale tarde que nunca. Con este proyecto damos un paso más para ayudar a los familiares a regularizar en parte su vida. La desaparición forzada de personas por agentes del Estado es un hecho horrible en la historia del país. Por tal motivo, no existen precedentes normativos respecto de este fenómeno. Regular la situación familiar y patrimonial de los familiares de detenidos desaparecidos significa un paso más en una justa reparación y normalización de sus vidas. Este simple, pero trascendental proyecto, conmina a dar la posibilidad a esos familiares de detenidos desaparecidos para que, a través de una declaración de ausencia por desaparición forzada –reitero- puedan regularizar su situación familiar y patrimonial. Voy a votar favorablemente el proyecto -al igual que toda la Concertación-, porque no es vinculante con otras normas que permitan avanzar en temas de justicia y reparación, porque los tratados internacionales así nos lo demandan y por un deber ético y moral fundamental. Continuar por la senda de la justicia y la reparación a las víctimas y sus familiares nos va a permitir ir posibilitando, poco a poco, un reencuentro tan anhelado entre los chilenos. En relación con los últimos hechos respecto de detenidos desaparecidos de los que ha tomado conocimiento el país, no hay que olvidar el tema de fondo. Hoy, no estaríamos discutiendo este proyecto si no hubiese habido detenidos desaparecidos. No podemos olvidar el horror y la tragedia que vivió el país durante 17 años. En cuanto a lo recientemente ocurrido, un compañero de enseñanza media me envió un e-mail que voy a leer en parte, porque creo que refleja el sentir mayoritario de los chilenos. Dice así: “No me importa si fueron uno o mil los ejecutados. No me importa si fueron uno o mil los desaparecidos. No me importa si fueron uno o mil los torturados, porque no me importa su número. A mí me importa más la persona, sea hijo, padre, primo, nieto o amigo. Me importa más el ser humano, sea obrero, profesor, contador, dueña de casa o estudiante. No me importa el número, porque me importan más sus valores, su deseo de vivir, su voluntad de ser mejor, sus esperanzas, sus ilusiones, sus tristezas. No me importa el número, porque uno es igual que mil para mí; porque aunque muchos casos sean falsos, quedará al menos uno que sea verdad y ésa es la lección que debemos recordar. Porque uno ya es demasiado cuando ese uno es aquel que amas y nadie tiene derecho a quitarnos lo que amamos, lo que es nuestro. Ni una, ni cien ni mil veces, porque el número no justifica la maldad. Verdad, justicia y reparación, nada más, pero nada menos, para las víctimas de violaciones a los derechos humanos y sus familiares”. He dicho. -Aplausos. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el honorable diputado señor Fulvio Rossi. El señor ROSSI.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero saludar a la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y sumarme a las palabras de la diputada Isabel Allende respecto a su importante rol en momentos difíciles de nuestra historia para avanzar por el camino de la verdad, justicia y reparación. Pensaba referirme al proyecto en particular, pero ha sido ampliamente descrito y, porque es importante, a riesgo de ser majadero, quiero reforzar una idea que planteó el diputado Sergio Aguiló. Hace pocos días, se acercó a mi oficina un grupo de familiares de víctimas de Pisagua, de ejecutados políticos por orden de consejos de guerra, de algunos desaparecidos. Venían con una tristeza muy grande como consecuencia de la forma en que la Oposición ha manejado la aparición de errores excepcionales. Al respecto, más bien hay que preguntarse acerca de la responsabilidad de quienes defraudaron al fisco y no de las víctimas. En razón de aquello, de alguna manera se ha revivido el dolor. Incluso, alguien se había acercado a una de las viudas y, quizás en tono de broma y con buena intención, le dijo que, a lo mejor, su marido no estaba muerto, lo cual produjo mucho dolor a esa persona. Por eso, las palabras del diputado Aguiló hay que tomarlas en cuentas. Me habría gustado ver a la Oposición con la mitad del entusiasmo, energía y ganas con que denuncia y utiliza a estos aparecidos -tres, cuatro o cinco errores excepcionales-, peleando por la verdad y la justicia. Ojalá que cuando la Comisión Rettig, con un esfuerzo extraordinario, riguroso, responsable, trabajaba juntando antecedentes, investigando, recibiendo testimonios, la Derecha chilena hubiese entregado información. Ello habría permitido, sin duda alguna, avanzar mucho más rápido y, quizás, con mayor profundidad, respecto de estos casos. Me habría gustado que la mitad o la cuarta parte del entusiasmo que hoy vemos en la Derecha sacando provecho político de una situación tan dolorosa de la cual es responsable, lo hubiera usado en los tribunales peleando por más justicia, más verdad y reparación. Lamento mucho lo ocurrido, porque reabre heridas, produce dolor innecesario e injusto en los familiares de las víctimas. Sobre la materia, hay quienes pretenden, con la complicidad de algunos medios de comunicación, borrar la verdad histórica y sembrar un manto de duda sobre lo sucedido. También quiero pedirle al gobierno que no colabore con el show mediático de la Derecha. Ni el subsecretario del Interior ni el ministro tienen que recibir antecedentes de nada, porque, hoy, hay un ministro en visita que está investigando la aparición de algunos sinvergüenzas que infringieron la ley. Ése es el tema de fondo. El gobierno, la ley y las víctimas no tienen nada que ver con este asunto. Aquí hay errores excepcionales, uno, dos, cinco o diez de miles, que constituyen la verdad histórica, y dan cuenta de cómo se violaron en Chile los derechos humanos de manera sistemática. Conocemos muy bien el terrorismo de Estado y ésa es una verdad histórica, y la Derecha, por más esfuerzos que haga por borrarla, no va a lograrlo. Por lo mismo, insisto, si la diputada Rubilar tiene más antecedentes, en vez de darlos a conocer por goteo, con un claro afán de protagonismo mediático, debe entregarlos al ministro en visita, porque él será quien sancione a las personas que hicieron mal uso de un beneficio muy legítimo y justo, que ha favorecido a varios miles de familias que efectivamente han sufrido durante todos estos años. Eso es lo que quería resaltar, más allá de la importancia del proyecto. No hay peor crimen que asesinar a una persona, hacerla desaparecer y privar a su familia de la posibilidad del duelo. Las familias de los detenidos desaparecidos han vivido un duelo permanente y no merecen que, hoy, la Oposición, en gran parte responsable de esas violaciones a los derechos humanos, trate de sembrar un manto de duda respecto de una verdad histórica que es reconocida no sólo en Chile, sino que en todas partes del mundo. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa. La señora SAA (doña María Antonieta).- Señor Presidente, en primer lugar, espero que la Sala apruebe en forma unánime la iniciativa en discusión y que no se repita la abstención de diputados de la Alianza por Chile, como ocurrió en la Comisión. El proyecto en estudio es muy concreto, pero, a mi juicio, hemos tardado mucho en aprobarlo. Incluso más, en mi opinión, debió tramitarse en los primeros años de los gobiernos la Concertación, porque considera aspectos elementales para que los familiares de detenidos desaparecidos zanjen los asuntos patrimoniales y de familia ocasionados por la desaparición, lo que resulta de toda justicia. Por eso, reitero mi esperanza de que el proyecto se apruebe en forma unánime. La sociedad chilena ha hecho su reconocimiento sobre el drama vivido por los familiares de los detenidos desaparecidos y, en mi opinión, ningún chileno o chilena duda acerca de esa lamentable situación y del dolor que aflige a miles de compatriotas familiares de detenidos desaparecidos. En ese sentido, en concordancia con lo expresado por el diputado señor Fulvio Rossi, cabe preguntarse sobre lo tremendo que debe de ser para esas personas no saber dónde están los restos de sus familiares, no poder enterrarlos y visitarlos en un lugar específico, de manera de vivir el duelo como corresponde, como hacemos todos con nuestros familiares difuntos. Se trata de una situación tremendamente dolorosa para los familiares, pero también para el país. Al respecto, recuerdo que cuando el Presidente Aylwin dio a conocer el informe Rettig, millones de chilenos que lo presenciamos por televisión nos sentimos muy conmovidos. Algo similar ocurrió cuando se entregó el informe Valech. Una diputada expuso sus dudas sobre el particular. A lo mejor, no fue su intención, pero lo criticable es la publicidad con que actuó. Primero se habló de ocho casos; después, de dos, y finalmente resultaron ser tres. Al respecto, deseo preguntar lo siguiente: si en verdad importa dar solución a este tremendo problema, que hiere la conciencia del país, ¿por qué no se hace con menor despliegue mediático? En todo caso, debe tenerse presente que en toda obra humana existen errores, pero, en muchas oportunidades, también impera el aprovechamiento. Repito que tal vez la colega no tuvo esa intención, pero actuó en una forma que no se condice con la profundidad del problema y el dolor que conlleva. A mi juicio, al aprobar en forma unánime la iniciativa, la Cámara daría un buen ejemplo en relación con el reconocimiento de este problema y del arrepentimiento de todos los sectores por haber llegado en el pasado a una situación extrema, que nunca imaginamos. En efecto, cuando veíamos películas sobre la Segunda Guerra Mundial y las acciones llevadas a cabo por los nazis, jamás pensamos que en el país se llegaría a una persecución tan tremenda por pensar de manera diferente. Por eso, reitero que si la Cámara aprueba en forma unánime el proyecto, que permitirá aliviar en parte el dolor que sufren en su vida cotidiana familiares de detenidos desaparecidos, dará un muy buen ejemplo al país. En consecuencia, hago un llamado de manera especial a los colegas de la Oposición a prestar su aprobación unánime a la iniciativa y a no repetir la abstención de diputados de ese sector, como ocurrió en la Comisión de Derechos Humanos. No entiendo que puedan existir posiciones diferentes en esta materia. Sería una muy buena noticia para el país empezar el año con la aprobación unánime de este proyecto, pese a reconocer que en esta materia existe una tremenda deuda pendiente. Ojalá que en el futuro aparezcan los restos de los detenidos desaparecidos y se haga justicia. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Cristián Monckeberg. El señor MONCKEBERG (don Cristián).- Señor Presidente, voy a tratar de ser breve para no ocupar todo el tiempo restante del Orden del Día. En primer lugar, anuncio que si es necesario votar hoy el proyecto, así se hará. Escuché atentamente la intervención de los diputados y diputadas que me antecedieron en el uso de la palabra, a quienes respeto muchísimo. Concuerdo con ellos en todo lo que dice relación con sus expresiones de repudio a las violaciones de los derechos humanos, que nadie desconoce en esta Sala. Al revés, a muchos duele y preocupa que eso haya ocurrido en Chile. Al respecto, el país y el Congreso Nacional han hecho suficiente en materia legislativa para avanzar en la reparación del daño causado por las graves violaciones de los derechos humanos que se cometieron en el pasado y los consecuentes problemas ocasionados a muchas familias. Abundan ejemplos de legislaciones promovidas y aprobadas por el Congreso Nacional en diferentes oportunidades. No es necesario reseñarlas o nombrarlas una a una. Por lo tanto, el Poder Legislativo no se ha hecho el leso en esta materia; al revés, ha enfrentado el problema e, incluso más, una gran cantidad de proyectos de esta naturaleza contaron con el apoyo de diputados de Gobierno y de Oposición y se aprobaron en forma unánime. En relación con el proyecto en discusión, tras un detenido análisis, concuerdo con algunas objeciones planteadas por el diputado señor Burgos, pero, a diferencia de lo expresado por el colega, considero que el perfeccionamiento de la iniciativa debe hacerse en la Cámara y no esperar a que el Senado acometa esa tarea. En mi opinión, el proyecto presenta problemas jurídicos. Por lo tanto, dejando de lado toda consideración relacionada con las violaciones de los derechos humanos, que nadie desconoce, considero necesaria su revisión en aspectos como el orden sucesorio que se crea, muy diferente del establecido en el Código Civil, pensado y redactado tras una discusión llevada a cabo durante mucho tiempo por Andrés Bello y los integrantes de una subcomisión del Congreso Nacional de esa época. Por lo tanto, sin perjuicio de entender que se requiere legislar a la brevedad sobre la materia, soy de la idea de enviar el proyecto, por un plazo específico y determinado, a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, de manera que revise y corrija los artículos en que existen problemas. De esa forma, de la Cámara saldrá una buena iniciativa legal. Finalmente, deseo referirme a las críticas que ha recibido en esta Sala la diputada Karla Rubilar, a quien atribuyen haber montado un show mediático. Me llaman poderosamente la atención esas críticas, porque, como pocos, la colega Rubilar ha mantenido su compromiso en materia de defensa de los derechos humanos, lo que la ha llevado a votar de manera favorable innumerables proyectos de acuerdo y de ley orientados en esa línea; incluso más, en numerosas oportunidades ha salido en defensa de ideas y propuestas no compartidas por los demás integrantes de su bancada. Por lo tanto, dado el compromiso de la diputada Rubilar en esta materia, no es prudente calificar su actuación como show mediático. La colega es Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y, en tal condición, le corresponde hacer lo que ha hecho, es decir, recibir antecedentes y entregarlos ante las instancias correspondientes. A eso se ha limitado, lo que me parece muy bien. Al respecto, cabe preguntarse si habría sido correcto que la colega Rubilar hubiera guardado en un cajón los antecedentes que recibió, como hicieron muchos funcionarios. A mi juicio, no. Por lo tanto, la diputada actuó de la manera más competente que se puede exigir a quien ejerce la presidencia de una Comisión tan sensible como la de Derechos Humanos, pues recibió los respectivos antecedentes y los entregó, no en forma pública, sino de manera privada, al Gobierno y al juez que investiga la causa. Para terminar, deseo insistir en que sería prudente, bueno y sano que el proyecto, durante algún plazo determinado, sea revisado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, de manera que despachemos una buena iniciativa, toda vez que ésta adolece de ciertas complicaciones. Si la aprobamos así, en el Senado deberían mejorarla, lo que no es bueno ni sano para esta Cámara de Diputados. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- ¿Habría acuerdo para que los diputados señores Chahúan, Ascencio y Salaberry hagan uso de la palabra hasta por dos minutos cada uno? Acordado. Tiene la palabra el diputado señor Chahúan. El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, hemos presentado indicación para sustituir en el artículo 5º del proyecto la oración “así como la inclusión de una persona en el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación o en el Informe de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, así como en informes de comisiones de la misma naturaleza que pudieran crearse”, por la siguiente: “…,así como la inclusión de una persona en un decreto supremo que al efecto deberá dictar el Presidente de la República, en un plazo de 60 días, contados desde la publicación de esta ley”. La indicación se funda en que las comisiones a que se refiere el proyecto sólo pueden tener o han tenido la calidad de asesoras del Presidente de la República, por lo que, basado en su trabajo debidamente depurado, debe dictarse un decreto supremo al efecto, en el que la máxima autoridad de la nación asuma la responsabilidad de Estado pertinente. Sirve de referente a la indicación el naufragio del remolcador de alta mar Janequeo, en la bahía de San Pedro, Región del Biobío. La tragedia, ocurrida el 15 de agosto de 1965 y que causó honda consternación nacional, ocasionó muchas muertes y desaparecidos entre la tripulación. Si bien esa tragedia no constituye desaparición forzada, es del caso señalar que el 27 de diciembre de ese fatídico año se publicó la ley Nº 16.397, aprobada unánimemente por ambas ramas del Congreso, en cuyo artículo 1º se impuso al Presidente de la República la obligación de fijar por decreto supremo la nómina del personal naval que resultó afectado en dicho naufragio, debiendo dejar constancia de las personas que sobrevivieron, de quienes murieron y cuyos cadáveres fueron encontrados y de quienes desaparecieron. Consideramos que en el caso que nos ocupa puede emplearse una fórmula similar, amén de establecer la responsabilidad del Estado en las desapariciones. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Ascencio. El señor ASCENCIO.- Señor Presidente, antes de intervenir quería conocer la opinión de la Derecha sobre el tema -ya han hablado dos colegas de la Alianza-; quería saber qué pensaba, toda vez que algunos artículos del proyecto son normas de carácter orgánico constitucional; es decir, para su aprobación se requiere el voto favorable de 67 diputados en ejercicio. Por eso, sin los votos de la Derecha, se cae una parte sustancial del proyecto, su artículo 2º, que autoriza a un juez para hacer la declaración de ausencia. Más allá de las legítimas discusiones políticas, el proyecto es muy importante, sobre todo para las agrupaciones de familiares de detenidos desaparecidos, que así me lo expresaron, toda vez que establece mecanismos institucionales que permitirán a los miles de familiares de las víctimas el adecuado y satisfactorio ejercicio de sus derechos en el ámbito patrimonial y familiar. Por lo tanto, hoy necesitamos el gesto del Congreso. Estoy de acuerdo con las opiniones políticas, con la discusión acerca de los responsables de los detenidos desaparecidos, del deber del Estado y de lo que como Estado y Gobierno no hemos hecho. Me parece bien la crítica política e interesante la vía propuesta por el diputado Burgos, en el sentido de avanzar y dejar para otra instancia la solución de los problemas técnico-jurídicos. Por eso dije que era importante conocer la opinión de la Derecha, porque en la Comisión se abstuvo y aquí en la Sala necesitamos que vote favorablemente. De lo contrario, miles de familiares de las víctimas no podrán resolver los problemas patrimoniales y de familia que les afectan en su cotidianidad. Sé que puede ser tarde, después de 18 años de gobierno de la Concertación; sin embargo, estamos a punto de lograrlo. Por eso, le pido al diputado Monckeberg no seguir en la línea de siempre, de mandarlo nuevamente a Comisión y votarlo en otra oportunidad. Eso es sólo demorar más una solución que no puede esperar. Y al diputado Cristián Monckeberg que no insista en esa línea y al diputado señor Chahuán, que presentó la indicación, le pido que dé la unanimidad para votarla inmediatamente, después de la votación general. Una breve consideración a los dichos del diputado Monckeberg y al aprovechamiento político que se está haciendo de los recientes casos de supuestos detenidos desaparecidos. No soy partidario de la censura en contra de la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos. Y no lo soy, porque no deseo que mi crítica se transforme en un hecho amenazante para sacarla de una posición en la cual está por un acuerdo político en el que yo no participé. Sin embargo, hay que tener cuidado con las cosas que se dicen. Al diputado Monckeberg le acabo de escuchar que la información se entregó privadamente, en forma reservada. ¡No! Lo único que no hicieron fue entregar los nombres, pero llegaron con toda la prensa posible para producir un efecto político. Eso no es correcto. Y no lo es, porque de acuerdo con la información que poseo, de los tres casos que la diputada Rubilar llevó a La Moneda, dos corresponden a muertes por violencia política y reconocidas por la Comisión, y el tercero, de quien dicen que anda paseando por Buenos Aires, correspondería uno de los cinco hijos de una destacada luchadora de los derechos humanos y que fue detenido desaparecido. Esta información hay que corroborarla y, de ser cierta, todo lo que han hecho con la prensa para participar en muchos noticieros en la noche y producir un efecto político, hoy se les derrumba. Por eso, cuidado con el aprovechamiento político. No estoy por la censura, pero sí porque la Presidenta de la Comisión y todos nosotros actuemos de manera responsable. Nos interesa el proyecto y necesitamos los votos de la Alianza para los artículos que requieren quórum de ley orgánica constitucional para su aprobación. Por lo tanto, les pido que cambien la posición que tuvieron en la Comisión, donde se abstuvieron y, por favor, voten favorablemente el proyecto. Por último, deseo recordar que nuestra bancada, hace cuatro o cinco años, pidió la creación de una Subsecretaría de Derechos Humanos. Todos los enredos y problemas que se han suscitado justifican ampliamente su existencia, y sería bien bueno que comenzáramos nuevamente a discutir su creación. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Felipe Salaberry. El señor SALABERRY.- Señor Presidente, efectivamente nosotros nos abstuvimos en la Comisión y hoy en la Sala mantendremos la misma posición. Voy a explicar por qué. En primer lugar, los delitos asociados a la desaparición forzada empiezan a ser reconocidos en la legislación mundial, en particular por las Naciones Unidas. Sin embargo, y tal como lo señalamos en la Comisión, su cometido no puede ser sólo atribuible a los agentes del Estado, toda vez que grupos organizados pueden llevar a cabo la desaparición forzada de personas por la vía del secuestro, como ocurre en Colombia y en otros países. Por lo tanto, disponer que sólo los agentes del Estado incurren en tales hechos nos parece una restricción a la norma. Es más, le preguntamos al Ejecutivo si existía la posibilidad de que un delito tan lamentable, doloroso y de estas características se estableciera de manera permanente en nuestra legislación y no limitado a un período de nuestra historia -porque nadie duda de los hechos y de lo que fueron para la sociedad chilena-, porque, Dios no lo quiera, podrían volver a ocurrir el día de mañana. Por lo tanto, dado que no hubo ese ánimo en la Comisión por legislar de la manera en que le planteamos en su oportunidad al señor subsecretario, vamos a mantener nuestra abstención en esta ocasión. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- Tiene la palabra el señor subsecretario de la Presidencia. El señor RIVEROS (subsecretario general de la Presidencia).- Señor Presidente, he solicitado la palabra sólo para aclarar dos situaciones. El proyecto de ley busca resolver una situación de hecho ocurrida en un determinado lapso, por causas muy precisas, para dos efectos exclusivamente civiles -y no otros-: la sucesión o transferencia del patrimonio y, eventualmente, la disolución del matrimonio si la cónyuge no desaparecida así lo solicita. Ahora bien, el concepto de desaparición forzada está determinado por ese hecho. Los grupos que actuaron con la aquiescencia o la tolerancia de las instituciones del Estado también caen dentro del concepto de la desaparición forzada que se propone. De tal manera que justificar con ese argumento la abstención en esta votación, quiero decirlo con franqueza, es eludir el tema de fondo. Estamos tratando de resolver una situación de hecho, que lamentablemente ocurrió en nuestro país en determinado período, lo que explica la temporalidad de la norma, la que, por lo demás, no tiene otro efecto retroactivo, como está establecido en el propio proyecto de ley que ha sido sometido a la consideración de la Sala de la Cámara de Diputados. He dicho. El señor ENCINA (Presidente).- En votación general el proyecto de ley, con excepción de su artículo 2º, que contiene materias propias de ley orgánica constitucional. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 55 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 31 abstenciones. El señor ENCINA (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Burgos Varela Jorge; Schilling Rodríguez Marcelo; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Del Río Eduardo; Díaz Díaz Marcelo; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; EnríquezOminami Gumucio Marco; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Fuentealba Vildósola Renán; Girardi Briere Guido; Goic Boroevic Carolina; Hales Dib Patricio; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Leal Labrín Antonio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D'albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Robles Pantoja Alberto; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Saffirio Suárez Eduardo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Patricio. -Se abstuvieron los diputados señores: Alvarado Andrade Claudio; Álvarez Zenteno Rodrigo; Arenas Hödar Gonzalo; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Cardemil Herrera Alberto; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Forni Lobos Marcelo; García García René Manuel; Godoy Ibáñez Joaquín; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Recondo Lavanderos Carlos; Salaberry Soto Felipe; Turres Figueroa Marisol; Uriarte Herrera Gonzalo; Valcarce Becerra Ximena; Vargas Lyng Alfonso; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe. El señor ENCINA (Presidente).- En votación general el artículo 2º del proyecto, que requiere el voto afirmativo de 67 señores diputados en ejercicio para ser aprobado. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 35 abstenciones. El señor ENCINA (Presidente).- Rechazado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Burgos Varela Jorge; Schilling Rodríguez Marcelo; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Duarte Leiva Gonzalo; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Fuentealba Vildósola Renán; Girardi Briere Guido; Goic Boroevic Carolina; Hales Dib Patricio; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Leal Labrín Antonio; Meza Moncada Fernando; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D'albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Quintana Leal Jaime; Robles Pantoja Alberto; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Saffirio Suárez Eduardo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Patricio. -Se abstuvieron los diputados señores: Aedo Ormeño René; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez Zenteno Rodrigo; Arenas Hödar Gonzalo; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Becker Alvear Germán; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Cardemil Herrera Alberto; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Forni Lobos Marcelo; García García René Manuel; Godoy Ibáñez Joaquín; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Monckeberg Bruner Cristián; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Recondo Lavanderos Carlos; Salaberry Soto Felipe; Turres Figueroa Marisol; Uriarte Herrera Gonzalo; Valcarce Becerra Ximena; Vargas Lyng Alfonso; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe. El señor ENCINA (Presidente).- Se ha presentado una indicación y se ha pedido votarla de inmediato. ¿Habría acuerdo? Varios señores DIPUTADOS.- ¡No! El señor ENCINA (Presidente).- El proyecto vuelve a Comisión. VI.PROYECTOS DE ACUERDO IMPLEMENTACIÓN DE PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN EN SEXUALIDAD Y AFECTIVIDAD. (Votación). El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Corresponde votar por última vez el proyecto de acuerdo Nº 689. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 44 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 5 abstenciones. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Alinco Bustos René; Allende Bussi Isabel; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Duarte Leiva Gonzalo; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Girardi Briere Guido; Goic Boroevic Carolina; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Leal Labrín Antonio; Meza Moncada Fernando; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D'albora Adriana; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Quintana Leal Jaime; Robles Pantoja Alberto; Rossi Ciocca Fulvio; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Saffirio Suárez Eduardo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Súnico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Vallespín López Patricio; Venegas Rubio Samuel; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Patricio. -Se abstuvieron los diputados señores: Dittborn Cordua Julio; Recondo Lavanderos Carlos; Salaberry Soto Felipe; Turres Figueroa Marisol; Uriarte Herrera Gonzalo. AMPLIACIÓN DE PERÍODO PARA EJERCER FACULTAD DE ADMISIÓN PARA PREKINDER. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo. El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo Nº 690, de los señores Martínez, Valenzuela, Bobadilla, señora Pérez, doña Lily, y señores Jaramillo, Galilea, Silber, Olivares, Bertolino, Chahuán, Lobos, Delmastro, Hernández, Sabag, Aedo, Errázuriz, Verdugo, García-Huidobro, Arenas y Ojeda, que en su parte resolutiva dice: “La Cámara de Diputados acuerda: Solicitar a la ministra de Educación que, en uso de las atribuciones que le otorga la ley, disponga la modificación del decreto exento Nº 171, del Ministerio de Educación, de 2005, en el sentido de ampliar el período que los directores de establecimiento educacionales tienen para ejercer la facultad de admisión establecida en el artículo 2º del citado cuerpo legal para prekinder, al 31 de diciembre del año respectivo, específicamente en aquellos lugares donde no existe cobertura de salas cuna o jardines infantiles”. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Para hablar a favor del proyecto, tiene la palabra el diputado señor Rosauro Martínez. El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, hace algún tiempo recibí una propuesta muy interesante de un destacado profesor y director de una escuela rural de la comuna de Chillán, cuya solidez radica en la constatación de una realidad que ese profesional vive a diario. De esta manera surge este proyecto de acuerdo, que es muy sencillo y de fácil aplicación. Su importancia radica en que enfrenta un hecho objetivo, que es una necesidad homologable a todas las escuelas rurales del país, especialmente a aquellas donde todavía no es posible implementar la educación parvularia en sus niveles más básicos. Al respecto, es importante recordar que el actual Gobierno comprometió la incorporación de 180 mil niños al primer nivel de transición al 2010. Según el propio Ministerio de Educación, para alcanzar esta meta se requiere un aumento gradual de la matrícula, en los establecimientos subvencionados, de 20 mil niños por año. Para alcanzar dicho objetivo, que todos compartimos porque estamos conscientes de las bondades de la educación parvularia, en el caso del sector rural, se requiere cierta flexibilidad que facilite el acceso de los niños al primer nivel. Pero, la dificultad radica en que se pretende abordar esta iniciativa de acuerdo con el decreto exento Nº 171, de 24 de febrero de 2005, de Educación, que modifica el decreto Nº 64, de 1992, también de Educación, sobre edades de ingreso a la educación parvularia y al primer año de la enseñanza básica. En lo que respecta al primer nivel de transición, o prekinder, dicho decreto establece que la edad mínima es de cuatro años cumplidos al 31 de marzo del año escolar correspondiente. Asimismo -es muy importante retener este dato-, faculta al director del establecimiento educacional correspondiente para decidir sobre la admisión de aquellos niños que cumplan la edad en fechas posteriores, siempre que no excedan al 30 de junio del mismo año. Si bien dicho decreto es un elemento de flexibilidad importante, -así lo reconocemos en el proyecto de acuerdodeja fuera de las actividades educacionales a todos los niños que cumplen cuatro años con posterioridad al 30 de junio, situación que afecta a los de las localidades rurales, que no tienen alternativas de cobertura del nivel parvulario, como los jardines infantiles existentes en los sectores urbanos. Es decir, los establecimientos educacionales allí existentes que imparten el primer y segundo nivel de transición, que conocemos como prekinder y kinder, no pueden acoger a los niños que cumplan cuatro años con posterioridad al 30 de junio, debiendo esperar hasta el siguiente año escolar. Si queremos mejorar la calidad de vida de la familia, creemos que la espera, por una limitante de edad, debe ser modificada, para lo cual proponemos ampliar la facultad que tiene el director del establecimiento educacional en los sectores donde no existen alternativas, con el objeto de que permita el ingreso de los niños que cumplan cuatro años dentro del año escolar. Recordemos que esa facultad se ejerce con los respaldos correspondientes. Es relevante estimular el desarrollo intelectual, físico y social de los niños desde su más temprana edad por eso, invito a los colegas a votar favorablemente el proyecto de acuerdo. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes para hablar a favor del proyecto de acuerdo. El señor MONTES.- Señor Presidente, en un momento de crisis, de recesión y de riesgo de desempleo, es muy importante que el sistema tenga toda la flexibilidad del caso para aceptar, en el curso del año, todo tipo de cambios. Vivimos momentos en que la educación pública municipal debería tener toda la flexibilidad para aceptar niños cuyos padres no pueden pagar otros colegios. Por lo tanto, deben ser eliminadas todas las rigideces del sistema. Más aún, creo que los municipios deben iniciar campañas para captar matrículas, porque es un período en que muchas familias deben prepararse para enfrentar las eventualidades de este año. Por lo tanto, es necesario apoyar el proyecto de acuerdo, porque da más flexibilidad. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Ofrezco la palabra para impugnar el proyecto de acuerdo. Ofrezco la palabra. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- No hay quórum. Se va a repetir la votación. -Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 43 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aedo Ormeño René; Álvarez Zenteno Rodrigo; Arenas Hödar Gonzalo; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bobadilla Muñoz Sergio; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Chahuán Chahuán Francisco; Díaz Del Río Eduardo; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Fuentealba Vildósola Renán; Girardi Briere Guido; Goic Boroevic Carolina; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Monckeberg Bruner Cristián; Montes Cisternas Carlos; Mulet Martínez Jaime; Nogueira Fernández Claudia; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Súnico Galdames Raúl; Tohá Morales Carolina; Uriarte Herrera Gonzalo; Valcarce Becerra Ximena; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Verdugo Soto Germán; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio. VALIDACIÓN DE TEST RÁPIDOS DEL VIRUS DE LA INMUNODEFICIENCIA HUMANA. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- El señor Prosecretario dará lectura al siguiente proyecto de acuerdo. El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo Nº 691, de los señores Martínez, Accorsi, Aedo, Girardi, Jaramillo, Chahuán, Lobos, Galilea; de las señoras Rubilar, doña Karla; Pérez, doña Lily; y Valcarce, doña Ximena, y de los señores Bobadilla, Sabag, Deslmastro, Ojeda, Hernández, Monckeberg, don Cristián; García-Huidobro, Vargas, Arenas y Bertolino, que en su parte resolutiva dice: “La Cámara de Diputados acuerda: Solicitar al señor ministro de Salud tenga a bien estudiar la validación de los exámenes conocidos como test rápidos del virus de inmunodeficiencia humana (VIH) y autorizar su aplicación en el país a los grupos más vulnerables, tanto en los servicios hospitalarios como en los consultorios y centros de salud.” El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Rosauro Martínez. El señor MARTÍNEZ.- Señor Presidente, hemos pasado del asombro y la indignación por los casos de sida no informados, a las propuestas para mejorar el sistema, situación que me alegra. En definitiva, para la población es lo que verdaderamente importa. He seguido con mucha atención las medidas que la autoridad de salud y los expertos sugieren implementar, y siendo todas ellas muy importantes para el objetivo que se persigue, nos sigue faltando una acción para hacer más efectivo el examen, precisamente la que pretende abordar este proyecto de acuerdo, cual es la incorporación en nuestro sistema de salud de los exámenes conocidos como test rápidos del virus de la inmunodeficiencia humana, reconocidos en el mundo y que la experiencia comparada muestra como muy certeros, con niveles de confiabilidad de 99,8 por ciento y con la enorme ventaja que significa, en una sola sesión, tomar la muestra, entregar el resultado y hacer la consejería, lo que es central en todo este proceso, porque se trata de romper lo más pronto posible la cadena de transmisión, evitando de esta forma su propagación. La evidencia clínica revela que la detección precoz mejora el pronóstico de la enfermedad y reduce el contagio en 40 por ciento, debido a que la carga viral que tienen los no diagnosticados los hace muy contagiosos. Además de estas ventajas objetivas respecto del test convencional, es decir, el tiempo y la presencia inmediata del paciente, los test permiten generar rápidamente un plan de acción conjunto para enfrentar la situación, lo que posibilita afrontar otro factor muy complejo: la connotación negativa que el sida, lamentablemente, todavía tiene en nuestra sociedad y que provoca reticencia en las personas a concurrir a centros hospitalarios para hacerse los exámenes y, más aún, a volver por los resultados. Este regreso por los resultados -lo hemos visto en nuestro países una dificultad que ha llevado a buscar alternativas, incluso, como los test rápidos para el hogar, en Estados Unidos, y la realización de éstos en farmacias catalanas, a contar de enero próximo, iniciativas que tienen un objetivo preciso: romper la cadena de transmisión de la enfermedad. De allí la urgencia, dentro de esta realidad que nos preocupa a todos, de validar este tipo de test y autorizar su aplicación en nuestro sistema de salud, en el entendido de que es una opción que busca entregar información oportuna a quienes padecen esta enfermedad que, pertinente es decirlo, no es exclusiva de los grupos de riesgo. Por ese motivo, invito a los colegas a aprobar este proyecto de acuerdo. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Ofrezco la palabra para apoyar el proyecto de acuerdo. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra para impugnarlo. Ofrezco la palabra. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- No hay quórum. Se va a repetir la votación. En votación. -Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Nuevamente no hay quórum. Se llamará a los señores diputados por cinco minutos. -Transcurrido el tiempo reglamentario: El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En votación el proyecto de acuerdo Nº 691. -Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 25 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- No hubo quórum. El proyecto se votará por última vez en la próxima sesión. -Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es: www.camara.cl/trabajamos/pacuerdos.aspx VII.INCIDENTES INFORMACIÓN SOBRE PLAN DE CÁRCELES CONCESIONADAS EN LA QUINTA REGIÓN. Oficios. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En Incidentes el primer turno corresponde al Comité de Renovación Nacional, que le ha cedido siete minutos de su tiempo al diputado señor Marcelo Forni de la Unión Demócrata Independiente. Tiene la palabra, señor diputado. El señor FORNI.- Señor Presidente, en los últimos días, asumió como seremi de Justicia de la Quinta Región el abogado Roberto Ravest, quien hizo un llamado a mejorar los recintos penales de la región. Nadie puede oponerse a una iniciativa como ésta. Es más, hace bastante tiempo venimos solicitando que se inviertan recursos en los penales de Los Andes, San Felipe, Putaendo, La Ligua y otras comunas, sin éxito hasta ahora. Durante el gobierno del Presidente Lagos se prometió duplicar la superficie de cárceles en el país, promesa que, por cierto, no se cumplió. Es más, recién se ha construido un poco más del 50 por ciento de lo ofrecido y una vez construido el total, los reclusos estarán nuevamente hacinados. Esto resulta tremendamente preocupante, porque demuestra falta de gestión y porque, además, no cumple con el objetivo de rehabilitación y reinserción de los reclusos, para lo cual requieren más espacio para aprender un oficio y para estudiar y vivir dignamente, con más posibilidades de que el sistema los rehabilite y no se convierta en una escuela del delito, como ocurre hoy. A lo anterior hay que agregar que como el énfasis se ha puesto en resolver los problemas de las nuevas cárceles concesionadas, poco se ha hecho para mejorar los recintos penales que, por su antigüedad, presentan serias deficiencias, como ocurre con los de la Quinta Región. Una y otra vez, para muchos vecinos de Aconcagua vuelve el fantasma del anuncio de una mega cárcel, particularmente en el sector de Curimón, en la provincia de San Felipe, donde la municipalidad ha proyectado construir un importante complejo deportivo. Por eso, considero que es necesario oficiar al ministro de Justicia, a fin de que informe a la Cámara de Diputados sobre el estado real de avance, al 31 de diciembre de 2008, del plan de cárceles concesionadas anunciado durante el gobierno del Presidente Lagos y sobre los nuevos plazos fijados para la entrega de cada uno de los planteles concesionados. Asimismo, que nos informe acerca del número de cupos que han generado los planteles ya inaugurados, los que se espera generar y el porcentaje de hacinamiento de la población penal en nuestro país. Además, queremos saber el costo inicial aprobado para la construcción de los diez nuevos planteles anunciados y su costo final, es decir, cuando sean entregados a la comunidad. Deseamos que nos informe si existe una segunda etapa de cárceles concesionadas y, de existir, si se considera la construcción de recintos penales en las provincias de Los Andes y San Felipe, los lugares de emplazamiento y demás detalles de los proyectos. Del mismo modo, que nos informe respecto de los recursos que se espera invertir durante 2009 para mejorar la infraestructura y la seguridad en los recintos penales de la Quinta Región. Pido que se envíe copia de mi intervención a todos los alcaldes de las provincias de Los Andes y San Felipe. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la adhesión de los diputados que así lo estén indicando a la Mesa. ESTADO DE CUMPLIMIENTO DE ACUERDO ENTRE MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y DULCEROS DE LA LIGUA. Oficio. El señor FORNI.- Un sector muy importante para la comuna de La Ligua es el de las dulceras, es decir, las llamadas “palomitas”, que trabajan a un costado de la Ruta 5 Norte, en la provincia de Petorca. Ese sector está muy preocupado por el incumplimiento del acuerdo a que llegaron con el Ministerio de Obras Públicas. Estamos trabajando muy de cerca con esa organización. Nos reunimos con su presidente, Juan Villalobos, e iniciamos los trámites en el Ministerio de la Cultura y de las Artes para que los dulceros de La Ligua sean reconocidos como patrimonio histórico vivo, realzando así la importancia del gremio para el país y para la actividad turística y económica de la zona. Pero eso no basta. Ese gremio fue uno de los principales perjudicados por el polémico diseño del nuevo trazado de la Ruta 5 concesionada entre Santiago y Los Vilos. Esta situación llevó a que se realizaran numerosas reuniones, que culminaron con un acuerdo, de fecha 7 de abril de 2005, que, entre otras cosas, entregó al gremio un área de ventas de productos típicos. Transcurrido ya casi cuatro años desde que se adoptó el acuerdo, en representación de estos esforzados y sacrificados trabajadores de La Ligua, quiero pedir que se oficie al ministro de Obras Públicas para que nos informe respecto del cumplimiento de los siguientes compromisos: 1) Conocer el alcance de la expresión “habilitar dos espacios para el comercio”, incluida en el acuerdo, toda vez que esos sectores hoy no cuentan ni siquiera con luz eléctrica. Luego, en el mismo acuerdo se habla de “construcción de tales espacios”, por lo que sería muy interesante saber en qué consistieron esas obras, más aún cuando se señala que ellas pretenden “asegurar la fuente de trabajo y mejorar las condiciones físicas donde se desarrolla esta actividad laboral tradicional de la zona.” 2) Saber si el Ministerio de Obras Públicas cumplió con sus obligaciones de delimitación y cierre de las áreas de venta de dulces, mediante cercos de alambreas de púas, y si las pistas de acceso, salida, aceleración y frenado cumplen con las normas del Manual de Carreteras. 3) Que indique si se han cumplido las normas de señalización del área y si existe disposición del Ministerio o de la empresa concesionaria para mejorar este aspecto. 4) Que informe sobre la evaluación que ha hecho el Ministerio de la obligación de construir y rehabilitar los fosos destinados a evacuar las aguas lluvia, así como la reubicación de un canal de riego revestido al oriente de la Ruta 5 Norte. 5) Saber cuál es el estado de cumplimiento de la obligación del Ministerio de Obras Públicas de iluminar las áreas de venta de dulces y, de haberse cumplido esa obligación, quién está asumiendo el costo del consumo. 6) Que nos informe si el MOP, a través de la Coordinadora General de Concesiones, ha aprobado el reglamento interno de funcionamiento del área que la municipalidad debía presentarle para su consideración. Entre los trabajadores existe mucha incertidumbre respecto del fiel cumplimiento de este acuerdo, y me siento en el deber de responder a sus inquietudes, entre otras cosas, por tratarse de chilenos sacrificados que son fuente de ingreso para muchas familias de la provincia de Petorca. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicito por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los diputados que así lo están indicando. MEDIDAS EN FAVOR DE PRODUCTORES DE CAROZOS DEL VALLE DEL ACONCAGUA. Oficio. El señor FORNI.- Por último, los efectos de la crisis financiera internacional empiezan a sentirse de a poco, al menos en el plano de las expectativas, por lo que muchos exportadores han comenzado a tomar ciertos resguardos frente a un mercado que tiene un comportamiento aún imprevisible. Lamentablemente, como suele ocurrir, uno de los sectores más afectados es el agrícola, el de los pequeños productores, en particular, el de los productores de carozos del valle del Aconcagua. La situación que hoy afecta a cientos de productores de duraznos de ese valle es extremadamente grave y de difícil solución, por lo que se requerirá voluntad política del Ministerio de Agricultura para salir adelante. En muchos casos, no existen contratos de compra, por lo que resulta difícil y no corresponde obligar a las empresas exportadoras a adquirir los productos, situación que, a pocos días de iniciarse la cosecha, genera un daño económico importante a los pequeños y medianos productores de las provincias de Los Andes y San Felipe. Considero razonable que el Ministerio de Agricultura, a través de los distintos organismos que apoyan a los pequeños y medianos agricultores, pueda organizarlos, asesorarlos y proveerlos de la información que necesitan para prever situaciones de mercado complejas, como las que hoy estamos presenciando en el sector de los carozos. Desde hace mucho tiempo venimos diciendo que no basta con dar crédito a esos agricultores, sino que debemos capacitarlos y transferirles tecnología para asegurar el éxito de una actividad económica tan importante para el país y para el Valle del Aconcagua. En general, soy muy optimista y trato de ser lo más objetivo posible; sin embargo, siento que los últimos gobiernos de la Concertación no han mostrado mayor sensibilidad por los problemas del sector agrícola. Por eso, dificulto que avancemos mucho respecto de un problema en el que venimos insistiendo desde hace muchos años. Espero equivocarme. Por lo tanto, quiero pedir que se oficie a la ministra de Agricultura, a fin de que informe a la Cámara cómo ha pensado reaccionar frente a ésta u otras crisis similares que se puedan dar en un año especialmente complejo. Junto con ello, que nos informe cuáles son las medidas que ha decidido adoptar para enfrentar la situación particular que afecta a los pequeños productores del Valle del Aconcagua, y acerca de la posibilidad de constituir una mesa de trabajo que permita avanzar en soluciones para ese sector. Asimismo, que nos indique cuál es la factibilidad de implementar medidas de efecto inmediato que puedan servir para paliar dicha crisis, entre las cuales me atrevo a proponer la intermediación con los bancos acreedores y con las empresas que proveen suministros agrícolas. Desde ya, nos ponemos a disposición del Ministerio para ayudar en la búsqueda de soluciones que permitan evitar que esta situación pueda generar pérdida de empleos y, por lo tanto, cesantía en el Valle del Aconcagua. Pido que se envíe copia de mi intervención a los presidentes de las asociaciones de agricultores de Los Andes y de San Felipe y al presidente de Fedefruta. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y la con adhesión de los diputados que así lo están indicando. RECONOCIMIENTO A LABOR REALIZADA POR OSCAR SUMONTE, EX ALCALDE DE COMUNA DE CONCÓN. Oficio. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Francisco Chahuán. El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, quiero en esta oportunidad rendir un merecido reconocimiento a quien fuera durante casi doce años consecutivos, alcalde de la comuna de Concón, don Oscar Sumonte González, y que el 6 de diciembre recién pasado, hizo entrega de dicho cargo a su sucesor, don Jorge Valdovinos Gómez, quien resultó triunfador en la última elección municipal. Don Oscar Sumonte estuvo al frente de la comuna desde el año 1997, dos años después de haber sido refundada oficialmente en virtud de la ley Nº 19.424. Cabe señalar que esta localidad había tenido anteriormente la calidad de comuna entre los años 1899 y 1927, en que fue nuevamente absorbida por la de Viña del Mar. Durante este segundo restablecimiento como municipio, la extensa gestión alcaldicia del señor Sumonte logró la meta de darle una real autonomía a la comuna, ya que en forma paulatina fue eliminando los lazos que la unían a Viña del Mar, y actualmente Concón tiene una población cercana a los 33 mil habitantes, que aumenta significativamente en el verano, por la gran afluencia de numerosos turistas que concurren a disfrutar de sus encantos y bellezas naturales. Ha sido precisamente este importante aspecto el que ha caracterizado la labor del alcalde Sumonte, que desarrolló un interesante programa para otorgar a Concón, la calidad de capital gastronómica del país, mediante el establecimiento de una producción limpia certificada, que hace deleitarse a sus visitantes con los sabrosos productos marinos que ofrece el mar que baña su costa y que se expenden en los innumerables establecimientos gastronómicos existentes en la comuna. Asimismo, el señor Sumonte dio gran importancia al desarrollo educacional para los niños y adolescentes de la comuna, lo que ha permitido contar con establecimientos de muy buena calidad, que posibilita que los alumnos puedan realizar toda su educación básica y media en la comuna, sin tener que desplazarse a Viña del Mar o Valparaíso, como ocurría anteriormente. De igual modo, durante la gestión del alcalde Sumonte, se logró concretar la instalación de un interesante museo histórico y arqueológico, que conserva y resguarda todos los elementos históricos, tradicionales y ancestrales de la localidad, que forman parte de su patrimonio propio, que constituyen la identidad de los conconinos. Por otra parte, la labor de dicha autoridad edilicia se enfocó en gran medida al combate a la contaminación medioambiental, que durante muchos años ha asolado a la comuna, logrando mitigar en importante medida sus efectos. Podemos señalar finalmente, que la gestión del alcalde Sumonte logró establecer una comuna pujante, que cuenta con todos los servicios de una ciudad moderna, fruto del alto desarrollo inmobiliario alcanzado, y que también cuenta con un creciente polo industrial, lo que significará más empleo para sus habitantes, con toda la demanda agregada que ello significa, todo lo cual les permitirá alcanzar un grado de bienestar verdaderamente digno de una comuna floreciente. Todos estos atributos hacen que la comunidad conconina guarde un grato recuerdo de su alcalde, que se desempeñó como tal desde la refundación de la comuna y por tres períodos consecutivos, por lo cual y como modesto testimonio del reconocimiento de los habitantes de Concón, me permito solicitarle señor Presidente, tenga a bien enviar copia de esta intervención al señor Oscar Sumonte González, que actualmente aporta su valiosa experiencia en gestión edilicia a la Municipalidad de Villa Alemana, asesorando a dicha corporación en materias culturales. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará un oficio solicitado por su señoría. DICTAMEN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA SOBRE VALIDEZ DE LICENCIAS MÉDICAS DE CONCEJALES Y SOBRE USO HABITACIONAL DE BIENES RAÍCES FISCALES POR FUNCIONARIOS MUNICIPALES. Oficio. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En el turno del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Renán Fuentealba. El señor FUENTEALBA.- Señor Presidente, quiero pedir que se oficie con contralor general de la República, con el objeto de que emita un dictamen acerca de si las licencias médicas tienen mérito suficiente para justificar inasistencias de los concejales a las sesiones del concejo, lo que les permite cobrar después la dieta correspondiente. Es una práctica reiterada que he observado en algunas municipalidades de mi distrito. Ante la ausencia de una normativa que regule tal situación, me interesa que la Contraloría General de la República emita una resolución sobre la materia. Asimismo, pido que el ente contralor emita un dictamen que puntualice si procede que funcionarios municipales hagan uso habitacional de bienes raíces fiscales. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría, adjuntando el texto de su intervención, con la adhesión de los diputados que así lo están solicitando a la Mesa. INFORMACIÓN SOBRE CONSTRUCCIÓN, COMPRA Y EQUIPAMIENTO DE EDIFICIO PARA TRIBUNALES Y SOBRE SITUACIÓN DE JUZGADOS DE OSORNO. Oficio. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda. El señor OJEDA.- Señor Presidente, ya cercano a expirar el 2008, los medios de comunicación informaron de una millonaria inyección de recursos comprometidos por el Gobierno para el mejoramiento de los tribunales de familia del país. Es una muy buena noticia, dado el cuestionamiento de que han sido objeto por la lentitud en las tramitaciones de las causas y las incomodidades en la atención que prestan. El plan se va a desarrollar en un período de seis años, con una inversión que asciende a 158 mil millones de pesos, y considera la construcción, compra e implementación de edificios. El plan apunta -es digno de mencionarlo y de destacarlo- a entregar una administración de justicia eficiente y oportuna a la ciudadanía, mediante la construcción de 26 edificios y la compra de otros 33, con su correspondiente equipamiento. Además, se financiarán soluciones transitorias, mientras se terminan las obras definitivas que albergarán a los tribunales de familia. Pero, a pesar que la noticia es positiva, quiero dar a conocer una inquietud que dice relación con los otros tribunales que están funcionando en casonas o edificios arrendados, lo que incrementa los costos debido al alto valor de los arriendos. Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Justicia, a fin de que se elabore un plan que apunte a normalizar esa situación. Además, solicito que se oficie al mismo ministro de Justicia y al director de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, a fin de que se consideren recursos para la construcción de un edificio que cobije al Juzgado de Familia de Osorno, porque actualmente el arriendo del inmueble en el cual funciona es muy alto. Por otra parte, el Tercer Juzgado, que será suprimido el 31 de octubre y reemplazado por un Juzgado del Trabajo, también funciona en un edificio arrendado. Por eso, sería necesario destinar recursos para la construcción de un edificio adicional al que ocupan los tribunales de garantía en Osorno, de manera que los diferentes juzgados estén concentrados en un lugar. Finalmente, pido que el ministro de Justicia me remita, si es posible, el listado de los 26 edificios que se van a construir y de los 33 que se van a comprar, a fin de que la Cámara de Diputados tenga una completa información sobre la materia. Felicito al Gobierno por este importante anuncio. Son las cosas que hay que destacar y no sólo criticar en forma permanente. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, adjuntando copia de su intervención, con la adhesión de los diputados que así lo están solicitando. INFORMACIÓN INSUFICIENTE DEL DEMRE SOBRE CUPOS SUPERNUMERARIOS DE UNIVERSIDADES. Oficios. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- En el turno del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa. La señora SAA (doña María Antonieta).- Señor Presidente, en el diario La Tercera del domingo 4 del mes en curso se publica la historia de Sujey Pérez. Es una joven de 18 años que nació y vive en la población San Rafael, comuna de La Pintana. Siempre fue la mejor alumna de su curso y terminó su educación media con un promedio de notas de 6,8. Sin embargo, en su ambiente, nada la estimulaba para seguir la educación superior. Su abuelo fue analfabeto; su madre, embarazada, abandonó el colegio a los 13 años, y su padre fue el único de 8 hermanos que terminó la enseñanza media. Estudió en el liceo Mariano Latorre, conocido en la comuna como la maternidad Latorre, ya que en los últimos siete años se han embarazado 197 alumnas. Los resultados del Simce tampoco son buenos. El 2006, el colegio obtuvo 193 puntos en matemáticas y 217 en lenguaje, resultados muy por debajo del promedio nacional, que es de 247 puntos. La tasa de inasistencia bordea el 20 por ciento y muchas veces hay que luchar contra la deserción, producto de la presión que ejercen sobre los alumnos las propias familias, cuyo ingreso promedio es de 167 mil pesos mensuales. A pesar de la adversidad y del estigma anterior, Sujey Pérez fue la única alumna del liceo Mariano Latorre, en muchos años, con posibilidades de entrar a la universidad. Obtuvo 653 puntos en la PSU; le faltaron 40 puntos para ingresar a estudiar Derecho en la Universidad de Chile, quedando en lista de espera. Quedó en la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, pero no cuenta con los recursos suficientes para su mantención en esa ciudad. ¿Qué pasa con nuestros niños talentosos pobres? En los últimos días, se ha hablado de la tremenda brecha educacional que existe entre los colegios privados y los municipalizados y subvencionados. ¿Es la PSU el mejor indicador académico para ingresar a la universidad? Sujey Pérez fue capaz de superarse paso a paso con mucho estudio. En los primeros ensayos obtuvo apenas 300 puntos. Pero esta niña talentosa, condenada por su cuna, no pudo ingresar a la Universidad de Chile a estudiar Derecho. Pues bien, para corregir esta situación, el Consejo de Rectores, aun cuando no se trata de una resolución definitiva, creó los cupos supernumerarios, para que los buenos alumnos, como Sujey Pérez, puedan optar a las carreras de su primera preferencia y sean discriminados positivamente, porque van a ser buenos estudiantes. Pero, resulta que el Consejo de Rectores y el Demre publicaron en El Mercurio los cupos supernumerarios, sólo el sábado 2 de marzo. Es más, en la página web del Demre no aparece esta información. Por lo tanto, los estudiantes talentosos de bajos recursos no pudieron postular a las carreras de su preferencia: medicina, ingeniería, etcétera, porque no sabían que existían los cupos supernumerarios. Ya el año pasado reclamé por esta situación al director del Demre y al Rector de la Universidad de Chile, Víctor Pérez. Sin embargo, esta situación no fue corregida este año y, nuevamente, en la página web del Demre no aparece la información pertinente. Por tanto, pido que se oficie a la ministra de Educación, con copia al rector de la Universidad de Chile y al director del Demre, haciéndoles presente mi reclamo más enérgico por la pésima forma en que ha manejado la información relacionada con los cupos supernumerarios creados por el Consejo de Rectores. Considero que es una injusticia tremenda que, a pesar de todo el esfuerzo realizado por Sujey Pérez, por 40 puntos no haya podido ingresar a la Universidad de Chile a estudiar Derecho. Hay un proyecto de ley en estudio que apunta a solucionar estas situaciones y a avanzar por el buen camino para que los miles de estudiantes talentosos de colegios municipales y subvencionados de difícil situación económica y cultural, puedan ingresar a las universidades y ser muy buenos alumnos y excelentes profesionales. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios en la forma solicitada por su señoría, adjuntando el texto de su intervención, con la adhesión de los diputados que así lo están indicando a la Mesa. EVENTUAL COLUSIÓN DE EMPRESAS EXPORTADORAS EN DESMEDRO DE PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES DE DURAZNOS Y DAMASCOS. Oficios. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Marcos Antonio Núñez. El señor NÚÑEZ.- Señor Presidente, a menudo, cuando revisamos los problemas económicos y financieros que afectan al mundo de la agricultura, escuchamos las voces de aquellos que, de manera absoluta y totalmente ideológica, asumen la posición de que es el mercado -la mano invisible, como decía el clásico economista- el que asigna los recursos y soluciona los problemas. Pero, al ver lo que ocurre con cientos de pequeños y medianos productores de duraznos y damascos del Valle del Aconcagua, nos damos cuenta de cuán lejos estamos de esa realidad ideológica que muchos siguen defendiendo en nuestro país. La situación es clara: hay una probable colusión entre las tres más grandes empresas agroindustriales exportadoras de pulpa de durazno, de duraznos y de damascos enlatados, que ofrecen 80 pesos ó 70 pesos por el kilo de duraznos a esos sacrificados pequeños productores, muchos de ellos parceleros de la antigua Cora, cuyo costo de producción supera los 80 pesos. Cabe hacer presente que el mercado de la pulpa de durazno se mantiene estable durante todo el año en los mercados de Europa y Estados Unidos. En nuestro país, es ilegal hacer colusión, es decir, ponerse de acuerdo para fijar precios. Agradezco el esfuerzo realizado por cientos de pequeños empresarios, con quienes hoy acudí a una reunión de trabajo en el despacho de la ministra de Agricultura, Marigen Hornkohl, que esta mañana dio a conocer oficialmente la instalación de la mesa de diálogo del durazno, de los damascos y de los carozos en nuestro largo y ancho Valle del Aconcagua. Agradezco a aquellos sacrificados agricultores, quienes, ayer, en una asamblea, a la cual asistieron cientos de personas de San Felipe, definieron que el camino era, primero, sentarse a conversar con los representantes de las empresas exportadoras, con el respaldo de las autoridades del Ministerio de Agricultura. Vamos a seguir liderando la defensa de miles de familias de temporeras y temporeros que están detrás de estos logros. Por lo tanto, pido que se oficie a la ministra de Agricultura, adjuntando copia de mi intervención; asimismo, a don Luis Rodríguez Cacciuttolo, quien ha hecho de coordinador de cientos de productores de las diez comunas del Valle del Aconcagua; a don Rodrigo Echeverría, presidente de Fedefruta; al alcalde de Putaendo y ex gobernador de San Felipe, don Guillermo Reyes, que ha sido señero en aunar voluntades para defender a los pequeños productores de las empresas que se coluden. Si se demuestra en la Fiscalía Nacional Económica el ilícito, éstas tendrán que sufrir sanciones por su proceder económico ilegal. Espero que en los próximos días se sienten, de una vez por todas, en la nueva mesa del durazno -ya que se trata de un producto pereciblea resolver el problema. Asimismo, espero que muy pronto la Comisión de Agricultura de la honorable Cámara de Diputados pueda recibir en audiencia a los representantes de los productores y de los trabajadores para prevenir y evitar que esta colusión, que va en desmedro directo de miles de familias, se repita en otros lugares del país. Con esto, queremos dar una señal de justicia para que nunca más la mano invisible del mercado -como proponen algunossea la que defina, de manera injusta, lo que debe pasar en nuestros campos. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, adjuntando copia de su intervención, con la adhesión de los diputados que así los están indicando a la Mesa. ELECCIÓN DE INTENDENTES POR VOTACIÓN POPULAR. Oficio. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- El turno siguiente corresponde al Comité Socialista, quien ha cedido cinco minutos de su tiempo al diputado Alberto Robles. Tiene la palabra su señoría. El señor ROBLES.- Señor Presidente, ante todo agradezco al Comité Socialista por el tiempo que me ha cedido. En segundo lugar, quiero saludar a todos los funcionarios de la Cámara de Diputados y desearles un feliz Año Nuevo. Hace 150 años, un 6 de enero de 1859, el pueblo elige, por primera y única vez en nuestra historia, al intendente de una región. En efecto, Pedro León Gallo era elegido intendente de la Región de Atacama por sus conciudadanos, hecho que nunca más se vuelve a repetir. Considero importante que revivamos la historia de Atacama con un hecho tan trascendente porque muestra, en pleno Siglo XXI, lo que debe ser el futuro. Pedro León Gallo, junto a Carabantes y Sierra, forman la Asamblea Constituyente, el 5 de enero de 1859, con el objeto de luchar contra el centralismo que en ese tiempo lideraba el Presidente Manuel Montt. En esa época, el país vivía en gran medida de los recursos que generaba la mina de Chañarcillo. Sin embargo, la gente de Atacama no veía que esos recursos se destinaran para el desarrollo de la región. Es así como prácticamente todos los canales de regadío, desde Coquimbo al sur, eran construidos con los recursos provenientes de Chañarcillo; pero la Región de Atacama no podía construir sus propios canales de regadío. Pedro León Gallo fue un visionario, un líder de Atacama, que lleva a cabo no sólo la revolución que enfrenta a la gente del norte con el poder central, sino que su preclaridad lo convierte también en un líder, desde el punto de vista político, al reflotar ideas laborales de desarrollo en la región y en todo el país. Pedro León Gallo funda el partido en el cual milito actualmente. Por eso, me parece extraordinariamente importante y trascendente destacar la labor que llevó a cabo en esa época. Por eso, hemos pedido a los colegas la posibilidad de honrar su recuerdo en esta Sala. Dicho lo anterior, quiero referirme a un tema relacionado con lo que los atacameños plantearon y que Pedro León Gallo desarrolló hace más de 150 años. Cuando lo nombraron intendente, lo que buscaba el pueblo de Atacama era tener una persona que lo representara fielmente en sus posiciones políticas y en su desarrollo. Desde esa fecha, nunca más un intendente ha sido electo por el pueblo, nunca más un representante regional ha tenido ese respaldo. Con posterioridad a esa época, todos los intendentes han sido nombrados por los presidentes de la República. Ya es hora de que en Chile empecemos a considerar la administración regional con una visión real de descentralización. Entendemos que Chile es un país unitario y parece razonable que se mantenga una sola unidad en términos nacionales, pero, desde el punto de vista político y de gestión, parece inconveniente y absolutamente inadecuada la forma de nominar a los intendentes. Aspiro a que en el futuro los intendentes sean electos por el pueblo y tengan mayores atribuciones sobre los recursos, para administrarlos de forma que reflejen las necesidades de la región. Pedro León Gallo es un gran ejemplo de ello. Por eso, quiero terminar mis palabras pidiendo que se oficie a la intendenta de la Región de Atacama, con copia a todos los alcaldes y concejales de la Región de Atacama, para que, a partir de ahora, la bandera de la Región de Atacama, que es la misma de la Revolución Constituyente, sea izada en todos los actos públicos que se realicen en la región. Eso requiere una ordenanza de la intendenta, quien, en uso de sus atribuciones, puede disponerlo, de manera que así como en el frontis de la Intendencia de la Región de Atacama flamea la bandera de Atacama, ésta también flamee en todos los actos públicos que se realicen en la región de ahora en adelante. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría. REPARACIÓN DE CENTRO PENITENCIARIO DE LOS ÁNGELES. Oficios. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- El turno siguiente corresponde al Comité del Partido Radical Social Demócrata. Tiene la palabra el diputado señor José Pérez. El señor PÉREZ.- Señor Presidente, quiero referirme a una situación que planteé el año pasado, relacionada con el Centro de Detención Preventiva de Los Ángeles, que sufrió las inclemencias del tiempo. Por eso, solicité la reparación de la techumbre de los talleres, de los pabellones de internos, del pabellón administrativo, etcétera. Con motivo de celebrarse un aniversario más, el 28 de noviembre pasado, visité ese centro penitenciario acompañado por el gobernador de la provincia de Biobío. El citado centro se encuentra en un céntrico lugar de la ciudad de Los Ángeles, en un edificio de altura. En este momento tiene 511 internos. En mi visita me percaté que es urgente proceder a la reparación de los baños, cambiar las tasas, hacer las separaciones entre uno y otro baño, reparar el piso, pintar el lugar adecuadamente, por dentro y por fuera, puesto que a la distancia se ve una mole con la pintura descolorida por el transcurso del tiempo, lo que constituye un muy feo espectáculo. Además, en la reparación anterior quedaron pendientes algunos arreglos del sistema eléctrico, lo que es muy importante para evitar eventuales incendios o situaciones que pudieran alterar la tranquilidad de ese establecimiento penitenciario. Por eso, solicito que se oficie al ministro de Justicia y al director general de Gendarmería, con el objeto de que tomen nota de la situación en que se encuentra ese añoso establecimiento que ya tiene alrededor de cincuenta años, cuyas reparaciones hechas en los últimos años son mínimas, y que se hagan llegar los recursos necesarios para reparar durante este verano lo que he mencionado anteriormente. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención, con la adhesión de quien habla. HOMENAJE A PEDRO LEÓN GALLO CON MOTIVO Del 150º ANIVERSARIO DE LA REVOLUCIÓN CONSTITUYENTE. Oficios. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- El turno siguiente corresponde al Comité del PRI-Independientes. Tiene la palabra el diputado señor Jaime Mulet. El señor MULET.- Señor Presidente, ayer 5 de enero, se celebró el centésimo quincuagésimo aniversario de la revolución constituyente, encabezada por don Pedro León Gallo, atacameño que se alza en armas con un grupo de copiapinos y atacameños en contra del poder central y del presidencialismo que imperaba en aquella época. En conjunto con otros distinguidos ciudadanos chilenos de otros lugares del país, inician lo que se llamó la revolución constituyente, que prende con mucha fuerza en Copiapó, liderada precisamente por don Pedro León Gallo y que en otras ciudades del país, de la Quinta Región actual, de Valparaíso en aquella época, y de la propia Región Metropolitana, es rápidamente sofocada. Pero los nortinos y la gente de Atacama, liderados particularmente por Pedro León Gallo, inician y toman el control de la Región de Atacama y de la ciudad de Copiapó. Fue nombrado intendente el 6 de enero de 1859. La llamada revolución constituyente se desarrolla por dos o tres meses y controla las regiones de Atacama y Coquimbo. Emite moneda metálica, papel moneda, construyó una fábrica de cañones y financia parte del territorio de la República. Sin embargo, la razón de ser de esta llamada revolución constituyente fue el deseo de enfrentar al poder central, de contar con un gobierno más democrático y de luchar contra el presidencialismo y el centralismo. Pedro León Gallo fue la figura fundamental de ese proceso, que pagó con las heridas de su cuerpo. Libró la batalla de Los Loros, con la cual se tomó la ciudad de La Serena. Días después fue derrotado en Cerro Blanco, en las afueras de Coquimbo. Con posterioridad, se exilió en Argentina, Estados Unidos y Europa durante cuatro años. Fue electo diputado por Copiapó y Caldera, luego senador por Atacama. Hoy, quiero destacar la vida de este ciudadano noble, político, militar y empresario minero chileno que tuvo la osadía de enfrentar al poder central, aun cuando desde una lógica libertaria. Sin embargo, todavía hay una gran tarea pendiente relacionada con la descentralización, a fin de que las regiones manejen parte importante de su destino. Desde ayer, en Copiapó se está conmemorando este evento. Por eso, hoy le he rendido este pequeño homenaje a Pedro León Gallo, especialmente tomando en consideración que fue diputado por Copiapó y Caldera por diez años consecutivos, y senador por Atacama en 1877, año en que falleció. Para terminar, pido que se envíe copia de mi intervención al alcalde de Copiapó, don Mario Cicardini autoridad que se ha preocupado de realzar su figura y el regionalismo, y al intendente de Atacama. He dicho. El señor ORTIZ (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría. Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión. -Se levanto la sesión a las 14.23 horas. TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN, Jefe de la Redacción de Sesiones. VIII.DOCUMENTOS DE LA CUENTA 9.moción de la diputada señora Goic, doña Carolina, y de los diputados señores Duarte, León, Ojeda, Saffirio, Silber, Vallespín y Venegas, don Mario. Modifica el Código del Trabajo para fomentar la participación de los padres en el proceso educativo de sus hijos. (boletín N° 6241 13). I.FUNDAMENTOS 1. Que la Constitución Política de la República contempla su artículo 1° dar protección a la familia, propender al fortalecimiento de ésta, y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional entre otras garantías fundamentales. 2. Que la Convención sobre derechos del niño, que hoy es ley de la República, en su preámbulo, nos señala “Convencidos de que la familia, como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros, y en particular de los niños, debe recibir la protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad”. 3. Que la citada convención en su artículo 3 número 2 dice: “Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas” y en su artículo 28 señala: “Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación”. 4. Que, por su parte, la Ley de Educación en su artículo 4° prescribe que: “La educación es un derecho de todas las personas”, agregando que:”Corresponde, preferentemente, a los padres el derecho y el deber de educar a sus hijos; al Estado, el deber de otorgar especial protección al ejercicio de este derecho; y, en general, a la comunidad, el deber de contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación”. Junto a ello, el Estado de Chile ha reconocido en el artículo 8° que “La comunidad educativa está integrada r alumnos, padres y apoderados, profesionales de la educación asistentes de la educación y sostenedores educacionales. 5. Que uno de los pilares de la educación es la comunicación entre los miembros de la llamada comunidad educativa. Comunicación que se da primordialmente en las reuniones de padres y apoderados realizadas regularmente por los establecimientos educacionales. 6. Que en la actualidad un gran número de padres y apoderados no pueden cumplir con el rol que les asigna la ley en la comunidad educativa por no permitírselo sus responsabilidades laborales, en tanto no les resulta imposible asistir a las reuniones de apoderados, dejando de esta forma de aportar a la educación de sus hijos. II.CONTENIDO DEL PROYECTO. El presente proyecto persigue ser una herramienta que facilite a los padres y apoderados participar activamente en la educación de sus hijos, teniendo la oportunidad de escuchar desde los otros miembros de la comunidad educativa, lo que sucede con sus pupilos. Sólo de esta forma y en el entendido que la educación integral es una función que debe hacerse con la participación de toda la comunidad educativa, se garantiza que los padres y apoderados puedan aportar a la obligación que tienen como tales. Para ello se pretende introducir una disposición nueva en el Código del Trabajo que autorice a los trabajadores a retirarse anticipadamente del trabajo a fin de que puedan asistir a las reuniones de padres. Por tanto, y en virtud de las facultades que la Constitución Política de la República nos confiere, venimos en presentar el siguiente PROYECTO DE LEY Artículo único. Intercálase, a continuación del artículo 66 del Código del Trabajo, el siguiente artículo 66 bis, nuevo: “Artículo 66 bis. El empleador deberá conceder permiso a los trabajadores cuyos hijos se encuentren en edad escolar para retirarse antes del término de su jornada laboral, con el objeto de que asistan a las respectivas reuniones apoderados. Este derecho podrá ejercerse sesenta minutos antes de la hora de citación a la mencionada reunión, la que deberá acreditarse debidamente si así lo exigiere el empleador. El tiempo no trabajado deberá ser restituido por el trabajador mediante el pacto de horas extraordinarias o a través de cualquier forma que convengan libremente las partes.”. 10. Moción de los diputados señores Díaz, don Marcelo; Arenas, Ceroni, Schilling; Monckeberg, don Cristián, y de la diputada señora Saa, doña María Antonieta. Establece una reforma constitucional en materia de error judicial. (boletín N° 6310-07). 1.- Fundamentos. En general se sostiene que la responsabilidad de los órganos del Estado se encuentra consagrada en las normas de los artículos 6 y 7 de la Constitución imperante. Sin embargo, existen cláusulas específicas, -el artículo 19 numero 7 letra i-, relativo al denominado “error judicial” y la responsabilidad en el ámbito administrativo del inciso segundo del art. 38. Sin perjuicio de lo anterior, se plantea de lege ferenda la responsabilidad por actos del legislador, aunque la regla general es que en nuestro sistema no se responde por cambios legislativos[1] (cf., con detalle la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea). Como sostiene el prof. Pereira Anabalón, se entenderá para estos efectos por responsabilidad “la obligación de reparar un daño, por sí o por otro, como consecuencia de una causal legal. En la especie, la obligación pesa sobre el Estado por error de un tribunal de justicia, uno de sus muchos órganos, que causa un daño específico: la injusticia” [2]. En general la responsabilidad por actuaciones judiciales admite diversas hipótesis; por actuaciones materiales en un proceso o actuaciones investigativas, por delitos funcionarios [3]y por error judicial. A su turno en este último ámbito debemos distinguir del error judicial en materias civiles y materias penales. [4] La norma constitucional contiene dos requisitos sustantivos para la procedencia de la acción: que se haya dictado sobreseimiento definitivo o sentencia absolutoria en el proceso criminal y que el actor haya sido sometido a proceso o condenado erróneamente. De esta manera el requisito de procedencia de las resoluciones que provocaron el daño es que “hayan sido injustificadamente erróneas y arbitrarias”, la que debe ser declarado previamente por la Corte Suprema, ha llevado a que la jurisprudencia haya sido extremadamente exigente para acreditar los supuestos de tal responsabilidad, “requiriendo en la práctica que se haya incurrido en culpa grave” . Se argumenta a favor de estas exigencias, que de otro modo la censura a la conducta de los jueces del crimen importaría un debilitamiento de la justicia. Sin embargo, la norma tiene una finalidad correctiva y no represiva respecto del juez, por lo que la formula constitucional debe interpretarse como compatible con un error judicial, y no como una negligencia en el cumplimiento del deber, es decir, teniendo en cuenta si ha habido una grave negligencia judicial. Como explica Boloña, “los fallos de la Corte Suprema, se inscriben en una línea de los intereses financieros del Estado, en detrimento de los eventuales derechos de las personas procesadas penalmente”[5], un caso evidente, lo constituye la acción por error judicial intentada en el caso del puente “La calchona “[6] , cuyo rechazó por el máximo tribunal, -motivo una solución amistosa ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos- cuya lamentable doctrina se sintetizo en lo siguiente: “Que como lo ha resuelto reiteradamente este tribunal una petición como la que se estudia no puede prosperar en aquellos casos que la sentencia absolutoria provenga de una diferente ponderación y valoración de los elementos probatorios reunidos en la causa, lo que ha sucedido en la especie, toda vez que los jueces ad quem revocaron el fallo condenatorio por estimar que no estaba acreditada en forma legarla participación de los procesados. Ello importa solamente una forma distinta de ponderar la prueba allegada al proceso ajustada al sistema de apreciación de la íntima convicción en el antes transcrito artículo 456 bis del Código de Procedimiento Penal”[7] . La tendencia jurisprudencial, incluso en los casos en que se ha dado lugar a la reparación por los procesamientos o por condena criminal errónea, tiende a valorar la conducta de los jueces a tales efectos. Se puede citar el considerando que refiere a “una infracción a los deberes esenciales de un tribunal”; tal infracción se ha estimado existir cuando “se ha atribuido erróneamente carácter típico a hechos que sólo aparecen reprochables desde el punto de vista administrativo o funcionario” (CS, 25.07.1989, en RDJ. T. LXXXVI, sección 5ª, pág. 85, además en Gaceta Jurídica, N° 109 pág. 49); o cuando se ha omitido comprobar previamente la existencia de la simple materialidad de los elementos que configuran el hecho delictuoso (CS, 5.12.1990 en RDJ, t. LXXXVII, sección 5a, pág. 184), por ejemplo, en caso de haberse sometido a proceso a alguien por el delito de giro fraudulento de cheque, sin analizar el juez que el documento había sido presentado a cobro transcurridos los plazos legales (CS, 14.11.1985, RDJ, t. LXXXII, sección 4a, pág. 254), lo mismo ocurre en la sentencias de 17.11.1999 publicada en la Gaceta Jurídica N° 233, pág. 77 que señala “Que, como puede advertirse, la detención, posterior condena y arresto de que fue objeto el mencionado Márquez Fuentes, fueron impuestas por resoluciones que carecen del debido sustento probatorio, y apartándose de las normas procesales atingentes, de suerte tal que han de estimarse exentas de razón, sin causa plausible y ostensiblemente erradas, comoquiera, que a su dictación no existió el debido análisis de los antecedentes allegados al expediente criminal y su ponderación a la luz de las leyes que reglan la materia, lo que constituye incumplimiento de los deberes judiciales que son la expresión ineludible de la función jurisdiccional entregada al Tribunal que fue autor de los mismos”. 2.- Historia legislativa: En nuestra historia constitucional los ensayos de cartas fundamentales, previos a 1925, no contemplaron una regulación del error judicial atendida las ideas políticas imperantes en la época. Sólo la norma fundamental del año 1925 estableció en su art. 20 que: “Todo individuo en favor de quien se dictare sentencia absolutoria o se sobreseyere definitivamente, tendrá derecho a indemnización, en la forma que determine la lei, por los perjuicios efectivos o meramente morales que hubiere sufrido injustamente”. Esta norma, pese a su avance para la época sólo configuro una disposición programática, pues jamás se dicto la norma destinada a llevarla a efecto. Sólo a partir de la dictación de la carta de 1980, se incluye en el art. 19 numeral 7 letra i que consagró la indemnización por error judicial, cuyo estudio y las opiniones vertidas se desarrollaron en la sesión 119 de la Comisión de Estudio de la Constitución Política de 1980: como expreso Silva Bascuñan en la misma sesión “que la palabra injustificadamente, ella no tiene otro fundamento que el de falta de fundamento racional y grave y no relación de justicia”. En cuanto a la palabra arbitrariedad, se lee en la misma acta, que es un acto de proceder contrario a la justicia, la razón o las leyes, dictado solo por la voluntad o el capricho. En materia de iniciativas, pueden citarse, la moción (hoy archivada) de los ex Diputados Longton, Rodríguez y Valcarce, que luego de buenos fundamentos suprime la expresión “injustificadamente” (Boletín 743-07); la moción (hoy archivada) de los Diputados Errázuriz, Galilea y la ex Diputada Guzmán que suprime la referencia al “auto de procesamiento” y la expresión “injustificadamente” (Boletín 3468-07); de los Senadores Orpis y Bianchi, sin mayores enmiendas a la norma actual (Boletín 5539-07); la del Senador Ávila (Boletín 574507), que establece la supresión de las expresiones “injustificadamente” y “arbitrarios”; más recientemente, la de los Diputados Chahuán, Bertolino, Monckeberg, entre otros, a objeto de adecuar la nomenclatura al nuevo sistema de enjuiciamiento penal (Boletín 6083-07); de más largo aliento es la moción, que se encuentra en un avanzado estado de tramitación, ante la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, sobre acciones constitucionales de amparo y habeas corpus (Boletín 2809-07), que en su título Il referido a la acciones especiales se contempla un capítulo Il, referido a la acción indemnizatoria por error o arbitrariedad judiciales, que incluso admite, la posibilidad que el error judicial sea determinado por la sentencia dictada por un Tribunal internacional como se desprende del tenor del art. 126, contenido en el título 111, referido al amparo interamericano, la jurisdicción internacional y ejecución de sentencias. 3.- Derecho comparado. En Francia, pese a cierta tendencia histórica negativa, se avanza con la dictación de la ley de 5 de julio de 1972, que consagró la responsabilidad del Estado por el servicio de la justicia, lo que se tradujo en que el principio es que los jueces no responden (tribunales administrativos), salvo en caso de malicia o “falta de fundamento probable o razonable”, en el caso de tribunales judiciales. Debe considerarse la coexistencia de dos órdenes jurisdiccionales paralelos, los tribunales judiciales y los tribunales administrativos, lo que afecta a una solución equitativa e integral. En efecto el actual artículo L 781-1 del Código de Organización Judicial, dispone que “el estado está obligado a reparar los daños causados por el funcionamiento defectuoso del servicio de la justicia. Esta responsabilidad no tiene lugar sino por falta grave o denegación de justicia”[8]. Para hacer efectiva esta responsabilidad, se prevé el ejercicio de un recurso de revisión destinado a establecer jurisdiccionalmente la equivocación o entuerto del juez civil, lo que trae consigo el pago de una indemnización al condenado. En el sistema Alemán el parágrafo 839 1 y 11 del Bgb, exige que se haya cometido un delito con ocasión de una resolución (prevaricación) lo que no se extiende a las actuaciones jurisdiccionales distintas a las propiamente jurisdiccionales. En un horizonte mas amplio el derecho Español consagra en la constitución de 1978 la responsabilidad por el error judicial, así como en el funcionamiento anormal de la administración pública (art. 121), sin perjuicio que el error judicial sea declarado ex ante por resolución judicial. Con mas detalle se puede citar la propia ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que dispone en su Título V, una regulación específica de la responsabilidad patrimonial del estado por el funcionamiento de la administración de justicia. Una situación diversa, es el caso Argentino, según el cuál la noción de responsabilidad judicial se configura a partir de supuestos generales de la Constitución Nacional, los tratados internacionales sobre derechos humanos y algunas disposiciones del Cód. Civil [9]. En efecto 9 Art.1112. Los hechos y las omisiones de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, por no cumplir sino de una manera irregular las obligaciones legales que les están impuestas, son comprendidos en las disposiciones de este título. Art. 1113. La obligación del que ha causado un daño se extiende a los daños que causaren los que están bajo su dependencia, o por las cosas de que se sirve, o que tiene a su cuidado. En los supuestos de daños causados con las cosas, el dueño o guardián, para eximirse de responsabilidad, deberá demostrar que de su parte no hubo culpa; pero si el daño hubiere sido causado por el riesgo o vicio de la cosa, sólo se eximirá total o parcialmente de responsabilidad acreditando la culpa de la víctima o de un tercero por quien no debe responder. Si la cosa hubiese sido usada contra la voluntad expresa o presunta del dueño o guardián, no será responsable como señala Galli Basualto, “el accionar ilegítimo en la función jurisdiccional se puede derivar de dos factores de atribución: la falta de servicio o el error judicial. El primer caso se suscita cuando se produce un incumplimiento de las obligaciones existentes del servicio o la función judicial. Pero puede pasar que la ilegitimidad en la prestación del servicio de impartición de justicia provenga de haber condenado indebidamente a un inocente [10]” . En el sistema interamericano de protección a los derechos humanos, debemos considerar, que el Pacto Internacional de Derechos civiles y Políticos en su art. 9.5 y ás ampliamente en el art. 14.6, consagra un estándar garantista universal en materia de error judicial al disponer: 5.- Toda persona que haya sido ilegalmente detenida o presa, tendrá el derecho efectivo a obtener reparación. 6.- Cuando una sentencia condenatoria firme haya sido ulteriormente revocada, o el condenado haya sido indultado por haberse producido o descubierto un hecho plenamente probatorio de la comisión de un error judicial, la persona que haya sufrido una pena como resultado de tal sentencia deberá ser indemnizada, conforme a la ley, a menos que se demuestre que le es imputable en todo o en parte el no haberse revelado oportunamente el hecho desconocido. Como sostiene la profesora Medina, el artículo 10 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, “presenta problemas de interpretación porque es particularmente críptico”, sobre este punto se le atribuye un alcance restringido : [11] Art. 10. Derecho a Indemnización. Toda persona tiene derecho a ser indemnizada conforme a la ley en caso de haber sido condenada en sentencia firme por error judicial. En cuanto al órgano que declara el error judicial tanto el pacto internacional sobre derechos civiles y políticos y el Convenio Europeo permiten que el error también sea declarado en la decisión de indulto, que corresponde siempre al órgano ejecutivo. Como expresa la profesora Medina “el indulto, sin embargo, es una gracia que no revoca la sentencia condenatoria y no aparece apropiado que, si ha habido un error en la determinación de la culpabilidad de una persona, la sentencia permanezca con algún tipo de validez. Por ello, parece mas adecuada la exigencia de un recurso que permita revocar la sentencia errada” [12]. Otra medida que emana de los tratados internacionales es su declaración por vía del indulto, no sin objeciones, atendida la ineficacia para anular una sentencia claramente viciada. 4. Ideas matrices: El presente proyecto, busca iniciar una reforma en materia de error judicial, atendido que en nuestro país la acción de indemnización por error judicial ha tenido una aplicación casi nula, debido a la restrictiva interpretación que nuestros jueces han realizado al precepto constitucional que la consagra. Como se ha explicado, lo anterior obedece, entre otras razones, a la tesis patrimonialista del Estado, que sostiene el gran costo económico que significaría asumir la responsabilidad e indemnizar a las víctimas y el riesgo de que eventualmente el Estado pudiera repetir en contra del juez, lo que no es aceptable, pues representa una seria limitación al principio del estado de derecho. Es por eso que se propone por esta vía, reformular la fórmula contenida en la letra i del numeral 7° del art. 19, que con razón ha sido criticada por su déficit garantista [13] . Adicionalmente, se innova, radicando la competencia tratándose de una acción Constitucional (letra i del numeral 7 del art. 19 de la Constitución), sea del Tribunal Constitucional a fin de ejercer un control externo y no del propio Poder Judicial (nadie puede ser justiciero en causa propia). Es por eso que sobre la base de estos antecedentes propongo el siguiente proyecto de: Reforma Constitucional Art. Único. Modifiquense los siguientes artículos de la Constitución Política. Sustitúyase el literal i) del numeral 7 del art. 19 por el siguiente: “Una vez dictado sobreseimiento definitivo o sentencia absolutoria, el que hubiere sido sometido a proceso, acusado, sometido a prisión preventiva o condenado por resolución que el Tribunal Constitucional declare constitutivo de error judicial, tendrá derecho a ser indemnizado por el Estado de los perjuicios patrimoniales y morales que haya sufrido. La indemnización será determinada en procedimiento breve y sumario y en él la prueba se apreciará en conciencia”. 2. Agregase el siguiente numeral 17 en el art. 93: 17° Declarar el error judicial de conformidad con el literal i) del numero 7° del art. 19 de la Constitución Política. 11. moción de los diputados señores Uriarte, Dittborn, Eluchans, Forni; Monckeberg, don Cristián; Montes, y de las diputadas señoras Nogueira, don Claudia y Turres, doña Marisol Aumenta las penas privativas de libertad en caso de los delitos de robo con fuerza, cuando el valor de las especies sustraídas supera las 40 Utm. (boletín N° 6311 07). “Honorable Cámara: La ciudadanía ha tomado conocimiento de los robos que diariamente afectan a los cajeros automáticos de empresas bancarias. Tales delitos de cometen dado que se trata de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, cuya pena es de 541 días a 5 años. Por experiencia, sabemos que las sanciones penales se aplican en los grados inferiores de la respectiva escala. La situación que afecta a los cajeros automáticos de los bancos se produce también en cualquier lugar no habitado en el que se guarden o depositen en forme permanente o transitoria especies de valor: Lo anterior hace necesario aumentar las penas de este delito en función del valor de las especies sustraídas. Así, en el caso del robo con fuerza en las cosas cometido en lugar deshabitado (artículo 442 del Código Penal), se propone mantener la pena privativa de libertad allí señalada si el valor de las especies sustraídas es de hasta 4° Utm, es decir, un millón y medio de pesos, aproximadamente; pero si esa valoración fuere superior, entonces se aumentaría la pena conforme una escala ascendente que puede llegar a 10 años y un día a 15 cuando las especies sustraídas arrojaren una tasación de más de 400 Utm, esto es, unos 15 millones de pesos. De lo contrario, se mantiene el incentivo delictual a cometer robo con fuerza en lugares deshabitados, cuando se conoce de la existencia de especies de valor, en la seguridad de que la pena será baja y que los delincuentes tendrán derecho a penas alternativas que se cumplen en libertad y a otros beneficios. Para mantener la armonía con las normas del párrafo 3 del Título IX del Libro II del Código Penal, se ha elevado la pena del robo con fuerza en lugar habitado, cuando el valor de las especies sustraídas superare las 400 UTM, equiparando la situación con el robo en lugar deshabitado; toda vez que, en estos casos; comienza a ser más relevante el daño patrimonial por la sustracción que por los destrozos a la propiedad (fractura de puertas o ventanas, etcétera). Finalmente, se propone incorporar el robo con fuerza en lugar deshabitado, entre aquellos que se sancionan como consumados desde que se encuentran en grado de tentativa, en la misma forma como actualmente se sancionan todas las hipótesis de robo con violencia y robo con fuerza en lugar habitado o destinado a la habitación. En consecuencia, vengo en proponer el siguiente Proyecto de ley Artículo único. Introdúcense las siguientes modificaciones al Código Penal: 1) Agrégase, en el artículo 440, el siguiente inciso final: “Cuando el valor de las especies sustraídas fuere superior a cuatrocientas unidades tributarias mensuales, se aplicará la pena de presidio mayor en su grado medio.”; 2) Intercálase, a continuación del artículo 442, el siguiente artículo 442 bis: “Artículo 442 bis. En el caso del artículo 442, si el valor de las especies sustraídas fuere superior a cuarenta unidades tributarias mensuales, se aplicará, en sustitución de la pena privativa de libertad allí señalada, alguna de las siguientes, según corresponda: 1°. Presidio menor en su grado máximo, si el valor de las especies sustraídas fuere superior a cuarenta e inferior a doscientas unidades tributarias mensuales; 2°. Presidio mayor en su grado mínimo, si el valor de las especies sustraídas fuere superior a doscientas e inferior a cuatrocientas unidades tributarias mensuales, y 3°. Presidio mayor en su grado medio, si el valor de las especies sustraídas fuere superior a cuatrocientas unidades tributarias mensuales.”. 3) Sustitúyese, en el inciso primero del artículo 450 la expresión “a que se refiere el párrafo 2 y el artículo 440 de párrafo 3”, por la siguiente: “a que se refieren los párrafos 2 y 3”.”.