. . "[6] Cfr. el detallado an\u00E1lisis de Carocca- Alex- \u201CReflexiones sobre el derecho a la reparaci\u00F3n por error judicial en Chile a prop\u00F3sito de la soluci\u00F3n amistosa ante la Comisi\u00F3n Interamericana de Derechas Humanos en el llamado caso del Puente \u201CLa Calchona \u201C- en Revista lus et Praxis- A\u00F1o 8 N\u00B02- 2002;"^^ . "es"^^ . "[4] Una revisi\u00F3n sistem\u00E1tica de las sentencias en Z\u00FA\u00F1iga- Francisco- \u201CLa acci\u00F3n de indemnizacici\u00F3n por error judicial: reforma constitucional y regulaci\u00F3n infraconstitucional\u201D- en Rev. Gaceta Jur\u00EDdica; N\u00B0 321- enero 2008 y Barros- \u201CTratado... \u201C- p\u00E1g. 524- nota 116 5"^^ . "[11] Zu\u00F1iga- Francisco- \u201CLa acci\u00F3n de indemnizaci\u00F3n por error judicial: reforma constitucional y regulaci\u00F3n infraconstitucional\u201D- p\u00E1g. 22- en Rev. Gaceta Jur\u00EDdica- N\u00B0331- enero 2008;"^^ . . "[9] Art.1112. Los hechos y las omisiones de los funcionarios p\u00FAblicos en el ejercicio de sus funciones- por no cumplir sino de una manera irregular las obligaciones legales que les est\u00E1n impuestas- son comprendidos en las disposiciones de este t\u00EDtulo. Art. 1113. La obligaci\u00F3n del que ha causado un da\u00F1o se extiende a los da\u00F1os que causaren los que est\u00E1n bajo su dependencia- o por las cosas de que se sirve- o que tiene a su cuidado. En los supuestos de da\u00F1os causados con las cosas- el due\u00F1o o guardi\u00E1n- para eximirse de responsabilidad-deber\u00E1 demostrar que de su parte no hubo culpa; pero si el da\u00F1o hubiere sido causado por el riesgo o vicio de la cosa- s\u00F3lo se eximir\u00E1 total o parcialmente de responsabilidad acreditando la culpa de la v\u00EDctima o de un tercero por quien no debe responder. Si la cosa hubiese sido usada contra la voluntad expresa o presunta del due\u00F1o o guardi\u00E1n- no ser\u00E1 responsable."^^ . . . "[2] Pereira Anabal\u00F3n- Hugo \u201CLa responsabilidad del Estado por error judicial\u201D- p\u00E1g. 7- en Revista Gaceta Jur\u00EDdica- N\u00B0 275- (2003)."^^ . "[1] Barros- Enrique- \u201CTratado de responsabilidad extracontractual \u201C- p\u00E1g. 522- Editorial Jur\u00EDdica de Chile-2007; 2"^^ . . "[5] Bolo\u00F1a- German- \u201CResponsabilidad del Estado por da\u00F1os. Derecho Chileno y Franc\u00E9s \u201C- p\u00E1g. 317- Ediciones La ley- 2004;"^^ . . . . . . . . . . . . . . . "2009-01-06"^^ . "[12] Medina- Cecilia- \u201CLa Convenci\u00F3n Americana: teor\u00EDa y jurisprudencia: vida- integridad personal- libertad personal- debido proceso y recurso judicial\u201D- p\u00E1g. 355- Universidad de Chile- 2003;"^^ . . . "[10] Galli- Mart\u00EDn- \u201CResponsabilidad del estado por su actividad judicial \u201C- p\u00E1g. 57- Hammurabi- 2006."^^ . . . . . . . . "[8] \u00CDdem."^^ . . . . . . . . . . . . . "Diario de Sesi\u00F3n: Sesi\u00F3n Ordinaria N\u00B0 119"^^ . . . . . . . . . . . . . . . "[7] Cfr. Revista Gaceta Jur\u00EDdica- N\u00B0 192- p\u00E1g. 95 y siguientes."^^ . "[13] Z\u00DA\u00F1iga- Francisco- \u201CLa acci\u00F3n de indemnizaci\u00F3n por error judicial: reforma constitucional y regulaci\u00F3n infraconstitucional \u201C- en Rev. Gaceta Jur\u00EDdica- N\u00B0 331- enero 2008."^^ . "Diario de Sesi\u00F3n: Sesi\u00F3n Ordinaria N\u00B0 119"^^ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "[3] Cfr. con detalle- Barros- \u201CTratado... \u201C- p\u00E1g. 522."^^ . . . . . . "641100"^^ .