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La señora MUÑOZ (Vicepresidenta).-
Entonces, tiene la palabra el Senador señor Araya .
El señor ARAYA.-
Señora Presidenta, sin duda, hoy enfrentamos un debate que se ha ido polarizando en extremo, y quizás nos hemos detenido en una pequeña parte de esa discusión.
Nadie puede pensar razonablemente que debemos mantener el Código del Trabajo del año 80, que nació en dictadura, con la mirada del Plan Laboral elaborado en 1979 por los ideólogos de aquella. Este buscaba fundamentalmente dos cosas: primero, debilitar a los sindicatos como órganos legítimos de representación de los trabajadores. Porque, obviamente, en una dictadura no se quiere que la sociedad se organice ni que pueda defender sus derechos.
Un segundo punto es que ese Código apuntaba a que justamente no hubiera organización sindical, para que los trabajadores no pudieran defender sus derechos. Y, como contrapartida de eso, establecía una huelga meramente formal, que limitó el componente clave de la libertad sindical.
La principal arma de negociación de los sindicatos y de los trabajadores en la negociación colectiva es el derecho a huelga. Y lo que se hizo en el Plan Laboral de 1979 fue decir: "Mire, usted haga una huelga formal, pero me permito reemplazarlo". Y así se estableció lo que se conoce como "el descuelgue individual". A partir de eso se desmorona o se destruye el poder de los sindicatos, dejándose una cancha absolutamente dispareja, donde hoy los empleadores tienen todas las de ganar frente a una negociación con los trabajadores.
¿Y qué ha ocurrido después? A la vuelta de la democracia no ha habido campaña presidencial ni parlamentaria que no se haya pronunciado acerca de la necesidad de modificar el Código del Trabajo en distintos aspectos. Así, hoy nos vemos enfrentados a uno de los temas centrales que durante los últimos veinticinco años no hemos podido resolver, cual es la negociación colectiva, es decir, cómo los trabajadores pueden ser capaces de sentarse frente a su empleador para exigirle condiciones laborales, mejoramientos salariales. Porque en la actualidad tenemos un empleador fuerte, que puede disponer, hacer y deshacer en la relación laboral.
Por tal razón, este Congreso ha ido dictando paulatinamente en el tiempo diversas leyes para terminar con los abusos. Entre otras, cabe recordar, por ejemplo, la "Ley Bustos-Seguel", que impide que un trabajador sea despedido si no se le han pagado sus cotizaciones; o aquella normativa de más reciente data relacionada con los trabajadores del comercio, en que el Parlamento estableció feriados irrenunciables producto de los abusos que cometían las tiendas del retail al no respetar determinadas fechas.
Y lo que hace este proyecto es poner el eje central de la discusión en dos temas que es preciso resolver -por cierto, nos han mostrado distintas cifras, pero no se nos cuenta lo que pasa realmente-. Él busca establecer algo tan simple como la titularidad sindical, devolverles el poder a las organizaciones de los trabajadores, a los sindicatos, para que puedan negociar en condiciones reales.
De ahí que se consagre la preeminencia del sindicato, como también -y lo vamos a apoyar- el derecho a huelga efectiva, sin reemplazo por trabajadores internos o externos. Porque lo que debe haber es la huelga efectiva. No se puede limitar su derecho a ejercer los mecanismos de presión.
Sé que hay algo que les preocupa a muchos: el funcionamiento de la empresa o que no se pierda la cadena productiva. Sin embargo, el proyecto resuelve eso de una forma que, sin duda, hay que mejorar y está relacionada con los servicios mínimos.
Por tal razón, pienso que no se debe sentir temor a establecer la huelga efectiva. Eso sí, hay que reconocer que es el último recurso de que disponen los trabajadores cuando no les es posible llegar a un acuerdo con el empleador para hacer valer sus reivindicaciones. Este es un derecho fundamental incorporado en nuestra legislación nacional y en tratados internacionales suscritos por Chile.
De ahí que no creo en el discurso alarmista que han pronunciado muchos de nuestros colegas de la Alianza, en el sentido de que este proyecto va a traer desempleo.
Juzgo que estamos llegando tarde como país a la discusión real de por qué en Chile se pierden puestos de trabajo, y eso es algo que no necesariamente tiene que ver con esta reforma, sino con el hecho de que está cambiando la matriz productiva de nuestro país.
Por cierto, en la actualidad los altos niveles de tecnología y de modernización que utilizan los procesos productivos llevan a que se pierdan empleos.
Cito un ejemplo. Hace un par de días me reuní con sindicatos de trabajadores de la COPEC -con los bomberos-, quienes me manifestaron con preocupación que dicha empresa está implementando un sistema de utilización de máquinas de autoservicio.
Obviamente, eso no tiene nada que ver con la reforma laboral y va a significar una pérdida importante de empleos en ese sector debido a la automatización.
¡Esa es la discusión que este Congreso debiera dar hoy, porque lo relativo a la huelga efectiva es una discusión que debimos haber tenido hace veinte años!
¡No es posible que sigamos con un sistema que lo único que consagra es la protección al empleador!
Señora Presidenta, en honor al tiempo, solo quiero expresar que hay otros puntos que este proyecto de ley no resuelve y que resulta necesario abordar.
Por lo pronto -y haciendo alusión a lo que expresó el colega García -, estimo conveniente contar con una normativa especial respecto de cómo van a negociar las empresas subcontratistas. La Ley de Subcontratación se ha convertido en la práctica en un mecanismo de las empresas mandantes para desvincularse de las obligaciones laborales.
Debo decir que el proyecto en estudio no protege ni recoge a aquellas empresas que, por ejemplo, tienen negociación colectiva, por lo que se requiere contar con una normativa que las haga responsables, o a lo menos dé una suerte de protección respecto a la negociación de las subcontratistas en la relación con sus mandantes.
Debo decir que comparto absolutamente el hecho de que es necesario regular el tema de la huelga efectiva de las pymes, porque no se puede pedir una huelga efectiva en una empresa con diez, quince trabajadores versus otra con cincuenta, setenta.
Además, es necesario resolver bien cómo va a terminar la huelga y la institución (en lo personal, no la comparto) relacionada con la suspensión de aquella.
De su lado, la estabilidad laboral es un tema que igualmente se debe abordar, porque, dada la forma como está concebida hoy, a mi juicio se puede prestar para una cantidad importante de abusos.
Concluyo mi intervención señalando que se precisa regular asimismo el concepto de "puestos de trabajo", porque de la lectura que uno hace no me queda tan claro si al aplicar ese concepto se hace efectiva la huelga.
El concepto de fuerza de trabajo, así como está planteado, puede permitir, por la vía de un subterfugio, hacer remplazos.
Es una ventana que hay que cerrar. Debemos clarificar aquello en la ley para evitar que se produzca esta suerte de abuso.
Señora Presidenta, insisto en que este es un buen proyecto; que lo central de la discusión no debiera ser la huelga, sino el modelo productivo que queremos como país y el rol que tendrá el mercado del trabajo en una era en donde la automatización ha llegado para quedarse.
Estados Unidos -tanto que se mira al país del norte- en los últimos diez años ha perdido cerca de un millón 800 mil empleos no producto de las políticas económicas implementadas por los distintos Presidentes, sino de la automatización de sus industrias.
En Chile ocurre lo mismo. Ello, a mi juicio, debiera ser la discusión central de esta reforma laboral.
--(Aplausos en tribunas).
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