. "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^ . . . . . . . . "Establece el D\u00EDa Nacional de la Creaci\u00F3n Art\u00EDstica. Bolet\u00EDn N\u00B010247-24"^^ . . . . . . . " PROYECTO INICIADO EN MOCI\u00D3N DEL DIPUTADO SE\u00D1OR RIVAS, QUE \u201CESTABLECE EL D\u00CDA NACIONAL DE LA CREACI\u00D3N ART\u00CDSTICA.\u201D (BOLET\u00CDN N\u00B0 10247-24) \n \n\u201CChile ha estado hist\u00F3ricamente al debe en cuento a la difusi\u00F3n de sus creaciones art\u00EDsticas nacionales se refiere. Un pa\u00EDs carente de orgullo por sus manifestaciones culturales y art\u00EDsticas asemeja a una familia que ni siquiera se toma la molestia de atesorar un registro gr\u00E1fico de sus momentos de alegr\u00EDa a trav\u00E9s de un \u00E1lbum fotogr\u00E1fico. Resulta siempre menester resaltar el inter\u00E9s sobre el conocimiento art\u00EDstico, el que va inexorablemente ligado al conocimiento de la propia riqueza del ser nacional. \nPor desgracia, la Constituci\u00F3n restringe enormemente el campo de creaci\u00F3n legislativa del que pueden gozar los parlamentarios. Este diputado quisiera poder tener la capacidad de disponer de fondos p\u00FAblicos para asignarlos mediante este proyecto de ley a la realizaci\u00F3n de festivales art\u00EDstico-culturales en los que se tuviese la oportunidad de exponer las diversas creaciones de nuestros artistas, como as\u00ED tambi\u00E9n disponer que los servicios p\u00FAblicos relacionados a los temas culturales tengan el deber de implementar dichos cert\u00E1menes. Sin embargo, tanto el inciso 3\u00B0 como el numeral 2\u00B0 del art\u00EDculo 65 de nuestra Carta Fundamental cercenan de ra\u00EDz cualquier intento parlamentario en esta direcci\u00F3n. \nAtendido las limitaciones anteriores, pero no por ello dejando de lado este importante objetivo, el presente proyecto de ley intenta, dentro de las modestas capacidades de este cuerpo legislativo, generar un testimonio que consagre la importancia de destacar la creaci\u00F3n art\u00EDstica nacional, consagrando una fecha en particular como D\u00EDa Nacional de la Creaci\u00F3n Art\u00EDstica. Este parlamentario ha querido honrar al eximio pianista chileno Claudio Arrau Le\u00F3n con la elecci\u00F3n de su natalicio (6 de febrero de 1903), para la consagraci\u00F3n de este importante onom\u00E1stico. En efecto, los artistas que suelen monopolizar (por cierto con muy merecidos m\u00E9ritos) el imaginario colectivo nacional dejan, normalmente, poco espacio a otras figuras no menos importantes, que, por dicho motivo, se hacen merecedoras de ser tenidas tambi\u00E9n en consideraci\u00F3n. La memoria de nuestro mundialmente famoso pianista est\u00E1 innegablemente a la altura de la responsabilidad que el presente proyecto de ley entrega en su legado art\u00EDstico. \nPor tanto, en virtud de los argumentos expuestos, vengo en someter a este Congreso Nacional el siguiente proyecto de ley: \n \nPROYECTO DE LEY \n \nArt\u00EDculo \u00FAnico: Decl\u00E1rese el d\u00EDa 6 de febrero de cada a\u00F1o como el D\u00EDa Nacional de la Creaci\u00F3n Art\u00EDstica\u201D. \nIMAGEN \n " .