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El señor NÚÑEZ, don Marco Antonio (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor SCHILLING (de pie).-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre el proyecto de ley que crea la Subsecretaría de Derechos Humanos y establece adecuaciones en la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia, el cual se encuentra en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, con urgencia calificada de suma, y de conformidad con el artículo 226 del Reglamento de la Corporación.
El propósito de la iniciativa consiste en:
1) Crear la Subsecretaría de Derechos Humanos en el Ministerio de Justicia, con la finalidad de asesorar y colaborar en la elaboración de planes, programas y toma de decisiones relativas a la promoción y protección de los derechos humanos, entre ellos, el Plan Nacional de Derechos Humanos.
2) Instaurar un Comité Interministerial de Derechos Humanos, conformado por los titulares de varios ministerios, cuya función principal será asesorar a la Presidenta o al Presidente de la República en la determinación de los lineamientos de la política intersectorial en materia de derechos humanos.
La comisión técnica dispuso que los artículos segundo a séptimo transitorios del proyecto son de competencia de la Comisión de Hacienda.
El artículo segundo transitorio establece el traspaso, desde el Ministerio del Interior y Seguridad Pública a la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, de todas las funciones y atribuciones del Programa de Derechos Humanos, incluidas aquellas destinadas al ejercicio de las funciones o actividades asignadas a la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, además de sus archivos y documentos.
De esta forma, la Subsecretaría de Derechos Humanos será la continuadora legal de todos los derechos y obligaciones que corresponden al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en virtud de las funciones y atribuciones que se traspasan.
Mediante el artículo tercero transitorio se faculta a la Presidenta o al Presidente de la República para que, dentro del plazo de un año, contado desde la publicación de la presente ley, establezca, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, las normas necesarias para regular materias tales como la fecha en que entrará en funcionamiento la Subsecretaría de Derechos Humanos, fijar las plantas de personal de la Subsecretaría de Derechos Humanos, dictar todas las normas necesarias para la adecuada estructuración y funcionamiento de las plantas que fije, determinar los grados y niveles de la Escala Única de Sueldos que se asignen a dichas plantas; disponer, sin solución de continuidad, el traspaso de los funcionarios de planta y del personal a contrata desde las Subsecretarías de Justicia y de Interior a la Subsecretaría de Derechos Humanos; traspasar a la Subsecretaría de Derechos Humanos los recursos de la Subsecretaría del Interior que correspondan al Programa de Derechos Humanos, entre otras materias de similar naturaleza.
El artículo cuarto transitorio se refiere a las normas que se aplicarán para efectos del encasillamiento del artículo anterior y las condiciones a las que queda sujeto el ejercicio de las facultades respectivas.
El artículo quinto transitorio establece que los cargos de las nuevas plantas que no hayan sido provistos mediante el encasillamiento, una vez concluido este, serán proveídos en conformidad con las reglas aplicables a la carrera funcionaria establecidas en el Estatuto Administrativo.
El artículo sexto transitorio prescribe que la Presidenta o el Presidente de la República, por decreto expedido por intermedio del Ministerio de Hacienda, conformará el primer presupuesto de la Subsecretaría de Derechos Humanos.
El artículo séptimo transitorio se refiere al financiamiento del mayor gasto que represente la aplicación de esta ley en proyecto durante su primer año de vigencia, señalando que será con cargo a la partida presupuestaria del Ministerio de Justicia y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, según corresponda.
Añade la disposición que, no obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplir dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con los referidos recursos.
En cuanto al impacto del costo fiscal del proyecto, el informe financiero N° 98, de 14 de octubre de 2014, actualiza los gastos del proyecto, siendo estos, por concepto de gastos en personal (23 cargos) y bienes y servicios de consumo, más habilitaciones y activos no financieros, la suma total de 1.259.578.000 pesos.
Por su parte, el informe financiero complementario N° 104, de 10 de julio de 2015, señala que la indicación a la que acompaña, que tenía como propósito traspasar, desde el Ministerio del Interior y Seguridad Pública a la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, todas las atribuciones que se derivan del Programa de Derechos Humanos, persigue adecuar los artículos que norman las materias de personal atinentes a la creación del nuevo servicio y que se ven afectadas con el traspaso del Programa de Derechos Humanos desde la Subsecretaría del Interior, otorgar la facultad para conformar el primer presupuesto de la Subsecretaría de Derechos Humanos y entregar la facultad para que se adecuen las plantas de otras reparticiones públicas, cuando estas se hayan modificado por la creación de la Subsecretaría de Derechos Humanos. Todo esto implica un gasto fiscal de 1.472.392.000 pesos, lo que, sumado al costo original del proyecto, arroja un total de 2.731.970.000 pesos.
Durante el debate se acogieron indicaciones de los diputados señores Lorenzini y Jaramillo . La primera, al artículo séptimo transitorio, para intercalar, después de la expresión “primer año”, el vocablo “presupuestario”, haciendo una precisión técnica. Y la segunda, al artículo octavo transitorio, al cual la comisión extendió su competencia, para reemplazar el vocablo “dieciocho” por “doce”, acortando así a doce meses el plazo para elaborar el primer Plan Nacional de Derechos Humanos, destacando en este sentido el acuerdo del Ejecutivo con esta modificación, apoyando así la inquietud de la comisión.
Finalmente, la Comisión de Hacienda aprobó por unanimidad las normas sometidas a su competencia, recomendando su aprobación en la misma forma a la Sala.
He dicho.
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