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El señor NÚNEZ, don Marco Antonio (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Antonio Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero decir que este proyecto de ley, presentado por el gobierno de Sebastián Piñera, persigue buenas intenciones, pues busca crear una institucionalidad más clara y más sólida en materia de derechos humanos.
Nos parece que la creación de la Subsecretaría de Derechos Humanos y que este tema se radique y analice en el Ministerio de Justicia, más que en el Ministerio del Interior, van en la dirección correcta.
En general, se trata de un proyecto con el que estamos de acuerdo y que vamos a votar a favor, porque creemos que todo país debe contar con una institucionalidad que vele por la dignidad y el respeto de los derechos humanos, no como un tema circunstancial, sino como una política de Estado.
Sin embargo, en el proyecto figuran tres disposiciones con las que no estoy de acuerdo, respecto de las cuales he solicitado votación separada.
La primera es la de la letra f) del número 8 del artículo único del proyecto, que establece que una de las funciones de la subsecretaría consistirá en “la ejecución de medidas cautelares y provisionales, acuerdos amistosos, sentencias, resoluciones y recomendaciones originadas en el Sistema Interamericano y en el Sistema Universal de Derecho Humanos,”.
Mi reparo es que toda ejecución de este tipo de sentencias debe estar a cargo de los tribunales de justicia y no de una subsecretaría, que, por su naturaleza, debe cumplir aspectos administrativos, no judiciales.
Por lo tanto, considero que hay una visión errada sobre cuál debe ser el organismo encargado de velar por el cumplimiento de este tipo de sentencias, pues se le está entregando a una entidad administrativa la posibilidad de ejecutar sentencias, en circunstancias de que el mecanismo que corresponde es que estas sean ejecutadas por los tribunales de justicia.
La segunda disposición con la que no estoy de acuerdo es la de la letra g) del número 8) del artículo único del proyecto, que establece que también serán funciones de la subsecreta-
ría: “Diseñar, fomentar y coordinar programas de capacitación y promoción de los derechos humanos para funcionarios de la Administración del Estado, en especial, a los integrantes de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública, y de Gendarmería.”.
Me parece que en esta norma se hace una discriminación arbitraria, pues se pone un especial énfasis en los integrantes de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública, y de Gendarmería, en circunstancias de que antes ya se había mencionado a todos los organismos del Estado.
Por lo tanto, considero que lo anterior responde al interés de algunos de establecer un punto más político que práctico, ya que la norma señala que se diseñarán programas de capacitación y de promoción de los derechos humanos para los funcionarios de la administración del Estado; pero al agregar que esto se aplicará en especial a los integrantes de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública, y de Gendarmería, considero que existe un interés más político que el de buscar la unidad y el entendimiento, y que el tema de los derechos humanos se transforme en un tema nacional. Siento que ha habido mezquindad política, en que se busca ganar un punto político más que uno técnico.
Finalmente, en el nuevo artículo 14 bis se pretende circunscribir la investigación y la sanción de crímenes a los derechos humanos solo a un período de la historia, en circunstancias de que los derechos humanos tienen que investigarse siempre. La lógica de esta legislación
-entiendo que hoy será aprobada mayoritariamente- es tener una mirada hacia adelante y no quedarse pegados en el pasado.
Por lo demás, si en el futuro se produce algún tipo de violación a los derechos humanos
-Dios no lo quiera-, esta subsecretaría también debe tener la posibilidad de investigar, de analizar y de trabajar para que estos hechos no vuelvan a ocurrir. Pero el artículo 14 bis se circunscribe solamente a un período de la historia.
No podemos caer en este tipo de sesgos, en que solo se busca investigar un período determinado, sin que el tema se mantenga abierto, para que la defensa y la promoción de los derechos humanos sea un valor universal, y no uno que se establece respecto de un período de tiempo, excluyendo el período anterior y el posterior.
Por esa razón, hemos solicitado votación separada de esta norma. Además, durante la discusión de la iniciativa en la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios formulamos expresa reserva de constitucionalidad.
Este proyecto nos parece positivo, puesto que busca establecer en nuestra legislación, en forma permanente, la protección de los derechos humanos.
Por lo tanto, anuncio que lo votaré favorablemente.
He dicho.
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