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- rdf:value = " Moción de los diputados señores Álvarez, Bauer, Dittborn, Forni, Hernández, Melero, Moreira, Uriarte, Ward, y de la diputada señora Cubillos, doña Marcela. Modifica el artículo 94 de la ley N° 19.968, sobre Tribunales de Familia, para hacer efectiva las medidas adoptadas por el Tribunal. (boletín N° 5292-18)
“Considerando:
Que, con ocasión de darle concordancia legislativa al presente artículo de la ley sobre tribunales de familia, en relación con el artículo 10, inciso 1º de la ley sobre violencia intrafamiliar Nº 20.066, y en virtud de la delicada materia que trata, el presente proyecto de ley se presenta a la honorable Cámara de Diputados a objeto de que sea aprobado con el fin de lograr de manera efectiva el cumplimiento de las medidas cautelares y accesorias que el tribunal de familia respectivo imponga a una de las partes durante los procesos que son objeto de su competencia.
Sin lugar a dudas, la violencia intrafamiliar constituye una de las realidades más presentes en la convivencia social de las familias chilenas, y como flagelo que constituye, es que el presente proyecto de ley que se formula ante la H. Cámara de Diputados pretende propender a facilitar la protección de las víctimas ante esta conducta reprochable.
Proyecto de ley
Que modifica el artículo 94 de la ley sobre tribunales de familia incorporando en su parte final lo que a continuación se expresa:
Artículo único: Modifíquese el artículo 94 de la ley Nº 19.968 sobre tribunales de familia incorporándose después del punto final del artículo lo siguiente: “Tratándose de la primera vulneración a las medidas cautelares o accesorias decretadas, el tribunal impondrá como medida de apremio la reclusión nocturna por 3 fines de semana consecutivos, debiendo cumplir dicha sanción el fin de semana inmediatamente siguiente a la fecha de la notificación de la resolución que así lo ordena”.
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