. . . . . . " \nEl se\u00F1or GARC\u00CDA-HUIDOBRO .- \nPido la palabra.\n \n \nEl se\u00F1or ASCENCIO (Presidente).- \nTiene la palabra su se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or GARC\u00CDA-HUIDOBRO.- \nSe\u00F1or Presidente, en mi intervenci\u00F3n anterior ped\u00ED que se votar\u00E1n separadamente tres art\u00EDculos sobre los cuales tenemos divergencias. No s\u00E9 por qu\u00E9 s\u00F3lo se est\u00E1 considerando uno.\n \nEl primero es el art\u00EDculo 72, inciso segundo -N\u00BA 22, nuevo- que dispone que, en zonas rurales, especialmente, las motocicletas, bicimotos, motonetas y similares, deber\u00E1n circular permanentemente con sus luces fijas y , las bicicletas deber\u00E1n contar con elementos reflectantes; el segundo es el art\u00EDculo 84 -N\u00BA 27, nuevo- que exige el uso de casco protector reglamentario para todo conductor de motocicletas, motonetas, bicimotos y su acompa\u00F1ante: el tercero es el art\u00EDculo 91 -N\u00BA 29, nuevo- que trata de la admisi\u00F3n de animales, canastos o bultos que molesten a los pasajeros o impidan la circulaci\u00F3n por el pasillo del veh\u00EDculo.\n \n " . .