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El señor BUSTOS ( Presidente ).-
Corresponde conocer, en tercer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que introduce modificaciones orgánicas y procedimentales a la ley N 19.968, que creó los tribunales de familia, y a otros cuerpos legales, con urgencia calificada de suma.
Diputada informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es la señora Marisol Turres.
Antecedentes:
-Oficio del Senado, boletín Nº 4438-07, sesión 17ª, en 10 de abril de 2008. Documentos de la Cuenta Nº 3.
-Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, sesión 25ª, en 7 de mayo de 2008. Documentos de la Cuenta Nº 7.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra la señora diputada informante.
La señora TURRES (doña Marisol).-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia informo sobre el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que introduce modificaciones orgánicas y procedimentales a la ley Nº 19.968, que creó los tribunales de familia.
La iniciativa, que ha sido calificada de suma urgencia por el Ejecutivo , fue analizada por la Comisión, con la colaboración del ministro de Justicia , señor Carlos Maldonado Curti ; de la jefa del Departamento Jurídico de ese Ministerio, señora Mirtha Ulloa González ; del jefe de la Unidad de Reformas Judiciales de ese Ministerio, señor Andrés Mahnke Malschafsky ; del asesor del mismo Ministerio, señor Rodrigo Zúñiga Carrasco , y del jefe de Reformas Legales del Servicio Nacional de la Mujer , señor Marcos Rendón Escobar .
De conformidad a las disposiciones reglamentarias pertinentes, correspondió a la Comisión pronunciarse sobre los alcances de las modificaciones introducidas por el Senado y recomendar aprobarlas o desecharlas.
Conforme a lo anterior, luego de analizarlas, la Comisión acordó, por unanimidad, recomendar la aprobación de todas las enmiendas planteadas, salvo las siguientes:
En el artículo 1º:
a) el número 2, letra k);
b) el número 4, letras a) y c);
c) el número 13, letra b), y
d) el número 25, letra a).
El artículo 3º, número 1;
El artículo 2º transitorio, inciso primero, y
El artículo 7º transitorio.
A continuación paso a describir las observaciones formuladas a las disposiciones señaladas.
Artículo 1º.
Número 2, letra k).
En la letra k) de su propuesta, el Senado modificó la proposición de la Cámara para la letra m) del artículo 4º de la ley Nº 19.968, con el objeto de sustituir en su parte final las expresiones “con asiento dentro de su territorio jurisdiccional” y “Cuatro juzgados de familia: el primero, el segundo y el tercero, con diez jueces cada uno, y el cuarto con doce jueces” por “con asiento dentro de la provincia de Santiago” y “Cuatro juzgados de familia, todos con trece jueces”, respectivamente.
La letra m) se refiere a la conformación de los juzgados de familia con competencia sobre las comunas de la provincia de Santiago, con excepción de las de San Joaquín, La Granja, La Pintana, San Ramón , San Miguel , La Cisterna, El Bosque, Pedro Aguirre Cerda , Lo Espejo , Pudahuel, Quinta Normal, Cerro Navia y Lo Prado ; se encuentra dividida en dos incisos o párrafos, figurando los textos modificados en el inciso segundo.
La Comisión, con el propósito de evitar posibles confusiones, debido a los problemas de referencia que se han presentado en otras legislaciones sobre materias similares, acordó rechazar esta parte de la proposición, sin otro objeto que la de precisar que las modificaciones reseñadas están hechas al inciso o párrafo segundo de la letra m).
Número 4.
El número 4 modifica el artículo 8º de la ley Nº 19.968, que trata sobre las materias que son de competencia de los juzgados de familia.
Los números 6 y 10 de este artículo incluyen dentro de esa competencia a las guardas, con excepción de los asuntos que digan relación con la curaduría de la herencia yacente y todos aquellos asuntos en que se impute un hecho punible a niños, niñas o adolescentes exentos de responsabilidad penal, respectivamente.
El Senado modifica esos números mediante sus letras a) y c), respectivamente, para excluir en el primero las guardas relativas a pupilos mayores de edad y en el segundo para sustituirlo por otro acorde con las modificaciones introducidas por la ley sobre responsabilidad penal juvenil, refiriéndola a los asuntos en que se imputa responsabilidad por la comisión de cualquier falta a mayores de 14 años y menores de 16 y a adolescentes mayores de 16 y menores de 18 años, con excepción de aquellas faltas que contempla el inciso tercero del artículo 1º de la ley citada, las que son de conocimiento de la justicia del crimen.
La Comisión acordó rechazar esas disposiciones para introducir una corrección formal en la letra a), que modifica el número 6, a fin de intercalar entre la conjunción “y” y la frase “que diga en relación”, el pronombre “aquellas”, como una forma de mejorar la redacción un tanto confusa de esta letra.
En el caso de la letra c), que sustituye el número 10), la modificación agrega en el encabezamiento no sólo la mención del número 10, sino también del número 10) bis, el que también trata materias comprendidas en el contenido del número 9 que propone esta letra.
Número 13.
Este número modifica el artículo 21 de la ley Nº 19.968, que se refiere al abandono del procedimiento.
La Cámara propuso una regla especial para los casos de violencia intrafamiliar, señalando que si ninguna de las partes acudía a la audiencia a que citara el tribunal y el demandante no solicitaba una nueva citación para dentro del quinto día, el juez dispondría el archivo provisional de los antecedentes, pudiendo el denunciante o demandante solicitar en cualquier momento la reapertura del procedimiento. En consecuencia, no procedería en estos casos el abandono del procedimiento.
El Senado modificó la proposición de la Cámara, señalando que, una vez transcurridos seis meses de decretado el archivo provisional sin que se hubiera requerido la reanudación del procedimiento, el juez, de oficio o a petición de parte, declarará el abandono del procedimiento y dispondrá dejar sin efecto las medidas cautelares que pudiera haber decretado.
La Comisión coincidió con la proposición, toda vez que evita la eternización de los procedimientos y, especialmente, precabe perjuicios que puede significar la perdurabilidad de las medidas cautelares que se hubieren dictado.
No obstante, en consideración a la delicadeza de los asuntos relacionados con la violencia intrafamiliar y los diferentes factores que influyen y que tienden a evitar que la víctima accione, la llevaron rechazar la propuesta sin otro objeto que aumentar el plazo para la declaración del abandono de seis meses a un año.
Número 25.
Por este número el Senado propone modificar el inciso primero del artículo 60, que se refiere a la comparecencia a la audiencia preparatoria.
La modificación hace obligatoria la comparecencia personal de la parte, quien debe actuar con patrocinio de abogado y representada por persona habilitada para actuar en juicio, salvo que el juez, por motivos fundados, la exceptúe expresamente.
A este respecto, la Comisión, por mayoría de votos, consideró que la redacción no dejaba establecido con claridad que la obligación de comparecer personalmente, con patrocinio de abogado y representante habilitado, comprendía tanto la audiencia preparatoria como la del juicio, más aún si en su parte final la norma, al permitir que el juez exceptuara expresamente de esta obligación, parecía excluir también la comparecencia personal.
De acuerdo a lo anterior, propuso rechazar esta disposición, para agregar, inmediatamente después de las expresiones “a la audiencia preparatoria”, los términos “y a la audiencia de juicio”.
Artículo 3º.
Esta disposición modifica el artículo 234 del Código Civil, que se refiere a la facultad de los padres de corregir a los hijos, cuidando que ello no menoscabe su salud ni su desarrollo personal. La Cámara propuso agregar al final de este inciso, lo siguiente: “y en conformidad a la ley y a la Convención sobre los Derechos del Niño”.
El Senado propuso agregar al final de la proposición de la Cámara, la siguiente oración: “Esta facultad excluye toda forma de maltrato físico.”
La Comisión estimó que la propuesta del Senado era limitativa, ya que no se comprendía por qué dentro de ese maltrato no se incluía también el de carácter sicológico. Asimismo, consideró que dicha propuesta, además de limitativa, resultaba redundante, toda vez que la sujeción de esta corrección a la potestad paterna debería ejercerse conforme a la ley y a la Convención sobre los Derechos del Niño, lo que constituye suficiente resguardo.
Por todo lo anterior, procedió a rechazar la propuesta del Senado.
Artículo 2º transitorio.
Por medio de este artículo, el Senado modifica una proposición formulada por la Cámara, en virtud de la cual se establece una norma de personal destinada a incentivar el retiro de los funcionarios de más edad, disponiendo en su inciso primero que, a partir del 1º del mes siguiente a la entrada en vigencia del artículo 3º de esta ley, se entregaría una bonificación por retiro a los funcionarios de la planta del escalafón de empleados del Poder Judicial y a los contratados y asimilados al mismo escalafón, a los funcionarios de planta y a contrata de la Corporación Administrativa del Poder Judicial y a los profesionales del escalafón de miembros de los consejos técnicos del Poder Judicial que a la fecha tengan 65 ó más años de edad, si son hombres, ó 60 ó más años, si son mujeres, o cumplan esas edades hasta el 31 de diciembre de 2008 y que presenten la renuncia voluntaria a sus cargos dentro de los 90 días corridos, contados dentro de la fecha señalada precedentemente, o desde la fecha de cumplimiento de las señaladas edades, respectivamente.
El Senado propuso que, en el caso de las mujeres, el beneficio pudiera ser impetrado desde que cumplan 60 años de edad y hasta 65 años, pero para hacerlo, tanto hombres como mujeres deberían cumplir esa edad a más tardar el 31 de diciembre de 2008.
La propuesta destinada a producir un recambio del personal por la vía de otorgar un incentivo al retiro establecía, de acuerdo al testimonio de la Asociación de Funcionarios del Poder Judicial, una limitante que desfavorecía la situación de las mujeres, toda vez que aquellas que cumplieran los 60 años antes o hasta el 31 de diciembre de 2008, como les exigiría la modificación propuesta por el Senado, se verían obligadas a pedir su retiro antes de cumplir 65 años.
La Comisión, no obstante expresar no tener competencia para solucionar ese problema, acordó rechazar la proposición del Senado.
Artículo 7º transitorio.
El Senado propuso este artículo para señalar las épocas en que entrará en vigencia la mediación obligatoria a que se refiere el artículo 106 en las diferentes regiones del país.
La Comisión hizo presente que entre las regiones mencionadas se había omitido incluir la Duodécima Región, razón que la llevó a rechazar esta propuesta.
Cumplo con haber informado.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor ministro.
El señor MALDONADO ( ministro de Justicia ).-
Señor Presidente , comparezco en representación del Ejecutivo para pedir a esta honorable Sala que tenga a bien aprobar el proyecto de ley que fortalece el sistema de justicia de familia de nuestro país y que se encuentra en sus últimos trámites legislativos. Esperamos que muy pronto se convierta en ley, atendida la imperiosa necesidad que tiene este sistema de justicia de mejorar significativamente su funcionamiento. Todos sabemos que es un proyecto que tuvo por objeto modernizar la justicia de familia que en la práctica ha tenido dificultades derivadas de una carga de trabajo superior a la estimada, dificultades de gestión y ciertos aspectos procedimentales que la experiencia ha demostrado que es necesario corregir.
El proyecto se hace cargo de todos esos ámbitos en los sentidos que indicaré a continuación.
En primer lugar, se aumenta significativamente el número de jueces y funcionarios. Se agregan 95 jueces a los tribunales de familia ya existentes y se agrega un segundo juez a cinco juzgados de letras con competencia común, creando una nueva tipología de tribunales en nuestro sistema, que pretende absorber la carga de trabajo en aquellas comunas de menor tamaño donde no se justifica un juzgado especializado, pero donde el juzgado de letras requiere un reforzamiento para poder atender las distintas materias que se han ido agregando con la modernización de nuestro sistema de justicia en general.
En términos concretos, se aumenta en un 55 por ciento el financiamiento de los tribunales de familia; o sea, del sistema de justicia de familia en su dimensión Poder Judicial. Se incrementan también los recursos para asistencia jurídica y para el sistema de mediación. La dotación de jueces del sistema se aumenta en un 36 por ciento y la dotación de personal -profesionales y personal administrativo- se aumenta en un 60 por ciento.
En resumen, cuando el proyecto se transforme en ley de la República, de doscientos cincuenta y ocho jueces que tiene el sistema actualmente, pasaremos a trescientos cincuenta y tres. Asimismo, de mil sesenta y siete funcionarios, se pasará a mil setecientos siete funcionarios.
Desde el punto de vista de organización de tribunales, se crean unidades de cumplimiento que van a estar encargadas de hacer el seguimiento de las resoluciones para evitar que las sentencias que no se cumplen ingresen como nuevas causas. Eso va a permitir que al interior de cada tribunal exista una forma administrativa de seguimiento a fin de que esto no se transforme en una carga de trabajo para los jueces, sino que haya una unidad profesional dedicada a esa dimensión de la tarea de los tribunales de familia. Además, se crean nuevas unidades de servicios y de causas.
En cuanto al aspecto procedimental, lo que se pretende con estas modificaciones es agilizar el sistema y de alguna manera bajar la carga de trabajo sin impedir en ningún caso el acceso y así ofrecer a las personas que recurren a estos tribunales la posibilidad de una solución más rápida y eficaz al problema que quieren resolver.
Las principales modificaciones introducidas por el Senado consisten en incorporar al sistema la mediación para ciertas materias en calidad de obligatoria y previa, específicamente, en lo que se refiere al derecho de alimentos; cuidado personal, conocido como tuición; y, relación directa y regular, más conocido como régimen de visitas.
Se establece un examen de admisibilidad de las denuncias, demandas y requerimientos para evitar que ingresen como causas materias que no sean de competencia de los tribunales de familia y, de esa forma, en un examen preliminar formal, determinar si procede que el asunto planteado al tribunal sea efectivamente conocida por éste.
Se establecen otras modificaciones importantes, como es la asistencia del Estado en forma obligatoria, que busca dar cierta precisión a las pretensiones jurídicas con que las partes comparecen a los tribunales y abreviar significativamente el tiempo que se destina a las audiencias que, como se sabe, requieren como requisito de validez la presencia personal y la conducción directa del juez. Al transformarse el debate más bien en debate jurídico -como corresponde a un tribunal-, se va a poder dar mayor agilidad a las audiencias y eso, a su vez, va a permitir agendar más audiencias y despachar las causas con mayor rapidez. Para tal efecto, se fortalecen de manera significativa las corporaciones de asistencia judicial para que puedan prestar esa asesoría jurídica a quienes lo requieran. Además, se modifica el sistema de notificaciones y se entregan otras facultades y normativas procedimentales que van a mejorar el sistema en general.
Hay una modificación introducida por el Senado -a propuesta del Ejecutivo- en orden a proscribir expresamente el maltrato físico a las niñas y niños. En un principio, la Comisión acordó su rechazo, no porque estuviera en contra de la proscripción del maltrato físico, sino porque consideró que la redacción del Senado podría ser limitativa. Entiendo que la propuesta de los diputados en la Comisión Mixta va a ser que se amplíe la proscripción del maltrato físico al maltrato sicológico, lo que resulta muy relevante, considerando que, según las cifras oficiales, en Chile, aproximadamente, el 50 por ciento de los niños sufre maltrato físico en sus hogares, de los cuales el 25 por ciento sufre maltrato físico grave. Lamentablemente, para muchos niños y niñas el lugar más peligroso es su propio hogar, ya que es donde sufren mayor maltrato y daño físico.
Por lo tanto, si bien es cierto que esta norma no va a resolver por sí sola el problema, creemos que es una señal muy relevante y así lo ha considerado el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, que ha hecho la observación en reiteradas oportunidades al Estado chileno, en cuanto a que la norma del Código Civil que permite a los padres corregir a los hijos, podría entenderse implícitamente que mantiene la facultad de castigar. Eso es lo que queremos corregir con esta proposición que se aprobó en el Senado, en cuanto a proscribir expresamente el castigo físico, y confiamos en que en la Comisión Mixta ello se perfeccione y se integre finalmente en la normativa legal.
Muchas gracias.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado don Jorge Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , estamos de acuerdo con la propuesta de la Comisión, en el sentido de enviar muy acotadamente los artículos que allí se indican a la Comisión Mixta por entender que aún queda una buena oportunidad legislativa para mejorar ciertas redacciones, particularmente, sobre una que manifestaron en la Comisión los representantes de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, en cuanto a discutir si sólo agregar al artículo 234 del Código Civil la manifestación concreta de punición al maltrato físico, lo que, a nuestro juicio, podría ser interpretado como el punible es ese y el otro no lo es. Sería complicado que eso quedara así, ya que la violencia al interior de los hogares es bastante común. Sin ir más lejos, hoy ha habido un caso dramático en esta Región, donde la víctima fue un recién nacido que fue acuchillado, aparentemente, por sus progenitores.
Por tanto, quiero hacer ver al señor ministro , por intermedio de la Mesa, algo que tengo claro que no es su responsabilidad, porque él no estaba a cargo de esa Cartera a la hora de la tramitación de este proyecto en la Cámara de Diputados.
El Senado le introdujo al proyecto una serie de modificaciones y envió prácticamente un nuevo proyecto respecto del que ingresó a la Cámara. Allí se aumentaron los recursos que van a ir a la justicia de familia; se creó una cantidad de tribunales nuevos que van a recoger la experiencia de años de funcionamiento de una nueva justicia de familia que arrojó una serie de inconvenientes, una buena parte de ellos a partir de que se singularizó de mala manera la presión que iba a haber sobre los tribunales y se consideraran cálculos matemáticos o sociológicos equivocados que, en su época, hicieron los encargados por el Ministerio. Reitero, no es responsabilidad del titular de esa Cartera; pero, en su momento, la Cámara tuvo que tramitar la reforma a los tribunales de familia a mata caballo. Se le dio urgencia calificada de “suma” y sólo se trató de normas procesales, como si fueran la absoluta solución.
Pero, el Senado, a diferencia de nosotros, tuvo casi dos años para tramitar este proyecto, lo que demuestra una asimetría brutal que no se puede volver a dar. Tenemos un ministro de Justicia que entiende de eso y pensamos que hay que aprender de las lecciones. No puede ser que en proyectos de esta envergadura, destinados a corregir buenas reformas pero que en la práctica no han funcionado, corramos el riesgo de que en una de las instancias del Congreso Nacional se le dé urgencia calificada de “suma” y, en la otra, tengan un año y medio para discutirlo. Es bueno que se nos dé una explicación sobre esto, ya que desde todo punto de vista demostrativo es inconsistente. ¿Por qué una rama del Congreso Nacional tuvo oportunidad para recoger las peticiones, para conseguir los fondos destinados a mejorar el sistema? Eso se debe a que hubo un cambio de criterio en el Ejecutivo que, a mi juicio, no debe darse nuevamente. Si hay que tramitar este tipo de proyectos, debe hacerse con la misma calma en ambas ramas del Congreso y no que una lo tenga que hacer a matacaballo y la otra cuente con todo el tiempo del mundo.
No obstante, hay cinco o seis normas -eso fue unánime en la Comisión- que hacen necesario que la instancia de la Comisión Mixta permita mejorar el texto propuesto por el Senado.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Marisol Turres.
La señora TURRES (doña Marisol).-
Señor Presidente , concuerdo con lo señalado por el diputado Burgos . Recuerdo que cuando vimos el proyecto en la Comisión se hizo en forma muy apurada, ya que Chile necesitaba con urgencia un mayor número de jueces de familia, atendido el colapso en el que se encontraban los tribunales y en el que están hasta hoy.
Entonces, resulta difícil comprender por qué existen distintos tiempos de tramitación en una y otra cámara, si nuestro trabajo es tan importante. Además, cuesta comprender que, en algún momento, se le haya retirado la urgencia al proyecto, cuando era y es urgente contar con más tribunales de familia.
Quiero hacerle algunas consultas al ministro de Justicia y espero que tome nota de ellas.
Me gustaría saber qué pasa con las casas y edificios en los cuales están funcionando los tribunales de familia. Por lo menos, en Puerto Montt, que represento aquí, desarrollan sus actividades en una bodega acondicionada para tal efecto, la cual será ampliada para que desarrollen sus actividades otros dos jueces. Pero, en los tribunales de otras regiones el número de jueces ha sido aumentado en más de dos.
Por eso, nuestra preocupación dice relación con los arriendos vigentes y con la pérdida de recursos que le significará al Estado volver a arrendar y acondicionar otros locales. Me gustaría saber cuál es la actual situación económica de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, toda vez que le estamos entregando más recursos para la contratación de nuevos jueces y del personal que se requiere. Como digo, nos preocupa lo relativo a la infraestructura que se requiere para dar buena atención a las personas que recurren a los tribunales de familia y para que los funcionarios trabajen en forma digna, condiciones que se están perdiendo. Es un punto muy importante que es necesario aclarar.
En relación con la violencia intrafamiliar, consideramos que era necesario prorrogar el plazo de prescripción de seis meses por lo menos a un año, porque todos sabemos que para las mujeres es un problema muy difícil de enfrentar, si tomamos en consideración que sólo el 36 por ciento de ellas trabaja fuera del hogar. Esto quiere decir que un gran número de mujeres depende absolutamente de los recursos que aporta su pareja o su marido. Por eso, es necesario contar con una justicia rápida que aplique las medidas precautorias pertinentes que garanticen que recibirán una pensión de alimentos que les permita mantener a sus hijos. La justicia debe ser rápida, especialmente cuando las medidas precautorias impliquen la salida del jefe de hogar. Como hoy esto no ocurre, nos encontramos con que muchas mujeres hacen la denuncia, pero posteriormente no van a ratificarla porque son amenazadas en forma brutal. Esto hace que un gran porcentaje de las causas quede archivado.
No es algo menor que la prensa haga una suerte de juicio -por así decirlo- al Poder Judicial , cuando publica que, en determinados casos, algunas mujeres que han sido asesinadas por su pareja o por su marido, ya habían formulado denuncias. Por lo tanto, es necesario no cerrar la puerta en forma tan brusca y dejar un plazo prudente para revisar esas causas.
Por último, quiero referirme a otra modificación que se introduce a la ley que creó los Tribunales de Familia, que se refiere a la obligación de las personas de comparecer ante estos tribunales acompañadas por un abogado. Por cierto, todos estamos de acuerdo con esto. Pero aquí le formulo otra consulta al ministro de Justicia .
Hace ya más de dos años aprobamos un proyecto de acuerdo, mediante el cual le solicitamos al ministro de Justicia que estudiara la forma de posibilitar el acceso a la justicia a todas aquellas personas que no pueden pagar un abogado.
En conversaciones que sostuve con el ministro me manifestó -así también lo ha hecho saber en la Comisión- que eso es materia de un proyecto de ley que se está elaborando, que ha sido discutido con las corporaciones de asistencia judicial y que pronto será enviado al Congreso Nacional. Pero nosotros necesitamos una respuesta concreta. Obviamente, nadie desea un aparato estatal gigantesco que monopolice la asistencia jurídica a las personas. Pero hay que buscar un sistema que garantice el acceso a la justicia a cada mujer u hombre que requiera, en este caso particular, la intervención de los tribunales de justicia para resolver algún problema de familia que, muchas veces, puede significar niños sin comer y sin satisfacer sus necesidades mínimas. Por eso, la ley debería establecer que las mujeres tendrán el patrocinio de un abogado, pero todos sabemos que en las corporaciones de asistencia judicial no los hay de manera suficiente para atender la demanda que existe en la actualidad.
Quiero que el ministro nos diga en qué estado se encuentra ese proyecto que, supuestamente, están redactando en el Ministerio de Justicia, y en qué consiste. Asimismo, cuándo la ley va a dejar de ser letra muerta; cuándo va a tener un verdadero contenido y a crear las condiciones para que todas las personas de escasos recursos cuenten con el patrocinio de un abogado, tal como ocurre con el 95 por ciento de los imputados que, tengan o no tengan recursos, son atendidos por la Defensoría Penal Pública. No basta con la modificación de la Constitución Política que se está proponiendo, que ingresó por el Senado, tendiente a garantizar asistencia judicial a las víctimas de delitos; lo que necesitamos es que se convierta en realidad y esté al alcance de todos los chilenos.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el ministro de Justicia.
El señor MALDONADO ( ministro de Justicia ).-
Señor Presidente , quiero responder algunas inquietudes manifestadas por el diputado Jorge Burgos y por la diputada Marisol Turres.
Respecto de lo señalado por el primero, en cuanto al tiempo de tramitación del proyecto en ambas cámaras, puedo decirle que me correspondió asistir a su tratamiento cuando ya estaba en el Senado; no conocí su tramitación en la Cámara. Sin embargo, quiero hacer expresa mención de mi voluntad de trabajar conjuntamente -creo que lo hemos estado haciendo- con las comisiones de Constitución, Legislación y Justicia de ambas Corporaciones. No tengo una visión distinta respecto de la trascendencia del trabajo que ellos realizan. Mi deseo sería que se dedicara el menor tiempo posible en el tratamiento de los proyectos, pero sí todo el que sea necesario para que nuestro trabajo sea de buena calidad.
En cuanto al planteamiento de la diputada Marisol Turres relacionado con la asistencia jurídica, efectivamente, tal como lo informé en la Comisión, estamos preparando un proyecto que crea un servicio nacional de asistencia jurídica y nuestra intención -esperamos cumplirla- es enviarlo al Congreso Nacional antes del 30 de junio. Tenemos un proyecto bastante avanzado y existe un preacuerdo con el Ministerio de Hacienda sobre su financiamiento. Incluso, pensamos darlo a conocer públicamente a la brevedad.
Coincidimos con la diputada Marisol Turres en cuanto a que un sistema de asistencia jurídica de calidad es un complemento indispensable para la modernización del sistema judicial que hemos estado llevando a cabo durante los gobiernos de la Concertación con apoyo transversal -debemos decirlo- de todos los sectores políticos, en materia penal, de familia y laboral. Este último ya ha sido puesto en práctica en dos regiones del país. Así como se hizo en la justicia laboral de crear un sistema de asesoría especializada, lo que estamos buscando con un servicio nacional de asistencia jurídica es que exista un sistema de asesoría de calidad para todas las personas que requieran la intervención de los tribunales, de manera que los ciudadanos hagan uso del derecho contemplado en la Constitución y en las leyes. Pero, para ello, el sistema debe ser eficaz, lo que se consigue con tribunales modernos, eficientes y accesibles para todas las personas.
Compartimos su visión, y le informaré sobre la fecha que nos hemos fijado para cumplir con nuestro propósito de ingresar al Congreso Nacional un proyecto en el sentido indicado.
Además, quiero informar a los diputados que me consta que la Corte Suprema se ha planteado como un desafío, una vez que este proyecto se transforme en ley -esperamos que ocurra a la mayor brevedad, porque se requiere con muchísima urgencia-, mejorar en forma sensible la gestión de los tribunales de familia, porque todo lo que hemos señalado, que es de conocimiento público, como sobrecarga de trabajo y algunos problemas procedimentales originados por diseños legales no apropiados no han contribuido a una mayor expedición en las causas de familia y en los modelos de gestión de los tribunales. Por lo tanto, me consta -así me lo ha dicho personalmente el presidente de la Corte Suprema ministro Urbano Marín- que habrá una mirada especial y una preocupación muy proactiva de esa instancia, en términos de poner muchísima atención a un mejoramiento sustantivo de la gestión interna de los tribunales, para que alcancen la eficiencia necesaria, contando con mayores recursos, más jueces y más funcionarios.
Muchas gracias.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Alberto Robles.
El señor ROBLES.-
Señor Presidente, el proyecto soluciona un problema importante en nuestra comunidad, porque los tribunales de familia hoy constituyen una necesidad imperiosa para resolver los problemas de mucha gente.
Quiero centrar mi discurso en un tema muy relevante. Cuando la justicia de nuestro país está creando tribunales especializados, donde un juez se forma, se especializa en un área, estamos dando un paso adelante en la administración de justicia a la población.
No es lo mismo que la justicia de familia la provea cualquier juez a que lo haga uno preparado en temas de familia, que conoce al revés y al derecho la legislación relativa a esa materia y, además, que tiene la experiencia ganada con el correr de los años y que podrá dar una impronta especial a su judicatura.
Lo mismo se está haciendo en el aspecto laboral. Lo hicimos en lo penal, y espero que lo hagamos próximamente tanto en lo tributario como en lo civil; así sucesivamente, hasta tener jueces especializados en todas las materias.
Quiero llamar la atención del ministro , en el sentido de que junto con la especialización de los jueces, necesitamos en forma urgente una apropiada administración de la justicia, en el sentido de cómo se administran los tiempos y los recursos, para que llegue a todos los chilenos.
Digo esto porque pertenezco a la Región de Atacama y quiero destacar que en el proyecto estaban previstos cuatro jueces de familia para la provincia de Copiapó y dos jueces para la provincia de Vallenar; sin embargo, para Chañaral no se consideró ni uno solo. Uno podría pensar que el problema se debe a la cantidad de personas.
La iniciativa aumenta la cantidad de personal para Copiapó, donde habrá cinco juzgados de familia, pero en Chañaral no existe ni uno.
Me pregunto si la gente que vive en Chañaral no requiere ser tratada o juzgada por un juez competente, especialista en familia. Entiendo que los jueces de letras tenían competencia para todo tipo de problemas y procedimientos, pero en el escenario de jueces cada vez más calificados su capacidad de otorgar justicia es menor.
En ese sentido, quiero formular al ministro las siguientes preguntas: ¿Por qué no enviar a los jueces desde Copiapó a Chañaral a impartir justicia? ¿Por qué las familias de Chañaral deben trasladarse 170 kilómetros, a veces sin contar con recursos, para recibir justicia en un juzgado de Copiapó?
Entiendo que es perfectamente posible, administrativamente, desde un punto de vista de uso racional de los recursos, que se envíe al juez de Copiapó una, dos o tres veces a la semana -dependiendo de las necesidades de la gente- a impartir justicia a un juzgado de Chañaral . Pero a un juez competente, con especialización.
Lo mismo en la justicia laboral. ¿O la gente de Chañaral no tiene derecho a un juez especializado para impartir justicia?
Después, cuando existan los tribunales tributarios, ¿sólo los juzgados cabecera de región van a contar con un juez tributario? ¿Sólo la gente de ese sector tendrá facilidades para recibir justicia de especialidad, por llamarlo de alguna manera?
Planteo esto porque hay áreas de nuestro país donde cada vez vemos más desigualdad territorial. Represento a una provincia, a una región alejada de los centros urbanos. En mi distrito hay lugares a los que no llega ningún tipo de juez con especialización, y los que ahí viven son tan chilenos como los que viven en Santiago o en Copiapó. Eso demuestra el centralismo que vive nuestro país, incluso a nivel regional.
Por eso, señor Presidente , por su intermedio, quiero pedir al ministro que analice la situación, que ya he planteado en la Comisión de Hacienda y al presidente de la Corte Suprema . A la Corte Suprema hay que darle flexibilidad para administrar los recursos, con el objeto de que puedan enviar a un juez determinado ciertos días a un lugar, otros a otro, en fin, sea que se trate de un juez laboral, tributario u otro.
Conversaba con el único juez en lo penal de Freirina, quien me señaló su carga de trabajo, en términos de cantidad de procesos. Sin embargo, en Vallenar, que está a cincuenta kilómetros, hay una mayor cantidad de jueces y por eso su trabajo es más expedito. Pero los jueces de Vallenar no pueden ir al juzgado de Freirina a prestar apoyo. No logro entender esa situación.
Hoy, en pleno siglo XXI, me parece imprescindible que exista flexibilidad en la administración de los recursos. No me refiero a que haya una justicia distinta, sino a administrar mejor los recursos, de manera que, por ejemplo, en Chañaral o Diego de Almagro también puedan contar con una justicia de especialidad en familia, para que la gente de esos lugares no tenga que viajar a plantear sus problemas a Copiapó o ante un juez que, si bien es letrado, no tiene especialización en el área.
Lo mismo ocurre en salud y educación. Nuestro país debe avanzar hacia la flexibilidad en el tratamiento ciudadano, porque en nuestro país no hay ciudadanos de primera, segunda y tercera clase, sino que todos somos chilenos y merecemos el mismo trato, de la misma calidad de personas que imparten justicia, en términos de conocimiento y capacidad.
El Partido Radical dará su aprobación al proyecto, pero dejando de manifiesto nuestro razonamiento, para que, en el futuro, contemos con una ley que flexibilice administrativamente la forma que tienen los supremos de impartir justicia en todo el territorio nacional y no con esta camisa de fuerza con asientos de corte que no permiten movilizar a una persona de un lugar a otro.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Ramón Barros.
El señor BARROS.-
Señor Presidente, luego de una extensa tramitación, que se remota a agosto de 2006, el proyecto que reforma los tribunales de familia ha sido aprobado por el Senado.
Como antecedente previo indispensable, se debe consignar que la justicia de familia, que comenzó a regir en 2005, ha tenido innumerables problemas de operación durante sus dos años en régimen, lo que, principalmente, se ha concentrado en la excesiva demanda de la población, en la debilidad de las normas procesales y su escasa adaptación a la realidad de las materias tratadas y, por último, en la escasez de recursos humanos y de infraestructura para hacer frente a la tremenda demanda.
¿Dónde está el origen de esas deficiencias? ¿Por qué el proyecto diseñado en 2004 e implementado en 2005 fracasó tan estrepitosamente?
No hay una respuesta unívoca, pero, en general, podría afirmarse que la partida fue precipitada y que lo mejor, al igual que la reforma procesal penal y la reciente modificación a la reforma de los tribunales laborales, era partir con cierta gradualidad en el tiempo. De esa manera, los posibles errores, deficiencias y falencias podrían ser corregidos sobre la marcha, sin afectar tan directamente la operación de los tribunales de familia a lo largo del país. Hay que sacar lección de eso.
El diagnóstico sobre los tribunales de familia fue unánime: el colapso de la justicia de familia. Ello, como consecuencia del explosivo aumento de las causas ingresadas, el insuficiente número de jueces y funcionarios, la deficiencia de infraestructura y la escasez de recursos, cuando el propósito de éstos era, justamente, lo contrario; es decir, establecer un procedimiento ágil y expedito. Sin embargo, los efectos normativos y la oscilación de las autoridades por sacar adelante el proyecto se tradujeron en un mal diseño y en una implementación aún más deficiente.
La reforma a la justicia en materia de familia se sustentaba en dos pilares fundamentales. Primero, en un mayor acceso a la justicia a través de la eliminación de la obligación de asistencia legal y en los juicios orales, como principio rector de procedimiento. Segundo, en la creación de un sistema que descansaría en la mediación, como mecanismo extrajudicial de resolución de los conflictos.
Pero este diseño falló en la aplicación práctica de la reforma y ha generado una serie de graves consecuencias, entre otras que al no requerirse abogado, las personas acuden a los tribunales por cualquier problema. Esto, sumado a la desformalización que genera la oralidad, ha provocado un importante aumento de las causas.
Por otra parte, el sistema de mediación fue mal concebido, puesto que no existían los recursos, ni las herramientas ni las disposiciones legales pertinentes para que los tribunales pudiesen funcionar en forma adecuada. Los resultados son contundentes. Sólo el 5 por ciento de las causas ha terminado en una mediación exitosa; el resto, se ha judicializado.
En nuestra intervención en la Comisión de Familia planteamos esta observación cuando tratamos el tema de la mediación. Sin embargo, hasta hoy no ha sido posible regularizar el funcionamiento de los tribunales.
Por eso, a poco andar de la reforma, fue necesario discutir y procesar las urgentes modificaciones que requería el proyecto, en particular porque la postura del Poder Judicial estaba centrada en el aumento sustantivo de los jueces y en los equipos técnicos que deben sustentar el funcionamiento de los tribunales.
Por otra parte, las transformaciones que se habían implementado en materia procesal merecían serios reparos por la imposibilidad de llevar a cabo adecuadamente las obligaciones, debido a las carencias materiales para el desarrollo de la reforma.
El proyecto que se somete al conocimiento de la Sala, en tercer trámite legislativo, sigue siendo insuficiente. Sin duda, el impacto causado por el desastroso estreno de la reforma tendrá efectos verdaderos y costará que los usuarios vuelvan a tener confianza en el sistema judicial familiar.
Por ello, se esperaba la destinación de más recursos para llenar las vacantes judiciales y brindar apoyo funcionario y técnico; asimismo, para infraestructura e información a la ciudadanía. También se esperaba que el Ejecutivo fuese más agresivo a la hora de proponer los cambios procesales para destrabar los nudos críticos de la reforma inicial y descongestionar el alto índice de atochamiento que aún existe.
Sin embargo, es necesario que la propuesta siga su curso. Ciertamente, contribuirá a un mejor servicio y a una mayor justicia. Nadie pone en duda eso. Por las necesidades urgentes, no es bueno seguir demorando más esta iniciativa.
Los cambios introducidos por el Senado van en esa dirección, sobre todo en lo relativo al aumento sustantivo de los jueces logrado, por negociación, entre el Poder Judicial y el Gobierno.
Por otro lado, ciertas reformas procesales permitirán una mayor agilidad en este procedimiento. Lo importante es que esta experiencia permite establecer una estándar en el diagnóstico, propuesta e implementación de la reforma judicial hacia el futuro.
Es fundamental que las nuevas modificaciones sean evaluadas por la autoridad y seguidas con especial atención, con el objeto de determinar su correcta aplicación y los posibles cambios.
Por último, resulta indispensable no generar falsas expectativas. Es un hecho que la reforma inicial creó una sensación exagerada en la población respecto de sus alcances. Eso redundó significativamente en el aumento de la demanda e incapacidad de los tribunales para hacer frente a los problemas. Es de esperar que estas modificaciones a la ley Nº 19.968 no sean utilizadas en el mismo sentido y se cautele el impacto de su resultado.
En el proyecto figuran varias observaciones y recomendaciones de la Comisión de Constitución, con el objeto de hacer una enmienda de carácter formal a las modificaciones aprobadas por el Senado.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.
El señor VIDAL (doña Ximena).-
Señor Presidente , a diferencia de mis colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, creo que los cambios introducidos en el ámbito de la justicia son grandes, importantes e históricos. Es un hecho real que las reformas traen problemas y conflictos mientras se produce la adaptación a los cambios, los que se deben enfrentar con responsabilidad y tomando las medidas integrales necesarias.
Por eso, las modificaciones del Senado, a pesar de algunas observaciones planteadas por los diputados de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, apuntan a entregar respuestas ágiles a los problemas de las familias.
Más allá de las competencias entre ambas Cámara, en cuanto a que una tiene más tiempo que la otra, las quejas y los reclamos válidos, debemos aprobar este proyecto de ley, porque la gente así lo requiere.
Uno de los problemas reales, al que no nos referimos tan fuerte y tan claro como deberíamos, es que una reforma tan grande en la administración de justicia, específicamente en los tribunales de familia, es muy difícil de aplicar con todas las notas positivas que quisiéramos.
La realidad nos habla claramente de los errores; los procesos vivos nos indican la falta de recursos humanos preparados para enfrentar estos cambios. Y los recursos financieros, que siempre son escasos y faltan, son para la entrega de una justicia adecuada, oportuna y de calidad. Sin duda, seguirán faltando, pero debemos trabajar al respecto.
El cambio cultural no puede ser garantizado por los legisladores a través de las leyes, porque depende de las personas y de su compromiso con el trabajo. Pero nuestra colaboración se da con nuestro apoyo a las modificaciones orgánicas y procedimentales a la ley que creó los tribunales de familia, porque apuntan a responder a los usuarios, a las familias que están en conflicto, quienes requieren respuestas adecuadas.
Por eso, aprovecho la presencia del ministro de Justicia para hacerle presente que en las semanas distritales hemos recibido quejas por la atención en los tribunales de familia. Además, que la Cámara aprobó un proyecto de acuerdo por mayoría de votos para exigir a la autoridad, a través del Ministerio de Justicia, la implementación de una oficina que evalúe la aplicación de la ley Nº 19.968 y gestione medidas concretas al respecto.
Por lo tanto, anuncio nuestro voto favorable a la iniciativa en discusión y recomendamos al Ejecutivo tomar las medidas necesarias para su buen funcionamiento.
He dicho.
El señor BUSTOS ( Presidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora María Angélica Cristi .
La señora CRISTI (doña María Angélica) .-
Señor Presidente , los tribunales de familia son algunas de las urgencias que demandan los chilenos que no figuran siempre en las encuestas. Sin embargo, esta falta de justicia es la que ha tenido más repercusiones y ha dejado profundas huellas en las personas, porque los conflictos familiares que terminan en los tribunales adquieren un carácter mucho más dramático que los otros asuntos judiciales que puedan darse con personas desconocidas.
A muchos chilenos se les prometió justicia, protección, asesoría legal gratuita, rapidez para resolver sus problemas familiares con la creación de los tribunales de familia, y se terminó en este gran colapso que todos conocemos. Tanto es así que muchas personas dicen que prefieren los antiguos juzgados a los nuevos, por su difícil acceso.
Lo que más ha influido en su colapso es la baja concurrencia a la mediación, que era el paso base para su buen funcionamiento. En esa instancia se debía resolver la mayoría de los problemas, alrededor del 40 por ciento. Por eso, se calcularon menos jueces. No obstante, menos del 2 por ciento de los demandantes utiliza ese mecanismo, la materia está llena de prejuicios y nunca se ha podido fomentar su preferencia.
Los recursos humanos que se dispusieron para el proyecto tampoco han funcionado a plenitud, como ya sabemos. De ahí, la necesidad de mandar esta nueva iniciativa. La dotación de jueces, consejeros técnicos y otros no dan abasto en los 60 tribunales que operan en el país.
El proyecto introduce cambios para agilizar los procedimientos en los tribunales de familia. Por ejemplo, se aumenta el número de jueces de 258 a 353. Según un informe de la Corte Suprema debió considerase un incremento superior a los 500 jueces a fin de que los tribunales normalicen su funcionamiento, atendida la gran cantidad de causas que ventilan. Por su parte, el número de funcionarios aumenta en cerca de 700 personas, con el propósito de cubrir nuevas necesidades.
Asimismo, se obliga a las personas a comparecer acompañadas de abogado patrocinante. Muchos jueces han manifestado que les resulta imposible resolver los casos a que deben abocarse cuando uno de los cónyuges comparece sin él, aun cuando la ley señala que no es necesaria su presencia.
La Cámara de Diputados recogió la experiencia acumulada durante los primeros meses y propuso la creación de una unidad de cumplimiento, cuya función será realizar las gestiones necesarias para la adecuada y cabal ejecución de las resoluciones judiciales. El Senado agregó otra función para esa unidad, cual es la de informar y derivar algunas casas a mediación.
En cuanto a los miembros del consejo técnico, que en la actualidad cumplen la función de asesorar, individual o colectivamente, a los jueces en el análisis de los casos sometidos a su conocimiento y evaluar si es o no pertinente derivarlos a mediación, el Senado les ha encomendado una nueva función: asesorar al juez, a su requerimiento, en la evaluación del riesgo a que se refiere el artículo 7º de la ley de violencia intrafamiliar; es decir, el riesgo inminente, para una o más personas, de sufrir maltrato constitutivo de tal violencia. Se trata de un aporte importante, por cuanto nunca se ha definido bien el concepto de “riesgo inminente”.
Por otra parte, las personas que recurran a los tribunales de familia deberán ser representadas por un abogado contratado en forma particular o perteneciente a la Corporación de Asistencia Judicial, o a otra institución dedicada a la protección de sus derechos. Sabemos que esa Corporación no da abasto con la demanda existente, en particular de las familias más modestas. Por lo tanto, nos preocupa que el colapso se traslade desde los tribunales de familia a la Corporación de Asistencia Judicial.
Se ha insistido en la necesidad de crear una Defensoría de la Familia que funcione bajo el mismo criterio de la Defensoría Penal Pública, con recursos humanos y materiales suficientes para responder a la demanda en esta materia. Los derechos consignados en las leyes aprobadas en el Congreso Nacional no tienen ningún sentido si la ciudadanía no los puede ejercer. ¿Qué sacamos con aumentar el número de jueces y entregar 36 mil millones de pesos en recursos si las personas no pueden acceder a los tribunales de familia porque no cuentan con abogado patrocinante?
A nuestro juicio, las modificaciones propuestas por el Senado ayudan, pero siguen siendo insuficientes. Los especialistas han señalado que para que los tribunales de familia funcionen en condiciones óptimas es necesario incorporar 257 nuevos jueces e implementar 45 nuevos tribunales. Asimismo, esperábamos un mayor compromiso del Gobierno para promover cambios procesales que destrabaran varios nudos críticos de la reforma inicial y descongestionaran el alto índice de causas atochadas en los distintos tribunales.
Alguien aludió al ministro de Justicia. Es el tercero que ha debido abordar la problemática del los tribunales de familia. Por ello, ponemos todas nuestras esperanzas en él para que, de una vez por todas, resolvamos los conflictos en esta materia.
Anuncio que votaré favorablemente el proyecto; sin embargo, dejo constancia de que las medidas adoptadas todavía son insuficientes. Pido al ministro de Justicia que informe respecto de esta modificación, de modo que no se generen expectativas en la ciudadanía que estén por sobre las capacidades reales de los tribunales. Por otra parte, se hace necesario informar sobre los beneficios del proyecto, así como clarificar el concepto de mediación, por cuanto nunca se publicitaron ni explicaron los beneficios emanados de ella. También es menester evaluar los nuevos cambios, de modo de evitar una nueva crisis.
Por último, en honor de cientos de familias, en especial de las mujeres que las constituyen, cuyos dolorosos testimonios he escuchado durante todos estos años, los que hablan de la soledad en la que tramitan los derechos de sus hijos, de arbitrariedades inexplicables, de abusos de poder, de esperas interminables en los pasillos de los juzgados, espero que el proyecto, que reforma los tribunales de familia, les dé una luz de justicia y de dignidad.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ojeda.
El señor OJEDA .-
Señor Presidente , anuncio que votaré favorablemente el proyecto en comento, que introduce modificaciones orgánicas y procedimentales a la ley Nº 19.968, que crea los tribunales de familia.
El tema que abordamos es importante y siempre convocará el interés colectivo por la relevancia que implica al interior de la sociedad y las consecuencias que una familia bien o mal consolidada puede traer a ésta.
Recibo en muy buena forma el aumento del número de jueces y funcionarios establecidos en la iniciativa. En mi región, los primeros aumentaron de tres a cinco, y los segundos de catorce a veintiocho.
En cuanto a las modificaciones orgánicas y procesales introducidas a los diversos cuerpos legales relacionados con los tribunales de familia y la ley de violencia intrafamiliar, es necesario señalar que han sido abordadas con seriedad y profundidad. En efecto, se hace menester contar con procedimientos más expeditos y de acuerdo con los requerimientos que demanda la especial naturaleza de estos procesos, pues recaen sobre materias muy sensibles, como problemas familiares, conyugales y otros.
Las causas no se pueden dilatar, porque las dificultades que se presentan requieren de una pronta solución. Antes del establecimiento de los tribunales de familia, los juicios que involucraban a menores se dilataban bastante, los procedimientos no eran viables ni fluidos y tampoco existían funcionarios especializados. Con todo, debemos establecer fórmulas o procedimientos más expeditos, de modo que la gente que acuda en busca de una solución la encuentre con rapidez.
La justicia no sólo implica que existan tribunales y que estos juzguen o resuelvan, sino que lo hagan bien, de una manera expedita y con humanidad. En la actualidad existen jueces, sicólogos, asistentes sociales y otros profesionales; es decir, las personas son tratadas en toda su amplitud, lo que constituye un avance y una fortaleza.
La reforma en comento se enfoca a esos objetivos. Seguramente, satisfacen los actuales requerimientos, pero siempre serán insuficientes debido a la complejidad de la sociedad moderna, a la evolución que constantemente experimenta, a las fricciones que se producen en su interior y que repercuten en la familia, en el cuidado y tratamiento de los hijos y en las relaciones de pareja. El conflicto es consustancial a la sociedad humana y no se puede evitar. Ante esa realidad debemos ser precavidos y contar con organismos que si bien no evitan los conflictos, los moderaran y solucionan.
El aumento del número de jueces y la reforma en cuanto a los procedimientos establecidos en forma concreta son positivos. En este caso se están dando fórmulas que agilizan estos trámites.
Desde luego, la familia es un tema importante, es la célula básica de la sociedad y la misma Constitución Política impone al Estado el deber de resguardar la seguridad nacional y la protección de la familia, propendiendo al fortalecimiento de ésta. Por tanto, debe existir una atención relevante -en procura de su solidez- de sus necesidades en salud, vivienda y educación para los hijos, evitar sus fricciones, etcétera.
También es importante resaltar el incremento del presupuesto en recursos, cual es de 72 por ciento; y el aumento del número de jueces en el país. Las cifras no son tan elevadas, pero son una respuesta a la necesidad de solucionar los problemas judiciales que existen en los tribunales de familia en la actualidad.
Este proyecto apunta, justamente, a resolver dichos problemas y a nosotros nos satisface. Sin duda, más adelante van a surgir otras necesidades, pero como la ley es perfectible, tendremos la oportunidad de efectuar nuevos planteamientos en relación con los tribunales de familia.
En todo caso, ésta es una buena noticia para estos tribunales, sobre todo para aquellos que aumentan el número de jueces y también su planta funcionaria.
He dicho.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada Allende.
La señora ALLENDE (doña Isabel).-
Señor Presidente , estamos en el tercer trámite de la iniciativa ampliamente debatida, que modifica la ley que creó los tribunales de familia, de gran importancia para el país. Lamentablemente, cuando entró en vigencia, ocurrió un hecho que nadie pudo prever en su momento. Era tal la demanda acumulada, las situaciones de dispersión y la incapacidad de los ciudadanos y ciudadanas de acceder a una judicatura especializada, que bastó que se echaran a andar dichos tribunales para que quedaran colapsados a los pocos días.
Las Comisiones Unidas de Constitución y de Familia de la Cámara de Diputados, haciendo un esfuerzo muy grande, trataron este proyecto con la mayor rigurosidad y en el tiempo necesario; pero, lamentablemente, el Senado tardó muchísimo, porque sus integrantes, incluso, se negaron a tramitarlo hasta que no se llegara a un acuerdo entre el gobierno y lo que se creía conveniente en el Poder Judicial respecto al número de abogados -con su venia, señor Presidente , aprovecho de saludar al señor ministro de Justicia presente en la Sala-, lo que significó una pérdida de tiempo muy grande y creo que los ciudadanos han sido los más afectados.
Finalmente, se logró acuerdo y hoy estamos en presencia de un tema que no es menor; el aumento del número de jueces, de 255 a 353 -cifra relevante-, y el número de funcionarios, de 1.067 a 1.707.
Hay otros aspectos del proyecto que también son importantes. Por ejemplo, se crea una unidad de cumplimiento, que será la encargada de desarrollar todas las gestiones necesarias para una adecuada ejecución de las resoluciones de los tribunales de familia. Para que esta unidad cumpla su función incorpora 99 empleados adicionales al sistema.
Se fortalece la función del administrador mediante la creación del cargo de jefe de unidad de servicios en todos los juzgados de familia del país, y de jefes de unidad de causa en los juzgados de mayor tamaño.
Asimismo, es importante destacar que se potencia la labor del juez con la aplicación y fortalecimiento del principio de la concentración. Por ejemplo, se faculta al juez para suspender la audiencia, antes de su inicio, cuando se sabe que la gestión no va a fructificar, así se evitará la inversión de esfuerzos y recursos.
También se faculta al juez para que, previo acuerdo de las partes, realice la audiencia de juicio inmediatamente de finalizada la preparatoria, lo cual también es importante.
Otra materia que no es menor es el control de la admisibilidad de las demandas, denuncias o requerimientos, que podrán ser rechazados por falta de cumplimiento de requisitos de forma o porque se consideren manifiestamente improcedentes.
Los conflictos familiares que conocen los tribunales requieren, en muchos casos, una solución distinta de la tutela judicial de los derechos, a veces, proveniente del campo psicosocial. Es indispensable, entonces, discriminar los fundamentos de toda petición y evaluar no sólo su admisibilidad por la forma, sino también por el fondo.
Es importante que haya una asistencia letrada obligatoria. Se introduce la inversión de las reglas de la comparecencia: deberá hacerse con asistencia letrada, salvo que el juez exceptúe dicha obligación expresamente y por motivos fundados.
Uno tiene la imagen de que la no asistencia letrada hace más inalcanzable la justicia y, muchas veces, nos damos cuenta de que, más bien, un gran número de problemas, que no tienen ninguna relevancia jurídica, o que están fuera de la competencia de estos tribunales, llegan a conocimiento del juez por no existir ningún filtro. De ahí la importancia de que exista asistencia letrada obligatoria, ello permitirá concentrar efectivamente aquello que debe seguir su curso en los tribunales de familia y excluir situaciones que no tienen ninguna relación con su competencia.
Se ha dicho que la mediación previa obligatoria en determinadas materias es un avance. Con los mediadores -profesionales que deben cumplir una serie de requisitos como figuran en un registro-, se pueden lograr determinados acuerdos, en todo caso, la mediación no se acepta en controversias relacionadas con la ley de violencia intrafamiliar. Eso tiene que quedar sumamente claro. Es una posición que tuvo la Comisión de Familia desde sus inicios. No es pensable la mediación en causas de violencia intrafamiliar, donde existe una enorme desigualdad de las partes. En el 98 por ciento de los casos de violencia intrafamiliar el hombre es el agresor y, por lo tanto, no correspondía ni corresponde imaginarse una mediación en situaciones como ésa.
Sólo me queda señalar, a estas alturas, para no entrar en los múltiples detalles que contiene el proyecto, que lamentamos que haya habido tanta lentitud en su tramitación debido al desacuerdo entre el Gobierno y el Poder Judicial . Como señalaba, el Senado se negaba a avanzar en su estudio mientras no existiera ese acuerdo que hoy celebramos.
Sin embargo, si bien hablamos de tribunales de familia y, por lo tanto, de muchísimas causas, hay un aspecto que no es menor y que ha llamado la atención de la Cámara -incluso, al respecto hubo una sesión especial-: el alto índice de violencia intrafamiliar, particularmente, con resultado de muerte, que conocemos y llamamos por los medios como “femicidio”. La Comisión de Familia ya tramitó una moción sobre la materia. Después el Ejecutivo envió una iniciativa sustitutiva, que recién pasó a la Comisión de Constitución. En definitiva, nos hacemos cargo del tema, aumentando las penas, cuando sea necesario, y disminuyendo aquello que pueda considerarse atenuante.
En lo que va del año, 27 mujeres han muerto asesinadas en manos de sus parejas, ex parejas, convivientes o pololos, por lo que es hora que el país entienda que este es un tema de Estado y que tiene que ser abordado y resuelto por la sociedad en su conjunto, en gran medida socializando a los niños desde la educación preescolar, para que entiendan que con violencia no se resuelven los problemas.
Reitero el llamado de atención, porque el alto índice de femicidios es muestra de una clara violencia de género y estas expresiones extremas de violencia intrafamiliar no se resuelven con un par de leyes más, sino que pasa por abordarlas para su erradicación como un problema de todos.
Pido a la Mesa, a su presidente y al primer vicepresidente, en tanto ambos son miembros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, que no dilaten la tramitación del proyecto; que hagan un esfuerzo y lo despachen rápido, porque urge hacernos cargo de ese grado extremo de violencia intrafamiliar, que se traduce ya en veintitantos femicidios, a pesar de estar apenas en el mes de mayo.
Por último, espero que con las herramientas que entrega el proyecto se supere lo vivido en los tribunales de familia. La presencia del ministro del Trabajo en la Sala me recuerda la puesta en marcha del nuevo procedimiento laboral, que nos señaló que las nuevas judicaturas especializadas deben empezar a operar de manera gradual, para que no ocurra lo sucedido con los tribunales de familia, que a los pocos meses estaban colapsados y la gente, lejos de ver satisfechas sus necesidades largamente anheladas, al contar con jueces especializados y consejo técnico asesor que concentrara todos los temas de familia, terminaron frustradas. Menos mal que con la reforma laboral hemos sido más prudentes.
Por nuestras familias y, sobre todo, por nuestras mujeres, enhorabuena que aprobemos el proyecto
He dicho.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre las modificaciones del Senado en los siguientes términos:
El señor BUSTOS ( Presidente ).-
Corresponde votar el informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, recaído en el proyecto de ley que introduce modificaciones orgánicas y procedimentales en la ley Nº 19.968, que creó los Tribunales de Familia, y en otros cuerpos legales, mediante el cual recomienda la aprobación de las modificaciones introducidas por el Senado, con excepción de las que indica en dicho informe.
Hago presente a la Sala que algunas de las enmiendas requieren quórum de ley orgánica constitucional, es decir, el voto afirmativo de 68 diputados en ejercicio.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 95 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor BUSTOS (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Aedo Ormeño René; Allende Bussi Isabel; Alvarado Andrade Claudio; Álvarez-Salamanca Büchi Pedro; Álvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Correa De La Cerda Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Cubillos Sigall Marcela; Chahuán Chahuán Francisco; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Del Río Eduardo; Díaz Díaz Marcelo; Dittborn Cordua Julio; Duarte Leiva Gonzalo; Egaña Respaldiza Andrés; Encina Moriamez Francisco; Enríquez-Ominami Gumucio Marco; Errázuriz Eguiguren Maximiano; Escobar Rufatt Alvaro; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Forni Lobos Marcelo; Fuentealba Vildósola Renán; Galilea Carrillo Pablo; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Briere Guido; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Isasi Barbieri Marta; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Leal Labrín Antonio; León Ramírez Roberto; Lobos Krause Juan; Martínez Labbé Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Mulet Martínez Jaime; Nogueira Fernández Claudia; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Palma Flores Osvaldo; Paredes Fierro Iván; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Hermosilla Roberto; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Sule Fernández Alejandro; Sunico Galdames Raúl; Tarud Daccarett Jorge; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Turres Figueroa Marisol; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Valcarce Becerra Ximena; Valenzuela Van Treek Esteban; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Venegas Rubio Samuel; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio; Ward Edwards Felipe.
El señor BUSTOS ( Presidente ).-
Propongo integrar la Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias suscitadas entre ambas ramas del Congreso Nacional, durante la tramitación de este proyecto de ley con los siguientes señores diputados y señoras diputadas: Marisol Turres, María Antonieta Saa, Alfonso Vargas, Patricio Walker y Carlos Abel Jarpa.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
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