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    • rdf:value = " PERFECCIONAMIENTO DE DERECHO A SALA CUNA (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9969‐13) [CONTINUACIÓN] El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).- Corresponde continuar con la discusión del proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código del Trabajo en materia de procedencia del derecho a sala cuna. Hago presente a la Sala que el informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social se rindió en la sesión 79, de 13 de octubre de 2015. Antecedentes: -La discusión del proyecto se inició en la sesión 79ª de la presente legislatura, en 13 de octubre de 2015. El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Andrade . El señor ANDRADE.- Señor Presidente, el proyecto tiene dos objetivos. En primer lugar, reconoce el derecho a la sala cuna cuando, por distintas razones, no se reconoce tal derecho. Por tal razón, la moción señala, en lo medular, que debería proceder el derecho a sala cuna también en aquellas circunstancias en que, por razones exógenas a la voluntad de la trabajadora, se esté en una situación tal que el empleador tenga la posibilidad de negarla, esto es, cuando la trabajadora se encuentre con permisos y feriados legales, licencias médicas, etcétera. El diputado Saffirio presentó una indicación para que también se consideren los períodos de huelga. Hoy, durante una huelga legal, el empleador puede prescindir del cumplimiento de este derecho y, en consecuencia, la trabajadora tiene que hacerse cargo de sus hijos y no puede participar de la huelga legal. Del mismo modo, junto con otros diputados he presentado una indicación que establece que, en el caso de las funcionarias del sector público, podrá proveerse el servicio de sala cuna, que hoy está negado, en los establecimientos que prestan ese servicio, como son los de Junji e Integra. Hoy, por una razón absolutamente extraña, el sector público puede proveerse de este servicio con salas cuna que están certificadas, pero que no son de la administración directa de Junji e Integra. Incluso más, se produce la paradoja de que pese a haber una política de gobierno tendiente a ampliar la cobertura de salas cuna y, por ejemplo, la Universidad de Chile hará ese esfuerzo, los funcionarios de esa universidad no van a poder tener a sus hijos en las salas cuna de esa casa de estudios por la imposibilidad que la ley establece. Por eso, hemos insistido en una indicación que, entiendo, vamos a tener que someter a un examen de admisibilidad, por medio de la cual se intenta que las funcionarias del sector público también puedan acceder a este servicio por la vía de la prestación que puedan ofrecer Junji e Integra. Recordemos que el proyecto nace de una moción parlamentaria que, entre otros diputados, fue firmada por la diputada señora Andrea Molina , que, entiendo, es la promotora de la iniciativa. Su objetivo es reconocer y ampliar el derecho a sala cuna, por lo que merece nuestro respaldo más absoluto. He dicho. El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Ramón Farías . El señor FARÍAS.- Señor Presidente, quiero referirme a algunos aspectos del proyecto. En primer lugar, como parlamentario me enorgullece profundamente legislar en favor de la protección de los derechos de nuestros trabajadores y trabajadoras. Quiero recordar que hace algunos años en este mismo Parlamento legislamos en beneficio de las trabajadoras y los trabajadores, para que tuvieran derecho al posnatal cuando estuviesen a cargo del cuidado de un menor de edad, sea por sentencia judicial o por una medida de protección. Además, legislamos para que los papás -me refiero a los varones que tuvieran la tuición de sus hijos o hijas, pudiesen tener derecho a sala cuna en sus trabajos. Me enorgullezco de haber sido autor de ese proyecto, apoyado en la Cámara de manera unánime, el cual hoy es ley de la república. En esa época, el diputado Andrade era ministro del Trabajo y nos ayudó mucho para que el proyecto se convirtiera en ley. Hasta hace algunos años los papás que contaban con la tuición de sus hijos no tenían derecho a llevarlos a una sala cuna. Estamos hablando de un beneficio no para los padres, sino para los niños. Este proyecto se enmarca en el mismo sentido. En ese contexto, el proyecto que estamos discutiendo protege el derecho de las madres trabajadoras, que luchan día a día para llevar el sustento a sus hogares, pero que para poder asistir a sus lugares de trabajo, deben dejar a sus hijos menores de dos años en salas cuna. Pues bien, la norma que regula tal derecho era interpretada solo en beneficio del empleador; esto es, dejaba de pagar la sala cuna cuando la trabajadora se ausentaba por licencia médica, permisos y feriados legales, entre otros. Es lamentable que siempre debamos estar corrigiendo detalles a fin de proteger a nuestros trabajadores, pues, de lo contrario, se produce el abuso del empleador. Debemos poner fin a la interpretación que hace el empleador del artículo 203 del Código del Trabajo, y regular para que, de una vez por todas, el beneficio de la sala cuna le corresponda a la madre trabajadora incluso cuando por las razones antes indicadas deba ausentarse de su trabajo. En algún momento todos hemos tenido dificultades para llegar a nuestros lugares de trabajo, ya sea porque nos enfermamos o porque tenemos trámites personales que atender. En fin, el proyecto merece ser apoyado y aprobado, porque, como dije en mi intervención anterior y repetí al principio de esta, no estamos legislando para las madres, sino para los niños. Reitero, al perfeccionar la norma del artículo 203 del Código del Trabajo y dejando claramente establecidos los casos en que procede el derecho a sala cuna, estamos protegiendo a los niños para que sus padres y sus madres puedan trabajar tranquilos. Con ello logramos conciliar la vida laboral y familiar. Por eso, sin lugar a dudas, votaremos favorablemente el proyecto. He dicho. El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra la diputada señora Karla Rubilar . La señora RUBILAR (doña Karla).- Señor Presidente, felicito a los autores del proyecto de ley, porque significa un real avance en el derecho a hacer uso de la sala cuna en momentos difíciles, por ejemplo, cuando las trabajadoras se encuentran con licencia por enfermedad o ante otra situación similar. Por eso, aplaudo la iniciativa y a sus autores. Sin embargo, quiero aprovechar la discusión para plantear dos situaciones. En primer lugar, puede ocurrir que ambos padres tengan empleadores diferentes y que el empleador de la madre entregue beneficios menores que el empleador del padre. En la actualidad, esa familia no puede optar por los beneficios del empleador del padre, aunque sean mejores, y siempre tendrán que ocupar los beneficios del empleador de la madre. Al respecto, claramente existe un problema. Por esa razón, estamos analizando la posibilidad de presentar una modificación legal para que siempre se vele por el bien superior del niño y, por tanto, en materia de acceso a los beneficios que otorga el empleador por este concepto, siempre se pueda optar por el mejor, independientemente de si se trata del empleador del padre o de la madre. En segundo término, quiero plantear un problema que tiene que ver con enfermedades graves que afectan a los pequeños, debido a lo cual no son recibidos en las salas cuna o en los jardines infantiles, porque dichos establecimientos no cuentan con las condiciones para tratarlos si sufren alguna complicación. Sin embargo, los empleadores no están obligados -algunos sí lo hacen en forma voluntaria a traspasar los recursos destinados a ese objetivo para que esa madre o ese padre pueda contratar a una persona en su casa para que cuide a ese menor. Como digo, no existe esa obligación. Por esa razón, los padres o las madres de niños con alergias alimentarias severas, con diabetes tipo 1 o con otro tipo de enfermedades complejas y riesgosas -algunas incluso producen hemorragia, como la púrpura trombocitopénicase ven en la obligación de renunciar a su trabajo, porque no hay nadie que se haga cargo del cuidado de sus hijos y muchas veces no cuentan con los recursos suficientes para pagar a alguien en su casa, y, como dije, tampoco pueden llevarlos a salas cuna ni a jardines infantiles. Por último, reitero mis felicitaciones a los autores de la iniciativa, que, una vez que se convierta en ley de la república, significará un tremendo avance, pues permitirá cerrar un vacío existente en la norma. Respecto de las dos situaciones que mencioné, estamos a la espera de que la ministra del Trabajo, Ximena Rincón , envíe el proyecto de sala cuna universal, que, efectivamente, mejorará la condición de muchos padres y madres. El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Jaime Bellolio . El señor BELLOLIO.- Señor Presidente, felicito la iniciativa, que, tal como dijo el diputado señor Farías , tiene puesto su foco en el interés superior del niño. Es allí donde está puesta la importancia de la educación inicial. Hoy, cuando estamos discutiendo sobre educación superior y justicia, debemos concluir que es precisamente en la educación inicial donde debemos priorizar los recursos, pues en ella se generan las mayores diferencias, que luego se ven reflejadas en la educación básica y media, en centros de formación técnica, institutos profesionales y, finalmente, en las universidades. Por eso, insistimos en que los mayores recursos que se destinan al ítem de educación deben orientarse a la educación inicial, para brindar más oportunidades de aprendizaje a nuestros niños y niñas. En ninguna parte del mundo -esto lo he repetido en varias oportunidadeslas salas cuna y los jardines infantiles son obligatorios, porque no es obvio que ello sea mejor para todos los niños. Si vemos a la sala cuna o al jardín infantil solo como una guardería y no como un proceso de estimulación creativa de un continuo en la educación, puede ser peor para algunos de esos niños. Es decir, debemos preocuparnos por lo que ocurre al interior de estas instituciones, al interior de estas salas de clases, al interior de estas aulas. Por lo tanto, la preocupación por las educadoras de párvulos y por las técnicos debe ser parte esencial de nuestro quehacer, pero, lamentablemente, las estamos dejando de lado. Aprobamos un proyecto de carrera docente que mejora las condiciones del ejercicio profesional de nuestros profesores, pero nos estamos demorando demasiado con nuestras educadoras de párvulos, a fin de que tengan mejores condiciones, no solo en términos de salarios, sino también en el ejercicio de su labor, teniendo siempre presente el interés superior de nuestros niños y niñas. Un mecanismo como este mejora las condiciones del país para una mayor incorporación de mujeres al mercado laboral. A veces pareciera que no nos damos cuenta que actualmente hay más mujeres que hombres en la educación superior, lo que representa un desafío distinto a los que hemos tenido en los últimos años. De hecho, habrá más egresados de los centros de formación técnica e institutos profesionales, pero el que más mujeres egresen de la educación superior será un desafío a futuro en lo laboral. ¿Cuál es la razón por la que muchas mujeres no quieren dejar a sus niños en una sala cuna o en un jardín infantil? La respuesta tiene que ver con la confianza. Y las mujeres más vulnerables, que tienen menos redes de apoyo, son quienes tienen menos opciones de entrar al mercado laboral si tienen hijos. Es allí donde debemos concentrar nuestros esfuerzos. Además, cuando hay más calidad y apertura de estas instituciones cerca del trabajo, significa una mayor integración social para aquellos que lo están buscando; no de ingeniería social, como les gustaría a algunos, sino de mayor integración social, porque es obvio que los lugares de trabajo son más integradores que los de vivienda. Por tanto, es una muy buena idea poner el foco ahí, para que nuestros niños estén más cerca de sus padres, ya sea la madre o el padre. La ley actual dice que solo se permite llevar a los niños a la sala cuna o existe ese derecho cuando se concurre a desempeñar efectivamente las labores, algo que tendremos que cambiar de manera permanente, porque la forma en la que hoy se ejerce el trabajo también es distinta. Es obvio que también debía permitirse durante el período de licencia médica y posnatal, lo que debemos celebrar. Respecto a la discusión sobre las vacaciones, en cuanto a si se debiese dar este mismo permiso o no, creo que la respuesta obvia es sí, porque lo que interesa es el niño, y finalmente quien debe tomar esa decisión es su madre o su padre. Por ello, felicito la idea que pone como prioridad el interés superior de nuestros niños y niñas para mejorar sus oportunidades de aprendizaje en el futuro. He dicho. El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag . El señor SABAG.- Señor Presidente, valoro el proyecto, porque coloca en el eje del debate el interés superior del niño, el que, a mi juicio, debiera estar en el centro de todas las discusiones, incluso la relacionada con el aborto. Esta moción busca consolidar la nueva interpretación que ha venido aplicando la Dirección del Trabajo respecto del artículo 203 del Código del Trabajo, que establece la obligación de que las empresas que ocupan veinte o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil, y de los centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, habiliten salas anexas e independientes del lugar de trabajo, en donde las mujeres puedan dar alimento a sus hijos menores de dos años y dejarlos ahí mientras estén cumpliendo sus obligaciones laborales. La misma norma contempla que se cumple esta obligación si el empleador paga los gastos de sala cuna. Tradicionalmente, la Dirección del Trabajo aplicó una interpretación de este artículo según la cual la obligación de garantizar la sala cuna estaba supeditada al cumplimiento del trabajo. Es decir, no procedía si la mujer se ausentaba por un permiso, por feriado o, incluso, por razones médicas, lo que significaba que mientras estuviera enferma no se le reconocía este derecho y ella misma debía preocuparse del cuidado del hijo. Esta interpretación se modificó a partir del dictamen Nº 4951/78, de diciembre del 2014, en el sentido de que el propósito de la norma es que el empleador debe contribuir al reconocimiento del valor de la maternidad, la familia y la infancia, lo que significa que el derecho se debe mantener incluso cuando la mujer no asista al trabajo. Esta es la interpretación que se busca reforzar con este proyecto, que agrega esta concepción al artículo 203 del Código del Trabajo, para los casos en que la madre está impedida de cuidar a su hijo. Valoro y felicito a los autores del proyecto, porque han dado una correcta interpretación y buscan plasmarla en la ley, para mayor seguridad jurídica, de manera que cuando la mujer se ausente del trabajo por licencia médica, por permiso o, incluso, por vacaciones, sus hijos menores de dos años tengan derecho a sala cuna. Reitero que el proyecto está colocando las cosas en su lugar, pues ubica a la maternidad y el interés superior del niño en el centro del debate. El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra la diputada Camila Vallejo . La señorita VALLEJO (doña Camila) .- Señor Presidente, me sumo a las felicitaciones a los autores de esta iniciativa, pues es sumamente necesaria, no solo porque promueve la mejor y adecuada inserción al mundo laboral de la mujer, que todavía es baja e insuficiente, sino también porque pone el foco en los niños y en su bienestar. Hemos discutido distintas iniciativas, como, por ejemplo, el derecho a la lactancia materna, el derecho de los padres a permanecer con su hijo y otorgar la posibilidad de estar durante los primeros meses de vida con ellos, no solo a las madres, sino también a los padres. Esta obligación para el empleador y la opción para la madre de poder contar con un espacio de cuidado de sus hijos durante los primeros años de su vida, que corresponden al período en las salas cuna, es un complemento. Esta iniciativa también tiene relación con la lactancia materna. Entiendo que hay muchos estudios internacionales que avalan las medidas que han adoptado otros países en cuanto a garantizar el derecho a la lactancia materna por más años. Incluso, se aprecian los efectos positivos en materia de salud, de desarrollo personal, individual y psicológico de esos niños cuando sus madres los alimentan por más tiempo. La legislación chilena tiene límites temporales y se ha enfocado más bien en garantizar los primeros seis meses -en realidad es un poco menos de vida del niño. Esto permite que las madres puedan ausentarse por ciertos momentos, para poder alimentar a sus hijos más allá de los seis meses, lo que es de suma importancia si pensamos en el futuro de los niños y en su salud física, mental, psicológica y familiar. Es muy conveniente que podamos avanzar más en complementar el trabajo y la inserción laboral con la vida familiar, con la relación padre-madre-hijo y la corresponsabilidad en el cuidado y crianza de los hijos. Por lo tanto, reconozco esta iniciativa como parte de un complemento en esta visión y lógica. Finalmente, anuncio que la bancada del Partido Comunista e Izquierda Ciudadana votará favorablemente el proyecto. He dicho. El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el diputado Diego Paulsen . El señor PAULSEN.- Señor Presidente, agradezco la tramitación de este proyecto de ley en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social. La interpretación que se dio en su momento al derecho a sala cuna debe haber sido bastante errada; no creo que al redactar el Código del Trabajo se haya querido dejar fuera de este derecho a las mujeres trabajadoras. Como dijo el señor Christian Melis en la comisión, la interpretación histórica de la Dirección del Trabajo en relación con la aplicación del beneficio a sala cuna era que estaba condicionado a que las trabajadoras estuvieran prestando efectivamente los servicios para los cuales habían sido contratadas. El hecho de que una persona preste servicios a una empresa por un tiempo determinado la hace merecedora del feriado legal. Entonces, me parece bastante ilógico que durante el período de vacaciones, legalmente establecidas por el Código del Trabajo, no se pudiera hacer uso de este beneficio. Lo mismo sucede con las licencias médicas. A mi parecer, esta iniciativa interpreta la ley y viene a zanjar un punto importante en la discusión. Asimismo, quiero hacer presente que hace alrededor de un año presentamos un proyecto de ley, firmado transversalmente, que dice relación con que las universidades estatales o privadas también deben cumplir con esta exigencia en relación con sus alumnas. Me parece de toda lógica el proyecto que estamos discutiendo, pero me gustaría que se le diera urgencia a la otra iniciativa que acabo de mencionar, que se encuentra en la Comisión de Educación, porque si estamos legislando para interpretar una norma que ya existe, me gustaría que todas las alumnas de educación superior o técnico superior también tuvieran la posibilidad de contar con sala cuna, con el fin de que puedan estar más cerca de sus hijos y amamantarlos, lo que nos permitiría cumplir con regulaciones internacionales que se aplican en muchos países. He dicho. La señora MOLINA (doña Andrea).- Señor Presidente, pido la palabra para referirme a un punto de Reglamento. El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra, su señoría. La señora MOLINA (doña Andrea).- Señor Presidente, ya intervinieron diputados y diputadas de todas las bancadas, por lo que solicito que pida el asentimiento de la Sala para cerrar el debate de este proyecto, con el fin de votarlo en su momento. He dicho. La señora CARVAJAL (doña Loreto).- Señor Presidente, la presente iniciativa tiene por objeto perfeccionar la norma del artículo 203 del Código del Trabajo, dejando claramente establecidos los casos en que procede el derecho a sala cuna. La interpretación histórica de la Dirección del Trabajo, en relación a la aplicación del beneficio de sala cuna, estaba condicionado a que las trabajadores estuvieran prestando efectivamente los servicios para los cuales habían sido contratadas. Luego, en todos aquellos supuestos en donde ello no ocurriera, como el descanso de la maternidad o las licencias médicas, el empleador no estaba obligado a otorgar los beneficios ligados al derecho de sala cuna. Recién en diciembre del año 2014, la Dirección del Trabajo modificó el sentido y alcance de esta norma señalando que la madre trabajadora que tiene un hijo menor de dos años, tiene derecho a gozar del beneficio de sala cuna previsto en el artículo 203 del Código del Trabajo, aun cuando se encuentre haciendo uso de licencia médica o en cualquier otro evento que le impida cuidar adecuadamente a su hijo menor de dos años. Asimismo, en los casos en que la madre trabajadora perciba un bono compensatorio del beneficio de sala cuna para financiar el cuidado del hijo menor de dos años en el hogar, tiene derecho a seguir percibiéndolo íntegramente, aun cuando se encuentre con licencia médica o en cualquier otro evento que le impida cuidar adecuadamente a su hijo menor de dos años (dictamen N° 4951/78, de 10.12.2014). No obstante la nueva interpretación de la Dirección del Trabajo, es necesario que exista claridad a nivel legal respecto de la materia, y no dejarla a interpretaciones de carácter administrativo que pueden ir variando en el tiempo. Sin perjuicio de lo anterior, se discutió la utilización del concepto “permiso legal”, por cuanto dicha redacción podría generar una interpretación demasiado amplia, permitiendo que se entienda que la trabajadora también goza del derecho a sala cuna en periodos de vacaciones, situación donde no se cumple con el principio rector del beneficio, cual es “un evento que le impida o dificulte a la madre cuidar adecuadamente del menor”. No obstante lo anterior, si bien no cabe duda de que dicho periodo no ingresa dentro del supuesto del “evento que impida o dificulte el cuidado del menor”, no es menos cierto que conservando el derecho a sala cuna se generan mejores condiciones para el efectivo descanso de la mujer trabajadora, especialmente cuando se trata de madres jefas de hogar y considerando que esta ampliación no implica mayores costos al empleador, quien de todas formas debe cumplir con los términos del artículo 203 para el resto de las trabajadoras que siguen ejerciendo sus funciones. Por lo tanto, el proyecto de ley en estudio tiene por finalidad precisar que el derecho a sala cuna procede también cuando la madre trabajadora este haciendo uso de licencia médica, descanso de maternidad, permisos y feriados legales o en cualquier otro evento que le impida cuidar adecuadamente a su hijo. Su artículo único establece lo siguiente: “Modifíquese el inciso primero del artículo 203 del Código del Trabajo, agregando a continuación de la frase “y dejarlos mientras estén en el trabajo.” la siguiente frase, cambiando el punto seguido (.) por una coma (,): “, haciendo uso de licencia médica, descanso de maternidad, permisos y feriados legales o en cualquier otro evento que le impida cuidar adecuadamente a su hijo.”. He dicho. El señor VALLESPÍN (Presidente en ejercicio).- Efectivamente, ya han intervenido diputados de todas las bancadas. La diputada Andrea Molina ha pedido el cierre del debate. ¿Habría acuerdo unánime para acceder a su solicitud? Acordado. Cerrado el debate. -En conformidad con el artículo 85 del Reglamento, se incluye la siguiente intervención no pronunciada en la Sala y que cumple con lo dispuesto en el artículo 10 del mismo cuerpo reglamentario: -Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos: La señora PASCAL, doña Denise (Vicepresidenta).- Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código del Trabajo en materia de procedencia del derecho a sala cuna. Hago presente a la Sala que su artículo único trata materias propias de ley simple o común. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 94 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. La señora PASCAL, doña Denise (Vicepresidenta).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez , Miguel Ángel ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castro González, Juan Luis ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; Cornejo González, Aldo ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Edwards Silva, José Manuel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Kast Rist, José Antonio ; Kast Sommerhoff, Felipe ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; Lemus Aracena, Luis ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melo Contreras, Daniel ; Meza Moncada, Fernando ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Rivas Sánchez , Gaspar ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Tuma Zedan, Joaquín ; Turres Figueroa, Marisol ; Urízar Muñoz, Christian ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe . La señora PASCAL, doña Denise (Vicepresidenta).- Se ha presentado una solicitud para votar una indicación presentada por los diputados señores Osvaldo Andrade , René Saffirio , Ramón Barros , Patricio Melero , Tucapel Jiménez y Patricio Vallespín , y señoras Andrea Molina y Maya Fernández . ¿Habría acuerdo unánime para acceder a la solicitud? Acordado. El señor Secretario subrogante va a dar lectura a la indicación. El señor ROJAS (Secretario subrogante).- La indicación, de los diputados señores Andrade , Saffirio , Barros , Melero , Jiménez y Vallespín , y señoras Molina y Fernández , tiene como objetivo agregar, como inciso sexto del artículo 203 del Código del Trabajo, lo siguiente: “En el caso de las funcionarias del sector público, deberá darse cumplimiento a la obligación establecida en el presente artículo conforme lo dispuesto en el inciso primero o quinto, o mediante la provisión del servicio a través de los establecimientos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles o de la Fundación Integra, en este último caso, a elección de la funcionaria.”. La señora PASCAL, doña Denise (Vicepresidenta).- En votación la indicación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 91 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. La señora PASCAL, doña Denise (Vicepresidenta).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez , Miguel Ángel ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castro González, Juan Luis ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; Cornejo González, Aldo ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Kast Rist, José Antonio ; Kast Sommerhoff, Felipe ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; Lemus Aracena, Luis ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melo Contreras, Daniel ; Meza Moncada, Fernando ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Rivas Sánchez , Gaspar ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Turres Figueroa, Marisol ; Urízar Muñoz, Christian ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe . La señora PASCAL, doña Denise (Vicepresidenta).- El señor Secretario subrogante va a dar lectura a la siguiente indicación. El señor ROJAS (Secretario subrogante).- Indicación de los diputados señores René Saffirio y Víctor Torres , que tiene por objeto modificar el artículo único del proyecto en el siguiente sentido: después de la expresión “permisos”, incorporar la palabra “huelga”, antecedida de una coma (,). La señora PASCAL, doña Denise (Vicepresidenta).- En votación la indicación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 91 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. La señora PASCAL, doña Denise (Vicepresidenta).- Aprobada. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez , Miguel Ángel ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Castro González, Juan Luis ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; Cornejo González, Aldo ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Gahona Salazar, Sergio ; García García, René Manuel ; Girardi Lavín, Cristina ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Kast Rist, José Antonio ; Kast Sommerhoff, Felipe ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; Lemus Aracena, Luis ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melo Contreras, Daniel ; Meza Moncada, Fernando ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Rivas Sánchez , Gaspar ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Turres Figueroa, Marisol ; Urízar Muñoz, Christian ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe . La señora PASCAL, doña Denise (Vicepresidenta).- En votación el artículo único del proyecto. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 87 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. La señora PASCAL, doña Denise (Vicepresidenta).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Aguiló Melo, Sergio ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Barros Montero, Ramón ; Becker Alvear, Germán ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Campos Jara, Cristián ; Cariola Oliva, Karol ; Carmona Soto, Lautaro ; Carvajal Ambiado, Loreto ; Ceroni Fuentes, Guillermo ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; Cornejo González, Aldo ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Fuenzalida Figueroa, Gonzalo ; Godoy Ibáñez, Joaquín ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Gutiérrez Pino, Romilio ; Hasbún Selume, Gustavo ; Hernández Hernández, Javier ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Kast Rist, José Antonio ; Kast Sommerhoff, Felipe ; Lavín León, Joaquín ; Lemus Aracena, Luis ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melo Contreras, Daniel ; Meza Moncada, Fernando ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Monsalve Benavides, Manuel ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Norambuena Farías, Iván ; Núñez Arancibia, Daniel ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Pascal Allende, Denise ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Rubilar Barahona, Karla ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Turres Figueroa, Marisol ; Urízar Muñoz, Christian ; Urrutia Bonilla, Ignacio ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe . La señora PASCAL, doña Denise (Vicepresidenta).- Despachado el proyecto. "
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