. . "Moci\u00F3n de los diputados se\u00F1ores D\u00EDaz, don Marcelo; De Urresti, Rossi; Espinoza, don Fidel; S\u00FAnico, y de las diputadas se\u00F1oras Pacheco, do\u00F1a Clemira y Pascal, do\u00F1a Denise. Reforma constitucional que modifica el art\u00EDculo 51 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica de la Rep\u00FAblica estableciendo reglas especiales en materia de reelecci\u00F3n de cargos parlamentarios. (bolet\u00EDn N\u00B0 4891-07) "^^ . . . . "[1] Deleuze Gilles Las estrategias o lo no estratificado: el pensamiento del afuera (poder) en Foucault p. 99 y ss. traducci\u00F3n de Jos\u00E9 V\u00E1squez P. 1\u00AA reimpresi\u00F3n de la 2\u00AA edici\u00F3n Paidos Studio Buenos Aires 2005."^^ . . . "[2] Cfr. por todos Silva Bascu\u00F1\u00E1n Alejandro \u201CTratado de derecho constitucional\u201D Tomo VI p. 85 2\u00AA edici\u00F3n Editorial Jur\u00EDdica de Chile 2000; v\u00E9ase adem\u00E1s Constituciones Pol\u00EDticas de la Rep\u00FAblica de Chile 1810-2005 p. 269 Diario Oficial Gr\u00E1fica Puerto Madero."^^ . . . "[3] Silva Bascu\u00F1\u00E1n ob. cit. p. 99."^^ . . "Ley N\u00B0 21.238 publicada en el Diario Oficial con fecha 8 de julio de 2020."^^ . "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^ . . " Moci\u00F3n de los diputados se\u00F1ores D\u00EDaz, don Marcelo ; De Urresti, Rossi ; Espinoza, don Fidel ; S\u00FAnico, y de las diputadas se\u00F1oras Pacheco , do\u00F1a Clemira y Pascal , do\u00F1a Denise . \nReforma constitucional que modifica el art\u00EDculo 51 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica de la Rep\u00FAblica estableciendo reglas especiales en materia de reelecci\u00F3n de cargos parlamentarios. (bolet\u00EDn N\u00B0 4891-07)\n \n \n1. Proleg\u00F3menos.- \u00BFQu\u00E9 es el poder? La definici\u00F3n de Foucault parece muy simple: el poder es una relaci\u00F3n de fuerzas, o m\u00E1s bien, toda relaci\u00F3n de fuerzas es una \u201Crelaci\u00F3n de poder\u201D. Como bien explica Deleuze, \u201Ceso quiere decir, en primer lugar, que el poder no es una forma, por ejemplo la forma-Estado; y que la relaci\u00F3n de poder no se produce entre dos formas, como el saber. En segundo lugar, eso quiere decir que la fuerza nunca esta en singular, que su caracter\u00EDstica fundamental es estar en relaci\u00F3n con otras fuerzas, de suerte que toda fuerza ya es relaci\u00F3n, es decir, poder: la fuerza no tiene otro objeto ni sujeto que la fuerza\u201D [1].\n \nLas disposiciones program\u00E1ticas de la Carta fundamental de 1980, asume una relaci\u00F3n de poder optando por la reelecci\u00F3n sin limitaciones, -como modo de ejercicio en este \u00E1mbito-, concretamente al establecer que el mandato parlamentario es renovable indefinidamente, como se desprende expresamente de la segunda oraci\u00F3n del inciso segundo del art. 51 (antiguo art. 47). Esta posici\u00F3n ha sido controvertida, y existen criterios divergentes sobre su mantenci\u00F3n en la carta de 1980, es as\u00ED que la prohibici\u00F3n de la reelecci\u00F3n se explica dogm\u00E1ticamente, al decir del profesor Silva Bascu\u00F1\u00E1n \u201Cen el prop\u00F3sito que los mandatos electivos se ejerza sin sufrir la influencia que provenga del af\u00E1n confesado o impl\u00EDcito de lograr del electorado la confirmaci\u00F3n en el mandato; y de impedir as\u00ED la transformaci\u00F3n del cargo en una verdadera profesi\u00F3n, que tiene tambi\u00E9n sus inconvenientes, considerando que la inamovilidad puede ser obst\u00E1culo para la elevaci\u00F3n al solio de otros ciudadanos cuando menos m\u00E1s aptos y sostenerse esa permanencia en compromisos desfavorables para el inter\u00E9s general\u201D [2].\n \n2. Historia legislativa. Desde la perspectiva hist\u00F3rica, no exist\u00EDa norma que impidiera la reelecci\u00F3n de diputados y senadores en la carta de 1925 ni en las anteriores, siendo el mandato renovable indefinidamente (expresamente en el art. 36 Carta de 1823)[3]. En materia de reelecci\u00F3n, existen varios proyectos presentados a la fecha tanto en materia parlamentaria como municipal, entre ellos el Bolet\u00EDn 712-07, de 3 de junio de 1992 (Dip. Schaulson), a la fecha archivado; el Bolet\u00EDn 1098-07 de 15 de septiembre de 1993 (Sen. Cantuarias), consagrando una limitaci\u00F3n relativa a los Senadores, pero rechazado; el Bolet\u00EDn 2181-07 de 9 de junio de 1998 (Dip. Err\u00E1zuriz), modificando el r\u00E9gimen de inhabilidades (antiguo art. 54) y con una fundamentaci\u00F3n sorprendente al se\u00F1alar que la reelecci\u00F3n sin l\u00EDmites \u201C\u2026dificulta que los parlamentarios que quieren dejar la vida p\u00FAblica, puedan hacerlo si no hay un buen reemplazante que los sustituya\u201D(\u00BFqui\u00E9n determina que es un buen reemplazante?); el Bolet\u00EDn 2652-07 de 16 de enero de 2001 ( Diputados Aguil\u00F3, Montes ) en Primer tr\u00E1mite legislativo; el Bolet\u00EDn 2764-07, de 1 de agosto de 2001 (Sen. Ominami), a la fecha archivado; m\u00E1s reciente el Bolet\u00EDn 4115-07 de 22 de marzo de 2006 ( Diputados Chahu\u00E1n , Aedo , Rubilar y Valcarce); y el Bolet\u00EDn 4499-07 de 7 de septiembre de 2006 (Diputados Enr\u00EDquez-Ominami, Alinco , Far\u00EDas, Jim\u00E9nez y Vidal ).\n \n3. Ideas Matrices.- Es por tales razones que se propone un modelo que pretende limitar la reelecci\u00F3n de diputados e impedir la de senadores, sin perjuicio de que postulen nuevamente al Congreso Nacional, al cabo de un per\u00EDodo sin ejercer el poder en el Congreso Nacional, pues en definitiva se busca posibilitar una nueva relaci\u00F3n de fuerzas en que los ciudadanos puedan optar al ejercicio de la funci\u00F3n parlamentaria.\n \nEs por eso que sobre la base de estos antecedentes y fundamentos venimos en proponer el siguiente \n \nProyecto de reforma Constitucional:\n \nArt. \u00DAnico. Para sustituir en el inciso segundo del art\u00EDculo 51 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica, la expresi\u00F3n \u201CLos parlamentarios podr\u00E1n ser reelegidos en sus cargos\u201D por la siguiente: \u201CLos diputados podr\u00E1n ser reelegidos en sus cargos por una sola vez. Los senadores no podr\u00E1n ser reelegidos\u201D.\n \n " . . . . . . . . . . . . . . . .