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    • rdf:value = " El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, las intervenciones de varios señores Senadores, entre ellas las de los Honorables señores Chadwick y Espina , me ahorran hacer comentarios más extensos. Sin embargo, no he querido dejar de participar en el debate para subrayar la importancia de esta reforma constitucional. Ha sido un largo anhelo nuestro el que el sistema procesal penal, de reciente implementación, resuelva un problema que quedó en el vacío, referente a la situación de las víctimas. Se subentendía -quizás todos lo percibimos así inicialmente- que el Ministerio Público -es decir, los fiscales- iba a tener, en la investigación de cualquier crimen o delito, especial preocupación por las víctimas, desde el punto de vista de su representación jurídica. Los imputados disponen del servicio de la Defensoría Pública; por lo tanto, están cubiertos. Sin embargo, los objetivos que persigue el fiscal público no son exactamente los mismos que los de la defensa jurídica de las víctimas. E incluso es posible que, por distintas razones, en algún momento sean divergentes. En consecuencia, estamos ante una situación bastante injusta: el Estado le proporciona defensa al imputado, pero no al ofendido, cuestión que resulta bastante difícil de entender. Por eso, desde hace tiempo hemos venido planteando la necesidad de que las víctimas también tengan defensa. Yo sé que esto genera inquietudes, desde el punto de vista teórico, respecto del modelo de justicia procesal penal, pero ellas no pueden ser superiores a la necesidad de dar la debida defensa a la víctima, más todavía si se considera lo que aquí se ha señalado en orden a que quien tiene recursos sí puede evitar ese problema y contratar un abogado que lo defienda. No obstante, la gente humilde que sufre las consecuencias de un delito, si el fiscal no hace suya la causa, simplemente queda en la indefensión, porque carece de medios para contratar un abogado. En consecuencia, la reforma en debate, que hace explícita la conceptualización de la defensa jurídica contenida en el artículo 19 de la Carta, relativo a las garantías constitucionales, me parece que da un paso adelante al incorporar, en el capítulo correspondiente al Ministerio Público, la precisión indispensable sobre esta materia. Por eso, señor Presidente , adherimos con mucho entusiasmo a la aprobación de este proyecto, que forma parte del acuerdo político que la Alianza por Chile suscribió con el Gobierno a iniciativa nuestra y que fue incorporado justamente porque reflejaba nuestra inquietud. El Ejecutivo estaba muy interesado en sacar adelante el Ministerio de Seguridad Pública, donde -por así decirlo- hicimos la concesión de incorporarlo en la Cartera del Interior, aun cuando no respondía a nuestra idea, pues siempre hemos sido partidarios de crear un Ministerio separado que concentre todas esas tareas. Sin embargo, entendimos que era difícil hacerlo de esa manera y accedimos a lo que se nos proponía, teniendo en mente que este otro punto, aceptado por el Gobierno a raíz de la petición formulada por los Senadores y Diputados de la Alianza por Chile que participaron en la instancia pertinente, fuera recogido en la forma en que hoy empieza a materializarse. Este es el primer paso para lograr que en Chile las víctimas tengan defensoría jurídica, independiente de su condición económica. Esperamos que la legislación que la implemente se presente a la brevedad. En el día de ayer hablé con el señor Ministro de Justicia y me confirmó su voluntad de enviar cuanto antes el proyecto que hará realidad esta reforma constitucional. Respaldamos con mucho entusiasmo esta primera etapa, y agradecemos el apoyo que el Gobierno ha prestado a nuestra propuesta, que ha sido muy anhelada desde hace mucho tiempo. "
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